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EJECUCION CONTRACTUAL EN BIENES Y SEVICIOS

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Presentación del tema: "EJECUCION CONTRACTUAL EN BIENES Y SEVICIOS"— Transcripción de la presentación:

1 EJECUCION CONTRACTUAL EN BIENES Y SEVICIOS
1 1

2 Procedimiento de Contratación: Fases
EJECUCIÓN CONTRACTUAL PROGRAMACIÓN Y ACTOS PREPARATORIOS SELECCIÓN

3 Ejecución Contractual
Suscripción Culminación Garantías Recepción, conformidad y Pago Adelantos Penalidades Adicionales y Deductivos Resolución Ampliación de Plazo Subcontratación 3 3

4 Obligación de Contratar
Buena Pro consentida o administrativamente firme, el postor y la Entidad deben suscribir contrato La Entidad no suscribirá contrato por recorte presupuestal (objeto de convocatoria), por norma expresa o porque desaparezca la necesidad, debidamente acreditada 4 4

5 Obligación de Contratar
Opinión Nº /DTN del 30/10/09: “Los hechos descritos en el artículo 137º del Reglamento constituyen causales taxativas por las cuales las partes pueden negarse a suscribir el contrato, por lo que, no existiría justificación alguna que les permita regular, a su sola voluntad, un hecho distinto a los previstos en el citado artículo o la posibilidad de aplicar de forma extensiva dicho mandato” 5 5

6 Obligación de Contratar
Opinión Nº /DTN del 30/10/09: “Aún cuando se formule una denuncia en contra del postor ganador de la buena pro y luego de culminado el respectivo procedimiento sancionador e impuesta la sanción por el Tribunal de Contrataciones, el contratista deberá proseguir con la ejecución de sus obligaciones derivadas de contratos anteriormente suscritos” 6 6

7 Obligación de Contratar
Si el postor no suscribe contrato, el Tribunal determinará si corresponde o no sanción Acuerdo de Sala Plena Nº 007/2009: “No se iniciará el procedimiento sancionador cuando la Entidad no haya observado estrictamente los plazos y el procedimiento establecido en la normativa para llevar a cabo dicha suscripción. sin perjuicio de la responsabilidad de los funcionarios” 7 7

8 Perfeccionamiento del Contrato
Formalidad: Por Escrito: mediante la suscripción del documento que lo contiene (LP, CP, AD) - Mediante órdenes de compra o de servicios (AMC), salvo ejecución y consultoría de obras 8 8

9 Perfeccionamiento del Contrato
Procesos por relación de ítems: - Documento contractual u orden de compra o de servicios, según el monto del valor referencial del ítem - Un proveedor adjudicado con varios items: un contrato por item o uno solo por todos los items 9 9

10 Perfeccionamiento del Contrato
Los contratos, y en su caso, las órdenes de compra o de servicios, así como la información referida a su ejecución, deberán ser registrados en el SEACE como máximo en 10 días hábiles siguientes a su perfeccionamiento, ocurrencia o aprobación, según corresponda 10 10

11 Requisitos para suscribir Contrato
El ganador de Buena Pro debe presentar: Constancia de no estar inhabilitado, salvo los casos de AMC Garantías, salvo excepciones Contrato de Consorcio formalizado Vigencia de poder, documento que acredite la representación de la empresa (para el caso de personas jurídicas) Los requisitos son formales y es responsabilidad de los funcionarios verificar estos requisitos antes de suscribir el contrato El reglamento señala que los requisitos son los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El proveedor puede solicitar esta constancia en CONSUCODE. Cuando se trata de un proceso por menor cuantía la entidad debe verificar si el proveedor está habilitado para contratar. ¿Qué pasa si el proveedor es sancionado luego de recibir la Buena Pro y antes de suscribir el contrato? No podrá suscribir el contrato. Otro requisito necesario es la presentación de la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores-RNP. Otro requisito esencial es la presentación de las garantías. Aquí no hay regularización posible alguna, no es posible suscribir contrato y dejar la presentación de la garantía para una fecha posterior. Si un consorcio (dos o más proveedores juntaron sus potencialidades para presentar una mejor propuesta) obtiene la Buena Pro, este documento no será suficiente. Se necesitará un documento formalizado y legalizado notarialmente para tener una certeza del compromiso contractual que asumirá el consorcio. Además de estos requisitos se podrán presentar otros adicionales, dependiendo de la naturaleza del contrato. Por ejemplo. La entidad le puede exigir a una empresa de vigilancia los permisos de utilización de armas de fuego otorgado por la DISCAME. Asimismo, podrá exigir carné de sanidad a la empresa proveedora de alimentos. Si un contrato se suscribe sin la presentación de estos requisitos, se estará incurriendo en irregularidades. ¿Cuál es el procedimiento para suscribir el contrato? Citación: La Entidad citará dentro de los 5 días hábiles siguientes de consentida la Buena Pro. Plazo: El postor adjudicado deberá apersonarse a suscribir el contrato dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la citación. El C.E. no tiene facultades para ejecutar actos relacionados con la suscripción del contrato. ¿Qué pasa cuando no se suscribe el contrato? Negativa del postor a suscribir el contrato: Ganador no se presenta: pierde Buena Pro. Se citará al postor que ocupó el 2º lugar. Si no se presenta: PROCESO DESIERTO. Negativa de la Entidad a suscribir el contrato: Emplazamiento por parte del ganador. Penalidad. Sin efecto la buena pro. Indemnización por lucro cesante. Responsabilidad del Titular o máxima autoridad administrativa.

