CARRERA ESPECIAL PÚBLICA PENITENCIARIA

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Transcripción de la presentación:

CARRERA ESPECIAL PÚBLICA PENITENCIARIA Programa de incorporación progresiva a la carrera OAD-URH Ago. 2012 Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

CARRERA ESPECIAL PÚBLICA PENITENCIARIA Ley Nº 29709 Decreto Supremo Nro. 013-2012-JUS Promulgada el 7 de junio de 2011 Publicada en el Diario oficial El Peruano el 17 de junio de 2011. Consta de Título Preliminar 4 títulos 14 capítulos 61 Artículos El objeto de la Ley, es “crear el ordenamiento legal que regule el régimen laboral especial de los servidores penitenciarios para el cumplimiento de las funciones institucionales señaladas en el Decreto Legislativo 654, Código de Ejecución Penal, y su reglamento” Art. 1 Sus principios son: Efectividad del sistema penitenciario, Meritocracia, Probidad y Ética pública. Promulgado el 22 de julio del 2012. Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 23 de julio de 2012. Consta de : - Título Preliminar - 12 Títulos - 26 capítulos - 6 sub capítulos - 117 artículos El objeto del reglamento es desarrollar la regulación específica correspondiente al régimen laboral especial de los servidores penitenciarios para el cumplimiento de sus funciones institucionales. Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

“Programa de Incorporación progresiva a la carrera” La incorporación al Régimen laboral de la Carrera Especial Pública Penitenciaria será voluntaria y se efectúa mediante concurso interno de méritos, en función al número de plazas vacantes orgánicas presupuestadas que se convoquen y siempre que cumplan con los requisitos exigidos. Concluye en el tiempo máximo de 5 años, a partir del año 2012 Se podrán incorporar los servidores nombrados y contratados por servicios personales del INPE, que se encuentren prestando servicios bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276. En el plazo de 30 días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento, el INPE publicará el “Programa de Incorporación a La Carrera” y la norma que desarrolle el procedimiento de evaluación para el ingreso a la carrera Especial Pública Penitenciaria. (Vto. 24/08/2012) En el plazo de 3 meses el INPE llevará a cabo la evaluación antes referida (Vto. 24/10/2012) Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

PROGRAMA DE INCORPORACIÓN INGRESO Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Régimen 276 INCORPORACIÓN RE-INDUCCIÓN Proceso de Selección 3 meses Programa de incorporación progresivo a la carrera PRE-SELECCIÓN FORMACIÓN APTO GANADOR PERIODO DE PRUEBA SEGURIDAD 1era etapa 2da etapa Nombramiento 3 meses CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS CLASIFICATORIA GENERAL FINAL REGIONAL FORMACIÓN INDUCCIÓN ADMINISTRACIÓN TRATAMIENTO 1era etapa 2da etapa PERIODO DE PRUEBA 3 meses Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

“Programa de Incorporación progresiva a la carrera” ¿Quiénes?, ¿Cuántos y a Dónde?, ¿Cómo?, ¿Cuándo? Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

PEA INPE Área de Desempeño Laboral Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

POBLACIÓN PENAL Y ESTABLECIMIENTOS POR OFICINA REGIONAL OFICINAS REGIONALES TOTAL GRAL TOTAL   PROCESADO SENTENCIADO PENALES Hombres Mujeres Total TOTAL GENERAL 57,221 53,658 3,563 33,545 31,369 2,176 23,676 22,289 1,387 66 O.R. NORTE - CHICLAYO 8,132 7,803 329 4,124 3,970 154 4,008 3,833 175 11 O.R. LIMA - LIMA 30,450 28,450 2,000 20,503 19,204 1,299 9,947 9,246 701 18 O.R. SUR - AREQUIPA 2,273 2,081 192 700 613 87 1,573 1,468 105 6 O.R. CENTRO - HUANCAYO 4,873 4,546 327 2,494 2,299 195 2,379 2,247 132 9 O.R. ORIENTE - HUANUCO 3,712 3,485 227 2,336 2,187 149 1,376 1,298 78 4 O.R. SUR ORIENTE - CUSCO 2,855 2,648 207 1,333 1,210 123 1,522 1,438 84 7 O.R. NOR ORIENTE - TARAPOTO 3,493 3,353 140 1,421 1,353 68 2,072 72 O.R. ALTIPLANO - PUNO 1,433 1,292 141 634 533 101 799 759 40 Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

