LA LEY 1122 DE 2007- LA REFORMA A LOS SUBSIDIOS EN SALUD.

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Transcripción de la presentación:

LA LEY 1122 DE LA REFORMA A LOS SUBSIDIOS EN SALUD

Con la Ley 1122 de Se garantizan los recursos necesarios para que el país alcance la cobertura universal en salud a finales de 2010.

Cobertura Universal. Para lograr este propósito, el Gobierno Nacional se comprometió a aportar los recursos necesarios, que se sumarán a los de las entidades territoriales y a los procedentes del aumento de medio punto a cotización en salud, con cargo a los empleadores.

Subcuenta de Solidaridad 1.5% (10º) Uno punto cinco (1,5) de la cotización serán trasladados a la subcuenta de Solidaridad del Fosyga para contribuir a la financiación de los beneficiarios del régimen subsidiado.

Recursos del Régimen Subsidiado. (11º, modificatorio del art 214 de la Ley 100 de 1993) 1. De las entidades territoriales. 2. Del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga. 3. Otros.

Pago del Valor Total de la UPCS Pago del Valor Total de la UPCS ( 14º, inc 3º, Lit f) f) El valor total de la UPC del Régimen Subsidiado será entregado a las EPS del régimen subsidiado.

Copagos y Cuotas Moderadoras en el Régimen Subsidiado (14º, inc 3º, Lit g) g) No habrá copagos ni cuotas moderadoras para los afiliados del Régimen Subsidiado en Salud clasificados en el nivel I del Sisbén o el instrumento que lo remplace; ni para la población desplazada, Art. 3o Decr.4877 de 2007

AFILIACION DE DESPLAZADOS Y DESMOVILIZADOS (14º, inc 3º, Lit i) i) La afiliación inicial de la población de desplazados y desmovilizados cuyo financiamiento en su totalidad esté a cargo del Fosyga se hará a una Entidad Promotora de Salud de naturaleza pública del orden nacional, sin perjuicio de que preserve el derecho a la libre elección en el siguiente período de traslado. El Gobierno Nacional reglamentará la afiliación de esta población cuando en el respectivo municipio no exista dicha oferta;

Atención en salud a la población en situación de desplazamiento sin afiliación y en lo no cubierto con subsidiso a la demanda. La Nación con recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía- FOSYGA, Subcuenta ECAT (Enfermedades Catastróficas y Accidentes de Transito) concurre en la financiación de la atención en salud de la población desplazada.