12 Requisitos para suscribir Contrato
Opinión Nº /DTN del 30/04/10: “La modificación de la denominación del consorcio ganador de la buena pro no imposibilita a la Entidad a suscribir el contrato, siempre que se verifique la identidad entre las personas naturales y/o jurídicas que lo conforman y las que suscribirán el contrato” Los requisitos son formales y es responsabilidad de los funcionarios verificar estos requisitos antes de suscribir el contrato El reglamento señala que los requisitos son los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El proveedor puede solicitar esta constancia en CONSUCODE. Cuando se trata de un proceso por menor cuantía la entidad debe verificar si el proveedor está habilitado para contratar. ¿Qué pasa si el proveedor es sancionado luego de recibir la Buena Pro y antes de suscribir el contrato? No podrá suscribir el contrato. Otro requisito necesario es la presentación de la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores-RNP. Otro requisito esencial es la presentación de las garantías. Aquí no hay regularización posible alguna, no es posible suscribir contrato y dejar la presentación de la garantía para una fecha posterior. Si un consorcio (dos o más proveedores juntaron sus potencialidades para presentar una mejor propuesta) obtiene la Buena Pro, este documento no será suficiente. Se necesitará un documento formalizado y legalizado notarialmente para tener una certeza del compromiso contractual que asumirá el consorcio. Además de estos requisitos se podrán presentar otros adicionales, dependiendo de la naturaleza del contrato. Por ejemplo. La entidad le puede exigir a una empresa de vigilancia los permisos de utilización de armas de fuego otorgado por la DISCAME. Asimismo, podrá exigir carné de sanidad a la empresa proveedora de alimentos. Si un contrato se suscribe sin la presentación de estos requisitos, se estará incurriendo en irregularidades. ¿Cuál es el procedimiento para suscribir el contrato? Citación: La Entidad citará dentro de los 5 días hábiles siguientes de consentida la Buena Pro. Plazo: El postor adjudicado deberá apersonarse a suscribir el contrato dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la citación. El C.E. no tiene facultades para ejecutar actos relacionados con la suscripción del contrato. ¿Qué pasa cuando no se suscribe el contrato? Negativa del postor a suscribir el contrato: Ganador no se presenta: pierde Buena Pro. Se citará al postor que ocupó el 2º lugar. Si no se presenta: PROCESO DESIERTO. Negativa de la Entidad a suscribir el contrato: Emplazamiento por parte del ganador. Penalidad. Sin efecto la buena pro. Indemnización por lucro cesante. Responsabilidad del Titular o máxima autoridad administrativa.

13 Requisitos para suscribir Contrato
Opinión Nº /DTN del 09/02/10: “En la medida que las sociedades conyugales se encuentran exceptuadas de uno de los requisitos necesarios para la emisión de la “Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado” (inscripción vigente en el RNP), no resulta exigible que éstas tengan que presentarla como requisito para la suscripción de un contrato con el Estado” Los requisitos son formales y es responsabilidad de los funcionarios verificar estos requisitos antes de suscribir el contrato El reglamento señala que los requisitos son los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El proveedor puede solicitar esta constancia en CONSUCODE. Cuando se trata de un proceso por menor cuantía la entidad debe verificar si el proveedor está habilitado para contratar. ¿Qué pasa si el proveedor es sancionado luego de recibir la Buena Pro y antes de suscribir el contrato? No podrá suscribir el contrato. Otro requisito necesario es la presentación de la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores-RNP. Otro requisito esencial es la presentación de las garantías. Aquí no hay regularización posible alguna, no es posible suscribir contrato y dejar la presentación de la garantía para una fecha posterior. Si un consorcio (dos o más proveedores juntaron sus potencialidades para presentar una mejor propuesta) obtiene la Buena Pro, este documento no será suficiente. Se necesitará un documento formalizado y legalizado notarialmente para tener una certeza del compromiso contractual que asumirá el consorcio. Además de estos requisitos se podrán presentar otros adicionales, dependiendo de la naturaleza del contrato. Por ejemplo. La entidad le puede exigir a una empresa de vigilancia los permisos de utilización de armas de fuego otorgado por la DISCAME. Asimismo, podrá exigir carné de sanidad a la empresa proveedora de alimentos. Si un contrato se suscribe sin la presentación de estos requisitos, se estará incurriendo en irregularidades. ¿Cuál es el procedimiento para suscribir el contrato? Citación: La Entidad citará dentro de los 5 días hábiles siguientes de consentida la Buena Pro. Plazo: El postor adjudicado deberá apersonarse a suscribir el contrato dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la citación. El C.E. no tiene facultades para ejecutar actos relacionados con la suscripción del contrato. ¿Qué pasa cuando no se suscribe el contrato? Negativa del postor a suscribir el contrato: Ganador no se presenta: pierde Buena Pro. Se citará al postor que ocupó el 2º lugar. Si no se presenta: PROCESO DESIERTO. Negativa de la Entidad a suscribir el contrato: Emplazamiento por parte del ganador. Penalidad. Sin efecto la buena pro. Indemnización por lucro cesante. Responsabilidad del Titular o máxima autoridad administrativa.

