VILLA MARIA DEL TRIUNFO

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Concepto y Clases Orden Sucesorio Legítima
Advertisements

Testamentos y sucesiones
La mayor Comunidad de difusión del conocimiento SUCESIONES
ASPECTOS CIVILES DE LA EMPRESA FAMILIAR (II): SUCESIONES Y COPROPIEDAD
La sucesión intestada.
La familia Algunas fotos….
El vocabulario de la familia
Podéis ver nuestro árbol genealógico:
PATRIMONIO FAMILIAR.
LA MUERTE Y SUS CONSECUENCIAS LEGALES
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES
TUTELAS Y CURATELAS Materia : Derecho Civil Personas 2
LA IMPORTANCIA DEL TESTAMENTO Y DONACION POR CAUSA DE MUERTE
SUCESIONES Unidad N° 12.
SUCESION INTESTADA CONCEPTO: Sucesión intestada es aquella que tiene lugar cuando el difunto no dispuso de sus bienes, o cuando dispuso no lo hizo conforme.
© 2008 Quinín Freire Familia S.S.L./E.S.L.. Mamá y papá.
ELUSION Y PLANIFICACION TRIBUTARIAS
Trabajo Final Trimestre 3
Sucesión legítima o intestamentaria
Para aquellos que sólo ven Gran Hermano, Aquí hay tomate o el partido de la jornada.
LA RESPONSABILIDADDE LOS SUJETOS DEL CREDITO FISCAL.
Doña Josefa Loperráez Gaceta, hija de Antonio Loperráez y de Patricia Gaceta, fue nuestra bisabuela Nuestros antepasados Podéis ver nuestro árbol genealógico:
SUCESIONES Unidad N° 11.
Gabriel Rolleri Jornada de Sucesiones Legislación actual y Código Civil y Comercial aprobado 4 de Noviembre de 2014 Colegio.
Escolar Abogados Escolar Abogados 2007 Situación de Partida ä Sus herederos carecen de medios humanos, materiales y conocimientos jurídicos para realizar.
REGIMEN JURÍDICO DE LA EMPRESA FAMILIAR “Lineamientos Generales del Derecho Sucesorio Argentino vigente. Necesidad de reforma” Fernando Pérez Lasala.
PRÁCTICA Nº 8 Junio SUPUESTO DE HECHO Anastasio, viudo desde 1990, fallece habiendo otorgado testamento notarial abierto en 1995 En el testamento.
VAYA LÍO DE PARENTESCO Verá señor juez: Tuve la desgracia de casarme con una viuda, de haberlo sabido no me hubiese casado, por que ésta tenía una hija.
PROBLEMAS CON EL ANTICIPO DE HERENCIA
La nuera La esposa de tu hijo; tu hija política.
JP FERNANDEZ GIMENO ABOGADOS
UNIDAD XVII DERECHO HEREDITARIO.
CAPITULO IV EL DERECHO DE ALIMENTOS
LEY ORGÁNICA PARA LA REDISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA
REFORMAS AL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL EN MATERIA SUCESORIA
SPANISH FAMILY REVIEW.
Mi, tu,su,nuestro. 1. El padre de mis hermanos y yo.
S U C E S I O N E S La sucesión es la transmisión de los bienes, derechos y obligaciones, que constituye la herencia, los cuales son heredados a los.
Latín 1º Bachillerato Derecho romano.
Derecho sucesorio Maya
Asignatarios a titulo universal y singular
TESTAMENTO.
Universidad Juárez Autónoma de Tabasco. Lic. en Derecho. Derecho sucesorio. José Alfredo Gil Alipi. “SUCESION DE LOS DESCENDIENTES.”
DERECHO DE SUCESIONES 2015-I Material de referencia
LEGÍTIMA DEL CÓNYUGE.
Felipe Vallese 2671 (C1406FSX) CABA | Buenos Aires / (54 11) –
Derechos reales sobre cosa ajena
Ley de Herencia.
 Derecho corporativo  Equipo #7  Ricardo Ramírez  diana Carola García  Omar contreras.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
Tema XXXI La delación Toma su mano. Ella nos guiará en nuestro viaje. Ella nos mostrará lo que no tiene fin… ¡… sólo principio! Jim Starlin, La muerte.
HERENCIA YACENTE Art CC Si dentro de quince días de abrirse la sucesión no se hubiere presentado ninguna persona aceptando la herencia o una cuota.
VOCACION SUCESORIA, ¿ Qué significa ? Art. 962 CC Significa Estar en posibilidad de suceder a determinada persona, y este derecho a heredar solo puede.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
Producida la apertura de la sucesión, viene el llamamiento que se hace a una persona para suceder al difunto. Este llamamiento, que se denomina VOCACION.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
Producida la apertura de la sucesión, viene el llamamiento que se hace a una persona para suceder al difunto. Este llamamiento, que se denomina VOCACION.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
DONACIONE DONACIONES Escribano Roque A. de J. Silva Los códigos en sudamérica son hijos más bien de la vanidad que de la necesidad… son el testamento de.
EVANGELIZANDO NUESTRA FAMILIA. Como Podemos evangelizar a nuestros Hijos 1. A través del amor que nos expresamos mamá y papá. Esto define la salud mental,
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
MASA HEREDITARIA Obligaciones Derechos Bienes Art. 660 C.C.
TALLER CÁMARA DE COMERCIO DE SANTIAGO
Prof. Andrés Carita Quispe 2016-II
Tema XXXI La delación Toma su mano. Ella nos guiará en nuestro viaje. Ella nos mostrará lo que no tiene fin… ¡… sólo principio! Jim Starlin, La muerte.
INSTITUCIÓN Y SUSTITUCIÓN DE HEREDEROS Y LEGATARIOS
Temas XLIX-LII La legítima. La desheredación
PARENTESCO.
Sucesión MORTIS CAUSA. Aspectos civiles
Sucesión Intestada Curso: Derecho de Familia y Sucesiones Docente: Mg. Vanessa Shinno Pereyra 7 1 y 2.
Transcripción de la presentación:

VILLA MARIA DEL TRIUNFO E-mail : jlharoa@hotmail.com INSTITUCION EDUCATIVA 7054 VILLA MARIA DEL TRIUNFO EDUCACION CIVICA 5° Profesor: José Luis Haro Andía E-mail : jlharoa@hotmail.com

TRASMISION SUCESORIA Obligaciones : son las deudas Al fallecer una persona, sus hijos, esposa, padres, y demás familiares directos pasan a ser los sucesores del difunto. Los bienes y obligaciones que éste tuvo en vida pasan a ser la herencia de aquellos. Obligaciones : son las deudas

Estos, entre otros bienes, conforman la herencia Electrodomésticos Fábricas Estos, entre otros bienes, conforman la herencia Propiedades Cuenta de Ahorros Automóviles

LAS DEUDAS TAMBIEN INTEGRAN LA HERENCIA CUENTAS POR PAGAR LAS DEUDAS TAMBIEN INTEGRAN LA HERENCIA LA HERENCIA O MASA HEREDITARIA ESTÁ INTEGRADA POR LOS BIENES Y OBLIGACIONES QUE TENÍA LA PERSONA AL MOMENTO DE SU MUERTE

LA LEGÍTIMA Y EL LEGADO LA LEGÍTIMA: Es la parte de la herencia destinada a sus hijos, nietos, bisnietos, o padres, abuelos, bisabuelos, o al cónyuge (viudo/a). Estos vienen a ser los HEREDEROS FORZOSOS LEGADO: Es la parte de la herencia de libre disposición del testador, que puede destinarla, en su testamento, a quien no es su heredero forzoso. Ejemplo un amigo, un mayordomo fiel, etc.

LEGÍTIMA DE LOS DESCENDIENTES O CÓNYUGE LEGÍTIMA DE LOS ASCENDIENTES 1/3 o 33% Libre disposición Legítima de los herederos forzosos 1/2 o 50% El que tiene sólo padres u otros ascendientes puede disponer libremente hasta el 50% El que tiene hijos, nietos, o bisnietos, o cónyuge, puede disponer libremente hasta el tercio de sus bienes , es decir, puede hacer legado con ellos a Cualquier persona 100% EL QUE NO TIENE CÓNYUGE NI HIJOS, NIETOS, BISNIETOS, O PADRES, ABUELOS O BISABUELOS TIENE LA LIBRE DISPOSICIÓN DE LA TOTALIDAD DE SUS BIENES

Los hijos, nietos o cónyuge excluyen de la herencia a los padres, abuelos y bisabuelos, y sólo a falta de aquellos, éstos heredan. hijos cónyuge abuelos

El testador no puede privar de la legítima a sus herederos forzosos, sino en los casos permitidos por la ley: DESHEREDACIÓN E INDIGNIDAD

José Luis Haro Andía / E-mail: jlharoa@hotmail.com "CONOCE TUS DERECHOS, TE PUEDEN SERVIR DE MUCHO" Profesor: José Luis Haro Andía / E-mail: jlharoa@hotmail.com