MODELO DE PROTOCOLO REGIONAL PARA LA INVESTIGACION DE LAS MUERTES VIOLENTAS DE MUJERES POR MOTIVO DE GENERO Seminario Hemisférico Derechos Humanos de.

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Transcripción de la presentación:

MODELO DE PROTOCOLO REGIONAL PARA LA INVESTIGACION DE LAS MUERTES VIOLENTAS DE MUJERES POR MOTIVO DE GENERO Seminario Hemisférico Derechos Humanos de las Mujeres: buenas prácticas en la justicia de género Buenos Aires, 25-27 septiembre 2013 Carmen Rosa Villa Quintana, Representante Regional Oficina Regional para América Central del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

Violencia contra las Mujeres en El Salvador Observaciones y Recomendaciones de los Órganos de Tratado, Procedimientos Especiales y Examen Periódico Universal Comité de Derechos Humanos. Observaciones Finales, octubre 2010 Comité de Derechos del Niño. Observaciones finales, enero 2010 Comité de Derecho del Niño en virtud del PF de la Convención relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. Observaciones Finales, enero 2010 Comité contra la tortura. Observaciones finales, noviembre 2009 Comité de Protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familias. Observaciones finales, noviembre 2008 Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. Observaciones Finales, octubre 2008 Relatora Especial sobre venta niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, Agosto 2010 Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias. Visita de marzo 2010 Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias, visita de febrero 2004 EPU. Febrero 2010

El Salvador 2011

El Salvador sin número de recomendaciones relativas a “…Investigar de los hechos de violencia contra la mujer, especialmente esclarecer los casos de asesinatos de mujeres …” (CCPR/C/SLV CO/6) “…. Intensifique sus medidas para combatir el alto grado de violencia existente …que afecta a la vida diaria de los niños y niñas.” (CRC/C7SLV/CO/3-4) “…asegurar,,, medidas de protección urgente y eficaces destinadas a prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y las niñas, en particular el abuso sexual, la violencia doméstica y las muertes violentas de mujeres…” (CAT/C/SLV/CO 2) “…Insta al Estado parte a que asigne atención prioritaria a la adopción de un enfoque global para hacer frente a la violencia contra las mujeres y las niñas…” (CEDAW/C/SLV/7) “Estableciendo una dependencia especializada de investigación y enjuiciamiento de los feminicidios para combatir el cuadro persistente de impunidad de los asesinatos violentos de mujeres por motivos de género y realizar investigaciones penales efectivas”. RE sobre venta de niños

2011 - 2012 Amplio proceso de validación con los fiscales Redactado en conjunto con la Fiscalía General de la República y ratificado por el Fiscal General Incluido en las capacitaciones impartidas por la Escuela de Capacitación Fiscal Objeto de iniciativas de monitoreo de su aplicación Trabajo con la Comisión Técnica Especializada, con el fin garantizar la aplicación de la Ley Especial Integral para una vida libre de Violencia para las Mujeres y de las políticas públicas para el acceso de las mujeres a una Vida Libre de Violencia.

América Latina: esfuerzos destacables Leyes integrales para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres Conceptualización jurídica del fenómeno social a partir de la tipificación penal de los feminicidios/femicidios (aunque poca homogeneización de los conceptos) Iniciativas para combatir la impunidad: capacitación de las operadores judiciales (fiscales, jueces y juezas, defensore(a)s y policías), creación de unidades especializadas (en policía, ministerios públicos y organismos judiciales), programas de empoderamiento de las mujeres, programas de prevención y reacción rápida la adopción de leyes integrales para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres que contienen normas destinadas a la prevención, atención y sanción de los diferentes tipos de violencia (sólo Guatemala cuenta con una ley especial que aborda el femicidio como delito y establece lineas de políticas públicas al respeto); la tipificación del feminicidio/femicidio como delito (en diferentes formas: como tipo penal especial, como agravantes del homicidio, como una forma de parricidio) iniciativas diversas para combatir la impunidad

