NORMATIVIDAD SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

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Transcripción de la presentación:

NORMATIVIDAD SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Departamento de Seguridad y Salud en el Trabajo. 11/11/2014

Sistema Normativo SGSST En materia de Seguridad y Salud en el trabajo existen muchas normas, algunas de ellas son: Ley 100 de 1993 Decreto 1295 de 1994 Resolución 2400 de 1979 OHSAS 18001 Ley 9 de 1979 Decreto 614 de 1984 Resolución 1016 de 1989 Resolución 1401 de 2007 Resolución 2346 de 2007 Ley 1562 de 2012 Resolución 1409 de 2012 Norma Técnica Colombiana (NTC) 4144 11/11/2014

Sistema General de Seguridad Social Integral LEY 100 DE 1993 Sistema General de Seguridad Social Integral 11/11/2014

Seguridad Social Integral Eficiencia: Mejor utilización social y económica de los recursos Universalidad: Garantía de la protección para todas las personas, sin ninguna discriminación Solidaridad: práctica de la mutua ayuda entre las personas, principio del más fuerte hacia el más débil, el Estado lo debe garantizar. Integridad: cobertura de todas las contingencias que afectan la salud, cada quien contribuirá según su capacidad Unidad: Es la articulación de políticas, instituciones, regímenes, procedimientos y prestaciones Participación: Es la intervención de la comunidad a través de los beneficiarios de la seguridad social La Seguridad Social Integral es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos, de que disponen la persona y la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento progresivo de los planes y programas que el Estado y la sociedad desarrollen para proporcionar la cobertura integral de las contingencias, especialmente las que menoscaban la salud y la capacidad económica, de los habitantes del territorio nacional, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad. Principios: 11/11/2014

Aportes al Sistema General de Seguridad Social Pensiones Salud Riesgos Entidad AFP EPS ARL Cobertura Invalidez, Vejez y Muerte Enfermedad General y Licencia de Maternidad Accidente de Trabajo y Enfermedad Laboral Cotización Empleador 12% empleado 4% Empleador 8,5% empleado 4% Todo la empresa 16% 12,5% Según la clasificación de la empresa varía va desde 0,348% a 8,07% 11/11/2014

Libro 1- Sistema General de Seguridad Social en Pensiones 11/11/2014

Sistema General de Seguridad Social en Pensiones El Sistema General de Pensiones tiene por objeto garantizar a la población, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la presente ley, así como propender por la ampliación progresiva de cobertura a los segmentos de población no cubiertos con un sistema de pensiones. 11/11/2014

Campo de Aplicación El Sistema General de Pensiones consagrado en la presente ley, se aplicará a todos los habitantes del territorio nacional, conservando y respetando, adicionalmente todos los derechos, garantías, prerrogativas, servicios y beneficios adquiridos y establecidos conforme a disposiciones normativas anteriores, pactos, acuerdos o convenciones colectivas de trabajo para quienes a la fecha de vigencia de esta ley hayan cumplido los requisitos para acceder a una Pensión o se encuentren pensionados por jubilación, vejez, invalidez, sustitución o sobrevivientes de los sectores público, oficial, semioficial en todos los órdenes del régimen de Prima Media y del sector privado en general. Si su salario ronda los 20 salarios mínimos y va a cotizar pensión por más de 25 años, debe afiliarse al RAI. Si en cambio su nivel de ingresos se acerca al salario mínimo, el RPM es lo más conveniente. 11/11/2014

Régimen Del Sistema General De Pensiones Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. Régimen de Prima Media con Prestación Definida. Los aportes de los afiliados y sus rendimientos, forman común de naturaleza pública. El valor de la pensión de vejez no depende del ahorro sino del tiempo acumulado y del salario Base de Cotización La pensión es vitalicia siempre y cuando con las condiciones estipuladas. El destino de los aportes de los trabajadores y empleadores se constituye en una cuenta individual El monto de la Pensión de vejez, depende del capital acumulado en la cuenta individual Hay 7 modalidades para pensionarse: Renta Vitalicia, Retiro Programado con o sin renta vitalicia entre otras 11/11/2014