14 Requisitos para suscribir Contrato
Otros documentos requeridos en las Bases Integradas y en la normativa especial sobre el objeto de contrato: Ej. intermediación laboral, habilitaciones profesionales; colegiaturas, autorizaciones administrativas; estructuras de costos, de ser el caso: documentación proveniente del extranjero; certificados de calidad, entre otros Los requisitos son formales y es responsabilidad de los funcionarios verificar estos requisitos antes de suscribir el contrato El reglamento señala que los requisitos son los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El proveedor puede solicitar esta constancia en CONSUCODE. Cuando se trata de un proceso por menor cuantía la entidad debe verificar si el proveedor está habilitado para contratar. ¿Qué pasa si el proveedor es sancionado luego de recibir la Buena Pro y antes de suscribir el contrato? No podrá suscribir el contrato. Otro requisito necesario es la presentación de la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores-RNP. Otro requisito esencial es la presentación de las garantías. Aquí no hay regularización posible alguna, no es posible suscribir contrato y dejar la presentación de la garantía para una fecha posterior. Si un consorcio (dos o más proveedores juntaron sus potencialidades para presentar una mejor propuesta) obtiene la Buena Pro, este documento no será suficiente. Se necesitará un documento formalizado y legalizado notarialmente para tener una certeza del compromiso contractual que asumirá el consorcio. Además de estos requisitos se podrán presentar otros adicionales, dependiendo de la naturaleza del contrato. Por ejemplo. La entidad le puede exigir a una empresa de vigilancia los permisos de utilización de armas de fuego otorgado por la DISCAME. Asimismo, podrá exigir carné de sanidad a la empresa proveedora de alimentos. Si un contrato se suscribe sin la presentación de estos requisitos, se estará incurriendo en irregularidades. ¿Cuál es el procedimiento para suscribir el contrato? Citación: La Entidad citará dentro de los 5 días hábiles siguientes de consentida la Buena Pro. Plazo: El postor adjudicado deberá apersonarse a suscribir el contrato dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la citación. El C.E. no tiene facultades para ejecutar actos relacionados con la suscripción del contrato. ¿Qué pasa cuando no se suscribe el contrato? Negativa del postor a suscribir el contrato: Ganador no se presenta: pierde Buena Pro. Se citará al postor que ocupó el 2º lugar. Si no se presenta: PROCESO DESIERTO. Negativa de la Entidad a suscribir el contrato: Emplazamiento por parte del ganador. Penalidad. Sin efecto la buena pro. Indemnización por lucro cesante. Responsabilidad del Titular o máxima autoridad administrativa.

15 Garantías Concepto: Mecanismo jurídico de respaldo destinado a proteger, resarcir o asegurar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el contratista como consecuencia de un proceso de selección o la suscripción de un contrato con el Estado

16 Finalidad Desincentivar y limitar el incumplimiento de las obligaciones del postor o del contratista Compensar a la Entidad por las consecuencias del incumplimiento a través de una cobertura dineraria Asumir excepcionalmente el pago de penalidades

17 Características Incondicionales Solidarias Irrevocables
De realización automática, a solo requerimiento de la entidad, a los 3 días hábiles, sino pago de intereses y sanción de la SBS

18 Tipos Carta Fianza o Póliza de Caución
Las Bases establecen tipo de garantía Emitidas por empresas autorizadas y sujetas al ámbito de la SBS o estar consideradas en última lista de bancos extranjeros de primera categoría, que publica el BCR

19 Tipos Opinión N° 123-2009/DTN del 30/10/09:
“La normativa sobre contratación pública no ha establecido restricción alguna referida a que las garantías presentadas por los postores y/o contratistas deban ser emitidas únicamente por bancos” “No puede aceptarse cheque de gerencia o depósito en cuenta“

20 Clases de Garantías Pre-contractuales:
- Garantía de seriedad de oferta. - Por recurso de apelación Contractuales: - Fiel cumplimiento (prestaciones accesorias) - Por monto diferencial de propuesta - Por adelantos

21 Garantía de Fiel Cumplimiento
Se presenta para la suscripción del contrato Equivalente al 10% del monto del contrato original Tiene vigencia hasta la conformidad de la recepción de la última prestación Aumento o disminución en caso de adicionales o reducciones

