BLOQUE I.

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Transcripción de la presentación:

BLOQUE I

El conocimiento científico es un saber crítico (fundamentado), metódico, verificable, sistemático, unificado, ordenado, universal, objetivo, comunicable (por medio del lenguaje científico), racional, provisorio y que explica y predice hechos por medio de leyes.

PRESUNTA NEUTRALIDAD DE LA CIENCIA EXCLUSIVIDAD ESPECIALIZACIÓN PRETENSIÓN DE OBJETIVIDAD UNIDAD DEL ÉTODO CIENTÍFICO PREOCUPACIÓN POR LO CUANTITATIVO

Nace muchas veces de la práctica del pueblo, o viene de costumbres y tradiciones que sirven de memoria colectiva, transmitiendo de generación en generación el aprendizaje colectivo.

ARTÍCULO 1: tiene como objetivo regir la prestación del servicio comunitario que por mandato constitucional, le corresponde a los estudiantes de educación superior a nivel de pregrado que aspiren al ejercicio de cualquier profesión SERVICIO COMUNITARIO: la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social (Artículo 4)

2. Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad. Artículo 7 Fines del Servicio Comunitario 1. Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el compromiso con la comunidad como norma ética y ciudadana. 2. Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad. 3. Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje servicio, con la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la formación académica, artística, cultural y deportiva. 4. Integrar las instituciones de educación superior con la comunidad, para contribuir al desarrollo de la sociedad venezolana. 5. Formar, a través del aprendizaje servicio, el capital social en el país.

Artículo 12 De la Capacitación El Ministerio de Educación Superior y las instituciones de educación superior en coordinación, deben programar seminarios, cursos o talleres sobre la realidad comunitaria, a fin de capacitar al personal académico y estudiantil para la ejecución del servicio comunitario, a fin de preparar a los coordinadores, asesores y estudiantes en sus responsabilidades, metas y propósitos para la realización del servicio comunitario.

Artículo 18 De las Obligaciones del Prestador del Servicio Comunitario 1. Realizar el servicio, comunitario como requisito para la obtención del título de educación superior. Dicha labor no sustituirá las prácticas profesionales incluidas en los planes de estudio de las carreras de educación superior. 2. Acatar las disposiciones que se establezcan en los convenios realizados por las instituciones de educación superior. 3. Actuar con respeto, honestidad y responsabilidad durante el servicio comunitario. 4. Acatar las directrices y orientaciones impartidas por la coordinación y el asesor del proyecto para el cumplimiento del servicio comunitario. 5. Cumplir con el servicio comunitario según lo establecido en esta Ley y sus reglamentos. 6. Cursar y aprobar previa ejecución del servicio comunitario, un curso, taller o seminario sobre la realidad de las comunidades.

I II III

IV V

Continuar construyendo el socialismo bolivariano del siglo XXI, en Venezuela, como alternativa al sistema destructivo y salvaje del capitalismo y con ello asegurar la mayor suma de seguridad social, mayor suma de estabilidad política y la mayor suma de felicidad para nuestro pueblo Se prefigura en las formas de construcción del socialismo nuestro para alcanzar la suprema felicidad social del pueblo, esto pasa, en primer lugar, por acelerar el cambio del sistema económico, trascendiendo el modelo rentista petrolero capitalista al modelo económico productivo socialista , dando paso a una sociedad más igualitaria y justa, rumbo al socialismo, sustentado en el rol del Estado Social y Democrático, de Derecho y de Justicia, con el fin de seguir avanzando en la plena satisfacción de las necesidades básicas para la vida de nuestro pueblo: la alimentación, el agua, la electricidad, la vivienda y el hábitat, el transporte público la salud, la educación, la seguridad pública, el acceso a la cultura, la comunicación libre, la ciencia y la tecnología, el deporte, la sana recreación y al trabajo digno, liberado y liberador.

En el campo de la investigación el azar no favorece más que a los espíritus preparados. Louis Pasteur