Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
1
SUCESIONES Unidad N° 12
2
SUCESIÓN LEGÍTIMA ó INTESTADA
Art CC: Dispuesta por la ley sin que intervenga la voluntad del causante (nota art CC – afectos presuntos) - Puede coexistir con la sucesión testamentaria Cuando no existe testamento o fuese anulado o revocado Cuando el testamento no instituye herederos Cuando el testamento contradice derechos de H.F.
3
PRINCIPIOS 1) Jerarquía de ordenes hereditarios (art CC) 2) Proximidad de grado (salvo derecho de representación –art. 3546/9 CC) 3) Indistinción del origen y naturaleza de los bienes (art CC) 4) Título universal del llamado ( art CC)
4
Cómputo del Parentesco
Línea A E Tronco F I B Ramas Grado G J C Grado H K D Grado
5
1. JERARQUIA DE ÓRDENES HEREDITARIOS
(Art CC) 1º Los descendientes (arts CC) 2º Los ascendientes (art CC) Herederos º Cónyuge supérstite Forzosos (arts CC) 4º Parientes colaterales (art CC) CADA ORDEN ES EXCLUYENTE DE LOS DEMÁS Orden de preferencia: heredero de orden preferente excluye a orden posterior
6
ÓRDENES HEREDITARIOS 1º Los descendientes, cónyuge y nueva viuda 2º Los ascendientes, cónyuge y nuera viuda 3º Cónyuge supérstite y nuera viuda 4º Parientes colaterales hasta el cuarto grado y nuera viuda
7
2. PROXIMIDAD DE GRADO Prelación de grados: En c/orden el pariente más cercano excluye al más remoto, salvo el Derecho de Representación (art. 3546) El llamado en 1er lugar tiene una vocación actual que le otorga el derecho de aceptar (Delación) Llamados en 2º o ulterior grado: vocación eventual LA PROXIMIDAD DE GRADO OPERA DENTRO DE CADA ORDEN
8
3. INDISTINCION DEL ORIGEN Y NATURALEZA DE LOS BIENES (art. 3547 CC)
No se atiende al origen de los bienes que compone la herencia (art. 3547) El patrimonio del causante forma una unidad en la que no se distinguen categorías de bienes para ser asignadas a determinados sucesores Excepciones: - Derecho hereditario del cónyuge supérstite (art CC): bienes propios y gananciales - Derecho hereditario del adoptante (arts. 333, 3569 bis CC): bienes a título gratuito
9
PRINCIPIO DE DISTRIBUCIÓN
El pariente más cercano en grado, excluye al más remoto, salvo el derecho de representación (art CC) 1) HEREDEROS POR DERECHO PROPIO (suceden por cabeza) 2) HEREDEROS POR REPRESENTACIÓN (suceden por estirpe – art CC)
10
DERECHO DE REPRESENTACIÓN
Los “hijos” son colocados en el grado que ocupaba su padre o madre ( CC) Efectos División de la herencia por estirpe (art. 3563) El representante ocupa el lugar del representado (art. 3562) Obligación de colacionar (art CC) Tienen en conjunto la legítima que le correspondía al representado
11
DERECHO DE REPRESENTACIÓN: SUPUESTOS
Principios generales: Solo tiene lugar en la línea descendiente sin límite (art. 3557) En la línea colateral, solo entre los hijos y descendientes de los hermanos para dividir la herencia con los otros hermanos del causante (art. 3561) No tiene lugar en los ascendientes Adopción simple
12
Derecho de representación
Supuestos: Casos de “premoriencia” (art CC) Renuncia (persona viva) Presunción de fallecimiento (art CC) Indignidad (art CC) Desheredación (art CC) Casos de “conmoriencia” (arts ) LA REPRESENTACION TIENE LUGAR EN LA SUCESIÓN LEGITIMA (arts CC)
13
EJEMPLO ABUELO HIJO A HIJO B HIJO C ÑIETA A ÑIETA B ÑIETA C BIS ÑIETA
BIS ÑIETO
14
EJEMPLO 2 A HIJO B HIJO A H1 H2 H3 N1 N2 N3 B1 B2 PADRE H1 H2
15
ÓRDENES SUCESORIOS
16
Sucesión de los descendientes
Ley equipara filiación matrimonial, extramatrimonial y adoptiva plena (arts y 323 CC) Son herederos forzosos – llamamiento imperativo Gozan de posesión hereditaria de pleno derecho
17
Sucesión de los descendientes
A- Adopción simple Hijo adoptivo tiene posición del biológico respecto del adoptante Representación Heredan al ascendiente del adoptante pero no son forzosos Descendientes del adoptado hereda al adoptante y son forzosos B- Sucesión de descendientes en general Concurren con el cónyuge (arts C.C.) Legítima 4/5 de la herencia u 80% (art C.C.) Bienes propios (art C.C.): como un hijo más Bienes gananciales: excluyen al cónyuge (arts y 1315 C.C.)