22 Garantía de Fiel Cumplimiento
En caso de contratos mayores a 1 año, en forma previa al contrato, la entidad podrá aceptar que el postor ganador presente una garantía con una vigencia de 1 año; con el compromiso de renovarla hasta la conformidad o consentimiento de la liquidación

23 Garantía de Fiel Cumplimiento
Opinión N° /DTN del 23/02/11: “De acuerdo al artículo 158º del Reglamento no es posible que la Entidad acepte una garantía de fiel cumplimiento por un monto equivalente al 10% del monto de un año del contrato, pues la norma no lo permite, debiéndose aceptar una garantía solo por la totalidad del monto del contrato”

24 Garantía de Fiel Cumplimiento por Prestaciones Accesorias
Por la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines 10% del valor de las prestaciones accesorias Será renovada hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas

25 Garantía de Fiel Cumplimiento por Prestaciones Accesorias
Opinión N° /DTN del 28/08/09: “En caso una Entidad considere necesario asegurar el cumplimiento de la obligación del contratista de prestar la garantía técnica durante el plazo pactado, podría solicitar en las Bases una garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias que garantice tal obligación”

26 Garantías para MYPES Sólo es aplicable a la garantía de fiel cumplimiento Contratos periódicos de suministro de bienes y prestación de servicios Retención 10% del monto del contrato original durante la primera mitad del número total de pagos, de forma prorrateada

27 Garantía por el Monto Diferencial de Propuesta
Se presenta para la suscripción del contrato - Bienes: Propuesta económica menor del 20% del valor referencial Servicios: Propuesta económica menor del 10% del valor referencial

28 Garantía por el Monto Diferencial de Propuesta
Monto equivalente al 25% de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica Tiene vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación

29 Excepciones No se presenta Garantía de Fiel Cumplimiento:
Contratos derivados de AMC para bienes y servicios, que no provienen de procesos declarados desiertos. También incluye ítems Contratos de servicios de ADS o cuando los ítems adjudicados no superen una ADS Adquisición de bienes inmuebles

30 Excepciones No se presenta Garantía de Fiel Cumplimiento:
Contratación ocasional de servicios de transporte Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles Contrataciones complementarias, que por su cuantía correspondan a AMC de bienes o una AMC o ADS de servicios

31 Excepciones No se presenta Garantía por el monto diferencial de propuesta: Contratos derivados de AMC para bienes y servicios, que no provienen de procesos declarados desiertos. También incluye ítems Adquisición de bienes inmuebles

32 Excepciones No se presenta Garantía por el monto diferencial de propuesta: Contratación ocasional de servicios de transporte. Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles. Contrataciones complementarias

33 Garantía por Adelantos
Sólo se entregan los adelantos previstos en las Bases y solicitados por el contratista, contra presentación de garantía por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de 3 meses, renovable trimestralmente, por el monto pendiente de amortizar Si el plazo del contrato es menor a 3 meses, la garantía puede ser menor pero debe cubrir la amortización total del adelanto otorgado

34 Ejecución de Garantías
Las garantías se ejecutarán a simple requerimiento de la entidad: - No renovación oportuna (antes del vencimiento). Solo queda en custodia el monto ejecutado - Resolución de contrato consentida

35 Ejecución de Garantías
- Laudo Arbitral que declare procedente resolución del contrato - Cuando, luego de 3 días de requerido, el contratista no haya cancelado el saldo a su cargo, luego de conformidad de la prestación, según corresponda

36 Procedimiento de Suscripción
Se cita al postor ganador dentro de los 2 días hábiles siguientes de que la Buena Pro ha quedado consentida o administrativamente firme, para que suscriba contrato, dentro del plazo indicado en las Bases (no menor a 5 ni mayor a 10 días hábiles) con toda la documentación referida 36 36

37 Procedimiento de Suscripción
Opinión Nº /DTN del 01/12/10: “La normativa no ha previsto como requisito para consentimiento de buena pro, que la Entidad remita al postor ganador un documento comunicándole tal hecho, al contrario, de ella se desprende que dicho consentimiento se produce por el solo transcurso del plazo sin que los postores presenten recurso de apelación” 37 37

38 Procedimiento de Suscripción
Opinión Nº /DTN del 01/12/10: “De conformidad con lo establecido en el numeral 1) del artículo 148º del Reglamento, en la comunicación mediante la cual se cita al postor ganador bastará con que se indique el plazo con el que cuenta dicho proveedor para apersonarse a la sede de la Entidad para celebrar contrato” 38 38

39 Procedimiento de Suscripción
Opinión Nº /DTN del 01/12/10: “en cuanto a la documentación necesaria para la celebración del contrato, esta se encuentra detallada en las Bases, por lo que resultaría innecesario reiterar el detalle de la documentación requerida al momento de citar al postor ganador” 39 39

