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Transcripción de la presentación:

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria Cambios en la Tributación en la Seguridad Social Ley de presupuesto (ley 17296): Regularización y modificaciones en empresas transportistas (art. 270). Exoneración de aportes sobre los viáticos en el exterior para transportistas (art. 280). Tope: monto que establezca el P.E.

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria Cambios en la Tributación en la Seguridad Social Exoneración de aporte unificado de la construcción para viviendas de interés social y ampliación de núcleos básicos existentes. I.R.P. se reduce al 0% en la franja de hasta 3 SMN. (art. 583). - Vigencia: R.D /2001) - Acreditación de sumas abonadas por IRP de enero y febrero/2001, en boletas de pago en el sector Créditos (cod. 94)

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria Cambios en la Tributación en la Seguridad Social - Debe reintegrarse al trabajador, las sumas descontadas por IRP en enero y febrero - Para los sueldos fictos de los afiliados activos a la CJPU, permanece en 1%. Se crea un impuesto del 3% para las retribuciones superiores a los 29 SMN, derivadas de servicios personales prestados al Estado.

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria Cambios en la Tributación en la Seguridad Social Creación del Monotributo (arts.590 a 601 de la ley y Decreto 203/01). - Alcance subjetivo: titulares de empresas unipersonales que desarrollen actividad comercial en vía pública o espacios públicos, tanto ambulantes como estables Deben cumplir: Máximo 4 personas (titular incl.) Ingresos dentro límite de lit. E Ventas al contado Explotar un solo puesto

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria Cambios en la Tributación en la Seguridad Social El monotributo incluye todos los impuestos vigentes (excepto imp. de importación). Los aportes se calculan sobre un ficto equivalente a un salario mínimo nacional El complemento de cuota mutual es optativo. El cónyuge colaborador aporta igual que el titular

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria Cambios en la Tributación en la Seguridad Social Ley de Urgencia II: Fomento del empleo (ley , dec. 85/001) Reducción de tasa patronal jubilatorio (a 0%) para dependientes contratados o reincorporados del seguro de desempleo, a partir de 1/1/01 y que supere el No. de trabajadores a agosto/2000. Empresa debe tener actividad registrada al En esa fecha deben tomarse todos los trabajadores incluidos en la Historia Laboral (incl subsidio de enf.,maternidad, etc.

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria Cambios en la Tributación en la Seguridad Social Exoneración de aporte patronal jubilatorio, para empresas unipersonales, cuyo titular tenga entre 18 a 29 años (hasta 31/12/01). Art. 3° Reducción de aporte patronal rural, por el año Art. 4°

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria Cambios en la Tributación en la Seguridad Social Industria de la Construcción - Reducción de tasa de aportación a) Ambito de aplicación: Obras privadas b) Casos comprendidos: - Obras reactivadas - Obras iniciadas a partir del 8/2/01.-

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria Cambios en la Tributación en la Seguridad Social C) Tasa de aportación: Tasa de AUC: 74,46% CJP 6,00% Total 80,46% Se mantiene el IRP, FRL y complemento de Cuota Mutual

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria D) Vigencia: Obras reactivadas: desde 1/1/01 hasta 31/12/01 Obras iniciadas en 2001: desde 8/2/01 hasta 31/12/01 Cambios en la Tributación en la Seguridad Social

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria Ley (COFIS y Rebajas de Aportes) Reducción aporte patonal al agro.(art.17) Unidad Basica de Contribución: 0,66 o/oo Reducción de 56% del aporte mínimo. Vigencia: Cambios en la Tributación en la Seguridad Social

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria Cambios en la Tributación en la Seguridad Social Aporte Patronal en la Industria Manufacturera Privada (art. 18):  Se fija en 0% el ap. jubilatorio patronal  Disminuye en 2,5% el aporte patronal del Seguro de Enfermedad.  A los efectos del cálculo de CCM, se tomará como efectivamente aportada la reducción antes mencionada.

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria Cambios en la Tributación en la Seguridad Social Aporte patronal en el transporte (art19,dec. regl):  Se reduce a 0% el aporte jub. Patronal, para el transporte de carga (art. 270 de la ley 17296) y las empresas de transporte colectivo de pasajeros de líneas urbanas y suburbanas (60 km.)  No se afecta la contribución por Servicio Bonificados  Se ajustan a los art. 4,5,6 y 7 del Dec. 245/000, en relación a la base imponible de act. directas, mixtas y no comprendidas en la reducción.

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria Cambios en la Tributación en la Seguridad Social Aporte patronal resto actividades:  Se faculta al P.E. A disminuir hasta un punto porcentual el aporte jubilatorio.  Excepto manufacturera, transporte y rural.

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria Cambios en la Tributación en la Seguridad Social AGUINALDO  Se establece en el decreto que determina las fechas de pago del año en curso, que a los efectos de la liquidación de los aportes jubilatorios sobre el aguinaldo a pagar en junio, deben tomarse las alicuotas vigentes al 31/5/01

COFIS - Ley de Presupuesto Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay Julio 2001Comisión Tributaria Seguro de Paro Rural Se incorporan por el decreto 211/01 a los trabajadores rurales al Seguro de Paro Condiciones:  para los mensuales un periodo de 12 meses registrados  para jornaleros y por hora: 250 jornales  para los trabajadores de remuneración variable: un mínimo de 12 salarios mínimos  En todos los casos el mínimo de relación laboral es dentro de los 24 meses anteriores