RESPONSABILIDADES DE LOS CONSEJOS DIVISION DE EXTENSIÓN SOCIAL COOPERATIVA Calle Sucre 362, 2° piso. Telefs. 4504115 – 4213218 www.comteco.com.bo/cooperativa
Ley General de Sociedades Cooperativas Art. 88 Órganos de Dirección: Asamblea General Consejo Administración Gerente (administrador) Consejo Vigilancia Comisiones : Educación, Previsión y Asistencia Social y/o Créditos
Asamblea General de Asociados Arts. 89, 90, 91 Es la reunión de todos los asociados. Es el órgano soberano y superior de la empresa. Sus acuerdos deben ser respetados por todos. Propósito principal: aprobar informes, planes de trabajo y renovar dirigentes. Puede modificar estatutos, reglamentos y políticas a seguir.
Consejo de Administración Arts. 93, 94 En una cooperativa los asociados son los dueños, como no puede ser administrada por todos, trasladan su autoridad a un grupo reducido de socios que se encargará de administrarla.
Consejo de Administración Funciones : Velar para que se cumplan y ejecuten sus resoluciones y de la Asamblea General. Representar y defender los intereses de los socios. Aprobar los Planes Estratégicos y Operacionales de la empresa, así como los presupuestos anuales. Establecer y dictar políticas y reglamentos para el mejor accionar de la cooperativa.
Consejo de Administración: Integrantes y Funciones Presidente Secretario Tesorero Vocal
El Gerente Es el funcionario de mas alto rango y ejecutor de los acuerdos y disposiciones del Consejo de Administración. Este cargo puede ser ocupado por un socio o no, de libre nombramiento y renovación por el Consejo de Administración.
Consejo de Vigilancia Arts. 96, 97 Su función principal es el adecuado y oportuno control y fiscalización de la cooperativa, sin intervenir en el manejo operativo de la gestión.
Consejo de Vigilancia La mayoria de los Estatutos consideran que el Consejo de Vigilancia deberá estar conformada por un mínimo de 3 personas: Presidente Secretario Vocal
Las Comisiones Son designadas por Asamblea General o el Consejo de Administración (Art.88 inciso “e”) –según diga el estatuto- y estará bajo control del Consejo de Vigilancia. Presentan informes a la Asamblea General. Las Comisiones que generalmente funcionan son: Educación Previsión y Asistencia Social Créditos
Comisión de Educación El éxito o fracaso de una cooperativa depende de la educación o capacitación cooperativa de sus integrantes. Tiene como objetivo la difusión de información, capacitación y formación de líderes. Esta comisión podrá estar conformado por: Un Presidente Un Secretario Un vocal
Previsión y Asistencia Social Planifica y ejecuta programas que vayan en resguardo, protección y mejoramiento de las condiciones de vida de los asociados. Estará formado por: Un presidente Un Secretario Un Vocal
Bibliografía Ley General de Sociedades Cooperativas. Manual Práctico y Reseña Histórica del Sistema Cooperativo; autor: Lic. José Luis Aguirre Antelo (Fotocopias sin fecha)