Inserción Laboral de las Personas con Discapacidad

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
5ª SESIÓN QUE SON LAS POLITICAS DE IGUALDAD Y SUS ESTRATEGIAS
Advertisements

ARGUMENTOS OPORTUNOS EN CASO DE UNA INSPECCIÓN DEL INPSASEL
CONAPRED Teoría del Derecho.
LOS RETOS DEL EMPLEO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL SIGLO XXI
Viso & Asociados, Asesores Jurídicos X TALLER DE GERENCIA DE CONDOMINIOS La Ley para las Personas con Discapacidad y su incidencia en la administración.
1 CAPÍTULO VII – DE LA ATENCIÓN A LOS ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECÍFICAS. DEROGADO EL CAPÍTULO V DEL TÍTULO PRIMERO DE LA L.O.G.S.E.: DE LA.
COMENTARIOS OBJETIVO 5 ACCESIBILIDAD 12 de Diciembre 2006.
Diane Richler Presidenta Inclusion International
Procesos Administrativos Sancionatorios
Mayo, 2007 Centro de Formación Socialista para Personas con Discapacidad Viceministerio del Poder Popular para la Seguridad Social Dirección General de.
Políticas Públicas en Materia de Discapacidad:
Artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas para:
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
El Derecho a la Educación
DESARROLLO DE ACTUACIONES Y MEDIDAS INSPECTIVAS
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Dr. Jaime Alemañ Cano.
Las personas con discapacidad en América Latina y el Caribe
CAPITULO X PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES
Instituto Colombiano del Deporte “COLDEPORTES“ Ministerio de Cultura
Derechos de las Personas con Discapacidad
Decreto 1965 que la reglamenta
DESARROLLO DE ACTUACIONES Y MEDIDAS INSPECTIVAS
COMITÉ BIPARTITO DE CAPACITACIÓN
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS LABORALES
Agenda de encuentro  Contextualización y memoria del encuentro anterior  Centro de interés del taller  Desarrollo del taller  Conversatorio  Conclusiones.
Ley para las Personas con Discapacidad
Universidad de El Salvador Ley Reguladora del Ejercicio Contable
POLÍTICAS DE INTERVENCIÓN CON LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA FUNDACIÓN LAS GOLONDRINAS.
Ciencia y Tecnología para la Gente República Bolivariana de Venezuela LEY ORGANICA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LOS APORTES Y LA INVERSIÓN.
DERECHOS DE LOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD
DECRETO NACIONAL 1286 Abril 27 de 2005
Participante: Emwid E. Castillo D. C. I.: Profesor: Cecilia Trejo VICERRECTORADO DE ESTUDIOS A DISTANCIA COHORTE HID CR: 081 LIC. EN.
Integración e Inclusión de las Personas con Discapacidad…un desafío de Todos. Paraguay, septiembre 2010.
Ministerio Secretaria General de Gobierno.
Consideraciones Generales
Carlos Ludert Despacho de Abogados forma parte de Baker & McKenzie International, sociedad suiza (Verein) de la que forman parte.
LEY GENERAL DE EDUCACION
Presentación de Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad Julio 2008.
ADOPCIÓN DE DECISIONES DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
JORNADA IGUALDAD DE GÉNERO EN LAS COOPERATIVAS FOROKOOP. Bilbao, 20 de Noviembre 2008.
Mecanismos de Protección de los Derechos Humanos en Colombia
MARGARITA CARRILLO ENFERMERA ESPECIALISTA
Ponente: Abg. Gerardo Torrealba
TRATADOS INTERNACIONALES FIRMADOS POR MEXICO
DERECHOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD:  MOTORA  COGNITIVA  SENSORIAL  LICENCIADA. ELIANA TORO  I.E.E.NORMAL SUPERIOR. M. M 2011.
Integrantes: Cárdenas Lismary Rodríguez Dorka Gimenez Eusebio
SEREMI de Salud – Región del Bíobío
REGISTRO DE INFORMACIÓN DEL PERSONAL CON DISCAPACIDAD
LEY 1146 DE 2007 Por medio de la cual se expiden normas para la prevención de la violencia sexual y atención integral de los niños, niñas y adolescentes.
El Defensor de las personas con Discapacidad Hacia un nuevo sistema de protección, y nuevos mecanismos de exigibilidad.
COMITES COMUNITARIOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
POLITICAS DE GOBIERNO EN PREVISION SOCIAL
FUNCIONES DEL PROFESOR DE EDUCACIÓN FÍSICA
LEY ORGÁNICA DE PRECIOS JUSTOS
Marco Normativo y Principios generales
PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS La orientación y formación en derechos humanos fortalece la identidad y la autonomía personal.
PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y SUGERENCIAS
“Sesión 1: Protección jurídica en materia de discapacidad: Momento actual y proyección futura” “Sesión 1: Protección jurídica en materia de discapacidad:
Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE).
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA GOBIERNO DEL ESTADO TÁCHIRA INSTITUTO AUTONOMO DE LA POLICIA DEL ESTADO TACHIRA DIRECCION DE VIALIDAD Y TRANSPORTE TERRESTRE.
LEY 1755 DE 2015 CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA
1. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS DEL ESTADO DE NAYARIT. 2 Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit.
Eduardo Esparza Paula 16 de febrero de 2016 PROGRAMAS DE CLEMENCIA Y COMPROMISOS DE CESE.
LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
MARCO LEGAL Y NORMATIVO EN DISCAPACIDAD Dirección Ejecutiva en Prevención de riesgos y promoción de la Salud -INR.
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
De la Teoría a la práctica: UNA, visión de los Derechos Humanos y las personas con discapacidad. Prof. Cedeño, Yolanda. Republica Bolivariana de Venezuela.
Actos y Procedimientos Administrativos
CAPACITACIÓN PARA TRABAJO EN ALTURAS RESPONSABILIDAD LEGAL
Transcripción de la presentación:

Inserción Laboral de las Personas con Discapacidad SEMINARIO Inserción Laboral de las Personas con Discapacidad Preparado por: Dra. Lorena Piñero Correo Electrónico: Contacto@unasonrisadedios.com Web: Unasonrisadedios.com

Personas con Discapacidad Son personas que por causas congénitas o adquiridas presenten alguna disfunción o ausencia de sus capacidades de orden físico, mental, intelectual, sensorial o combinaciones de ellas; de carácter temporal, permanente o intermitente, que al interactuar con diversas barreras le impliquen desventajas que dificultan o impidan su participación, inclusión e integración a la vida familiar y social, así como el ejercicio pleno de sus derechos humanos en igualdad de condiciones con los demás. Personas con discapacidad: las sordas, las ciegas, sordociegas, las que tienen disfunciones visuales, auditivas, intelectuales, motoras de cualquier tipo, alteraciones de la integración y la capacidad cognoscitiva, las de baja talla, las autistas y con cualesquiera combinaciones de algunas de las disfunciones o ausencias mencionadas, y quienes padezcan alguna enfermedad o trastorno discapacitante.

Equiparación de Oportunidades Servicios Sociales Servicios de Salud Trabajo El Estado y la Sociedad crean servicios, mecanismos y facilidades para compensar la limitación sensorial, motriz o intelectual Educación Cultura Y permitir su acceso a: Deporte Recreación

Ley para las Personas con Discapacidad Gaceta Oficial De la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.598 del 5 de enero del año 2007

Ley para las Personas con Discapacidad Se formularán políticas sobre formación para el trabajo, empleo, inserción laboral, readaptación profesional y orientación ocupacional así como oportunidades de empleo. Establecerán programas permanentes, cursos y talleres para la participación de personas con discapacidad. Incorporarán a sus planteles de trabajo no menos de un 5% de personas con discapacidad, permanentes en sus nóminas, entre otras. Ley para las Personas con Discapacidad Art. 26 Art. 27 Art. 30 Art. 28 Art. 29

Derecho Administrativo y Personas con Discapacidad El recurso de reconsideración procederá contra el acto administrativo de carácter particular y deberá ser intentada puesto los 15 días siguientes de notificación del acto que se impugna por ante el funcionario público que lo dictó. Este acto no pone fin a las vías administrativas. Se interpone este recurso dentro de los 15 días siguientes al preámbulo del mismo, contra la decisión no puede imponerse dicho recurso ARTÍCULO 94 LOPA Medida cautelar Son resoluciones motivadas por el órgano jurisdiccional que pueden adoptarse contra el presunto responsable. Son todas aquellas disposiciones de la decisión de que se hubiese sentenciado

Antecedentes Convenio entre el MECD y la Fundación para el Desarrollo de Educación Especial sobre escolaridad e inserción social laboral de las personas con necesidades especiales 1 Convenio de Cooperación mutuo entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes y el Ministerio de Trabajo. 2 3 Normas del Ministerio de Educación para la integración escolar de la población con necesidades especiales. 4 Ordenanza propuesta metropolitana de personas con discapacidad.

Antecedentes Nacionales: Leyes y Ordenanzas Ley para las Personas con Discapacidad (Nacional) Ley de Asistencia e integración de Personas con Discapacidad (Mérida 2003 Ley de Atención e integración de Personas con Discapacidad del Estado Vargas 2003 Ley de Atención de Personas con Discapacidad del Estado Lara 2006 Ordenanzas sobre normas de protección de Personas con Discapacidad del Municipio Libertador Mérida Ordenanzas sobre normas de Integración de Ciudadanos con impedimento físico del Municipio Chacao. Ordenanzas sobre normas de Accesibilidad Arquitectónica de personas con Discapacidad del Municipio Sucre 2003.