18
Sucesión de los ascendientes
A falta de descendientes heredan los ascendientes (3567 CC) Son herederos forzosos con legítima de 2/3 Gozan de posesión hereditaria de pleno derecho No hay derecho de representación
19
Sucesión de los ascendientes
Adopción simple (muere adoptado) Adoptante hereda como forzoso y excluye al biológico Bienes gratuitos Concurren con el cónyuge Bienes propios: heredan el 50 % Bienes gananciales: heredan el 50% de lo que le corresponde de la SC
20
Sucesión del cónyuge Concurren con descendientes, ascendientes y nuera viuda, y a falta de éstos el cónyuge excluye a los colaterales (art CC) Es herederos forzoso con legítima de ½ o 50% Gozan de posesión hereditaria de pleno derecho Derecho real de habitación (art bis CC)
21
Sucesión del cónyuge Matrimonio “in extremis” (art. 3573 CC)
Separación Personal (art CC) Conserva la vocación Cónyuge inocente (art. 202 CC) (se pierde concubinato o injurias graves) Cónyuge enfermo (art. 203 CC) No conserva vocación Causal objetiva (art. 204 CC) Presentación conjunta (art. 205 CC)
22
SUCESIÓN DEL CÓNYUGE Divorcio Vincular (art. 3574 CC)
En todos los casos cesa la vocación hereditaria Conversión: Alimentos p/ cyge. enfermo con carga a la sucesión (arts. 203/8 CC) Separación de Hecho (art CC) Cesa la vocación hereditaria Salvo que el supérstite alegue y pruebe la culpabilidad del causante
23
SUCESIÓN DE LOS COLATERALES
La ley llama a los colaterales hasta el 4° grado Son llamados en forma supletoria: no son forzosos Excluidos por los herederos testamentarios No gozan de posesión hereditaria sino que deben requerirla judicialmente Más próximos excluyen al más lejano salvo representación de sobrinos en sucesión del tío
24
SUCESIÓN DE LOS COLATERALES
Medios hermanos Si concurren con hermanos de doble vínculo: heredan la mitad (3586 CC) Si no hay hermanos de doble vínculo: suceden al 100% (3587 CC) Primos hermanos Los primos que descienden de hermanos de vínculo simple reciben la misma porción, determinada en razón de su origen (Se aplican arts y 3586 CC)
25
SUCESIÓN DE LA NUERA VIUDA
Recibe el 25% o 1/4 de la hijuela del esposo Caracteres del derecho: Es sucesora universal: recibe una parte alícuota (3263) NO es heredera: No goza de la posesión hereditaria ¿Tiene derecho a acrecer? Si se acepta el derecho de acrecer, excluye al fisco No está obligada a colacionar (3476 CC) No excluye a ningún Orden, pudiendo concurrir con todos ellos Su cuota es una carga para la sucesión
26
SUCESIÓN DE LA NUERA VIUDA
Requisitos: Permanecer en estado de viudez No tuviera hijos o que estos no sobrevivan al suegro/a Excepciones (siempre en relación al marido prefallecido): Matrimonio in extremis (3573 CC) Culpable – Concubinato – Divorcio (3574 CC) Separación de hecho (3575 CC)
27
SUCESIÓN DEL FISCO Cuando no sobreviven sucesores legítimos o testamentarios (3588) No es heredero ni sucesor universal, sino que los adquiere por la soberanía del Estado
28
SUCESIÓN DEL FISCO Proceso de Vacancia de la Herencia:
1- Reputación de Vacancia (3539 CC) Permite al Estado promover el proceso sucesorio como legitimado activo Se designa un curador de los bienes relictos (3540) quien hace un inventario 2- Declaración de Vacancia (3544) La declara el juez. Liquidados los bienes, y previo pago a los acreedores, se entregan los depósitos al gobierno nacional o provincial Estado responde hasta los bienes que reciba (Responsabilidad “intra vires”)
29
¡¡¡¡¡MUCHAS GRACIAS!!!!!!!
Presentaciones similares
© 2025 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.