Costa Rica Guatemala El Salvador Nicaragua México (Federal) Honduras # País Año Ley Tipo Penal Sanción 1 Costa Rica 2007 Ley Nº 8589 Penalización de la violencia contra las mujeres Femicidio. Prisión 20 -35 años 2 Guatemala 2008 Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia Contra la Mujer Prisión 25 - 50 años. 3 El Salvador 2010 Ley Especial Integral para una vida libre de violencia para las mujeres Feminicidio. Prisión 20 - 35 años 4 Nicaragua 2012 Ley No. 779 Ley integral contra la violencia hacia las mujeres y de reformas a la ley no. 641, “Código penal” Femicidio Prisión 15 - 20 años (privado) 5 México (Federal) Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. 30 de abril de 2012. Feminicidio Prisión 40 - 60 años. Multa 500 - 1.000 días 6 Honduras 2013 Decreto no. 23-2013, del 6 de abril del 2013, que modifica el Código Penal Reclusión 30 – 40 años Tipificación en América Central

Homicidio Agravado Feminicidio Homicidio Agravado. Feminicidio. # País Año Ley Tipo Penal Sanción 1 Colombia 2008 Ley 1257 de 2008 "Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los códigos penal, de procedimiento penal, la ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones" Homicidio Agravado Prisión 33,3 años- 50 años 2 Chile 2010 Ley 20480 Modifica el código penal y la ley nº 20.066 sobre violencia intrafamiliar, estableciendo el "femicidio", aumentando las penas aplicables a este delito y reforma las normas sobre parricidio Feminicidio Presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado. 3 Perú 2011 Ley 29819. Ley que modifica el artículo 107 del Código Penal, incorporando el feminicidio Prisión no menos de 15 años 4 Argentina 2012 Ley 26.791, que modifica en Código Penal Federal Homicidio Agravado. Prisión o reclusión perpetua 5 Bolivia 2013 Ley nº 348, de 9 de marzo de 2013 Feminicidio. Presidio 30 años, sin indulto.

Delito del funcionario público País Delito del funcionario público Costa Rica Prisión 3 meses - 3 años, inhabilitación de la función pública 1 - 4 años artículo 41.- Obstaculización del acceso a la justicia El Salvador Prisión de 2 - 4 años e inhabilitación de función pública. Art. 47. Obstaculización al Acceso a la Justicia México (Federal) Prisión de 3 - 8 años y 500 - 1.500 días de multa, destitución, e inhabilitación de 3 -10 años para empleo público. Artículo 325. Al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia

MUERTE VIOLENTA DE MUJERES EN AMERICA LATINA – ALGUNAS CIFRAS Los sistemas estadísticos oficiales en muchos países de la región siguen presentando desafíos importantes para brindar cifras actualizadas, confiables y detalladas sobre muertes violentas de mujeres por razones de género Las cifras no son comparables puesto que describen fenómenos distintos y provienen de instituciones cuyos mandatos difieren

MUERTES VIOLENTAS DE MUJERES EN AMERICA LATINA – ALGUNAS CIFRAS OFICIALES Argentina: enero-junio 2012: 119 muertes violentas de mujeres (CSJ) Chile: 34 casos registrados en el 2012 (Fiscalía) Ecuador: 2012: 234 casos de muertes violentas de mujeres (Fiscalía) El Salvador: enero – abril 2013: 64 feminicidios (PNC) Guatemala: desde 2008 a agosto 2013: 1206 denuncias por delito de femicidio (MP)

MUERTES VIOLENTAS DE MUJERES EN AMERICA LATINA – ALGUNAS CIFRAS OFICIALES Honduras: 2012: 606 femicidios (Policía) Panamá: enero-julio 2013, 39 muertes violentas de mujeres (Defensoría del Pueblo) Perú: 2011: de las 253 víctimas de homicidio de mujeres, 116 lo ha sido de un feminicidio (MP) República Dominicana: 2012: 103 casos que podría ser catalogados como femicidios (PGR)

