Doctorados en Ciencias y Doctorados Profesionales Una distinción necesaria …... y una decisión también necesaria Reunión N º 53 del Núcleo de Autoridades.

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Transcripción de la presentación:

Doctorados en Ciencias y Doctorados Profesionales Una distinción necesaria …... y una decisión también necesaria Reunión N º 53 del Núcleo de Autoridades de Postgrado Universidad Rómulo Gallegos. San Juan de los Morros 10 de Marzo 2005 Claudio Bifano. Coordinador del Consejo Consultivo Nacional de Postgrado. CNU.

Doctorados en Ciencias y Doctorados Profesionales Una distinción necesaria y una decisión también necesaria Antecedentes Los estudios de postgrado respondieron en sus inicios - que se remontan a la década de a la necesidad de resolver problemas específicos de ingeniería, de salud, del agro, de aplicación de las leyes; su función era responder a una demanda social y contribuir en la construcción del país. Desde mediados de los años setenta, la mayoría de los postgrados que se fueron creando, particularmente en ciencias básicas, fueron vistos por las Universidades y por los organismos del Estado encargados de darle apoyo financiero, como un medio para mejorar la productividad científica del país. Esta política se justificaba entonces por la necesidad formar un mayor número de profesionales para el fortalecimiento de la investigación científica y docentes para la educación superior, crear laboratorios y líneas de investigación y reforzar académicamente a las Universidades. Las Maestrías y los Doctorados se convirtieron así en grados de gran prestigio y reconocimiento académico y social.

Doctorados en Ciencias y Doctorados Profesionales Una distinción necesaria y una decisión también necesaria Logros. No cabe duda que se han alcanzado logros importantes. A través del sistema nacional de postgrado se ha contribuido a mejorar la calidad y la cantidad de investigación que se realiza en el país y a robustecer la docencia superior. Adicionalmente - y es importante recalcarlo- se ha logrado establecer una Normativa General de los Estudios de Postgrado para las Universidades e Instituciones debidamente autorizadas por el Consejo Nacional de Universidades que regula la oferta de estudios de postgrado en el país.

Doctorados en Ciencias y Doctorados Profesionales Una distinción necesaria y una decisión también necesaria Aspectos a considerar en la Normativa de Postgrado La Normativa, con las modificaciones y actualizaciones que ha tenido desde su puesta en práctica, ha sido la guía de las Universidades en el proceso de desarrollo del cuarto nivel de educación, al indicarles los componentes académicos esenciales para poder crear un Curso de Postgrado y recibir, en su momento, la credencial de Acreditación. Los artículos más relevantes al tema que nos interesa considerar en esta ocasión son los siguientes: El artículo N.º 4 que determina la finalidad de los estudios de Postgrado. a) Profundizar la formación de los profesionales universitarios que respondan a la demanda social en campos específicos del conocimiento y del ejercicio profesional. b) Formar investigadores que sirvan a los altos fines del desarrollo de la ciencia y la tecnología en el país.

Doctorados en Ciencias y Doctorados Profesionales Una distinción necesaria y una decisión también necesaria El artículo 4 indica claramente que los estudios de postgrado se orientan en dos vertientes perfectamente reconocibles: una de formación de profesionales para el "ejercicio de la profesión" y otra para la formación de potenciales "profesionales para la investigación" En la primera se forman los profesionales que, a través de sus estudios de Especialización, han logrado un dominio del conocimiento más actualizado del área y el entrenamiento que les permite usarlo de manera adecuada y en la segunda los que han recibido, a través de sus estudios de Maestría o de Doctorado, una formación académica basada en la investigación y un entrenamiento que los capacita para la generación de nuevos conocimientos. Pero En la formación de profesionales para la investigación se diferencian dos niveles de diferente grado de profundización: Maestría y Doctorado, mientras que en la de profesionalización hay uno solo, el de Especialista, independientemente del grado de exigencia que las especializaciones por área del conocimiento puedan tener

Doctorados en Ciencias y Doctorados Profesionales Una distinción necesaria y una decisión también necesaria El otro Artículo de la Normativa, importante para los fines de esta presentación es el N.º 27, que define los estudios de doctorado. Dice textualmente: “Los estudios de doctorado tienen por finalidad la capacitación para la realización de trabajos de investigación original que constituya un aporte significativo al acervo del conocimiento en un área específica del saber. Estos estudios conducen al título de Doctor”. Por otra parte el Artículo N.º 28 establece que “ La Tesis doctoral debe constituir un aporte original relevante a la ciencia, la tecnología o las humanidades y reflejar la formación humanística y científica del autor...” Estos dos artículos establecen, por lo tanto, que el grado de Doctor es accesible solamente a quienes deseen ser investigadores de carrera. En consecuencia al momento de evaluar los programas de doctorado se exige la presentación de productividad de investigación del personal docente y de investigación, líneas de investigación activas, publicaciones en revistas de alto impacto, infraestructura para la investigación, etc.