40 Procedimiento de Suscripción
Opinión Nº /DTN del 29/01/10: “Si bien se otorga a la Entidad un margen de discrecionalidad para determinar el plazo en que el postor ganador deberá presentarse a suscribir el contrato, tal discrecionalidad no lo faculta a definir plazos perentorios y diferenciados para entrega de documentación obligatoria y para la celebración en sí del contrato” 40 40

41 Procedimiento de Suscripción
Opinión Nº /DTN del 29/01/10: “Sin perjuicio de ello, la Entidad podría fijar un plazo referencial, anterior al plazo para la suscripción del contrato, para que el postor ganador remita los documentos requeridos en las Bases, a efectos de que las áreas correspondientes efectúen las calificaciones correspondientes” 41 41

42 Procedimiento de Suscripción
Opinión Nº /DTN del 29/01/10: “No obstante, en ningún caso, el incumplimiento del postor ganador de la buena pro, de remitir la documentación en el plazo referencial fijado por la Entidad, podría generar que se deje sin efecto el otorgamiento de la buena pro” 42 42

43 Procedimiento de Suscripción
Opinión Nº /DTN del 29/01/10: “En el caso que se presente alguna observación en la documentación remitida por el postor ganador de la buena pro, la subsanación podría realizarse dentro del plazo establecido por la Entidad para apersonarse a suscribir el contrato” 43 43

44 Procedimiento de Suscripción
Si no se presenta dentro del plazo otorgado, pierde automáticamente la Buena Pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable En tal caso, el OEC llama al postor que ocupó segundo lugar; y si éste no suscribe el contrato, se declara desierto el proceso, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable 44 44

45 Procedimiento de Suscripción
Opinión Nº /DTN del 01/12/10: “La normativa no ha previsto la posibilidad de ampliar el plazo con el que cuenta el postor ganador de la buena pro para apersonarse a la Entidad a celebrar contrato; por el contrario, dicha normativa establece que si éste no se apersona dentro del plazo que se le ha otorgado, perderá automáticamente la buena pro” 45 45

46 Procedimiento de Suscripción
Si la Entidad no cumple con citar al postor ganador dentro del plazo establecido, éste dentro de los 2 días hábiles siguientes de vencido dicho plazo, podrá requerirla, dándole un plazo de 5 a 10 días hábiles. La Entidad deberá pagar al postor una penalidad por cada día de atraso (1/1000 del monto de la oferta económica) con un tope máximo de 10 días hábiles 46 46

47 Procedimiento de Suscripción
Vencido el plazo otorgado sin que la Entidad haya suscrito contrato, dentro de los 5 días hábiles, el postor ganador podrá solicitar se deje sin efecto la Buena Pro En este caso, la Entidad reconocerá una indemnización por lucro cesante sustentada en la solicitud del postor no mayor al 10% del monto adjudicado 47 47

48 Procedimiento de Suscripción
La Entidad tiene 10 días hábiles para resolver el pedido del postor De surgir alguna controversia ésta será resuelta por el Tribunal de Contrataciones del Estado 48 48

49 Procedimiento para la Emisión Orden de Compra/Servicio
Dentro de 2 días hábiles siguientes de que la Buena Pro ha quedado consentida o administrativamente firme, la Entidad debe requerir al postor ganador para que presente la documentación exigida en las Bases, en un plazo no mayor de 3 días hábiles 49 49

50 Procedimiento para la Emisión Orden de Compra/Servicio
La orden de compra o de servicios deberá ser notificada en un plazo no mayor de 7 días hábiles siguientes de que la Buena Pro ha quedado consentida o administrativamente firme 50 50

51 Contenido del Contrato
Documento que lo contiene Las bases integradas La oferta ganadora, sólo en los aspectos vinculados a su propuesta y no aspectos que modifiquen otras condiciones preestablecidas en las Bases 51 51

52 Contenido del Contrato
Documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y que hayan sido expresamente señalados en el contrato 52 52

53 Contenido del Contrato
Opinión Nº /DTN del 29/01/10: “Una vez que se haya otorgado la buena pro no se podrá efectuar agregados al contrato que impliquen alguna modificación a las reglas consolidadas durante el proceso de selección, las cuales se encuentran recogidas en las Bases Integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección” 53 53

54 Modificación del Contrato
Opinión N° /DTN del 15/03/11: “La Entidad solo podrá modificar el contrato, previa evaluación, cuando el contratista ofrezca bienes y/o servicios con iguales o mejores características técnicas, de calidad y de precios, siempre que éstos satisfagan su necesidad, y no varíen las condiciones que motivaron la selección del contratista, entre las que puede encontrarse el precio ofertado” 54 54

55 Vigencia del Contrato Desde el día siguiente de su suscripción o desde la recepción de la orden de compra o de servicio y hasta la emisión de la conformidad final sobre la recepción de la última prestación, más el pago correspondiente 55 55

56 Plazo del Contrato Cómputo en días naturales, salvo disposición distinta en el Reglamento Por uno o más ejercicios presupuestales (máximo 3) Patrocinio judicial o arbitral: duración del encargo 56 56

