PROYECTO EDUCATIVO Curso
Algunas aclaraciones LOE, 121. No se dice nada de la periodicidad (lo lógico es que sea plurianual). Es un conjunto de documentos. Es la conexión entre el carácter propio y la acción educativa. Aglutina las fuerzas de la Comunidad educativa. Es un medio de evaluación continua y, por tanto, de mejora.
ÍNDICE (1) 1. Carácter Propio del Centro o síntesis de la propuesta educativa (la Coordinación de Escuelas ofrecerá en septiembre un modelo). 2. Opciones preferentes (valores, objetivos y prioridades de actuación). Estas opciones preferentes constituyen un subrayado de algunos aspectos fundamentales del carácter propio del centro, adaptados al contexto sociocultural y a las necesidades del alumno. Aquí tendría cabida la misión, visión y valores de nuestra política de calidad, así como algunas prioridades de nuestro PEPS. Esto es el núcleo básico del Proyecto Educativo
ÍNDICE (II) 3. Concreción de los currículos de las etapas. Educación Infantil. Educación Primaria. Educación Secundaria. Ciclos Formativos. Bachillerato. (Esta concreción es el resultado de Currículum establecido + carácter propio + necesidades de los alumnos + contexto sociocultural + Tratamiento transversal en áreas o materias de la educación en valores y otras enseñanzas)
ÍNDICE (III) 4. Planes y programas. Plan de atención a la diversidad. Plan de acción tutorial. Plan de convivencia. LEA, 127 (para la Comunidad autónoma andaluza) Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar y la continuidad del alumnado en el sistema educativo. El plan de formación del profesorado. Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar. Los procedimientos de evaluación interna.
ÍNDICE (y IV) Plan de Pastoral Escolar. Plan de Igualdad. Plan de autoprotección. Programa de innovación educativa. Programa de diversificación curricular. Programa de actividades complementarias y extraescolares. …
¿Quién aprueba el Proyecto Educativo? La concreción de los currículos lo aprueba el Claustro de profesores. El Proyecto Educativo lo aprueba, a propuesta del Equipo Directivo, el Titular. Luego lo presenta al Consejo Escolar.
¿Quién elabora el Proyecto Educativo? El Director de Centro dirige la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo de Centro y el Subdirector, si lo hay, coordina el desarrollo de este trabajo. Tanto en la elaboración del Proyecto Educativo, como en su desarrollo posterior, se fomentará la implicación de toda la Comunidad Educativa (art LEA).
Sugerencias para la publicidad del Proyecto Educativo Publicación en papel del núcleo básico (puntos 1 y 2 del índice). Publicación en la página web del Centro la totalidad de documentos.
¿Y la Programación General Anual? LOE, 125 Lo elabora el Equipo Directivo y lo aprueba el Consejo Escolar. Índice posible según RRI: Una memoria con la organización del Centro, las estadísticas del principio de curso, la situación de las instalaciones y del equipamiento de materiales y recursos pedagógicos. Los horarios de los alumnos y la organización básica del profesorado. El programa anual de actividades complementarias y extraescolares. Todos los planes de actuación acordados y aprobados (acción tutorial, convivencia, igualdad, atención a la diversidad, orientación, mejora...). La programación de pastoral escolar. Las acciones de formación permanente del profesorado. El procedimiento de evaluación de los diversos aspectos del Centro (dirección, función docente, formativos, pastorales) incorporados a su Proyecto Educativo.
¿Y el Plan de Centro? Según LEA Carácter plurianual. Proyecto Educativo, Reglamento de Régimen Interior y Proyecto de Gestión (sólo para centros públicos).