-Garantías -Ampliaciónes de plazo. Concepto y finalidad Las garantías son los mecanismos de respaldo previstos por la normativa de contrataciones del.

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Transcripción de la presentación:

-Garantías -Ampliaciónes de plazo

Concepto y finalidad Las garantías son los mecanismos de respaldo previstos por la normativa de contrataciones del Estado para salvaguardar el interés de la Entidad durante la ejecución contractual. La finalidad de las garantías es desincentivar el incumplimiento del contratista; compensar a la Entidad ante el incumplimiento de este; y, excepcionalmente, pagar saldos y penalidades.

Características IncondicionalesSolidariasIrrevocables De realización automática Las garantías deben ser emitidas por empresas supervisadas por la SBS o consideradas en la lista de bancos extranjeros de primera línea publicada por el BCR. Las empresas emisoras tienen un plazo de tres (3) días para ejecutar las garantías, a sola solicitud de la Entidad, no cabe excusión alguna.

Instrumentos En las Bases de cada proceso la Entidad debe establecer el tipo de instrumento que el postor ganador o el contratista, según corresponda, podrán utilizar para otorgar las garantías. Actualmente, sólo: carta fianza y póliza de caución (Comunicado Nº /OSCE-PRE y Comunicado N° Comunicado N° /OSCE-PRE). ¿Por que no puede usarse un cheque de gerencia o deposito como garantía?

Clases de garantías

Garantía de fiel cumplimiento Requisito indispensable para la celebración de todo contrato, salvo casos de excepción. Monto: Equivalente al 10% del monto contractual. Vigencia: Hasta la conformidad de la recepción de la prestación, en bienes y servicios, o hasta el consentimiento de la liquidación final, en obras y consultoría de obras.

Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias Aplicable en las contrataciones de bienes, servicios u obras que conlleven la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines. Monto: 10% del valor de las prestaciones accesorias. Vigencia: Hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.

Garantía por el monto diferencial de la propuesta Aplicable cuando la propuesta económica ganadora es inferior al valor referencial en más del 10%, en el caso de servicios, o en más del 20%, en el caso de bienes. Monto: 25% de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Vigencia: Hasta la conformidad de la recepción de la prestación (no aplica en obras, ni en consultoría de obras).

Excepciones No se constituirá garantía de fiel cumplimiento en: Tampoco se constituirá garantía por el monto diferencial de la propuesta en 1), 3), 4) y 5).

Excepcionalmente, en contratos con vigencia superior un (1) año, para la celebración del contrato el postor ganador podrá presentar las garantías de fiel cumplimiento y por el monto diferencial con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la recepción de la prestación o el consentimiento de la liquidación final, según corresponda.

Garantía por adelantos Requisito para la entrega del adelanto previsto en las Bases. Su finalidad es salvaguardar la amortización del adelanto entregado. Monto: Equivalente al monto del adelanto. Vigencia: tres (3) meses como mínimo, renovable trimestralmente, por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto. Si el plazo contractual es menor a tres (3) meses, la vigencia debe cubrir la fecha prevista para la amortización total del adelanto.

Una Entidad puede ampliar el plazo contractual a solicitud del contratista cuando se verifique alguna de las siguientes causales : Ampliaciones

¿En qué plazo se notifica la resolución de la Entidad?

La ampliación del plazo contractual da lugar al pago de los gastos generales debidamente acreditados. La Entidad también debe ampliar el plazo de los contratos directamente vinculados al contrato principal.