57 Plazo del Contrato Arrendamiento de inmuebles: hasta 3 años prorrogables en forma sucesiva por igual o menor plazo, resolución unilateral de la entidad sin lucro cesante ni daño emergente, reajustes (IPC) 57 57

58 Plazo del Contrato Se debe establecer en el contrato Se inicia:
- Al día siguiente de suscribirse el contrato - Al día siguiente de recibida la orden de compra o de servicio 58 58

59 Adelantos No mayor al 30% de monto contrato
Oportunidad de entrega según el contrato Requisito para entrega: Presentar Garantía vigente por 3 meses (renovables) hasta la amortización total

60 Fallas o Defectos Opinión Nº 001-2010/DTN del 15/01/10:
“Es competencia del órgano de administración, o del órgano que establezcan las Bases o las normas internas de la Entidad determinar el plazo que se otorgará al contratista para subsanar las observaciones, para lo cual podrá coordinar con el área usuaria, de considerarlo necesario, dada la complejidad del objeto contractual” 60 60

61 Pagos Oportunidad: Después de ejecutada la prestación (parcial o total) y luego de emitida la conformidad del bien o servicio Excepciones: Antes de ejecutada la prestación (según su naturaleza) Reajustes: Permitidos sólo cuando varían condiciones que dieron origen al contrato Plazos: Conforme al contrato Retraso: Interés Legal 61 61

62 Pagos Opinión Nº 071-2010/DTN del 09/11/10:
“El hecho que la Entidad determine que el proveedor ganador de la buena pro se encontraba impedido de contratar con ella y lo denuncie ante el Tribunal, no enerva la obligación de la Entidad de pagar a dicho proveedor la contraprestación pactada, si el contrato se mantiene vigente y el proveedor ejecutó las prestaciones pactadas en favor de la Entidad” 62 62

63 Adicionales y Reducciones
Excepcionalmente Previa sustentación del área usuaria Prestaciones adicionales hasta el 25% de su monto Siempre que sean indispensables para alcanzar la finalidad del contrato Igualmente, podrá disponerse la reducción de prestaciones hasta el 25% 63 63

64 Adicionales Opinión Nº 114-2009/DTN del 30/10/09:
”La aprobación de adicionales es el único mecanismo para adquirir una mayor cantidad de prestaciones de bienes, servicios u obras a las inicialmente requeridas y solo podrán ordenarse en tanto el contrato se encuentre vigente” 64 64

65 Adicionales Opinión Nº 114-2009/DTN del 30/10/09:
“Considerando que las prestaciones adicionales se encuentran fuera del alcance del contrato original, su ejecución requiere necesariamente, además de la disponibilidad presupuestal respectiva, de la sustentación previa del área usuaria de la contratación” 65 65

66 Ampliaciones de Plazo Procede:
- Por aprobación de adicional que afecte el plazo - Por atrasos y/o paralizaciones no imputables al contratista o por culpa de la Entidad - Por caso fortuito o fuerza mayor 66 66

67 Ampliaciones de Plazo Trámite:
- Solicitud fundamentada dentro de los 7 días de finalizado el hecho - La Entidad debe resolver en 10 días hábiles, sino se tiene por aprobado - Reconocimiento de los costos directos y gastos generales debidamente acreditados - Controversia: conciliación y/o arbitraje, dentro de 15 días hábiles 67 67

68 Penalidades por incumplimiento
Por mora: - Retraso injustificado - Aplicar fórmula - Máximo 10% del monto de contrato vigente Otras penalidades: - Distintas a la mora 68 68

69 Penalidades por incumplimiento
Opinión Nº /DTN del 12/04/11: “La finalidad de la penalidad por mora es desincentivar el incumplimiento del contratista, así como resarcir a la Entidad por el perjuicio que el retraso en la ejecución de las prestaciones le haya causado” 69 69

70 Penalidades por incumplimiento
Opinión Nº /DTN del 12/04/11: “En los contratos o ítems de ejecución periódica, para realizar el cálculo de la penalidad diaria a ser aplicada al contratista, debe considerarse el plazo y el monto de la prestación parcial” 70 70

71 Penalidades por incumplimiento
Opinión Nº /DTN del 10/03/10: “La no entrega oportuna de un determinado bien, configura por sí misma un incumplimiento de la prestación a cargo del contratista, por lo que la Entidad podrá optar entre cobrar las penalidades hasta que el contratista cumpla con la prestación a su cargo, o resolver el contrato” 71 71

72 Penalidades por incumplimiento
Opinión Nº /DTN del 10/03/10: “En el supuesto que la prestación a cargo del contratista haya sido cumplida de manera defectuosa, la Entidad tiene la potestad de establecer un plazo para que las observaciones sean subsanadas en la oportunidad debida, durante el cual no procede la aplicación de penalidades” 72 72

73 Resolución de Contrato
Es una atribución de las partes para dejar sin efecto las obligaciones derivadas del contrato Causales: Caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite la continuación del contrato Incumplimiento injustificado de las partes 73 73

