Tema 2: Exacciones Parafiscales

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
TEMA 7 EL IVA EN EL PROCESO DE COMPRAVENTA
Advertisements

De las Concesiones Sobre Señales de Satélites Extranjeros en México
IV. RELACION TRIBUTARIA
Obligaciones Fiscales de la Pyme
EL MARCO JURIDICO DE LA HACIENDA PUBLICA EL SALVADOR
ACCESO A MERCADOS. ACCESO A MERCADOS Objetivos El objetivo de la ayuda financiera de la Comisión es facilitar y estimular la promoción y circulación de.
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO
Impuesto General a las Ventas
ASPECTOS A CONSIDERAR DEL IMPUESTO A LA RENTA
TESIS II: DERECHO TRIBUTARIO
PRACTICA DEL DERECHO DE LAS TELECOMUNICACIONES
Dirección General de Tributación
UD. 12 GESTIÓN FISCAL 1. EL SISTEMA TRIBUTARIO ESPAÑOL
Estados financieros básicos
LEGISLACIÓN MERCANTIL Y FISCAL
Asociación Mexicana de Órganos de Control y Vigilancia en Instituciones de Educación Superior, A.C. Boletín B-16. Estados financieros de entidades con.
1. MARCO TRIBUTARIO ESPAÑOL. JUSTIFICACIÓN DEL SISTEMA TRIBUTARIO
II UNIDAD: LEGISLACION TRIBUTARIA
DAVID ARBUROLA RIZO. Aspectos preliminares  Potestad Disciplinaria en General  Constitucionalidad de las potestades disciplinarias de la Administración.
LAS CLASES DE TRIBUTO AUTOR: ALI ALBERTO CHANG HONORES.
Mauricio Subero Mujica.  Es una noción que incorporó el RLCP  Deben realizarse en todas las modalidades de selección de contratistas.  Deben aplicarse.
DR. BARROS BORGOÑO 384, PISO 3º PROVIDENCIA – SANTIAGO – CHILE Teléfono: (56 2) ATM CHILE & CONSULTORES ATM CHILE PROYECTO DE LEY REFORMA TRIBUTARIA.
ASOCIACIÓN VENEZOLANA DE DERECHO TRIBUTARIO Caracas, 08 al 11 de noviembre de 2006 Contenido Tributario de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Contabilidad ¿Qué es una cuenta?
Manifestación del consentimiento para la celebración, modificación y terminación de contratos de servicios financieros La situación en Argentina Hugo N.L.
Ciencia y Tecnología para la Gente República Bolivariana de Venezuela LEY ORGANICA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LOS APORTES Y LA INVERSIÓN.
LOS INGRESOS PÚBLICOS.
ASISTENCIA TÉCNICO LEGAL A PRODUCTORES AGRÍCOLAS Febrero 2015.
IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS DEL FIDEICOMISO Dra. Mónica Benites M.
Autor: Willy Marx Díaz Rendón UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES POSTGRADO EN CIENCIAS CONTABLES ESPECIALIZACIÓN MENCIÓN.
Gilberto Atencio Valladares
INGRESOS Es todo hecho económico que sea susceptible de producir un incremento neto del patrimonio en el momento de su ocurrencia. El origen de los Ingresos.
CÓDIGO TRIBUTARIO Enero 2013 Título Preliminar y Libro Primero.
LICENCIAS Y FRANQUICIAS
MODELO DE NEGOCIO PARA LA EXPANSIÓN DE LOS SERVICIOS DE TELEFONÍA FIJA Y DE INTERNET EN LOS SECTORES URBANO Y RURALES DEL CANTÓN BABAHOYO UNIVERSIDAD DE.
D. L. Nro : Servicios Complementarios en Salud
IMPUESTO SOBRE LA RENTA Elementos de la depuración de la renta.
Alexander Mansutti Rodríguez Coordinador General de Investigación y Postgrado LOCTI REFORMADA.
EMPRESA PUBLICA.
REGIMEN COMPLEMENTARIO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
C – 13 NIF PARTES RELACIONADAS EXPOSITOR L.C. EDUARDO M. ENRÍQUEZ G. 1