Normativa Internacional para Personas con Discapacidad Declaración de los Derechos de los Impedidos Declaración de los Derechos del Retardo Mental Principio de Protección de Enfermos Mentales y Mejoramiento de Salud Mental. Recomendación sobre adaptación y readaptación de profesionales inválidos Convenio sobre readaptación profesionales de empleo de Personas Inválidas.

Normativa Internacional para Personas con Discapacidad Programa de Acción Mundial para inválidos. Normas uniformes sobre igualdad de oportunidades para personas con discapacidad. Inclusión positiva y plena de Personas con Discapacidad. Declaración de Caracas sobre restauración para la atención psiquiátrica. Recomendación sobre readaptación profesional y empleo Convenio Internacional para eliminar la discriminación a personas con discapacidad.

A Principios B C D Inclusión e igualdad de oportunidades Sembrando el Petróleo C Aportes necesarios D Trabajo mancomunado

Clasificación y Certificación de la Discapacidad Ley para las Personas con Discapacidad Artículo 7 La clasificación de la discapacidad es competencia de técnicos (as) especializados en materia de discapacidad adscritos al Sistema Público Nacional de Salud, con el propósito de determinar la condición, clase, tipo, grado y características de la discapacidad La certificación corresponderá al Consejo Nacional para Personas con Discapacidad, el cual validará las evaluaciones expedidas por especialistas. La certificación de la discapacidad laboral es competencia del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral.

La Interdicción Definición Es la privación de la capacidad de negociar en razón de un estado habitual o defecto intelectual grave o por condena penal, a consecuencia de ello. El entredicho queda sometido en forma continua a una capacidad de negociar plena, uniforme. Definición

Derecho Civil CLASES DE INTERDICCIÓN JUDICIAL: Es la interdicción resultante por un defecto intelectual habitual grave, su nombre deriva necesario la intervención habitual. LEGAL: Es la interdicción resultante de una cadena de presidio, su nombre deriva de una condena impuesta sin necesidad de ningún otro registro.

C.C. Interdicción defecto intelectual 393 397 739 El mayor de edad emancipado que se encuentre en estado intelectual que haga incapaces de promover sus propios intereses serán sometidos a interdicción aunque tengan intervalos lúcidos Por defecto intelectual el entredicho queda bajo tutela y las disposiciones relativas a tutela de menores son comunes a las del entredicho cuando sean adaptables a la naturaleza de ésta Revocación puede revocar

Clasificación y Certificación de la Discapacidad ¿Quién califica y certifica la persona con discapacidad? La condición de persona con discapacidad: Es certificada por el Consejo Nacional para Personas con Discapacidad (CONAPDIS). ¿YA ESTA EN FUNCIONAMIENTO? Si, y se encuentra ubicado en la Av. Venezuela cruce con Calle Oropeza Castillo. Rsd. San Antonio de Sabana Grande. Qta. CONAPI. Plaza Venezuela. Caracas-Venezuela. Teléfonos 0212-794.20.66/24.32/28.66. E-mail: conapdis@cantv.net, prensaconapdis@gmail.net, registrolaboral@gmail.com, Website: www.conapdis.gob.ve La discapacidad laboral: Es calificada y certificada por el INPSASEL

Obligaciones De Las Empresas Transporte Están obligadas a garantizar en cada una de sus unidades, al menos un puesto, adaptado para personas con discapacidad con seguridad de sujeción inmovilizadota y debidamente señalizado para tal fin. La Ley es expresa con respecto al uso de estos asientos, permitiéndose siempre y cuando no exista nadie en la unidad con una discapacidad. Igualmente todas las unidades (transporte colectivo), sean importadas o ensambladas en Venezuela deben contar con los sistemas de asistencia para personas con discapacidad antes de entrar en circulación. El Estado por su parte, garantizará el pasaje gratuito urbano, sea superficial o subterráneo a las personas con discapacidad, e igualmente un descuento de hasta el 50% en pasajes extraurbanos, sean aéreos, fluviales, marítimos o terrestre, promoviendo también la aplicación de estos descuentos en rutas internacionales. Estas obligaciones ya se encontraban establecidas en los artículo 58 y 59 de la Ley de Servicios Sociales (Gaceta Oficial Número 38.270 de fecha 12 de septiembre de 2006)