74 Resolución de Contrato
Opinión Nº /DTN del 25/09/09 ”La resolución de un contrato por mutuo acuerdo procede siempre que concurran causas no atribuibles a las partes o por caso fortuito (hechos de la naturaleza) o fuerza mayor (hechos del hombre) Ambos generan efectos jurídicos similares: la imposibilidad del cumplimiento de la prestación de alguna o de ambas partes y, en consecuencia, su inimputabilidad” 74 74

75 Resolución de Contrato
Opinión Nº /DTN del 25/09/09 “En el ámbito de las normas sobre contrataciones del Estado, el caso fortuito y la fuerza mayor, como hechos que pueden afectar el normal desenvolvimiento de las prestaciones en la ejecución contractual, pueden constituir causa suficiente para solicitar la resolución del contrato, en caso que su producción impida continuar con la ejecución de la prestación debida” 75 75

76 Causas Atribuibles al Contratista
Incumplimiento injustificado de obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, previo requerimiento Por acumular el monto máximo por penalidad por mora (10%) u otras penalidades Paralización o reducción injustificada de la ejecución de la prestación 76 76

77 Causas Atribuibles a la Entidad
Incumplimiento injustificado de obligaciones contractuales, previo requerimiento Falta de pago 77 77

78 Resolución de Contrato
Opinión Nº /DTN del 22/03/10: “La normativa en materia de contratación estatal no regula la posibilidad de que las partes establezcan supuestos y procedimientos de resolución de contrato distintos a las casuales previstas en la Ley el Reglamento” 78 78

79 Resolución de Contrato
Procedimiento de resolución de contrato: Carta Notarial requiriendo cumplimiento de obligación, bajo apercibimiento Plazo: - Ordinariamente: No mayor a 5 días calendario - Casos complejos: 15 días calendario 79 79

80 Resolución de Contrato
No es necesario requerimiento previo cuando: - Resolución se deba a acumulación del monto máximo de la penalidad por mora, o por otras penalidades - Situación de incumplimiento no pueda ser revertida 80 80

81 Resolución de Contrato
Resolución puede ser parcial (parte afectada por incumplimiento) o total Bastará la resolución comunicada mediante Carta Notarial Controversia: conciliación y/o arbitraje, bienes y servicios (15 días hábiles) y obras (10 días hábiles) Ejecución de garantías sin perjuicio de indemnización por daños y perjuicios 81 81

82 Resolución de Contrato
Opinión Nº /DTN del 30/10/09: “La normativa de contrataciones del Estado establece que las Entidades deben resolver los contratos a través de documento aprobado por autoridad del mismo o superior nivel jerárquico de aquella que suscribió el contrato, sin precisar el tipo de documento que las Entidades pueden emitir para tal efecto” 82 82

83 Resolución de Contrato
Opinión Nº /DTN del 30/10/09: “Por tanto, las Entidades podrían resolver el contrato mediante una resolución o cualquier otro documento a través del cual la administración pública manifiesta su voluntad por escrito, lo contrario implicaría establecer restricciones que la normativa no ha previsto” 83 83

84 Resolución de Contrato
Opinión Nº /DTN del 30/10/09: “La Entidad solo podrá notificar, mediante carta notarial, la resolución del contrato por incumplimiento del contratista cuando éste haya sido requerido mediante una carta notarial anterior y aquel persista en el incumplimiento” 84 84

85 Resolución de Contrato
Opinión Nº /DTN del 30/10/09: “Si el contratista cumple con la debida ejecución de la prestación a su cargo, dentro del plazo establecido por la Entidad en su carta notarial, no cabría la resolución del contrato por incumplimiento atribuible al contratista” 85 85

86 Resolución de Contrato
Opinión Nº /DTN del 31/07/09: “Ni la Ley ni su Reglamento han previsto disposición alguna referente a la contratación de los bienes o servicios que el contratista dejó de entregar o prestar debido a la resolución del contrato. Por tanto, la Entidad debe satisfacer la necesidad de contratar tales bienes o servicios convocando el proceso de selección que corresponda” 86 86

87 Resolución de Contrato
Opinión Nº /DTN del 30/10/09: “Si el contratista cumple con la debida ejecución de la prestación a su cargo, dentro del plazo establecido por la Entidad en su carta notarial, no cabría la resolución del contrato por incumplimiento atribuible al contratista” 87 87

88 Resolución de Contrato
Opinión Nº /DTN del 07/12/10: “Cualquier controversia que surja entre la Entidad y el contratista sobre la causal aplicable para la resolución del contrato, la configuración de un caso fortuito o fuerza mayor, la extensión de la resolución (total o parcial), la determinación de daños y perjuicios o su cuantía, entre otros, deberá ser resuelta mediante conciliación y/o arbitraje” 88 88

89 Resolución de Contrato
Opinión Nº /DTN del 31/07/09: “El solo hecho de que el contratista decida iniciar un proceso de conciliación y/o arbitraje, no enerva la facultad de la Entidad de adoptar las acciones que estime pertinentes para contratar los bienes o servicios requeridos, máxime si con ello la Entidad persigue la satisfacción del interés público que subyace a la contratación” 89 89

90 Resolución de Contrato
Opinión Nº /DTN del 31/07/09: “No obstante, el árbitro o tribunal arbitral, a solicitud del contratista, podría dictar una medida cautelar que ordene a la Entidad no llevar a cabo la contratación, ello con la finalidad de garantizar la efectividad del laudo arbitral. En este caso, la Entidad se encontraría obligada a suspender los actos relacionados con la contratación de los bienes o servicios” 90 90

91 Nulidad del Contrato Por haberse suscrito en contravención al artículo 10º de la Ley Cuando se verifique la trasgresión al principio de presunción de veracidad Cuando se haya suscrito el contrato, no obstante había un recurso de apelación en trámite Cuando no se haya utilizado el proceso de selección correspondiente 91 91

92 Nulidad del Contrato Opinión Nº 113-2009/DTN del 30/10/09:
“La Entidad podrá declarar, de oficio, la nulidad del contrato cuando se haya verificado la trasgresión del Principio de Presunción de Veracidad durante el proceso de selección o durante la suscripción del contrato” 92 92

93 Nulidad del Contrato Opinión Nº 095-2009/DTN del 25/09/09:
“Si durante la tramitación del proceso de selección se advierte que el objeto del proceso no ha sido correctamente determinado, el Titular de la Entidad podrá declarar la nulidad del proceso y retrotraerlo hasta la etapa de actos preparatorios, de conformidad con el artículo 56º de la Ley” 93 93

94 Nulidad del Contrato Opinión Nº 042-2010/DTN del 30/06/10:
“La consecuencia de la declaración de nulidad es la invalidez de los actos celebrados con violación o defecto de los requisitos y formalidades impuestas por el ordenamiento jurídico, por lo que los actos nulos son considerados actos inexistentes y, como tal, incapaces de producir efectos” 94 94

95 Nulidad del Contrato Opinión Nº 042-2010/DTN del 30/06/10:
“La declaración de nulidad de un contrato implica la inexistencia del contrato y la consiguiente inexigibilidad de las obligaciones contenidas en éste El reconocimiento de las prestaciones ejecutadas por el proveedor a favor de la Entidad debe considerar el íntegro del precio de la prestación ejecutada” 95 95

96 Nulidad del Contrato Opinión Nº 042-2010/DTN del 30/06/10:
“Corresponde a la Entidad, en cada situación concreta, decidir si reconocerá el precio de las prestaciones ejecutadas por el contratista de manera directa, o si esperará a que el proveedor perjudicado interponga la acción por enriquecimiento sin causa ante la vía correspondiente” 96 96

97 Contratación Complementaria
Es considerada un contrato nuevo Las condiciones para que se realice son las siguientes: - Dentro de los 3 meses de culminado el contrato original - Con el mismo contratista - En tanto culmine proceso convocado - Por los mismos bienes y/o servicios - Por única vez 97 97

98 Contratación Complementaria
Opinión Nº /DTN del 30/06/09: “La posibilidad de contratar complementariamente constituye un supuesto de excepción a la obligación que tienen las Entidades de convocar procesos de selección para contratar, con fondos públicos, a los proveedores que les prestarán los bienes, servicios u obras necesarios para el cumplimiento de sus funciones” 98 98

99 Contratación Complementaria
Opinión Nº /DTN del 30/06/09: “En tal sentido, la contratación complementaria permite que la Entidad satisfaga la necesidad de abastecerse de los bienes y servicios entre una contratación concluida y otra contratación en curso, pero no puede suplir al procedimiento de contratación previsto en la Ley y su Reglamento” 99 99

100 Contratación Complementaria
Opinión Nº /DTN del 02/02/11: “Las contrataciones complementarias se materializan a través de la celebración de un nuevo contrato, que da lugar al nacimiento de una relación jurídica distinta a aquella inicialmente instaurada entre la Entidad y el contratista” 100 100

101 Contratación Complementaria
Opinión Nº /DTN del 30/12/09: “El requisito establecido en el artículo182º del Reglamento, supone la existencia de un proceso de selección convocado de forma previa a la suscripción del contrato complementario, por lo que no podría celebrarse éste si previamente no se ha convocado el proceso de selección para contratar los bienes o servicios requeridos por la Entidad” 101 101

102 Contratación Complementaria
Opinión Nº /DTN del 30/06/09 ”El contrato complementario, por la excepcionalidad que lo caracteriza, no resulta aplicable si no se cumple con los requisitos contenidos en el artículo 182º del Reglamento, independientemente de que los bienes o servicios requeridos por la Entidad sean de carácter permanente o no” 102 102

103 Contratación Complementaria
Hasta por un máximo del 30% del contrato original Preservando condiciones que dieron lugar a la adquisición o contratación original Los requisitos: - No estar inhabilitado - Estar inscritos en el RNP - Garantías, cuando corresponda 103 103


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