No es posible incrementar el Monto de la Pensión ni anticipar la misma Régimen de Prima Media con Prestación Definida. Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. No es posible incrementar el Monto de la Pensión ni anticipar la misma Si el pensionado fallece y no ha beneficiarios de ley, no hay a ello En ningún caso el valor total de la pensión podrá ser superior al 80% del ingreso base de liquidación, ni superior a 20 salarios mínimos. Los afiliados pueden realizar aportes voluntarios al Fondo de Pensiones El capital acumulado es del pensionado y es heredable (en caso de no haber beneficiarios de ley, pasa a la masa sucesoral. No hay un valor límite y los afiliados pueden recibir una pensión superior a la máxima 11/11/2014

Libro 2 - Sistema General Seguridad Social en Salud 11/11/2014

Régimen Del Sistema General De Salud Contributivo Subsidiado Conjunto de normas que orienta y rige la afiliación de la población con capacidad de pago al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Se encuentran afiliadas a este régimen las personas con capacidad de pago y sus respectivos núcleos familiares. Se considera que las personas tienen capacidad de pago si son: patronos, empleados, trabajadores independientes o pensionados. Los afiliados a éste régimen se clasifican en cotizantes y beneficiarios. Empresa Promotora de Salud EPS. Conjunto de normas que orienta y rige la afiliación de la población sin capacidad de pago al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Se encuentran afiliadas a este régimen los núcleos familiares sin capacidad de pago, quienes han sido identificadas (mediante la encuesta SISBEN) como población pobre y vulnerable. La cotización de estas personas es pagada, parcial o totalmente, por el Estado a una Administradora de Régimen Subsidiado ARS. 11/11/2014

Fosyga Fondo de Solidaridad y Garantía, con el fin de garantizar la compensación entre las personas de diferentes ingresos, la solidaridad del sistema general de seguridad social y salud para cubrir los riesgos catastróficos y accidentes de tránsito. Las subcuentas son las siguientes: • De Compensación Interna del Régimen Contributivo • De solidaridad del régimen de subsidios en salud • De promoción de la salud • Del Seguro de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito, ECAT 11/11/2014

Pos Plan Obligatorio de Salud -POS, que corresponde al paquete de servicios básicos en las áreas de recuperación de la salud, prevención de la enfermedad y cubrimiento de ingresos de manera transitoria -prestaciones económicas- cuando se presenta incapacidad de trabajar por enfermedad, accidentes o por maternidad. 11/11/2014

Incapacidades y Aportes Características Incapacidades y Aportes Triage Corresponde el empleador el pago de los 2 primeros días de Incapacidad con IBC 100% a partir del tercer día a la EPS con un IBC 66,66% del IBC, el trabajador no puede percibir montos por debajo del SMMLV. Sistema de selección y clasificación de pacientes en urgencias. 11/11/2014

Libro 3 - Sistema General de Seguridad Social en Riesgos Laborales 11/11/2014

Alcance Conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan. 11/11/2014

Actores del Sistema Estado ARL Empleador Trabajador Funciones Protegido Estado Principal 11/11/2014

Conceptos ATEL Accidente de Trabajo Enfermedad Laboral Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. 11/11/2014

Prestaciones Asistenciales Asistencia médica, quirúrgica terapéutica y farmacéutica. Servicios de hospitalización, odontológico. Suministro de medicamentos. Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento. Prótesis y órtesis, su reparación, y su reposición solo en casos de deterioro o desadaptación, cuando a criterio de rehabilitación se recomiende. Rehabilitaciones física y profesional. Gastos de traslado, en condiciones normales, que sean necesarios para la prestación de estos servicios. 11/11/2014

Prestaciones Económicas Incapacidad Temporal. (I.T) 180 días hasta 180 : 100% Salario Base de Liquidación. Incapacidad Permanente Parcial. (I.P.P) : Disminución parcial, pero definitiva de su capacidad laboral entre el 5% y el 49%. Indemnización de 2 hasta 24 IBC. Pensión por Invalidez: Pérdida de Capacidad Laboral superior al 50% hasta el 66 % indemnización 60% luego hasta el 75% Muerte : quienes tienen derecho. Afiliado 75%, pensionado 100 ¿Quiénes tienen derecho? Auxilio Funerario 5 a 10 smlmv 11/11/2014

Compensación Familiar Anexo - Cajas de Compensación Familiar 11/11/2014

Qué son y para qué Sirven Instituciones de redistribución económica y naturaleza solidaria. Cumplen funciones de protección y seguridad social mediante el pago de la “cuota monetaria” de compensación para los trabajadores con ingresos de hasta cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes y la prestación de servicios subsidiados, o en especie, a sus afiliados, en las áreas de salud, educación, cultura, bibliotecas, recreación, deportes, turismo, vivienda de interés social, crédito social, gestión ambiental, administración de pensiones y mercadeo de productos básicos indispensables para las familias. 11/11/2014