POBLACIÓN PENAL y ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS POR OFICINA REGIONAL Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

Cantidad de Internos por Servidor Penitenciario x Región Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

Proporción Servidor Penitenciario vs. Internos OFICINAS REGIONALES un servidor administrativo x cada : un servidor seguridad x cada : un servidor tratamiento x cada : O.R. NORTE - CHICLAYO 54 19 51 O.R. LIMA - LIMA 53 20 O.R. SUR - AREQUIPA 24 7 25 O.R. CENTRO - HUANCAYO 59 15 71 O.R. ORIENTE - PUCALLPA 65 21 76 O.R. SUR ORIENTE - CUSCO 37 13 52 O.R. NOR ORIENTE – SAN MARTÍN 61 12 146 O.R. ALTIPLANO - PUNO 27 45 Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

Dependencias del INPE incluidas en la nueva carrera ¿Quiénes? Servidor Penitenciario Persona nombrada por RP. Presta servicios en: Establecimiento Penitenciario Sede Central/Regional en funciones de: Seguridad, Tratamiento, Medio Libre y, Registro Penitenciario. Dependencias del INPE incluidas en la nueva carrera Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE ¿Cuántos? Marco legal: Primer proceso de migración, año 2012 Ley Nro. 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2012” Nonagésima primera DCF “Autorízase al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) a incorporar progresivamente en la Carrera Especial Pública Penitenciaria, al personal de la citada entidad sujeta al régimen laboral del Decreto Legislativo 276 que se encuentra comprendido en la Ley 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria. Para el año 2012 se podrán incorporar hasta el quince por ciento (15%) de los citados trabajadores. Mediante Decreto Supremo, se podrán establecer las normas reglamentarias para la mejor aplicación de la presente disposición. Decreto de Urgencia 016-2012, “Dictan Medidas Urgentes y extraordinarias en materia económica y financiera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional”, Art. 7, numeral 7.2 “…autoricese el incremento de hasta 5% adicional al porcentaje autorizado en la nonagésima …” 20% Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

Establecimiento Penal ¿Cuántos y a Dónde? Establecimiento Penal Nro. Plazas CAP Ancón I 176 Ancón II 494 Virgen de Fátima 99 Total 769 PEA 20% PAP (5,985) 1,197 CAP – actual (6507) Establecimientos Penales Modelo (Piloto) – Oficina Regional Lima Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE ¿Cómo? Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE ¿Cuándo? Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

Instrumentos de Gestión ROF MOF CAP Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

CARRERA ESPECIAL PÚBLICA PENITENCIARIA Principio de efectividad del sistema Objetivos institucioanales Objetivos individuales Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

CARRERA ESPECIAL PÚBLICA PENITENCIARIA SERVIDOR PENITENCIARIO “Persona nombrada por resolución, que presta servicios en un establecimiento penitenciario y a los servidores de la sede central y las sedes regionales que desempeñan funciones de seguridad, tratamiento, medio libre, registro penitenciario que, por la naturaleza de sus funciones y especialidad cumplen labores en establecimientos penitenciarios…” Art. IV de la Ley Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

CARRERA ESPECIAL PÚBLICA PENITENCIARIA Perspectiva profesional Perspectiva económica Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

PERSPECTIVA PROFESIONAL ¿Por qué una carrera especial para el INPE? ¿Qué se busca con la carrera especial pública penitenciaria? ¿De qué manera mis objetivos individuales se relacionan con los objetivos institucionales? Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

PERSPECTIVA PROFESIONAL Carrera Especial Pública Penitenciaria Diseñado para servidores penitenciarios Sistema remunerativo meritocrático. Escala remunerativa competitiva (14 sueldos, 1 CTS) Sistema de incentivos. Niveles acorde al puesto. Sistema de ascensos transparente. Carrera progresiva. Régimen 276 Opcional Diseñado para personal administrativo Sistema remunerativo fijo. Escala remunerativa fija (12 sueldos). Ausencia de incentivos. Niveles no se toman en cuenta para puesto. Desconfianza en promociones. No se cuenta con una carrera. Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