DERECHO FISCAL II.
Luis Raúl Ramírez García LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2012 (DOF 15 de noviembre de 2011)
* Los impuestos: obligatorios, universales y proporcionales. * La eficiencia económica y los impuestos. * Los criterios: Simplicidad administrativa. Flexibilidad.
CONCEPTO DE EMPRESA “La empresa es una organización social que realiza un conjunto de actividades y utiliza una gran variedad de recursos (financieros,
MARCO CONCEPTUAL DE LA INFORMACION FINANCIERA
Servicios públicos de transmisión de datos Artículos 50,51,52 Airam Jardo Suárez Pedro Claver Viola Conteras.
Comisión Nacional de Telecomunicaciones de Honduras 1 Sector de Telecomunicaciones EL SECTOR DE TELECOMUNICACIONES EN HONDURAS Comisión.
1. Desglose de la cuenta Mercaderías
FUNDAMENTOS BASICOS DE IMPUESTOS
ESTADOS FINANCIEROS BASICOS
JORNADA INFORMATIVA FEDERACIONES Y CLUBS DEPORTIVOS CUESTIONES FISCALES, CONTABLES Y LEGALES 22 Mayo 2015.
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA EMPRENDEDORES
Impuesto Directo: recae directamente sobre la persona, como es el caso del impuesto de renta o el impuesto al patrimonio. Impuestos indirectos: impuesto.
Derecho Comercial R. Javier Gonzales Concepción. Derecho Comercial Sesión 30 Contrato de Underwriting.
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Contribuciones ELIOMAR MUJICA C.I.V
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Contribuciones ELIOMAR MUJICA C.I.V
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Contribuciones ELIOMAR MUJICA C.I.V
Sector Uniones de Crédito Puntos de interés 24 de febrero 2015 Junta de Asociados de CONUNIÓN Vicepresidencia de Supervisión de Banca de Desarrollo y Finanzas.
UNIDAD 7 “FISCALIDAD”.
IMPUESTOS Y TASAS CONCEPTO Los impuestos y tasas son aportes que las personas (físicas y jurídicas) efectúan a los gobiernos para el mantenimiento de sus.
PROGRAMA DE PROMOCIÓN EN LA FUNCIÓN POR INCENTIVOS EN LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR MARZO, 2016.
TEMA 7 LOS SUJETOS DEL TRIBUTO (I). ● Sujeto activo del tributo: el ente público dotado de competencia financiera para exigirlo, aunque no ostente poder.
RETENCIONES DE IMPUESTO Instrumento legal de recaudación cuyo propósito fundamental radica en asegurar para el fisco, la percepción periódica del tributo.
¿QUÉ SON LOS TRIBUTOS? Son pagos en dinero que los ciudadanos están obligados por ley hacer al estado o a otras administraciones publicas, con el objeto.
Gestión Ambiental y Cierre de Faenas Mineras Análisis del Impacto del costo financiero del IVA en las garantías de los Planes Cierre.
FAB Foro Argentino de Biotecnología Comisión de Presupuesto y Hacienda - Honorable Senado de la Nación 20 de Septiembre de 2005 Proyecto.
UNIVERSIDAD PERUANA DE CIENCIAS E INFORMATICA UNIVERSIDAD PERUANA DE CIENCIAS E INFORMATICA CONTABILIDAD,AUDITORIA Y FINANZAS “EL IMPUESTO GENERAL A LAS.
PROYECTO DE LEY DE APORTES PARA EL ESPACIO PÚBLICO Cámara Chilena de la Construcción Noviembre de 2015 OBSERVACIONES Y COMENTARIOS.
BIENVENIDOS INDUCCIÓN AL SERVICIO SOCIAL AGO-DIC TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICO INSTITUTO TECNOLÓGICO DEL VALLE DE ETLA.
Transcripción de la presentación:

