Elaborado por : Darwin Varas Elita Ramirez Christian Villamar Nicole Estrada.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
QUINES INTEGRAN UN FIDEICOMISO
Advertisements

CODIGO DE COMERCIO ASAMBLEA LEGISLATIVA N° 3284
Generalidades de la administración financiera
EL CONCURSO DE ACREEDORES
Es un estado jurídico formal de los Comerciantes.
Índice Objetivo de la presentación
Instituto Tecnológico de Lerma
1.5 Formas legales de las organizaciones mercantiles en México
3.4. Política del mercado de divisas Tipos de transacciones de divisas
CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS
De las personas Naturales y Jurídicas
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
El Administrador de la sociedad: RESPONSABILIDAD POR DEUDAS
Instituto Tecnológico de Lerma
SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADAS (S.A.S)
Sociedad En Comandita Por Acciones (S.C.A)
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO Es aquel en virtud del cual la arrendadora financiera se obliga a adquirir determinados bienes y a conceder su uso.
En esta sección abordaremos 4 decisiones que todo empresario debe tomar…
DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES
Clasificación de Las Sociedades
EMPRESA UNIPERSONAL CINDY PACHECO ALVAREZ ALEJANDRA RIOS RODRIGUEZ
SOCIEDADES MERCANTILES
BRASILIA, ABRIL DE Pág. 1 CLASIFICACIÓN DE GARANTÍAS DEL CRÉDITO TRIBUTARIO: - GARANTÍAS GENERALES - GARANTÍAS ESPECÍFICAS.
Sociedades Mercantiles
EL REGISTRO MERCANTIL OBJETO - CALIDAD. El registro mercantil tendrá por objeto llevar la matrícula de los comerciantes y de los establecimientos de comercio,
Organización Interna de las Empresas
Universidad de El Salvador Ley Reguladora del Ejercicio Contable
ACCIONES.
2 RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES (ámbito mercantil y tributario) Régimen legal Ignasi Costas EBAME & Associats 17 de diciembre de 2002.
Sociedad anónima Capital social Títulos Acciones Sociedad mercantil
EL PAGO.  Concepto  Regulación del pago Integridad Indivisibilidad Quien puede pagar A quien se paga. Que se paga. Donde se paga. Oportunidad del pago.
IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS DEL FIDEICOMISO Dra. Mónica Benites M.
Sociedad en comandita por acciones
Sociedad simple.
Curso de Administración Financiera
UNIVERSIDAD ESPECIALIZADA DEL CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA “ACTUALIZACIÓN, PRIMERA ADOPCIÓN Y CONVERGENCIA.
LA CADUCIDAD DE LA HIPOTECA
Sociedades cooperativas
Sprek III Marisol Arias IEI/Fackspråk
LA QUIEBRA (PROCESOS CONCURSALES) Artículos Código de Comercio
No son comerciantes Los que ejercen una profesión liberal.
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICA
APELACIÓN Y QUEJA Acmon Gamarra Miraflores, 03 de marzo de 2014
DESAYUNO EJECUTIVO JULIO 2006 RESPONSABILIDAD POR LA INFORMACIÓN CONTABLE Aspectos Crediticios Rolando Castellares.
APALANCAMIENTO FINANC.
SISTEMA BANCARIO NACIONAL Y GRUPOS FINANCIEROS
Objetivos: Conozca la diferencia entre las cuentas por pagar y otras partidas por pagar. Conozca el tratamiento contable de las cuentas por pagar. Identifique.
MARCO CONCEPTUAL DE LA INFORMACION FINANCIERA
INSTRUMENTOS FINANCIEROS
TESIS II: DERECHO TRIBUTARIO
Art Solis Muñoz Paredes.
Constitución – Tipos de Empresas en el Perú
EMPRESAS.
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA ECOTEC. ISO 9001:2008 DERECHO EMPRESARIAL 03/08/2015 Ab. Mauricio Trujillo Arízaga1 SOCIETARIO.
Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización.
LAS SOCIEDADES COMERCIALES
Sociedad de Responsabilidad Limitada comercial
CONSTITUCION DE SOCIEDADES
Aspectos Legales y Prácticos de su utilización
UNIVERSIDAD SANTO TOMAS V U A D
Clase Derecho de Sociedades - Tipos
SOCIEDAD DE COMANDITA SIMPLE
Lorena Males Anacona Steffany García Ortiz Lizeth Rivera Cruz
NUEVO RÉGIMEN DE INSOLVENCIA EMPRESARIAL LEY 1116 DE 2006
ESCISIÓN DE SOCIEDADES LAS REFORMAS ESTATUTARIAS Docente: Carlos Fernando Acevedo S. Abogado Universidad Pontificia Bolivariana
¿QUÉ ES EL RÉGIMEN DE BUENOS CONTRIBUYENTES? El Régimen de Buenos Contribuyentes (En adelante Régimen), fue creado para los contribuyentes y/o responsables.
TÍTULOS DEL BANCO CENTRAL TBC
Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)
Ley Código Procesal Laboral La Prueba Pericial Artículos 76 al 83.
PATRIMONIO INTEGRANTES : CABRERA PAUL
Transcripción de la presentación:

