A M D E P A Asociacion Metropolitana de Padres y Apoderados Coordinadora Nacional de Centros de Padres.

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Transcripción de la presentación:

A M D E P A Asociacion Metropolitana de Padres y Apoderados Coordinadora Nacional de Centros de Padres

AMDEPA  Propuesta de Educación Publica

AMDEPA  Participación “Responsable e Informada”.  Derechos de los Padres.  Consejos Escolares.  Selección de estudiantes en establecimientos subvencionados por el estado entre 7º básico a 4º medio.  Libertad de padres para elegir establecimiento para sus hijos.

AMDEPA  Reformas de leyes constitucionales  Libertad de enseñanza, de empresa  Derecho a la educación  Reforma al articulo Nº 20  Rol del estado, en educación, y participación.  Financiamiento (rol subsidiario estado y desarticulación de sistema nacional de educación.  Financiamiento compartido.  Termino lucro.

AMDEPA  Concepto de educación publica  Administración de la educación publica (municipios)

“Propuesta a la Normativa que regula el funcionamiento De los Centro de Padres en General “  “Considerando que la familia constituye una agente esencial en la formación moral y ética- social de los niños y los jóvenes y que los centros de padres son organismos que comparten y colaboran en los propósitos educativos y sociales de los establecimientos educacionales de que forma parte”, se requiere que dado que la familia aporta recursos económicos, de una normativa que resguarde los aportes financieros que reciban tanto por parte de los padres y apoderados, como otras instancias (Proyectos concursables,donación y actividades varias ), dicha normativa debe establecer un control anual mediante informes y balances financieros, que deberán presentar de forma obligatoria a sus socios, consejo escolar, dirección provincial de educación y a las respectivas entidades que le conceden la personería jurídica.

Deber de los socios Fiscalizar:  Fundamentos para su control: Toda organización de centro de padres con o sin personería  Jurídica estarán obligado de cautelar con absoluta rigurosidad los fondos y bienes que se adquieran con los recursos voluntarios, teniendo como primer fiscalizador a sus socios quienes aprobaran o rechazaran dichos informes o balances que deberán presentar en el Consejo escolar: los cepas deberán entregar y responder consultas de los integrantes de los consejos escolares,como una forma de que toda la comunidad este informada sobre las inversiones de recursos en el establecimiento educacional, sin mayor obligación que de entrega de información.

 La dirección provincial de educación : Todo centro de padres deberá presentar a la dirección provincial que le corresponda por su domicilio, con el objeto de mantener informado de que efectivamente el Cepa esta funcionando y cumpliendo con la normativa establecida por el Mineduc ( la cuenta financiera y administrativa) solo para información.

PARTICIPACION DE VERDAD

 Entidades que otorgan las Personerias Jurídicas: Los cepas deberán presentar conforme a s constitución jurídica, los informes, balances de forma obligatoria y debidamente auditaría por la comisión de finanzas constituida anualmente, los informes y o balances tanto financieros como administrativo de su funcionamiento.

 Sanciones y medidas a aplicar: Las entidades que otorgan las personerías jurídicas serán los encargados de aplicar las sanciones que correspondan de acuerdo a las faltas que se cometan, vale decir falta administrativa y falta al cautelamiento de los fondos, como sea malversación y hurtos de los recursos de los cepas,de acuerdo al tipo de falta y sobretodo de delitos con los recursos tiene como deber iniciar las acciones judiciales de manera de que se responda por el delito cometido.