OACNUDH y ONU Mujeres el marco de la Campaña Únete para poner fin a la violencia contra las mujeres

Feminicidio/feminicidio como fenómeno delictivo Muerte violenta de mujeres por razones de género familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, en la comunidad, cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes por acción u omisión

Obligaciones internacionales de los Estados: una obligación de garantía Prevención Violencia y discriminación contra las mujeres, niñas y adolescentes Investigación Seria, diligente y efectiva con perspectiva de género. Sanción y reparación Reparación justa y proporcional a sobrevivientes y familiares CIDH – Velíz Franco (Guatemala) Corte IDH – Campo Algodonero (México)

Principales problemas detectados en la investigación y judicialización Omisiones, deficiencias o errores en todas las fases de la investigación, causas principales de impunidad. En las primeras actuaciones y en la escena del crimen: Retraso de la llegada de los investigadores Perdida de indicios, Contaminación de la escena Mal manejo de la cadena de custodia

Cultura de discriminación contra la mujer. Problemas destacados en la judicialización de las muertes violentas de mujeres por motivo de género Cultura de discriminación contra la mujer. No investigación de líneas lógicas Insuficiencia de la investigación del contexto de la muerte Dependencia importante de los testimonios Negligencia e irregularidades en la recolección y realización de pruebas Pérdida de información y extravío de piezas procesales

Peritos/as e investigadores/as Alcance Fiscalías Policía Judicial Expertos/as forenses Peritos/as e investigadores/as Jueces/as

Alcance Aplicable a la investigación de las muertes violentas de mujeres motivadas por razones de género. Aplicable aunque la legislación nacional haya tipificado o no, de manera expresa, el delito de femicidio/feminicidio o haya incorporado una causal de agravación punitiva o de calificación del tipo penal de homicidio. Aplicable a la investigación de crímenes de odio y de personas con identidad de género femenina.

¿Qué pretende? Promover la incorporación de la perspectiva de género en la actuación de las instituciones a cargo de la investigación, sanción y reparación de los femicidios/feminicidios (policía, ministerio público y organismos judiciales).

¿Qué pretende? Brindar herramientas prácticas para garantizar los derechos de las víctimas, los sobrevivientes y sus familiares y su participación durante todas las etapas del proceso. Estas herramientas toman en cuenta a los testigos, peritos, organizaciones, querellantes y demás personas intervinientes en estos procesos.

¿Por qué es útil? Proporcionar orientaciones generales y líneas de actuación para mejorar la práctica de los operadores de justicia, expertos forenses y personal especializado durante la investigación, y el enjuiciamiento de las muertes violentas de mujeres por razones de género (discriminación u odio) a fin de que se aplique la sanción a los responsables y se repare a las víctimas.

Estructura del Protocolo

Objetivos y Alcances del Protocolo Definiciones Femicidio- Feminicidio Estándar internacional de la debida diligencia Investigación penal. Análisis de género e interseccionalidad

Diseño de la investigación Actuación médico-forense y análisis criminal Elementos para la construcción del caso

Derechos de las víctimas indirectas, familiares y testigos Recomendaciones para la apropiación del Modelo Anexos: tipificación de las muertes violentas de mujeres, y entrevistas a víctimas, victimario y testigos

PROCESOS DE VALIDACIÓN Validación técnica: Reunión de expertos y expertas de América Latina (Panamá, 9-10 septiembre 2013) Validaciones regionales con altas autoridades judiciales: América Central y República Dominicana (con la participación de algunas entidades de América del Sur) (Panamá 12-13 septiembre 2013) América del Sur: previsto para el 11-12 de noviembre de 2013 Validaciones nacionales República Dominicana (17 de septiembre de 2013) Panamá (noviembre de 2013) Honduras (octubre 2013) Nicaragua (diciembre 2013)