Tema 2: Exacciones Parafiscales Ponencia: Tributación Parafiscal sobre los Servicios de Telecomunicaciones Xabier Escalante Elguezabal 10 noviembre 2006

Leyes que establecen contribuciones parafiscales sobre los servicios de telecomunicaciones Ley Orgánica de Telecomunicaciones Ley de Responsabilidad Social de la Radio y Televisión Ley de Cinematografía Nacional

Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL) Además del Impuesto sobre los Servicios de Telecomunicaciones y la Tasa por el uso del espectro radioeléctrico, la LOTEL establece: Contribución Especial de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) La contribución especial del Fondo de Servicio Universal La contribución especial para el Fondo de Investigación y Desarrollo de las Telecomunicaciones (FIDETEL- MCT)

Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL) Contribución Especial de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) Quienes presten servicios de telecomunicaciones con fines de lucro, deberán pagar a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones una contribución especial del medio por ciento (0,50%) de los ingresos brutos, derivados de la explotación de esa actividad, los cuales formarán parte de los ingresos propios de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones para su funcionamiento “impuesto con asignación de fines específicos”

Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL) Contribución Especial de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) Hecho Imponible “Servicios de Telecomunicaciones” Actividades prestacionales dirigidas a satisfacer necesidades de telecomunicaciones a través de la operación de una red de telecomunicaciones y de la realización de las actividades complementarias que sean normales y necesarias para tal fin (Reglamento tributos LOTEL)

Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL) Contribución Especial de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) Interconexión Establecimiento o Establecimiento Explotación de Redes Explotación de redes (propiamente dicho) Actividades de Interés General Todos los atributos Servicios de Telecomunicación concretos existentes y que la tecnología vaya creando

Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL) Contribución Especial de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) Caso particular de la Interconexión Consideramos que la interconexión si bien es un elemento importante en la prestación de los servicios de telecomunicaciones que permite una más completa capacidad de satisfacer las necesidades comunicaciones de los usuarios, no es un servicio de telecomunicaciones en sí mismo, sino un acuerdo celebrado entre operadoras para el uso de las redes que no necesariamente son propias, y por cuanto no existe una contribución especial sobre los ingresos provenientes del uso o explotación de redes, entonces no es correcto incluir los ingresos provenientes de la interconexión en la base imponible de los tributos a los servicios de telecomunicaciones.

Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL) Contribución especial del Fondo de Servicio Universal (CONATEL) Contribución especial para el Fondo de Investigación y Desarrollo de las Telecomunicaciones (FIDETEL- MCT) 1% sobre el ingreso bruto (no aplica a radiodifusión y televisión abierta.) Verdaderas contribuciones parafiscales Aporte a FIDETEL califica como aporte según Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación

Ley de Responsabilidad Social de la Radio y Televisión. Contribución Parafiscal del Fondo de Responsabilidad Social El hecho imponible “la difusión de imágenes o sonidos realizados dentro del territorio nacional”, siendo sin embargo que lo correcto es afirmar que se trata de la prestación de servicios de telecomunicaciones de radiodifusión y televisión abierta con fines comerciales, ya que por una parte la simple mención de difusión de imágenes o sonidos es una vaga descripción que puede abarcar sin duda actividades que no entran en el ámbito de aplicación del tributo, y por otra parte la propia ley excluye a las actividades de televisión abierta y radiodifusión sin fines de lucro, por lo que se limita entonces a los servicios de telecomunicaciones comerciales.

