Universidad Nacional de Lomas de Zamora Facultad de Derecho María Silvia Villaverde
Obligación alimentaria Aspectos problemáticos Doctrina, jurisprudencia y legislación
Materia regulada por: Constitución Nacional Derecho internacional de los derechos humanos −CDNiño art.18 y 28 −CEDAW −Pacto de San José de Costa Rica (art.19) −OC-17/2002
Art.18 CDNiño: corresponsabilidad parental 1.Los Estados parte pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño.
Art.18 CDNiño Incumbirá a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño.Su preocupación fundamental será el interés superior del niño….
Art.27 CDNiño …. + normas civiles procesales(Mendez Costa) administrativas penales −Ac SCBA 17/2/98 voto Dr.Pettigiani
CEDAW Preambulo: responsabilidad compartida (Teniendo presentes …. ) Cambio cultural (Reconociendo….)
Pacto de San José de Costa Rica Art.19 OC-17/2002
Protagonismo del tiempo
Perspectiva temporal Obligación periódica especificidad −Causa única −Fluye y se renueva a través del tiempo Proceso judicial especifico (arts.635 a 648 CPCC) −Transcurrir en el tiempo Derecho humano −Enfoque de los ciclos de vida −Derecho al desarrollo integral
Agenda Etapa previa a un eventual reclamo judicial −Cumplimiento espontáneo −Convenios extrajudiciales −Incumplimientos como objeto de reclamo judicial futuro Proceso judicial −Alimentos provisorios −Alimentos atrasados
Código Civil: deber de asistencia alimentaria Art 198 C.Civil (conyuges) arts.265 y cc. C.Civil (padres-hijos) - desde la concepción arts.367 y ss C.Civil (parientes)
Cumplimiento espontáneo Obligación alternativa: −En dinero o en especie −combinación
Convenios de alimentos Sin intervención jurisdiccional arts.636 a 639 CPCC art.236 C.Civil
Validez de los convenios? Prohibición de transar sobre la obligación de prestar alimentos (art.374 Civil) Se refiere al derecho mismo No a los aspectos concretos de cumplimiento
Obligatoriedad: Obligatorios pero no ejecutables si no se homologan judicialmente (art.498 inc.1 CPCC) No se trata de un modo anormal de terminación del proceso (transacción y conciliación) Supuesto de jurisdicción voluntaria
Naturaleza juridica de los convenios: no contractual sino asistencial Modo de precisar el monto y modalidades de un deber legal pre-existente No son la causa Causa: deber de asistencia propio de las relaciones de familia tutelado por la ley No se trata de intereses patrimoniales sino asistenciales (vinculo familiar) Art.499 C.Civil
Forma y prueba Cualquier forma No son contratos No sujetos a restricciones probatorias contractuales (arts c.Civil) Arts.267 C.Civil: reunion de requisiatos minimos de tiempo y modo sino no se considera que hubo convenio (criterio restrictivo de admisión)
Conducta de las partes: Criterio interpretativo: art.218 inc.4 del Código de Comercio
Interpretación Art.1198 C.Civil Principio favor debilis Interes superior del niño (art.3.1. CDNiño) arts.75 inc.23 Const.Nac. Art.36 Const.Prov.Bs.As. Art.218 inc.4 C.Comercio
Modo de cumplimiento Espontáneo: obligación alaternativa Celebración del convenio: previsibilidad perseguida por las partes en cuanto al modo de cumplimiento Cumplimiento como ha sido convenido Meras liberalidades
Exigibilidad: Interpretación del art.641 C.PCC Mora opera de pleno derecho art parr. C.Civil Redacción del acuerdo: presunción de la necesidad Por ello no se invocará la falta de necesidad (art.641 CPCC) antes de la presentación judicial Demanda detallada
Tramite de ejecución: Homologación 498 inc.1 CPCC art.645 CPCC (NO: art.497 y ss CPCC)
No se admite la caducidad Prov.Bs.As prescripción del art C.Civil
Alimentos provisorios Arts. 375 C.Civil y 231 C.Civil
Concepto Medida cautelar Tutela anticipada Texto Ciclo Texto
Requisitos de procedencia Verosimilitud del derecho −Presupuestos de la obligación alimentaria Título Necesidad del alimentado Suficiencia patrimonial del alimentante −Abuelos −Alimentos del hijo aun no reconocido
Requisitos de procedencia Peligro en la demora −¿in re ipsa? Contracautela −Analogía art.200 inc.2 CPCC
Criterios de apreciación Particularidades del caso ¿Prejuzgamiento? −El prejuzgamiento se configura cuando el juez emite una opinión intempestiva, más no merecerá tal tacha la opinión vertida al al analizar la procedencia de los alimentos provisorios
Trámite ¿inaudita parte?
Momento desde el que corren Petición (art.375 Código Civil)
Modo de cumplimiento La prestación alimentaria deja de ser alternativa para el deudor Liberalidades −EXCEPCIONES
Recurribilidad Art.644 CPCC
Alimentos atrasados
Concepto Stricto sensu −Los que se devengan durante la tramitación del juicio (art.641 CPCC) −Comienzan a correr desde la interposición de la demanda −Acumulación por el mero transcurso del tiempo hasta el momento de dictado de la sentencia
Necesidad de pedido expreso? Los alimentos atrasados no son sino los mismos alimentos que constituyen el objeto del reclamo principal Se devengan por expresa disposición legal Efecto natural de la promoción de la demanda de alimentos
Omisión en la sentencia?
Monto unico Intereses moratorios Intereses compensatorios Cuota suplementaria (art.642 CPCC)
Legitimación para su reclamo Causa SCBA alimentos anteriores a la demanda (hijo)