Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Desarrollo Institucional Elaboración del Régimen.

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Transcripción de la presentación:

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Desarrollo Institucional Elaboración del Régimen Académico Marco Encuentro de Trabajo Equipos Técnicos Febrero 2010

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Encuadre de Trabajo  Contenido específico (Documento Apoyo RAM Diciembre 2009)  Proceso de construcción  Nudos críticos y estrategias para su abordaje 1

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Contenido específico del RAM 1. Características y Alcances de la Norma 2. Aspectos a regular en RAM y en RAI 3. Estructura de la Norma 2

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Características de la Norma 3

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Aspectos a regular 4

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Disposiciones generales Ámbito de aplicación: IES públicos y privados “El presente régimen se aplica a los Institutos de Educación Superior / Institutos de Formación Docente de gestión estatal y privada de la jurisdicción / de la provincia)…” La Dirección de Educación Superior será la autoridad de aplicación. Relación RAM – RAI “Este Régimen constituye la norma marco de cumplimiento obligatorio para todos los Institutos…., a cuyas previsiones deberán adecuarse los RAI que oportunamente se aprueben. El presente Régimen opera como norma supletoria.” 5

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Ingreso e Inscripciones Alumno Definición Jurisdiccional (RAM) Condición de alumno Tipos de alumnos (regular, libre-regular, oyente, otros) ¿Hay que regular todas las posibilidades, sólo las que existen, u otras que pueden habilitarse en la medida que se den ciertas condiciones? Vinculación con el DC Requisitos para poder inscribirse: estudios secundarios, cursos propedéuticos, otros. Inscripciones condicionales “Podrán inscribirse en forma condicional quienes adeuden hasta dos materias del nivel secundario. Deberán regularizar su situación hasta xxxxx (fecha o primer mesa examinadora). Alumno condicional: “ puede cursar y realizar todas las actividades académicas requeridas. No podrá obtenerse la acreditación de las unidades curriculares hasta tanto su situación esté regularizada. 6

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Ingreso e Inscripciones Excepcionalidad Mayores 25 años Definición Jurisdiccional (RAM) Ley de Educación Superior. ARTICULO 7º — Para ingresar como alumno a las instituciones de nivel superior, se debe haber aprobado el nivel medio o el ciclo diplomado de enseñanza. Excepcionalmente, los mayores de 25 años que no reúnan esa condición, podrán ingresar siempre que demuestren, a través de las evaluaciones que las provincias, la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires o las universidades en su caso establezcan, que tienen preparación y/o experiencia laboral acorde con los estudios que se proponen iniciar, así como aptitudes y conocimientos suficientes para cursarlos satisfactoriamente. Resolución MEN 537/2008 (para adherir o tomar como ejemplo) Apruébase el Reglamento Operativo para el ingreso a las instituciones educativas pertenecientes a la Jurisdicción Nacional de aspirantes que soliciten el beneficio de excepción establecido en el Artículo 7º de la Ley de Educación Superior Nº

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Ingreso e Inscripciones Ingreso directo Concepto (igualdad de oportunidades) Acompañamiento a los estudiantes durante el primer año El alcance y especificidad del tema es una cuestión estratégica de política académica (instalación del tema, incluir el acompañamiento en general y de los cursos propedéuticos en la trayectoria formativa del estudiante, etc. ) Cursos propedéuticos RAM: criterios generales, objetivos, Remitir a Plan de Estudios si allí está estipulado, o definir criterios jurisdiccionales (duración mínima, formatos posibles, etc. ) y especificidades institucionales, si las hubiere. RAI: estructura del curso de acuerdo al RAM y a la organización institucional 8

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Cursos Calendario académico RAM: La agenda educativa/calendario académico para los institutos será establecido cada año por la DES/Ministerio/o quien corresponda. RAI: Los institutos definirán sus calendarios académicos institucionales a partir del establecido por la jurisdicción. Podrán especificar aspectos como: organización y publicidad, quedando otras cuestiones menores para el ámbito administrativo de la secretaría (plazos, documentación, etc.) Cursos/Carreras RAM: “Las carreras con plan de estudios presencial se organizarán conforme a lo previsto en el presente Régimen. Las carreras cuyo plan de estudios adopten formatos semi-presenciales y/o a distancia organizarán sus cursos de acuerdo al presente y a las especificidades establecidas en el Anexo …” 9