Ley de Responsabilidad Social de la Radio y Televisión. Contribución Parafiscal del Fondo de Responsabilidad Social 2% Ingresos brutos (producto de la actividad) Temporalidad: 1. Se emitan las facturas o documentos similares. 2. Se perciba por anticipado la contraprestación por la difusión de imágenes o sonidos. 3. Se suscriban los contratos correspondientes. En los casos de suscripción de contratos que prevean el cumplimiento de obligaciones a términos o a plazo, el hecho imponible se perfeccionará de acuerdo con las condiciones del contrato

Ley de Responsabilidad Social de la Radio y Televisión. Contribución Parafiscal del Fondo de Responsabilidad Social Rebaja del 0,5% cuando la difusión de Producciones Nacionales Independientes sea superior en un 50% de la exigida por esta ley. 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 HS HORARIO TODO USUARIO HSUPERVI HADULT HA P. NACIONAL PN IND. PN I P. NAC. Total PNI exigida: 4 (HTU) + 1,5 (HS) = 5,5 horas (50% = 2,25 horas) Horas trimestrales 495 horas (50% 247,5 horas)

Ley de Responsabilidad Social de la Radio y Televisión. Contribución Parafiscal del Fondo de Responsabilidad Social Recargo del 0,5% a los contribuyentes cuando la retransmisión de mensajes exceda el 20% del tiempo de difusión semanal. La ley establece prohibición de retransmitir más del 30% del tiempo de difusión semanal. Este “recargo” encierra en realidad una sanción por incumplimiento de un límite pre-establecido en la Ley.

Ley de Cinematografía Nacional (LCN) Contribuciones especiales para el Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE) Contribución Especial para las operadoras de servicios de telecomunicaciones de televisión de señal abierta. Ingresos brutos percibidos por la “venta de espacios para publicidad”, Por la fracción comprendida desde 25.000 hasta 40.000 UT 0.5% Por la fracción que exceda de 40.000 hasta 80.000 UT 1% Por la fracción que exceda de 80.000 UT 1.5% no aplica a las empresas que presten servicio de televisión de señal abierta, con fines exclusivamente informativos, musicales, educativos y deportivos.

Ley de Cinematografía Nacional (LCN) Contribuciones especiales para el Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE) Contribución Especial para las operadoras de servicios de telecomunicaciones de televisión por suscripción. Ingresos brutos de su facturación comercial Cero coma cincuenta por ciento (0.50%) el primer año de entrada en vigencia de la presente Ley, uno por ciento (1%) el segundo año y uno coma cinco por ciento (1,5%) a partir del tercer año

Ley de Cinematografía Nacional (LCN) Contribuciones especiales para el Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE) “Es de señalar que no quedan claros los beneficios que pueden recibir las empresas que prestan servicios de televisión por suscripción a cambio de la contribución especial estipulada (SIC) en el Artículo 45°. El Beneficio podría venir dado por mayor cantidad y mejor calidad de obras cinematográfica venezolanas, sin embargo, resulta difícil pretender que las empresas mencionadas tengan suficiente interés en la producción cinematográfica nacional como para incurrir en estos costos.” Informe Sobre el Impacto Económico y Presupuestario del Proyecto de Ley de reforma Parcial de la Ley de Cinematografía Nacional, emitido por la entonces Oficina de Asesoría Económica y Financiera de la Asamblea Nacional (OAEF)

Ponencia: Tributación Parafiscal sobre los Servicios de Telecomunicaciones Xabier Escalante Elguezabal Recomendación Nro 1: El hecho imponible de los tributos establecidos en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, es la prestación de servicios de telecomunicaciones, y por cuanto la interconexión tiene la naturaleza de una actividad de interés general de explotación o uso de redes de telecomunicaciones, distinta de un servicio de telecomunicación, los ingresos provenientes de esta actividad no se encuentran gravados por estos tributos.

Ponencia: Tributación Parafiscal sobre los Servicios de Telecomunicaciones Xabier Escalante Elguezabal Recomendación Nro 2: La contribución especial para el Fondo de Promoción y Financiamiento de la Cinematografía, creada por la Ley de Cinematografía Nacional para las operadoras de servicios de telecomunicaciones de difusión por suscripción, viola los principios constitucionales de la tributación al incluir a un sujeto pasivo fuera del ámbito de aplicación de la ley que crea el tributo, y a su vez imponer una contribución especial a un fondo, del cual no se generará beneficio alguno al contribuyente.