RESOLUCIÓN 1401 DE 2007 POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO 11/11/2014

Objeto Prevenir la ocurrencia de nuevos eventos, lo cual conlleva a mejorar la calidad de vida de los trabajadores y la productividad de las empresas. Establecer la investigación de incidentes y accidentes de trabajo, con el fin de identificar las causas, hechos y situaciones que los han generado, e implementar las medidas para eliminar o minimizar condiciones de riesgo y evitar su recurrencia. 11/11/2014

Definiciones Accidente de Trabajo: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Incidente de Trabajo: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con este, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o pérdida en los procesos. Enfermedad Laboral: Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. Investigación de Accidente e Incidente: Proceso sistemático de determinación y ordenación de causas, hechos o situaciones que generaron o favorecieron la ocurrencia del accidente o incidente, que se realiza con el objeto de prevenir su repetición, Accidente Grave: Aquel que trae como consecuencia amputación de cualquier segmento corporal; fractura de huesos largos (fémur, tibia, peroné, húmero, radio y cubito); trauma craneoencefálico; quemaduras de segundo y tercer grado; lesiones severas de mano, lesiones severas de columna vertebral 11/11/2014

Condiciones Subestándares: Definiciones Causas Básicas Causas Inmediatas Causas reales que se manifiestan detrás de los síntomas; razones por las cuales ocurren los actos y condiciones subestándares o inseguros; factores que una vez identificados permiten un control administrativo significativo: Circunstancias que se presentan justamente antes del contacto; por lo general son observables o se hacen sentir. Se clasifican en actos subestándares o actos inseguros y condiciones subestándares o condiciones inseguras Actos Subestándares: Condiciones Subestándares: No uso EPP Trabajar a velocidad insegura Operar equipos sin autorización etc.… Falla mecánica Herramienta defectuosa Resguardos inadecuados Orden y limpieza deficientes Factores personales: Factores del trabajo: Capacidad inadecuada Falta de conocimiento Tensión etc.… Liderazgo y supervisión deficiente Ingeniería inadecuada Mantenimiento inadecuado 11/11/2014

Para tener en cuenta El aportante debe remitir a la Administradora de Riesgos Laborales a la que se encuentre afiliado, dentro de los quince (15) días siguientes a la ocurrencia del evento el informe de Investigación. Variables y códigos del informe de AT (Res.156/05). Características: Naturaleza de la lesión (fractura, esquince) Parte del cuerpo afectada (mano, dedo, pie) Agente de la lesión (equipo, máquina… que genera la lesión) Tipo de accidente (golpeado por, contra, contacto con objeto corto punzante) 11/11/2014

Pasos de la Investigación 11/11/2014

Árbol Causal - Metodología Planificación y evaluación de riesgos deficiente No se identificó como tarea de alto riesgo No existen objetivos estratégicos de intervención según prioridades Diseño inapropiado del puesto Supervisión deficiente Ausencia de normas para trabajo en altura Trabajo sobre superficie lisa y difícil acceso No uso de elementos de protección Caída de altura Accidente mortal 11/11/2014

Obligaciones Empleador ARL Conformar equipo Investigador Investigar todos los accidentes e incidentes Adoptar una metodología de investigación y formato Implementar las medidas y acciones correctivas Proveer los recursos, elementos bienes y servicios necesarios para implementar las medidas correctivas que resulten de la investigación Implementar registro de seguimiento Remitir a la ARP las investigaciones de los accidentes graves y mortales dentro de los 15 días siguientes Proporcionar asesoría Desarrollar metodología y suministrarla Remitir al MPS los formatos para aprobación Analizar las investigaciones remitidas por los aportantes, profundizar o complementar Capacitar al aportante, Participar en la investigación cuando se estime necesario Emitir conceptos técnicos Realizar seguimiento a las medidas de control Remitir al MPS informe semestral sobre incumplimientos Informar a los aportantes sobre resultado de investigaciones 11/11/2014

LEY 1562 DE 2012 SE MODIFICA EL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE SALUD OCUPACIONAL 11/11/2014

Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo 11/11/2014

Finalidad Garantizar efectivamente la seguridad social en riesgos laborales al sector de los trabajadores independientes, quienes históricamente habían estado excluidos del Sistema. Se incluyen las definiciones de Accidente de Trabajo y de Enfermedad Profesional, las cuales estaban contempladas en el Decreto 1295 de 1994, pero habían sido retirados del ordenamiento por medio de Sentencia C-858 de 2006 de la Corte Constitucional, ya que desconocían derechos constitucionales y legales del trabajador, al tiempo que desconocían parte de la naturaleza misma de las relaciones laborales. 11/11/2014

Cambios con respecto al Decreto – Ley 1295 de 1994 Accidente de Trabajo Enfermedad Laboral Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. Art., 3 Ley 1562 de 2012 Art., 4 Ley 1562 de 2012 11/11/2014

Cambios Destacados Las personas contratas por prestación de servicios, deberán están afiliadas al Sistema General de Riesgos Laborales, cuando la duración de este contrato sea superior a 1 mes. La tabla de enfermedades profesionales, debe ser actualizada cada 3 años, por el Ministerio de Salud y la Protección Social o ahora Ministerio del Trabajo. El incumplimiento de los programas de promoción de la salud y prevención de accidentes y enfermedades acarreará una multa hasta de quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Define responsabilidades claras al Sistema Obligatorio de Calidad en Salud Ocupacional y Riesgos Laborales. 11/11/2014

Cambios Destacados Obligación de afiliación para trabajadores que estén en actividades de riesgo: los miembros del Subsistema Nacional de Primera Respuesta, los bomberos y los miembros de la Defensa Civil. La responsabilidad de afiliar a estos a riesgos profesionales es del Ministerio del Interior.  La prescripción del pago de las incapacidades temporales al trabajador será de tres (3) años (antes era de 1 año). Se hace una claridad frente al pago de incapacidades temporales por parte de las ARL vs el pago de EPS cuando se encuentra en controversia el dictamen. Se aclara que el porcentaje del 3% al fondo de Riesgos Laborales puede ser hasta del 3% siendo como mínimo el 1%, de acuerdo a estudio técnico que realicen los Ministerios del Trabajo, Salud y Hacienda. 11/11/2014

Cambios Destacados Se incluye un articulo nuevo con la finalidad de que el Ministerio del Trabajo pueda reorganizar su modelo y de esta manera tenga un mejor resultado Sistema de Inspección, Vigilancia y Control en el campo de Riesgos Laborales. Se fortalece el Sistema de Inspección, Vigilancia y Control, pues se crea una Comisión Especial de Inspectores del Trabajo en Materia de Riesgos Laborales y un Sistema Nacional de Inspectores del Trabajo. La ley también asegura que el trabajador reciba el pago de sus prestaciones a pesar de que el origen del accidente o la enfermedad de origen laboral estén en controversia. Las multas por los incumplimientos a las normas de protección se incrementarán hasta en 20%. Las micro y pequeñas empresas tendrán una atención especial en asistencia técnica. 11/11/2014

Cambios Destacados El contratista debe cotizar por el 40% del total de los ingresos del total de sus contratos, como en el sistema de salud El contratista debe estar cotizando a los Sistemas de Salud y Pensiones para afiliarse al sistema de Riesgos Laborales. Los contratistas que realicen actividades de Riesgo V y IV, de acuerdo al Decreto 1607 de 2002, su cotización la pagara el contratante. Los contratistas que realicen actividades de Riesgo I, II y III de acuerdo al Decreto 1607 de 2002 pagará el mismo su cotización pero a través del contratante. El responsable de presentar las novedades del contratista a la Administradora de Riesgos Laborales será el contratante. 11/11/2014

Juntas de Calificación de Invalidez Estas han sido permanentemente cuestionadas por lo dilatados que resultan los trámites que ante estas se adelantan. Adicionalmente, las quejas han girado en torno a lo difusa que resulta su naturaleza jurídica, pues pese a ser entidades de naturaleza privada ejercen funciones públicas de especial relevancia, como son las relacionadas con el sistema de salud. Las juntas quedan adscritas al Ministerio del Trabajo, vigiladas por las Direcciones Territoriales, la Procuraduría y la Contraloría. El Gobierno, en cabeza del Min. Trabajo, tiene seis meses para replantear estas juntas, de tal forma que sean más eficientes. 11/11/2014

11/11/2014