PERSPECTIVA PROFESIONAL Áreas de Desempeño Laboral Seguridad Seguridad integral Inteligencia Tratamiento Trabajo Educación Asistencia penitenciaria Salud Administración Operaciones administrativas Identificación y registro penitenciario. Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

PERSPECTIVA PROFESIONAL Grupos ocupacionales y niveles Superior Técnico Nivel Permanencia Mínima/años Excepcional voluntaria/años I 6 4.8 II III 7 5.6 IV 8 6.4 V Hasta finalizar 9 7.2 Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

PERSPECTIVA PROFESIONAL Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

PERSPECTIVA ECONÓMICA REMUNERACIONES De acuerdo a lo establecido por el Art. 21º de la Ley y el art. 26º del Reglamento de la Carrera Especial Pública Penitenciaria, los servidores del INPE, tienen derecho a percibir una remuneración conforme al nivel de carrera y grupo ocupacional. La remuneración es un porcentaje de la Remuneración Íntegra Mensual – RIM, que incluye los conceptos de carácter regular y permanente que percibe de manera continua el servidor. El art. 27º del Reglamento, establece que el servidor penitenciario recibirá una remuneración diferenciada según el nivel de carrera alcanzado. La remuneración es equitativa al grado de especialidad del puesto, exigencia y responsabilidad y constituye un reconocimiento a la misma. Las remuneraciones que perciben los servidores penitenciarios que ingresen a la carrera se diferencian según el nivel alcanzado en cada una de las áreas de desempeño, que comprende: Grupo ocupacional Superior (5 niveles) Grupo ocupacional técnico (3 niveles). La variación remunerativa dentro de la banda de cada nivel se establecerá de acuerdo a una evaluación de desempeño y de requisitos que se dispondrá a través de norma específica. Finalmente es preciso tener claro que la Ley en el art. 21º ha establecido que el servidor penitenciario está impedido de percibir otros ingresos del Estado. Salvo que la contraprestación que percibe proviene de la actividad docente o cuando es miembro únicamente de un órgano colegiado. Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

PERSPECTIVA ECONÓMICA ASIGNACIONES De acuerdo a lo establecido por el art. 28º del Reglamento de la Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria, además de las remuneraciones que percibirá el servidor penitenciario, percibe las asignaciones que el art. 23º de la Ley le reconoce: Asignación especial por labores multifuncionales o en condiciones geográficas adversas, esta asignación será percibida en tanto el servidor penitenciario trabaje en un establecimiento penitenciario ubicado en zona rural o en clima agreste , que vendría a ser el 10% de la RIM. Asignación por vigilancia y seguridad. Lo cual lo percibe en los siguientes casos : Hasta el 20% de su RIM, si trabaja en un establecimiento penitenciario de alta peligrosidad o ubicado en zonas de frontera. Hasta el 15% de su RIM, si el servidor trabaja en un establecimiento penitenciario de máxima seguridad alejado de la sede regional. Hasta el 10% de su RIM , si trabaja en un establecimiento penitenciario con régimen especial, régimen ordinario o ubicado en zona de menor desarrollo. (Se sugiere que se elabore una tabla que clasifique los penales y se fije los montos considerando dichos criterios) Finalmente tanto la Ley en el art. 23º y el reglamento en el art. 28º prescribe que el servidor penitenciario percibirá dichas asignaciones en tanto preste servicios efectivos al establecimiento penitenciario correspondiente. Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

PERSPECTIVA ECONÓMICA BENEFICIOS El art. 24º de la Ley ha establecido, que el servidor penitenciario tiene derecho a los siguientes beneficios y aquellos otorgados por norma expresa: Bonificación por escolaridad, según las disposiciones aplicables al sector público. Dos aguinaldos al año ( Julio – Diciembre), equivalente a una RIM. Asignación por tiempo de servicios. El servidor penitenciario percibe 2 RIM al cumplir 25 años de servicio, así como 3 RIMs. Al cumplir 30 años de servicios. Compensación por tiempo de servicios (CTS), al concluir la relación laboral, correspondiente a 7/6 de la RIM, por cada año de servicio reconocido o fracción mayor de 6 meses de servicios. Subsidio por sepelio y luto, equivalente a una RIM, o una pensión, según corresponda. También percibe un subsidio equivalente a una RIM o una pensión por fallecimiento del padre o la madre. El art. 29º del Reglamento señala, que los beneficios antes mencionados no tienen carácter remunerativo y se perciben en tanto la circunstancia prevista en ellos se presente y se encuentre debidamente acreditada. Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

