ACUERDO DE ASOCIACIÓN CHILE – UNION EUROPEA

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Transcripción de la presentación:

ACUERDO DE ASOCIACIÓN CHILE – UNION EUROPEA NORMAS DE ORIGEN ACUERDO DE ASOCIACIÓN CHILE – UNION EUROPEA 2004

DEFINICIÓN DEL CONCEPTO DE PRODUCTOS ORIGINARIOS ANEXO III DEFINICIÓN DEL CONCEPTO DE PRODUCTOS ORIGINARIOS NORMAS DE ORIGEN

DEFINICIÓN DEL CONCEPTO DE “PRODUCTOS ORIGINARIOS” ENTERAMENTE OBTENIDOS EN EL TERRITORIO: A) MINERALES EXTRAÍDOS DE SU SUELO O FONDOS MARINOS, B) VEGETALES COSECHADOS EN LA COMUNIDAD EN CHILE, C) ANIMALES VIVOS NACIDOS Y CRIADOS EN LA COMUNIDAD EN CHILE, D) PRODUCTOS PROCEDENTES DE ANIMALES VIVOS CRIADOS EN LA COMUNIDAD O EN CHILE,

PRODUCTOS ENTERAMENTE OBTENIDOS E) PRODUCTOS DE LA CAZA PRACTICADA EN LA COMUNIDAD O CHILE F) PRODUCTOS DE LA PESCA Y CAZA MARÍTIMA Y OTROS PRODUCTOS EXTRAÍDOS DEL MAR POR SUS BUQUES,  G) PRODUCTOS ELABORADOS EN SUS BUQUES FACTORÍA A PARTIR, EXCLUSIVAMENTE, DE LOS PRODUCTOS MENCIONADOS EN LA LETRA F), H) ARTÍCULOS USADOS RECOGIDOS EN LA COMUNIDAD O EN CHILE, APTOS ÚNICAMENTE PARA LA RECUPERACIÓN DE LAS MATERIAS PRIMAS O PARA SU UTILIZACIÓN COMO DESECHO

PRODUCTOS ENTERAMENTE OBTENIDOS  I) DESPERDICIOS Y DESECHOS PROCEDENTES DE DE FABRICACIÓN REALIZADAS EN LA COMUNIDAD O EN CHILE,  J) PRODUCTOS EXTRAÍDOS DEL SUELO O DEL SUBSUELO MARINOS FUERA DE SUS AGUAS TERRITORIALES SIEMPRE QUE TENGAN DERECHOS EXCLUSIVOS PARA EXPLOTAR DICHOS SUELO Y SUBSUELO, K) MERCANCÍAS PRODUCIDAS EN LA COMUNIDAD O EN CHILE EXCLUSIVAMENTE CON LOS PRODUCTOS MENCIONADOS EN LAS LETRAS A) a J).

EJEMPLOS PRODUCTOS ENTERAMENTE OBTENIDOS

PRODUCTOS SUFICIENTEMENTE TRANSFORMADOS O ELABORADOS SON LOS PRODUCTOS MANUFACTURADOS CON INSUMOS IMPORTADOS, QUE SERÁN CONSIDERADOS ORIGINARIOS SIEMPRE Y CUANDO, CUMPLAN CON LAS NORMAS DE ORIGEN EXIGIDAS EN EL APÉNDICE II O II (a) DE ESTE ANEXO III. LAS CONDICIONES EXIGIDAS EN EL APÉNDICE II (a) SE PODRÁN CONSIDERAR SÓLO HASTA EL AÑO 2005 (VIGENGIA 3 AÑOS)

PRODUCTOS SUFICIENTEMENTE TRANSFORMADOS O ELABORADOS No obstante lo anterior, los materiales no originarios que, de conformidad con las condiciones establecidas en el Apéndice II o en el Apéndice II (a), no deberían utilizarse en la fabricación de un producto, podrán utilizarse siempre que:  su valor total no supere el 10 % del precio franco fábrica del producto; no se supere, ninguno de los porcentajes indicados en el Apéndice II o en el Apéndice II (a) como valor máximo de los materiales no originarios. (No rige para los productos textiles que se encuentra clasificados en el capítulo 50 al 63 de Sistema Armonizado) Los párrafos anteriores no serán aplicados a los productos con elaboración insuficiente, según se indica en el Artículo 6 siguiente.

OPERACIONES DE ELABORACIÓN O TRANSFORMACIÓN INSUFICIENTE a) las destinadas a garantizar la conservación de los productos durante su transporte y almacenamiento; b) las divisiones o agrupaciones de bultos; c) el lavado, la limpieza; la eliminación de polvo, óxido, petróleo, pintura u otros revestimientos; d) el planchado de textiles; e) la pintura y el pulido simples; f) el desgranado, blanqueo total o parcial, pulido y glaseado de cereales y arroz; g) la coloración de azúcar o la confección de terrones de azúcar;

OPERACIONES DE ELABORACIÓN O TRANSFORMACIÓN INSUFICIENTE h) el descascarillado, la extracción de semillas o huesos y el pelado de frutas, frutos secos y legumbres;  i) el afilado y la molienda y los cortes sencillos; j) el tamizado, cribado, selección, clasificación, graduación, preparación de conjuntos o surtidos; (incluida la formación de juegos de artículos); k) el simple envasado en botellas, latas, frascos, bolsas, estuches y cajas, o la colocación sobre cartulinas o tableros, y cualquier otra operación sencilla de envasado; l) la colocación de marcas, etiquetas y otros signos distintivos similares en los productos o en sus envases; m) la simple mezcla de productos, incluso de clases diferentes;

OPERACIONES DE ELABORACIÓN O TRANSFORMACIÓN INSUFICIENTE n) el simple montaje de partes de artículos para formar un artículo completo o el desmontaje de productos en sus piezas; o) las operaciones cuyo único propósito sea facilitar la carga; p) la combinación de dos o más de las operaciones especificadas en las letras a) a o); q) el sacrificio de animales.

ACUMULACIÓN El origen, no es un concepto genérico como en los acuerdos tradicionales, sino, que existe un origen por cada país parte. La acumulación existente está enfocada a la posibilidad de acumular materiales originarios de una parte en la producción de la otra parte. Y su origen cambiará siempre y cuando se le haga una operación mayor a una operación de elaboración insuficiente (artículo 6). Chile Compresor Alemania

ACCESORIOS, PIEZAS DE REPUESTOS Y HERRAMIENTAS LOS ACCESORIOS REPUESTOS Y HERRAMIENTAS, SE CONSIDERARÁN COMO PARTE INTEGRANTE DEL EQUIPO, MÁQUINA O APARATO, SIEMPRE Y CUANDO: FORME PARTE DE SU EQUIPO NORMAL, O NO SEA FACTURADO POR SEPARADO

CONJUNTOS O SURTIDOS. LOS CONJUNTOS O SURTIDOS SE CONSIDERARÁN ORIGINARIOS SIEMPRE Y CUANDO CADA UNO DE SUS ELEMENTOS SEA ORIGINARIO O EL CONJUNTO SERÁ ORIGINARIO, SI EL CONJUNTO DE MATERIALES NO ORIGINARIOS NO EXCEDE DE UN 15 % DEL PRECIO EX FÁBRICA.

ELEMENTOS NEUTROS SON ELEMENTOS PARA LOS CUALES NO ES NECESARIO INVESTIGAR SU ORIGEN PARA DETERMINAR SI EL BIEN FINAL CALIFICA COMO ORIGINARIO, ES DECIR, INDEPENDIENTEMENTE DE SU ORIGEN SERÁN CONSIDERADOS COMO ORIGINARIOS, ES EL CASO DE : LA ENERGÍA Y EL COMBUSTIBLE, LOS EDIFICIOS Y LOS EQUIPOS, LAS MÁQUINAS Y LAS HERRAMIENTAS, LAS MERCANCÍAS QUE NO ENTREN NI SE TENGA PREVISTO QUE ENTREN EN LA COMPOSICIÓN FINAL DEL PRODUCTO.

PRINCIPIO DE TERRITORIALIDAD CADA UNA DE LAS NORMAS SE DEBEN CUMPLIR COMPLETAMENTE EN TERRITORIO DE CHILE O DE LA UNIÓN EUROPEA, ES DECIR LOS PRODUCTOS NO PODRÁN SALIR A REALIZAR PROCESOS FUERA DE LAS PARTES. LAS MERCANCÍAS ORIGINARIAS QUE HAN SIDO EXPORTADAS Y DEVUELTAS, DEBEN SER CONSIDERADAS NO ORIGINARAS, A MENOS QUE PUEDA DEMOSTRARSE LO CONTRARIO A SATISFACCIÓN DE LAS AUTORIDADES ADUANERAS.

EXPEDICION DIRECTA EL TRATAMIENTO PREFERENCIAL SE GARANTIZARÁ SIEMPRE QUE EXISTA TRANSPORTE DIRECTO. NO OBSTANTE, PODRÁN TRANSITAR POR TERCEROS PAÍSES SIEMPRE Y CUANDO LOS PRODUCTOS : PERMANEZCAN BAJO VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD ADUANERA Y NO HAYAN SIDO SOMETIDAS A OPERACIONES DISTINTAS A LA CARGA, DESCARGA U OTRAS OPERACIONES DESTINADAS A MANTENERLOS EN BUEN ESTADO.

REINTEGRO O EXENCION ZONAS FRANCAS Los productos que a partir del 1 de Enero del año 2007 quieran acogerse a los beneficios del TLC, no podrán gozar de reintegro o exención de derechos de aduana en cualquiera de sus formas (ley 18.708). ZONAS FRANCAS El comercio de las Zonas Francas no se ve afectada por esta norma, siempre y cuando los productos cumplan con las Normas de Origen del TLC: permanecer durante su transporte, sin ser objeto de manipulación que las normales destinadas a prevenir su deterioro ; y si es objeto de tratamiento o transformación se expedirá un nuevo certificado.

PLAZOS Y VERIFICACIONES Vigencia del Certificado EUR.1 : 10 meses a partir de la fecha expedición y un plazo de 2 años a partir de la fecha del declaración de importación, para su presentación VERIFICACION La verificación más importante se hace al momento de expedir el certificado Luego se hará una segunda verificación en destino, por la autoridad aduanera competente

EXPEDICION A POSTERIORI Excepcionalmente se podrá expedir un certificado EUR.1, después de la exportación de los productos, si: no se expidió en el momento de la exportación por error; omisiones involuntarias; circunstancias especiales; no fue aceptado en su momento por la autoridad aduanera. Los certificados EUR.1 en este término, deberá contener la mención EMITIDO A POSTERIORI

METODOLOGIA PARA DETERMINAR Y PRESENTAR LA CERTIFICACION DE ORIGEN Determinar el código arancelario del SA de producto a exportar Revisar las Normas de Origen que debe cumplir el producto a exportar, Apéndice II Verificar que dicho producto cumpla las normas de origen, de acuerdo a Anexo III del TLC Confeccionar y presentar el Certificado de Circulación de Mercancías EUR.1 y Solicitud de Certificado de Circulación de Mercancías, acompañado por los documentos solicitados por el ente revisor y verificador

RESUMEN DE LOS CRITERIOS DE ORIGEN Productos enteramente obtenidos Suficientemente elaborado o transformado en una de las partes, incluyendo insumos importados (Apéndice II y II(a)): Cambio arancelario, Valor de contenido regional Proceso de fabricación específico que debe ser llevado a cabo en los materiales no originarios.

SISTEMA ARMONIZADO SADM INTERNACIONAL Capítulo 16 Preparaciones de carne (2 dígitos)  Partida 16.01 Embutidos y productos similares (4 dígitos) de carne, despojos o sangre; preparaciones alimenticias a base de estos productos   Subpartida 1601.00 Embutidos y productos similares (6 dígitos) de carne, despojos o sangre; preparaciones alimenticias a base de estos productos APERTURA DE CADA PAIS ( CHILE ) Item 1601.0000 Embutidos y productos similares (8 dígitos) de carne, despojos o sangre; preparaciones alimenticias a base de estos productos

SISTEMA ARMONIZADO SADM Internacional 95 03.70.10.10 Capítulo Partida Subpartida Específico para cada país Fracción arancelaria Número de clasificación

Ejemplo Cambio Arancelario Norma de Origen: fabricación a partir de animales del capítulo 1 Cereal Originario Cerdo SA 01.03 No originario Salchicha SA 16.01 Producto a exportar Especias SA 09.07 No originario

Ejemplo Cambio Arancelario Norma de Origen: fabricación a partir de animales del capítulo 1 Cereal Originario Salchicha SA 16.01 Producto a exportar Especias SA 09.07 No originario Cerdo SA 02.03 No originario

Ejemplo : Exportación Muebles de madera Un productor chileno, decide exportar sus muebles de madera (subpartida 9403.00), por un valor de US$ 1.500 EX – FABRICA, que fabrica apartir de : Madera chilena (4407.10) US$ 350 Revestimiento EEUU (3926.30) US$ 150 CIF Accesorios China (7324.10) US$ 100 CIF Mano de Obra US$ 400 Utilidades US$ 500

Norma de Origen: Mueble de Madera ex capítulo 94 Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama, y artículos similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadores, luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas, con excepción de: Fabricación en la que todos los materiales utilizados se clasifican en una partida diferente a la del producto Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto ex 9401 y ex 9403 Muebles de metal común, que incorporen tejido de algodón de un peso igual o inferior a 300 g/m2 o Fabricación a partir de tejido de algodón ya obtenido para su utilización en las partidas 9401 o 9403 siempre que: - su valor no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto, y - todas las demás materiales utilizados sean originarios y estén clasificados en una partida diferente a las partidas 9401 o 9403 (1) (3) (4) ó (2) “ex” seguido de un ítem, partida, etc.. arancelario : se refiere sólo a la descripción específica que se le da a continuación

Ejemplo: Exportación Mueble de Madera V Ex Fab - Valor Mat.No Originarios CIF VCR = ----------------------------------------------- X 100 Valor Ex Fábrica Valor final de la Mueble de Madera US$ 1.500 Valor Materiales no originarios. Revestimiento EE.UU. US$ 150 Accesorios China US$ 100 1.500 - 250 = -------------------- X 100 1.500 =16.7% 83.3 %

Ejemplo : Exportación Muebles de madera Un productor chileno, decide exportar sus muebles de madera (subpartida 9403.00), por un valor de US$ 1.500 EX - FABRICA que fabrica apartir de : Madera Costa Rica (4407.10) US$ 450 CIF Revestimiento EEUU (3926.30) US$ 150 CIF Accesorios China (7324.10) US$ 100 CIF Mano de Obra US$ 400 Utilidades US$ 400

Ejemplo: Exportación Mueble de Madera V Ex Fab - Valor Mat.No Originarios VCR = ----------------------------------------------- X 100 Valor Ex Fábrica Valor final de la Mueble de Madera US$ 1.500 Valor Materiales no originarios. Madera Costa Rica US$ 450 Revestimiento EE.UU. US$ 150 Accesorios China US$ 100 1.500 - 700 = -------------------- X 100 1.500 53.3 % = 46.7%

Ejemplo Norma de Origen (específico)

Ejemplo Normas de origen

TLC CHILE - UE Notas practicas para la emisión de Certificación de Origen EUR.1

PAISES Y TERRITORIOS ADUANEROS DE LA UE PAÍSES TERRITORIOS ADUANEROS Alemania Austria Bélgica Dinamarca España Islas Canarias, Ceuta y Melilla Finlandia Francia Mónaco, Guyana Francesa, Guadalupe, Martinica, Reunión

PAISES Y TERRITORIOS ADUANEROS DE LA UE PAÍSES TERRITORIOS ADUANEROS Grecia Holanda Inglaterra Irlanda Italia Luxemburgo Portugal Madeira, Azores Suecia

PAISES Y TERRITORIOS ADUANEROS DE LA UE Nuevos Estados miembros desde 01/05/2004: Rep. Checa Chipre Lituania Malta Eslovenia Estonia Letonia Hungría Polonia Rep. Eslovaca

OBTENCION DE CERTIFICADO EUR.1 La Entidad responsable y emisora del Certificado de Circulación de Mercancías EUR.1 en Chile, es la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales DIRECON Las Entidades revisoras y comprobadoras de origen para el TLC Chile - UE, son la Cámara Nacional de Comercio y Sociedad de Fomento Fabril SOFOFA El Certificado EUR.1 tiene una validez de 10 meses a partir de la fecha de emisión de este y un plazo de dos años a partir de la fecha del documento de importación para su presentación ;

OBTENCION DE CERTIFICADO EUR.1 Documentos a presentar: Certificado de Circulación de Mercancías EUR.1 (un original y cinco copias como máximo) ; Solicitud de Certificado EUR.1 (un original). En este formato está la Declaración del Exportador en punto PRECISA, donde este debe consignar el cumplimiento de las Normas de origen (Anexo III apéndice II y II (a) del TLC); Factura de exportación, comercial o proforma (copia original o fotocopia legible) ;

OBTENCION DE CERTIFICADO EUR.1 Documentos a presentar: Documento único de salida DUS o en su reemplazo el Documento para emisión de certificados de origen DECO (si es posterior al embarque corresponde presentar el DUS); Documento de embarque B/L, si el Certificado se solicita posterior al embarque de la mercadería. En el caso de no contar con este documento antes de los cinco días hábiles a la presentación para emisión del Certificado, indicar en la SOLICITUD (recuadro 8), la fecha de embarque de la mercadería ;

OBTENCION DE CERTIFICADO EUR.1 Documentos a presentar: Ficha técnica, consignando los datos necesarios para proceder evaluar el cumplimiento de las Normas de Origen. Este documento tendrá una vigencia de un año a partir de la fecha de su presentación ; Otros documentos Certificados de análisis ( vinos ) Mandato Declaración de Ingreso (insumos de la UE)

OBTENCION DE CERTIFICADO EUR.1 REEMPLAZO DE CERTIFICADOS : Carta - motivo Juego Certificado EUR.1 anterior No se cancelan DUPLICADOS Fotocopia de Certificado EUR.1 anterior o número de folio Nuevo juego de Certificado en los mismos términos que el anterior

OBTENCION DE CERTIFICADO EUR.1 Productos EXCLUIDOS del TLC Formato Certificado EUR.1 Frase “PRODUCTO NO ACOGIDO A PREFERENCIAS ARANCELARIAS”, en recuadro 8 Productos que NO CUMPLEN ORIGEN Formato FORM A amarillo Frase “PRODUCTO NO NEGOCIADO POR NO CUMPLIR NORMAS DE ORIGEN”, en recuadro 8 Muestras sin valor comercial Presentar en formato por separadas a las ventas comerciales Frase “MUESTRA SIN VALOR COMERICAL”, en recuadro 8 de cada formato y en factura.

OBTENCION DE CERTIFICADO EUR.1 Mercadería de la UE físicamente en territorio nacional y enviada nuevamente a su origen Formato EUR.1 Recuadro 4 : país origen en la UE Recuadro 5 : país destino en la UE Recuadro 8 : frase “ Producto originario de la UE, … (indicar descripción de la mercadería y país origen) Solicitud de Certificado EUR.1, Declaración del exportador Frase “ Producto originario de la Comunidad Europea” Documentos a adjuntar Documentos normales Declaración de Ingreso DI Certificado EUR.1

Ejercicios Prácticos EUR1 Chile - Unión Europea

Recubrimientos e impermeabilizaciones SL LTDA Av. Americo Vespucio 1020 Pudahuel Santiago - Chile Chile Comunidad Europea FLI International lining systems Av. De Burgos 14, 28036 Madrid - España Chile España Medio de Transporte: Maritimo Valparaiso - Valencia

Las demás placas, laminas, hojas y tiras, de 1. Código SA 3920 Las demás placas, laminas, hojas y tiras, de plástico no celular y sin refuerzo, estratificación ni soporte o combinación similar con otras materias Hoja de Polietileno Alta densidad HDPE de 1.5mm espesor, lisa N° 00505 06/01/04 33.648m2

Se utilizó Resina de polietileno originario de Argentina y Carbón Negro originario de Estados Unidos, cuyo valor total incide en un 35% del precio franco fabrica - Declaración de Ingreso de los materiales no originarios

Santiago, 3 de febrero de 2004 XXX

Recubrimientos e impermeabilizaciones SL LTDA Av. Americo Vespucio 1020 Pudahuel Santiago - Chile Chile Comunidad Europea FLI International lining systems Av. De Burgos 14, 28036 Madrid - España Chile España Medio de Transporte: Maritimo Valparaiso - Valencia

xxx xxx 1. Código SA 3920 Las demás placas, laminas, hojas y tiras, de plástico no celular y sin refuerzo, estratificación ni soporte o combinación similar con otras materias Hoja de Polietileno Alta densidad HDPE de 1.5mm espesor, lisa N° 00505 06/01/04 33.648m2 DIRECON xxx Chile Santiago, 3 de febrero de 2004 Santiago, 3 de febrero de 2004 xxx

x Aduana España Aduana España Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales Chile x Valencia, 03 de marzo de 2004 XXX Aduana España Valencia, 15 de marzo de 2004 XXX Aduana España

Goodyear de Chile S.A.I.C. Camino a Melipilla Km. 16 Maipú Santiago - Chile Chile Comunidad Europea Goodyear Dunlop Tires Germany Kuenzeller Strasse 59-61, Chile Alemania

Neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de caucho Neu 145R10 68S GT80 1. Código SA 4011 Neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de caucho Neu 145R10 68S GT80 Neu 900 20 G100 S&G14 N° 025616 22/01/04 3.000 Unidades 2.000

