Dra. Doris Ma. Arias Madrigal

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Transcripción de la presentación:

Dra. Doris Ma. Arias Madrigal Observación General n.° 10 Los derechos del niño en la justicia de menores (2007) Dra. Doris Ma. Arias Madrigal

DD.HH. en el Estado costarricense Los Derechos Humanos se reconocen a partir de la dignidad de todo ser humano. En ese reconocimiento todos los seres humanos tienen una dignidad y no puede hablarse de una mayor dignidad de unos con respecto a otros, lo que lleva a la prohibición de cualquier tipo de discriminación. Dignidad y el valor del niño (art. 40.1 CDN)

Fuentes Normativas Instrumentos Internacionales de DD.HH. no se aplica lo dispuesto por el artículo 7 de la Constitución Política. Norma especial en el artículo 48 CPol. fuerza normativa del propio nivel constitucional y colocándolos como un parámetro de interpretación del texto mismo de la Constitución, así como de sus principios derivados, en consecuencia se vincula la interpretación y aplicación de la legislación secundaria respecto de aquellos. Si otorgan mayores derechos o garantías, priman por sobre la Constitución. (SC voto 3435-92 del 11 de noviembre de 1992 y su aclaración, SC voto 5759-93 y SC voto 2313-95 de las 16:18 hrs. de 9 de mayo de 1995).

Esencia de los DD.HH. Se ha indicado en SC voto 3173-93, la existencia de los principios pro libértate y pro homine, como el núcleo duro o esencia de los DD.HH, cuyo contenido es el siguiente: “…el principio pro libértate, el cual, junto con el principio pro homine, constituyen el meollo de la doctrina de los derechos humanos; según el primero, debe interpretarse extensivamente todo lo que favorezca y restrictivamente todo lo que limite la libertad; según el segundo, el derecho debe interpretarse y aplicarse siempre de la manera que más favorezca al ser humano.”

Introducción PROGRESIVIDAD de los DD.HH.: 1989-2007-2014 Algunos datos sensibles: Interdependencia de otros DD.HH. (37 a 40 CDN) Falta de Información: sustantiva, procesal y estadística Dinamizar y potenciar la calidad de las políticas nacionales de justicia penal juvenil y facilitar métodos apropiados para su aplicación. Recomendaciones puntuales para el establecimiento de una administración de justicia de menores conforme a la Convención. Debe promover, entre otras cosas, la adopción de medidas alternativas como la remisión de casos y la justicia restaurativa.

Objetivos Mirada amplia, incluyente y armónica de los DD.HH., de las personas menores en conflicto con la ley: No discriminación (art. 2) El interés superior del niño (art. 3) El respeto a la opinión del niño (art.12) El de Dignidad (art. 40.1) El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo (art. 6) Integración de las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores ("Reglas de Beijing"), las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad ("Reglas de La Habana") y las Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil ("Directrices de Riad").

Elementos básicos de una Política General Prevención de la delincuencia juvenil Prevención Intervenciones/remisión Remisión La edad de los niños que tienen conflictos con la justicia Edad Garantías de un juicio imparcial Garantías Judiciales Medidas Privación de libertad, incluida la detención preventiva y la prisión posterior a la sentencia Privación de libertad El PJ de Costa Rica creó una Política Pública: La política de acceso a la Justicia en Penal Juvenil y la de niños, niñas y adolescentes.

Justicia de Menores Unidades especializadas en la policía, la judicatura, el sistema judicial y la fiscalía, y la disponibilidad de defensores especializados, trabajo social y psicología. Entidades separadas o como parte de los tribunales regionales o de distrito existentes, jueces o magistrados especializados de menores. Servicios especializados, en el sistema penitenciario y en las unidades de tratamiento de personas menores con abuso de drogas. Intervención de las ONG no sólo de prevención de la delincuencia juvenil, sino también en la administración de la justicia de menores.

Formación y Sensibilización Formación de los Recursos Humanos La calidad de la administración de la justicia de menores depende de que todos los profesionales que participan, reciban una capacitación adecuada. Esta capacitación debe ser sistemática y continua. Las causas sociales y de otro tipo de la delincuencia juvenil Los aspectos psicológicos y de otra índole del desarrollo de los niños La interculturalidad La dinámica de las actividades en grupo, y las medidas disponibles para tratar a los niños que tienen conflictos con la justicia, en particular medidas que no impliquen el recurso a procedimientos judiciales . El PJ de Costa Rica a través de la Escuela Judicial realizó una especialización en Penal Juvenil, ciclos de Conferencias, Seminarios, etc.

RECOPILACIÓN DE DATOS, EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN Datos desglosados sobre la administración de la justicia de menores, que son necesarios para la elaboración, aplicación y evaluación de políticas y programas de prevención y de respuesta efectiva, de conformidad. El Poder Judicial generó un sistema de indicadores el número y el tipo de delitos cometidos por los menores, la utilización de la prisión preventiva y el promedio de su duración, el número de menores a los que se han aplicado medidas distintas de los procedimientos judiciales (remisión de casos), el número de niños condenados y el tipo de penas que se les han impuesto. Estudios especializados Diagnóstico