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Cursos Condición de alumno La condición de alumno de la carrera establecida en la R.72/08 (deberá aprobarse 1 unidad curricular por año calendario). Indicar procedimiento en los casos de carreras a término Indicar procedimiento para el tratamiento de los pedidos de reincorporación RAI: Deberá especificar plazos, documentación, actores intervinientes (CD, Rector, otros) Regularidad en las unidades curriculares La condición de alumno regular en cada unidad curricular recomendada en la R.72/08 (7 turnos de mesa examinadora en 2 años académicos) RAI: Deberá especificar plazos, documentación y actores intervinientes (CD, Rector, docente, otros) para los casos de excepcionalidad 10

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Cursos Tipos de unidades curriculares “Las denominaciones de las u.c., sus características pedagógicas, y sus formas de evaluación y acreditación serán estipuladas en los planes de estudios correspondientes a los diseños curriculares aprobados.” En caso de no estar previstas se deberán regular en una norma complementaria al plan de estudios. Sistemas de créditos, otros Definición, condición de posibilidad, acreditación, adecuación a parámetros regionales e internacionales, etc. Correlatividades Enunciar y remitir al plan de estudios. 11

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Pases y Equivalencias Pases Equivalencias RAM: criterio general (vigencia, equivalencias parciales o totales, etc.) y procedimiento general con definición de funciones del instituto y de la jurisdicción RAI: procedimiento general en el instituto (plazos, íntervención del CD, Rector, docente) Los procedimientos de detalle (formulario, horario de secretaría, etc. ) no se incluyen en el RAI Definición jurisdiccional en RAM. El RAI remite sin agregar nada. Los requisitos, la documentación a presentar y demás cuestiones se definen como procedimiento administrativo. Asistencia Puede incluirse en los artículos referidos al alumno (readmisiones) y la regularidad. Debe remitir a los planes de estudio y, si hay especificaciones, estar en consonancia. 12

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Evaluación y Promoción Evaluación Definir principios, criterios Escala de calificación En el RAM definir parámetros genéricos y explicitar qué se debe definir en los diseños curriculares (por ejemplo: cómo se evalúa cada unidad curricular) RAM: “Las unidades curriculares podrán ser aprobadas mediante examen final o por promoción directa. La aprobación por promoción directa está habilitada sólo para alumnos regulares. Requiere la aprobación de todas las instancias previstas por la cátedra con una calificación igual o mayor a 8. Entre los requisitos para este mecanismo, deberá contemplarse una asistencia mayor o igual al 75% y la realización de un trabajo final integrador. La aprobación mediante examen final…” 13

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Otros Carreras Títulos, certificaciones, diplomas Definiciones jurisdiccionales respecto de: Carreras a término, cambio de plan de estudio de una misma carrera, caducidad de planes de estudio, cambios de carrera Definiciones jurisdiccionales respecto de: Títulos, certificados analíticos, diplomas y distinciones especiales. Definiciones genéricas y remitir a las disposiciones de procedimiento. Disposiciones complementarias y transitorias RAM y RAI: Interpretaciones, cuestiones no previstas. Disposiciones transitorias: si se requiere 14

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Anexos Régimen de Prácticas Régimen de convivencia, código de ética Si aún no está normado, puede definirse el sentido en un artículo del RAM y remitir a la construcción de este régimen especifico (hasta podría darse un plazo, modalidad de construcción, etc.) En ambos casos, es necesario identificar las normas existentes. 15

Encuentro de Trabajo "Régimen Académico" Equipos Técnicos Jurisdiccionales; Buenos Aires, 22 de febrero 2010 Estructura de la Norma  VISTO  CONSIDERANDO  RESUELVE  ANEXO I – RAM  ANEXO II RECOMENDACIONES PARA LA ELABORACIÓN DE LOS RAI 16