Todos los insumos no originarios utilizados se clasifican en partidas arancelarias distintas a la del producto. Caucho natural (4001.29), Negro de Humo (2803.00) Se adjunta Certificado de Origen de los insumos Importados

Santiago, 3 de febrero de 2004 XXX

Goodyear de Chile S.A.I.C. Camino a Melipilla Km. 16 Maipú Santiago - Chile Chile Comunidad Europea Goodyear Dunlop Tires Germany Kuenzeller Strasse 59-61, Chile Alemania

1. Código SA 4011 Neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de Caucho Neu 145R10 68S GT80 Neu 900 20 G100 S&G14 N° 025616 22/01/04 3.000 Unidades 2.000 DIRECON xxx Chile Santiago, 3 de febrero de 2004 Santiago, 3 de febrero de 2004 xxx

Uso exclusivo del Organismo Certificador

Sociedad Punta de Lobos S.A. Tajamar 183, Of. 601 Las Condes Santiago - Chile Chile Comunidad Europea Importador: Ensarca S.A. Cra. 45 N°9-93, Medellín - Colombia Consiganado a: Santiago Yucar Poupin 7122 Bruselas - Bélgica Chile Bélgica

1. Código SA 2501 Sal (incluidas la de mesa y la desnaturalizada) y cloruro de sodio puro, incluso en disolución acuosa o con adición de antiaglomerantes o de agentes que garanticen una buena fluidez; agua de mar 26 pallets, 119 cajas, “Sal sun” impresas, 21.658 KN

Sal industrial extraída en territorio Chileno

Santiago, 3 de febrero de 2004 XXX

Sociedad Punta de Lobos S.A. Tajamar 183, Of. 601 Las Condes Santiago - Chile Chile Comunidad Europea Importador: Ensarca S.A. Cra. 45 N°9-93, Medellín - Colombia Consiganado a: Santiago Yucar Poupin 7122 Bruselas - Bélgica Chile Bélgica

1. Código SA 2501 Sal (incluidas la de mesa y la desnaturalizada) y cloruro de sodio puro, incluso en disolución acuosa o con adición de antiaglomerantes o de agentes que garanticen una buena fluidez; agua de mar 26 pallets, 119 cajas, “Sal sun” impresas, 21.658 KN DIRECON xxx Chile Santiago, 3 de febrero de 2004 Santiago, 3 de febrero de 2004 xxx

Uso exclusivo del Organismo Certificador

Certificado de Origen EUR1 Exportador: Methanex Chile Limited Importador: Methanex (UK) Limited País Destino: United Kingdom Factura: N°01653 del 4 de enero de 2004 Cantidad: 13.000 Toneladas Métricas Producto: Methanol Código Arancelario: 2905.1100 Fecha de Embarque: Sábado 8 de febrero de 2004

Methanex Chile Limited, Agencia en Chile Avda. Apoquindo 3200 P.5 Santiago - Chile Chile Comunidad Europea Mehtanex (UK) Limited Pavilion 22 - Manor Way Belasis hall Technololgy Park Billingham TS234 HN-England Chile United Kingdom Marítimo Terminal Cabo Negro, Punta Arenas, Chile Tees, United Kingdom

Alcoholes aciclicos y sus derivados halogenados 1. Código SA 2905 Alcoholes aciclicos y sus derivados halogenados Sulfonados, Nitrados o Nitrosados. Methanol a granel N° 01653 02/01/04 13.000 TM

Se utiliza Gas Natural en estado gaseoso (2711 Se utiliza Gas Natural en estado gaseoso (2711.2100)de origen nacional y argentino, este último incide en un 20% dentro del valor ex - fab - Declaración de Ingreso de los materiales no originarios

Santiago, 10 de febrero de 2004 XXX

EMITIDO A POSTERIORI Methanex Chile Limited, Agencia en Chile Avda. Apoquindo 3200 P.5 Santiago - Chile Chile Comunidad Europea Mehtanex (UK) Limited Pavilion 22 - Manor Way Belasis hall Technololgy Park Billingham TS234 HN-England Chile United Kingdom Marítimo Terminal Cabo Negro, Punta Arenas, Chile Tees, United Kingdom EMITIDO A POSTERIORI

1. Código SA 2905 Alcoholes aciclicos y sus derivados halogenados Sulfonados, Nitrados o Nitrosados. Methanol a granel 13.000 TM N° 01653 02/01/04 DIRECON xxx Chile Santiago, 3 de febrero de 2004 Santiago, 3 de febrero de 2004 xxx

Uso exclusivo del Organismo Certificador