Doctorados en Ciencias y Doctorados Profesionales Una distinción necesaria y una decisión también necesaria En los países cuyos sistemas de postgrado hemos adoptado, el doctorado tiene una orientación exclusivamente académica solo cuando el titulo otorgado es el Ph. D., D.Phil. ó Doktor Rerum Nature; mientras que cuando los estudios hacen más énfasis en la práctica profesional, los títulos de doctor se otorgan en reconocimiento de que se ha completado una formación académica adecuada para la práctica de la profesión. Estos son los doctorados profesionales; por ejemplo, el Doctor en Medicina, en Ingeniería, en Economía, etc.

Doctorados en Ciencias y Doctorados Profesionales Una distinción necesaria y una decisión también necesaria Después de más de quince años de haberse establecido la Normativa que regula los estudios de postgrado y en vista del aumento creciente de la demanda de profesionales con formación de postgrado, parecería conveniente que las dos orientaciones de los estudios de postgrado (aplicación de conocimiento y generación de nuevo conocimiento) se desarrollasen hasta el máximo grado académico posible, es decir, el Doctorado

Doctorados en Ciencias y Doctorados Profesionales Una distinción necesaria y una decisión también La propuesta concreta es que los postgrados de orientación profesional, contemplen los grados de Especialista (Magíster profesional) -con la mención del área especifica- y el de Doctor, con la mención de la profesión correspondiente: Dr. En Ingeniería, Medicina, Economía, etc. Por su parte los postgrados orientados a la formación de investigadores contemplen los grados de Magisters en Ciencia y de Doctor en Ciencia, con las menciones correspondientes.

Doctorados en Ciencias y Doctorados Profesionales Una distinción necesaria y una decisión también Esto no quiere decir que los Doctorados en Ciencia estarían circunscritos exclusivamente a las ciencias básicas. Estudios de postgrado en áreas como Ingeniería, Medicina y cualquier otra rama del conocimiento, cuyo programa contemple la investigación como una herramienta fundamental de la formación académica y que orienten metodológicamente a los estudiantes hacia la búsqueda de nuevo conocimiento, serían programas de Doctorado en Ciencia, con la mención correspondiente al área. Se puede pensar, pues, en un Doctor en Ciencias, Mención Ingeniería o Medicina. Lo que habría que demostrar, en estos casos, al igual que ocurre con las ciencias básicas, es que el programa está basado en líneas de investigación, que hay una productividad científica que permite la realización de una tesis doctoral y que la Institución que los ofrece disponga de todos los demás recursos académicos indispensables.

Doctorados en Ciencias y Doctorados Profesionales Una distinción necesaria y una decisión también De acuerdo con su propósito específico, los estudios de postgrado se clasificarían entonces en : 1.-Estudios conducentes a grado académico: En el nivel profesional: a.- Especialización ó Maestría profesional b.- Doctorado de Profesión En el área de ciencias: a.- Maestría en Ciencias b.- Doctorado en Ciencias.

Doctorados en Ciencias y Doctorados Profesionales Una distinción necesaria y una decisión también Objetivo de las dos orientaciones del doctorado: Los Estudios de Doctorado en Ciencias tienen por finalidad la capacitación de personal para la realización de trabajos de investigación originales que constituyan aportes significativos al acervo del conocimiento en un área especifica del saber.. “Los Estudios de Doctorado de Profesión tienen por finalidad asegurar a los estudiantes el dominio del conocimiento más actualizado del área y su capacitación para hacer uso efectivo y adecuado del mismo de acuerdo a estándares internacionales”.

Doctorados en Ciencias y Doctorados Profesionales Una distinción necesaria y una decisión también Requisitos para alcanzar el doctorado de Profesión. 1.-El cumplimiento de actividades previamente aprobadas y consideradas por el organismo de coordinación del Programa respectivo y aprobadas por el Consejo Universitario u organismo equivalente, a proposición del organismo de coordinación de Postgrado. Estos estudios deben ser equivalentes como mínimo a 45 créditos. 2.-La realización de un Trabajo Profesional de Innovación, Desarrollo, o Aplicación que produzca mejoras sustanciales con resultados comprobables de un año mínimo de duración, en una Institución de Educación Superior, Centro de Investigación y Desarrollo o Empresa de producción de bienes o servicios, del sector público o privado, el cual deberá ser presentado ante un Jurado nombrado al efecto.

Doctorados en Ciencias y Doctorados Profesionales Una distinción necesaria y una decisión también 3.-La presentación, defensa y aprobación de una Tesis Doctoral, en examen público conforme a lo señalado en el Artículo 160 de la Ley de Universidades y a las disposiciones del presente reglamento. La Tesis constituirá un aporte relevante que ponga de manifiesto experticia en un área específica del conocimiento, que permita a.- La aplicación de nuevo conocimiento, la innovación, el desarrollo tecnológico o la adecuación de un conocimiento establecido a una situación o a un medio distinto del que le dio origen. b.- Será el producto de un proyecto realizado preferiblemente entre la Universidad y alguna organización de producción de bienes o servicios especializados y deberá reflejar la formación profesional del autor y su capacidad de aplicar el conocimiento adquirido. c.- Será preparada expresamente para la obtención del doctorado bajo la dirección de uno o más tutor (es) y presentada en los plazos que establezca la Universidad respectiva.