PERSPECTIVA ECONÓMICA GRUPO OCUPACONAL NIVEL REMUNERACIÓN ASIGNACIONES SIMULACIÓN Máximo (1) Mínimo (2) Labores multifucionales + Vigilancia y seguridad Remuneración Asignaciones TOTAL Máx mín. Mín Máx. Mín. SUPERIOR S-V 200%   a+(b.1/b.2/b.3) ó (b.1/b.2/b.3) S/. 4,000.00 S/. 600.00 S/. 200.00 S/. 4,600.00 S/. 4,200.00 S-IV 190% 180% S/. 3,800.00 S/. 3,600.00 S/. 500.00 S/. 4,300.00 S-III 170% S/. 3,400.00 S/. 400.00 S-II 160% S/. 3,200.00 S-I 150% S/. 3,000.00 TÉCNICO T-III 165% 155% S/. 3,300.00 S/. 3,100.00 S/. 3,500.00 T-II 135% S/. 2,700.00 S/. 2,900.00 T-I 100% S/. 2,000.00 S/. 2,200.00 Leyenda RIM Asig.Multifuncional a 10% Asig. Vig.Seg 1 b.1 20% Asig. Vig.Seg 2 b.2 15% S/. 300.00 Asig. Vig.Seg 3 b.3 Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

PERSPECTIVA ECONÓMICA NIVEL Ley 29709 NIVEL Ley 276   TOTAL Máx. Mín. S-V S/. 4,600.00 S/. 4,200.00 F2 S/. 2,477.00 S/. 2,422.00 S-IV S/. 4,300.00 S/. 3,800.00 F1 S/. 2,362.00 S/. 2,307.00 S-III S/. 4,000.00 S/. 3,600.00 SPA-SPB S/. 2,197.00 S/. 2,117.00 S-II S/. 3,400.00 SPC-SPD S/. 2,147.00 S/. 2,083.00 S-I S/. 3,200.00 SPE-SPF S/. 2,116.00 S/. 2,017.00 T-III S/. 3,500.00 S/. 3,300.00 STA-STB S/. 2,012.00 S/. 1,950.00 T-II S/. 2,900.00 STC-STD S/. 1,996.00 S/. 1,934.00 T-I S/. 2,200.00 STE-STF S/. 1,980.00 S/. 1,900.00 Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

PERSPECTIVA ECONÓMICA Ley 276 Ley 29709 Bonificación por escolaridad, según ley presupuesto Igual Asignación por 25 y 30, en base a la remuneración mensual total, 2 y 3 rmt, respectivamente Asignación por tiempo de servicio, en base a 2 y 3 RIM, respectivamente. Compensación por tiempo de servicio – CTS, 50% de la remuneración principal, hasta 19 años 100% de la remuneración principal, de 20 a 30 años. CTS, equivalente a 7/6 de la RIM x cada año, a partir de 6 meses Subsidio por fallecimiento y por gastos de sepelio, equivalente a 3 remuneraciones mensuales totales y 2 rmt, por sepelio Subsidio por sepelio y luto. Equivalente a 1 RIM, por fallecimiento del padre o madre y 2 RIM, por fallecimiento del titular. 2 Aguinaldos, según normas de presupuesto 2 aguinaldos, equivalentes a 2 RIM cada uno . Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

Entre áreas de desempeño Al interior de cada área de desempeño Entre grupos ocupacionales Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

Ventajas del FOCUS GROUP Conocer el nivel de información sobre La Carrera que manejan los servidores. Identificar posibles temores y resistencias Detectar expectativas. Recibir sugerencias para criterios de selección y validar los criterios propuestos. Involucrar a los trabajadores en el proceso y mejorar su aceptación. Hacer de la comunicación una estrategia. Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE

Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE Propuesta de horario 12 x 24 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 L M J V S D Mañana   108 Noche 72 180 Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE