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Transcripción de la presentación:

FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL GOBIERNO ESCOLAR Las funciones del Consejo Directivo de los establecimientos educativos serán las siguientes: a)Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la Dirección Administrativa, en el caso de los establecimientos privados b)Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o Manual de Convivencia c)Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento de la Institución d)Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos e)Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado f)Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector

g)Participar en la planeación y evaluación del PEI, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y los reglamentos h)Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución educativa i)Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o Manual de Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante j)Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución k)Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas l)Establecer el procedimiento papa permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva Comunidad Educativa m)Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles

n)Fomentar la conformación de Asociaciones de Padres de Familia y de estudiantes o)Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares. p) Analizar, introducir ajustes pertinentes y aprobar mediante Acuerdo el presupuesto de ingresos y gastos a partir del proyecto presentado por el rector. q) Definir la administración y manejo del Fondo en concordancia con el artículo 7° del Decreto 0992 de 2002, y hacer seguimiento y control permanente al Flujo de Caja ejecutado. r) Aprobar las adiciones al presupuesto vigente, así como también los traslados presupuestales que afecten el acuerdo anual del presupuesto. s) Aprobar los estados financieros del Fondo de Servicios Educativos de la respectiva Institución, elaborados de acuerdo con las normas contables vigentes. t) Reglamentar los procedimientos presupuestales, las compras, la contratación de servicios personales, el control interno, el manejo de inventarios y el calendario presupuestal, con sujeción a las normas vigentes. u) Determinar los actos y contratos que requieran su autorización expresa, cuando no sobrepasen los veinte (20) salarios mínimos mensuales vigentes y reglamentar sus procedimientos, formalidades y garantías, cuando lo considere conveniente. Para los de cuantías superiores se aplicarán las reglas del estatuto de contratación vigente.

v) Establecer los mecanismos de control para el funcionamiento del Fondo de Servicios Educativos. w) Determinar la forma de realización de los pagos y de los recaudos del Fondo de Servicios Educativos de la Institución. x) Fijar las prioridades en la ejecución del gasto con los recursos del Fondo de Servicios Educativos. y) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de la Institución y la forma de recolectarlos. z) Manejar y utilizar adecuadamente sus recursos, incluyendo las operaciones de carácter: civil, comercial o administrativo a que haya lugar, siempre y cuando sirvan al mejoramiento de la calidad educativa y salvo las excepciones contempladas en el artículo 8 del decreto 1857 de 1994 que hace referencia a las prohibiciones de gasto. aa) Aprobar el presupuesto anual de apropiaciones y el plan anual mensualidad de caja, PAC, previo proyecto, que para el efecto presente el Rector. bb) Los estados financieros que presente el Rector del Establecimiento Educativo Estatal podrán ser certificados por un Revisor Fiscal si lo hubiere autorizado el Consejo Directivo. cc) Evaluar los activos patrimoniales y dar las autorizaciones a que haya lugar, en el caso de una fusión con otro establecimiento. dd) Hacer la liquidación patrimonial, en el evento de liquidarse el establecimiento educativo. ee)Darse su propio reglamento.

El personero estudiantil Velar constantemente por el cumplimiento de los deberes y derechos de todo el estudiantado, debe ser una esperanza de paz, debe tener la capacidad de liderazgo y convocatoria en un determinado círculo social, su compromiso con la comunidad es grande ya que debe ser agente generador y percusor de un ambiente sano ameno y propicio para lograr una sana convivencia.

Contralor Estudiantil Contribuir en la creación de una cultura de control social, del cuidado y buen uso del manejo de los recursos y bienes de su institución a través de las actividades formativas y/o lúdicas. Con el apoyo de la institución y de la contraloría departamental. Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social en su institución con el apoyo de la Contraloría Departamental. Velar por el mejoramiento de la calidad educativa. Promover la enseñanza, educación y el respeto por los derechos humanos dentro y fuera de la institución educativa. Preservar en la institución educativa y fuera de ella un ambiente sano y libre de contaminación, así como la preservación de los recursos naturales. Presentar a la Contraloría Departamental las denuncias relacionadas con las presuntas irregularidades detectadas, con relación al uso de los recursos y bienes de las instituciones educativas a la que pertenecen.