Elaborado por : Darwin Varas Elita Ramirez Christian Villamar Nicole Estrada

Concepto.- Proceso legal también llamado Bancarrota mediante el cual un deudor declara su incapacidad para pagar sus deudas. La declaración de quiebra o bancarrota puede pretender lograr la anulación de la obligación del pago de las deudas o puede reducirse a una suspensión de pagos temporal que permita al deudor reorganizar sus finanzas para pagar después.

En la mayoría de los casos de empresas que han incurrido en quiebra ha sido por los excesivos problemas financieros, los cuales se dan porque tienen considerables dificultades para pagar sus deudas a medida que vencen. Existen varios términos que se utilizan para describir a una empresa con problemas financieros. En quiebra En incumplimiento Fracasada Insolvente

Causas De Los Problemas financieros Los problemas financieros son el resultado de un deterioro en los negocios de una empresa, es posible que haya muchas causas. La mala administración Una expansión Imprudente Una intensa competencia Demasiada Deuda Litigios masivos Contratos desfavorables

Art Las compañías se disuelven: 1. Por vencimiento del plazo de duración fijado en el contrato social; 2. Por traslado del domicilio principal a país extranjero; 3. Por auto de quiebra de la compañía, legalmente ejecutoriado; 4. Por acuerdo de los socios, tomado de conformidad con la Ley y el contrato social; 5. Por conclusión de las actividades para las cuales se formaron o por imposibilidad manifiesta de cumplir el fin social; 6. Por pérdidas del cincuenta por ciento o más del capital social o, cuando se trate de compañías de responsabilidad limitada, anónimas, en comandita por acciones y de economía mixta, por pérdida del total de las reservas y de la mitad o más del capital; 7. Por fusión a la que se refieren los artículos 337 y siguientes;

Art Las compañías se disuelven: 8. En las compañías colectivas, en comandita simple y en comandita por acciones, por reducción del número de socios a menos del mínimo legal, siempre que no se incorporen nuevos socios o se transforme en el plazo de tres meses. Durante dicho plazo el socio que quedare continuará solidariamente responsable por las obligaciones sociales contraídas; 9. Por incumplimiento, durante cinco años, de lo dispuesto por el artículo 20 de esta Ley; 10. Por no elevar el capital social a los mínimos establecidos en la Ley; 11. Por inobservancia o violación de la Ley, de sus reglamentos o de los estatutos de la compañía, que atenten contra su normal funcionamiento o causen graves perjuicios a los intereses de los socios, accionistas o terceros; 12. Por obstaculizar o dificultar la labor de control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías o por incumplimiento de las resoluciones que ella expida; y, 13. Por cualquier otra causa determinada en la Ley o en el contrato social.

Art La disolución de pleno derecho no requiere de declaratoria, ni de publicación, ni inscripción. En los casos previstos en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 361 de esta Ley, las compañías se disuelven de pleno derecho. El Superintendente de Compañías dispondrá, de oficio o a petición de parte, la liquidación de la compañía y ordenará que el o los representantes legales cumplan con la publicación, marginación e inscripción de esta resolución en el Registro Mercantil del domicilio principal de la compañía, dentro de un término no mayor de ocho días, contados desde la notificación. De esta resolución no habrá recurso alguno. A partir de la fecha en que se ha producido la causal de disolución de pleno derecho, se aplicará, al o a los representantes legales y administradores, lo previsto en el artículo 379 de esta Ley.

