Golfo de México y Mar Caribe Programa de Ordenamiento

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Transcripción de la presentación:

Golfo de México y Mar Caribe Programa de Ordenamiento de la Pesquería de Pepino de Mar en el Golfo de México y Mar Caribe

Antecedentes En el año 2010 se intensificó la demanda de permisos para la captura de las especies de pepino de mar en las costas frente a los estados de Campeche y Yucatán.   SAGARPA inició un Programa de Ordenamiento de la Pesquería de Pepino de Mar en el Golfo de México y Mar Caribe, con el apoyo de técnicos de la Universidad Autónoma de Yucatán y Campeche.

Acciones y Avances Se compraron 260 microchips de radiofrecuencia, 12 lectores y 8 taladros para la instalación de los mismos. Se capacitó y contrató a 23 técnicos de campo que actualmente están monitoreando la producción en ocho puertos o sitios de arribo en Yucatán y Campeche. Inicio del monitoreo de la captura de pepino de mar en Yucatán y Campeche. Avance del 99% en la instalación y rotulado de las embarcaciones participantes en el estado de Yucatán, y un 95% en el estado de Campeche.

Medidas adoptadas Autorizar la pesca de fomento en un periodo no mayor de 45 días, iniciando el 1 de abril y finalizando el 14 de mayo del año en curso. Se estableció una veda para proteger la reproducción de las especies de Pepino de Mar, del 15 de mayo y al 14 de diciembre. Para establecer las condiciones que permitan una pesquería sustentable y ordenada de las especies de pepino de mar y evitar su sobre-explotación, fue necesario establecer regulaciones.  Para la extracción de Isostichopus badionotus, no deberá excederse de 230 embarcaciones en total para ambos estados.  Suspender la pesca de fomento para I. badionotus cuando se alcance una cuota total para los dos estados de 1,200 toneladas (5% de biomasa remanente). Para la especie Holothuria floridana, se autorizó una extracción controlada con permisos de pesca de fomento solamente frente al poblado de Isla Arenas, Campeche, durante el periodo del 1 de abril al 14 de mayo del año en curso. Para la pesca de fomento de la especie H. floridana se autorizó la captura a 60 embarcaciones, y deberá suspenderse al pescarse una cuota total de 300 toneladas (5% de biomasa remanente).

Permisos 2011 Con base en la opinión técnica y recomendaciones del Inapesca, la Conapesca procedió a dar los permisos CAPTURAS (Se actualizará el día 15 de mayo al finalizar los 45 días de captura autorizados)   Yucatán: Cuota total autorizada: 1,080 toneladas (61 permisos). Avance de la cuota: 549 toneladas (50% de la cuota autorizada). Campeche (Isla Arena): Cuota total autorizada: 300 toneladas (2 permisos). Avance de la cuota: Del 80-85%. Estado Puerto Municipio Permisos Embarcaciones Verificadores Sitio desembarque Técnico responsable Institución Celestún 23 109 10 M.C. Alicia Virginia Poot Salazar CINVESTAV Sisal Hunucmá 15 31 2 Dr. Jorge López Rocha UNAM-Sisal Progreso 30 Dr. Armín Tuz Sulub UADY Chuburná 3 1 Chicxulub 4 12 Chabihau Yobaín 7 Dzilam de Bravo 8 SUBTOTAL 61 200 18 Campeche Isla Arenas Calkiní 90 5 63 290 Yucatán Mecánica operativa del "Estudio para el Programa de Ordenamiento de la Pesquería de Pepino de Mar en el Golfo de México y Mar Caribe" TOTAL

Criterios para otorgar permisos El interesado deberá cumplir con la presentación en tiempo y forma de los requisitos y documentos establecidos en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables (LGPAS), el Reglamento de la Ley de Pesca y las Normas Oficiales Mexicanas, así como con las demás disposiciones legales aplicables. Preferenciar el otorgamiento de permisos a pescadores de comunidades locales a las zonas de pesca y/o sitios de desembarque de acuerdo a lo establecido en la ley de la materia. El titular deberá estar inscrito en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura (RNPA), de conformidad con lo previsto en el artículo 122 de la LGPAS.   La embarcación autorizada deberá estar debidamente pintada, rotulada con matrícula, y emplacada, con la placa visible. Para el otorgamiento de los permisos, la CONAPESCA estableció criterios específicos que debían cumplirse. El titular del permiso deberá de estar inscrito en el Registro Federal de Causantes El interesado deberá acreditar el entero de los pagos de derechos respectivos de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal de Derechos. El titular del permiso deberá de estar inscrito en el Registro Federal de Causantes El interesado deberá estar integrado en la base de datos del Padrón de Pescadores a cargo de la Subdelegación de Pesca respectiva Las organizaciones de productores titulares de permiso deberán de contar con sus cuadros directivos vigentes, acreditados con su acta de asamblea de socios respectiva, debidamente protocolizadas. Tener como medio de vida únicamente la actividad de la pesca.