13 de Enero 2015 Por Ing. Michel Laforge

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Transcripción de la presentación:

13 de Enero 2015 Por Ing. Michel Laforge Análisis de la propuesta de Ley de Tierras y Territorios de la Comisión de Soberanía Alimentaria de la Asamblea Nacional 13 de Enero 2015 Por Ing. Michel Laforge

¿Porqué es necesaria una ley de tierras y territorios? Es una cuestión de justicia social para luchar contra la inequidad, y es un mandato de la LORSA y de la Constitución La tierra es utilizada de manera ineficiente en el Ecuador, debido a: La existencia de grandes propiedades, que no generan suficiente riqueza ni empleos La existencia de miles de pequeños minifundios poco productivos La utilización de la tierra para la producción en un modelo agroexportador, basado en energía no renovable La tierra en manos de productores familiares campesinos puede generar más empleo, ingresos y riqueza para el país No existieron mecanismos de control de la estructura de tenencia de la tierra después de las reformas agrarias, y el mercado ha permitido la reconcentración de la propiedad en grandes propiedades, así como la fragmentación en minifundios: se necesita controlar el mercado Se mantiene la inseguridad jurídica sobre la tierra ya que, tanto individuos como las comunidades, pueblos y nacionalidades no tienen títulos de propiedad actualizados, lo que los hace vulnerables

Cómo redistribuir la tierra?

1. FORMAS DE USO Y ACCESO A LA TIERRA 3. PROCESOS DE REDISTRIBUCIÓN Los temas que debería tener la Ley de Tierra 1. FORMAS DE USO Y ACCESO A LA TIERRA 3. PROCESOS DE REDISTRIBUCIÓN 2. REGULACIÓN DE LA PROPIEDAD 4. INSTITUCIONALIDAD

A continuación se presenta una comparación entre los 22 Puntos Clave y la propuesta de “Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales”

Generalidades Puntos Claves Propuesta borrador En las finalidades de la Ley se debe especificar que la primera de ellas es la redistribución de tierras “Art 2: Esta ley tiene por objeto normar el uso y acceso a la tierra rural….”…”además, regulará la posesión, la propiedad y la administración y redistribución de la tierra…” La Ley debe definir procedimientos y definiciones de manera específica, y no dejar las definiciones y sanciones para reglamentos posteriores (incluye la definición de latifundio y las sanciones) Anexo 2 presenta algunos elementos (fórmulas), incompletos, para la aplicación de la función social y ambiental. El resto los definirá la AAN Estudios técnicos (posteriores) determinarán la extensión de la superficie mínima de la Unidad Productiva Familiar “por cada circunscripciòn” (art 70) Limite máximo deberá ser definido por la AAN en función de varios elementos (art 103)

Uso y Propiedad de la Tierra Puntos Claves Propuesta borrador Se definirá un plazo para terminar el proceso de regularización de posesión (titulación), que será ágil y gratuito - Se definirá un plazo para establecer un catastro de tierras, empezando por las grandes propiedades Se crea un Registro de Tierras Rurales adicional (art 37) Se definirá un plazo para terminar la titulación de tierras o territorios de pueblos ancestrales Art 74- la Autoridad Agraria Nacional procdera a la adjudicación-”todo eso sin perjuicio de los derechos adquiridos legalmente por terceros” Se respetarán los derechos de las familias que ya se han dividido las tierras sin anular los títulos de las tierras comunitarias Art. 75- los derechos de uso y usufructo se reconocerán mediante instrumento publico a los miembros de comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades..” Se diseñarán incentivos para disminuir los minifundios Exoneracion del pago de inscripcion de los contratos de compraventa que formalicen la integracion de minifundios (art 9-c) Art 59: celeridad en procesos de titulación 1 1

Regulación de la propiedad Puntos Claves Propuesta borrador Se definirá un límite máximo de la gran propiedad Límite será definido por la AAN (art 103) Se definirá a la Función Social y Ambiental como un mecanismo de control de infracciones: el infractor tiene que pagar La Función Social y Ambiental es causal de expropiación Expropiación por interés social al precio catastral Expropiación según avalúo realizado por la Dirección de Avaluos y Catastros del GAD o precios comerciales de los ultimos 5 años (art 97) Se controlarán los mercados de tierras Se diseñará un impuesto progresivo sobre la tierra rural 0.5

Redistribución del acceso a la tierra Puntos Claves Propuesta borrador Redistribución a grupos organizados para fortalecer la asociatividad, no a individuos Redistribución a organizaciones de campesinos sin tierra o de la agricultura familiar (art 67) La adjudicación no permitirá la venta posterior de la tierra No se podrá enajenar durante 15 años…después? El pago de la tierra se hará a un precio social (hasta 50% del avalúo) Valor fijado por la Autoridad Agraria Nacional (art 60). Precio tomará en cuenta 9 parámetros (art 63) Pago de la tierra con años de gracia y con tasa de interés ventajosa Pago hasta 15 años con interés preferencial y periodo de gracia de hasta tres años (art 60) Apoyo técnico para hacer producir estas tierras, preferentemente con agricultura sustentable Asistencia financiera para el aprovechamiento de la tierra (art 20 y 27-d y h) 1 0.5 1 1

1 Institucionalidad Puntos Claves Propuesta borrador 0,5 Nueva institucionalidad, con nivel de autonomía con relación al MAGAP Se crea Autoridad Nacional Agraria como Ministerio del Ramo (art 27) Nuevo Fondo Nacional de Tierras: para recibir las tierras y distribuirlas y para entregar créditos para compra de tierras Se crea Fondo de Tierras como fondo financiero (art 31) Es el Presidente de la Republica el que establece el funcionamiento del mismo (art 32) Representación de las organizaciones de productores y de los pueblos y nacionalidades, con voz y voto, en los mecanismos de construcción y decisión de políticas y en la gestión de tierras y territorios a nivel local y nacional La jurisdicción administrativa agraria deberá contemplar procedimientos simplificados y completos de manera a evitar toda transferencia de competencia a la justicia ordinaria Art 119-120: procedimientos y recursos administrativos previstos Art 122: controversias que no estén incluidas en procedimientos anteriores se sustanciarán ante Jueces de la Función Judicial 1 0,5

Conclusión: 7,5 sobre 22: La ley presentada sólo retoma 1/3 de los temas claves de la propuesta de Ley presentada por Iniciativa Popular por la Red Agraria

Antecedentes En marzo 2012, la Red Agraria (CNC-EA, FENOCIN, CORMONLIT y FENACLE) entrega una propuesta de Ley de Tierras y Territorios por iniciativa popular a la Asamblea 4 otras propuestas de ley de Red Agraria son presentadas por diferentes asambleístas En julio 2012, en vista de la parálisis en el tratamiento de las propuestas en la Comisión de Soberanía Alimentaria, la Red Agraria define 22 Puntos Clave que deberían figurar en cualquier propuesta de ley de tierras y territorios

En Mayo 2013, la nueva Comisión de Soberanía Alimentaria de la Asamblea Nacional retoma el tema de la Ley de Tierras En Diciembre 2013 se filtra un borrador de “Ley Orgánica de Tierras Rurales Productivas” En Octubre 2014 se aprueba en la Comisión de Soberanía Alimentaria un proyecto de Ley de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales que es socializado En Diciembre 2014 la Comisión aprueba el informe para primer debate de la propuesta de ley