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Transcripción de la presentación:

TU DEPARTAMENTO TÉCNICO TE INFORMA…. FORMULACIÓN MAGISTRAL El sulfato de zinc aparece en el listado de principios activos del Convenio entre la Consejería de Salud y el Consejo Andaluz de Colegios como Zinc Sulfato Diffucaps y Zinc Sulfato polvo, pero en ambos casos la vía de administración es la vía oral. Por tanto, las fórmulas magistrales con Sulfato de Zinc (polvo o diffucaps ) en receta de la Consejería de Salud, MUFACE, ISFAS y MUGEJU serán válidas solo cuando la fórmula magistral sea para administración vía oral, no para uso tópico. Es decir, las cápsulas de sulfato de zinc (polvo o diffucaps ) serán siempre financiadas y los papelillos y soluciones solo cuando se especifique “vía oral” en la parte de la prescripción. FINANCIACION DE FORMULAS MAGISTRALES CON SULFATO DE ZINC 954979602 detelaboratorio@redfarma.org DT Informa nº 12- Mayo 2012

DEL MEDICAMENTO Y ATENCIÓN FARMACÉUTICA CENTRO DE INFORMACIÓN DEL MEDICAMENTO Y ATENCIÓN FARMACÉUTICA 954979603 cimse@redfarma.org CENTRO DE INFORMACIÓN DEL MEDICAMENTO 954979603 cimse@redfarma.org LIBRO OFICIAL DE CONTABILIDAD DE ESTUPEFACIENTES En el libro de contabilidad de estupefacientes deben reflejarse fielmente todos los movimientos que se produzcan de: - Medicamentos estupefacientes de la lista I del Convenio de Viena de 1961 - Sustancias estupefacientes y psicotrópicas utilizadas para la preparación de fórmulas magistrales Consta de cuatro partes: 1.- Certificación del Inspector Provincial de Farmacia: datos del farmacéutico, fecha de expedición, firma y sello de la Inspección. 2.- Índice de folios: son las cinco primeras páginas. Es un resumen de los estupefacientes contabilizados en el libro, indicando la página en la que se consigna su tenencia y/o movimiento. Cada hoja está dividida en dos partes iguales que se rellenan consecutivamente. Al adquirir un estupefaciente por primera vez, se consignará su nombre en el “Título de la cuenta”, identificándolo inequívocamente (forma farmacéutica, nº de unidades y dosis/unidad). A continuación se le asignará un folio y se anotará en la columna “Folios número”. 3.- Folios: numerados y sellados del 1 al 200, estarán encabezados por la denominación del medicamento o producto. Se cumplimenta como un libro de contabilidad, anotando las entradas, salidas y existencias (saldo). - Entradas: se anotarán los siguientes datos: fecha de adquisición, entrada (nº de envases adquiridos o, en su caso, cantidad de producto en mg o ml si se trata de un producto a utilizar en la elaboración de fórmulas magistrales), proveedor (nombre del laboratorio o centro de distribución), saldos (nº de envases que existen en la farmacia tras su adquisición). El resto de los epígrafes de la línea se dejan en blanco. -Salidas: pueden corresponder a: dispensación a pacientes, devoluciones a centros de salud por caducidad, robos o sustracciones, rotura de envases, vertidos... Se anotarán los siguientes datos: fecha (de dispensación, robo o rotura), nº del recetario (nº del Libro Recetario en cuya línea se ha anotado la receta) nº de la Receta Oficial de Estupefacientes (impreso en el margen lateral derecho de la receta), salida (nº de envases o cantidad de producto dispensado, destruido...), nombre del médico prescriptor, nombre y domicilio del paciente, saldos. Cuando se complete un folio con los movimientos de un estupefaciente, se le asignará otro, cuyo número se indicará en la esquina inferior de la página (“Pasa al folio núm.”) y, en el folio de destino, en la esquina superior, se indicará el de procedencia (“Viene del folio núm.”). En el índice de folios se anotará el nº del nuevo folio a la derecha del anterior. DT Informa nº 12- Mayo 2012