Art Durante la liquidación el o los administradores están prohibidos de hacer nuevas operaciones relativas al objeto social. Si lo hicieren serán personal y solidariamente responsables frente a la sociedad, socios, accionistas y terceros, conjuntamente con quienes ordenaren u obtuvieren provecho de tales operaciones, sin perjuicio de su responsabilidad civil y penal, en los términos del artículo 560 del Código Penal. Mientras no se inscriba el nombramiento de liquidador, continuarán encargados de la administración quienes hubieran venido desempeñando esa función, pero sus facultades quedan limitadas a: 1. Realizar las operaciones que se hallen pendientes; 2. Cobrar los créditos; 3. Extinguir las obligaciones anteriormente contraídas; y, 4. Representar a la compañía para el cumplimiento de los fines indicados.

Ventajas Frena todos los esfuerzos de cobranza del acreedor. Proporciona al deudor un foro para entablar negociaciones y resolver disputas. El tribunal autoriza Financiamiento del deudor en posesión para propósito de capital de trabajo. El tribunal autoriza el rechazo de arrendamientos y otros contratos desfavorables.

Ventajas El interés se deja de devengar sobre las reclamaciones no aseguradas. Se estable un techo para las reclamaciones resultantes del rechazo de arrendamiento. El tribunal hace disolución a favor de los acreedores siempre y cuando las 2/3 partes de la cantidad en dólares y mas de la mitad de las de las reclamaciones estén de acuerdo. Incluso si una clase de acreedores rechaza el plan, el tribunal aun así lo puede confirmar conforme a las reglas de reducción.

Ventajas Una vez confirmado el plan todos los acreedores y accionistas del deudor están obligados por sus términos. La restructuración por medio de la quiebra puede hacer que el deudor evite tener que pagar impuestos sobre ingresos que resultan cuando la deuda se retira por menos de su valor nominal.

Desventajas Pérdida de la capacidad para negociar: Algunos de sus antiguos vendedores, proveedores y clientes se pueden negar hacer negocios con una empresa en quiebra. Cumplimiento de requerimientos: Un deudor en posesión debe cumplir con requerimientos de informe estrictos. Aprobación legal de las transacciones: El tribunal debe aprobar todas las transacciones fuera del curso ordinario de los negocios.

Desventajas Reclamaciones: Una Empresa en quiebra puede provocar la presentación de reclamaciones que no se habrían hecho valer en una restructuración fuera de los tribunales. Comités oficiales: La necesidad de comités especiales que represente a los acreedores y accionistas, así como de asesores legales y financieros para dichos comités (pagados por el deudor). Pérdida del control: La gerencia del deudor podría perder el control de la empresa, ya sea debido al nombramiento de un fiduciario o a la adopción de un plan de reorganización de los acreedores.

Proceso de Quiebra Los procesos que siguen a la declaración de quiebra difieren entre países. No obstante, las principales opciones son las siguientes: En primer lugar, se puede optar por una liquidación, que implica la venta de todos los activos de la empresa para satisfacer a los acreedores con los ingresos obtenidos, en función de ciertas prioridades (los acreedores tienen preferencia sobre los accionistas). Una segunda opción consiste en que los principales acreedores (con frecuencia un banco) designan a un síndico que tendrá que decidir si conserva la empresa o la liquida.

Proceso de Quiebra Una tercera opción consiste en buscar un administrador independiente que se responsabilizará de la empresa pero trabajará pensando en los intereses de todos los acreedores y no sólo de los principales. Una última opción consiste en declararse en suspensión de pagos. En lugar de vender los activos de la empresa, se presenta un plan de reestructuración que habrá de ser aprobado por una institución independiente. En este plan se puede optar por vender parte de los activos, realizar una ampliación de capital o emitir nueva deuda.

Bibliografía. Ley De Compañías, legislación conexa, complementada con resolución de la Superintendencia De Compañías Finanzas corporativas