SISTEMA NACIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Consejo Directivo: Se crea para la integración y coordinación de las políticas, planes, programas, proyectos y acciones para la atención integral de las personas con discapacidad en todo el territorio de la República. El órgano rector es el ministerio con competencia en desarrollo social. Integrado por un Presidente, un Vice-presidente y un director por cada tipo de discapacidad (visual, auditiva, físico-motora, intelectual y múltiple). Unidades Municipales para Personas con Discapacidad: Finalidades del Consejo (art. 55 LPD). Numeral 11. Llevar un registro permanente de personas con discapacidad, de organizaciones sociales constituidas por personas con o sin discapacidad y sus familiares y de instituciones, empresas, asociaciones, sociedades, fundaciones, cooperativas u otro tipo de organizaciones sociales o económicas con o sin fines de lucro, que comercialicen productos, presten servicio, atención, asistencia o de alguna manera brinden cuidados, educación, beneficios, o faciliten la obtención de ellos a personas con discapacidad. Están integradas por: Un Director quien las preside, designado por el presidente del CONAPDIS, un representante de la alcaldía del municipio donde actué, y un vocero de los comité comunitarios para personas con discapacidad

SISTEMA NACIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Principales funciones: Registro Nacional de Personas con Discapacidad: Obligaciones a las personas jurídicas de derecho privado: - Certifica la condición de persona con discapacidad, de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en el artículo 6 la Ley. - Realiza y mantiene actualizado un registro municipal de las personas con discapacidad y de los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, y todas las personas naturales y jurídicas de derecho privado dedicadas a su atención integral. Las personas jurídicas creadas para organizar y desarrollar actividades deportivas, culturales y recreativas, o brindar asistencia, atención, servicio, educación, formación y capacitación a personas con discapacidad: Deben registrarse ante el Consejo Nacional para Personas con Discapacidad (CONAPDIS).

Sanciones a las Empresas Tipos de multas por incumplimiento de ley Proveedores de Productos o Servicios para la Discapacidad Serán sancionados de 100 a 2000 UT estas empresas en los casos de ocultamiento, especulación o cobro excesivo de estos productos o servicios. Serán sancionados de 25 a 200 UT a las instituciones educativas o a sus directores, siempre que nieguen la acceso o inscripción al centro educativo. Instituciones Educativas Serán sancionados de 10 a 30 UT los directores, administradores, propietarios o responsables de establecimientos, siempre que no permitan el acceso a sus instalaciones o propiedades (publicas o privadas donde se permita el acceso a personas) a personas Discapacitadas con sus Animales de Asistencia. Por impedir acceso con Animales de Asistencia

Sanciones a las Empresas Tipos de multas por incumplimiento de ley Por incumplimiento de Cuota de Empleo Serán sancionados de 100 a 2000 UT estas empresas, cuando incumplan con la cuota de empleo ya tratada Por incumplimiento de Registro (Notificaciones) Serán sancionados de 30 a 60 UT estas empresas, cuando incumplan en la participación establecida en el artículo 72 de la Ley. Punto ya tratado. Serán sancionados de 1000 a 5000 UT, estas empresas o sus administradores, siempre que incumplan las normas COVENIN o Reglamentaciones Técnicas, en los casos de las construcciones, proyectos u obras a su cargo. Empresas de Construcción o Similares

Sanciones a las Empresas Tipos de multas por incumplimiento de ley Serán sancionados de 100 a 500 UT, estas empresas, siempre que no establezcan o no den prioridad a la solicitud de servicios de telecomunicaciones, además de establecer el servicio. Empresas de Telecomunicaciones En especial las empresas de Transporte, serán sancionadas de 8 a 50 UT, por permitir el cobro de un pago exonerado por esta Ley. Por Cobros no Permitidos: Serán sancionados las personas que incumplan este trato o protección, con asistencias obligatorias de entre 2 a 10 sesiones de concientización dictadas por el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad; y con multa de 10 a 20 UT en el caso de inasistencia, con la obligación de asistir a las sesiones. Por incumplimiento al Trato Social y Protección Familiar

Sanciones a las Empresas Tipos de multas por incumplimiento de ley Todas las fracciones, serán duplicadas en cada caso de reincidencia. Igualmente, estas sanciones no menoscaban otras acciones particulares o de oficio que otorgue nuestro ordenamiento jurídico, que pudiesen ir, desde otras multas emanadas del Instituto Nacional de Educación y Protección al Consumidor INDECU, demandas por Daños Morales, Amparos Constitucionales por Discriminación, hasta Acciones Penales por parte del Ministerio Público

Sanciones a las Empresas Procedimiento Sansonatorio Levantada el Acta de Apertura, se notificará al presunto infractor dentro de los 10 días hábiles siguientes, para que éste a otros 10 días hábiles siguientes a su notificación, acuda debidamente asistido o representado por abogado (s) para consignar los alegatos y pruebas pertinentes a su defensa. Posterior a ello, El Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad, a través de la Consultoría Jurídica podrá a los fines de la debida sustanciación: 1. Requerir de las personas relacionadas con el procedimiento los documentos o informaciones pertinentes para el esclarecimiento de los hechos. 2. Emplazar, mediante la prensa nacional o regional, a cualquier persona interesada que pudiese suministrar información relacionada con la presunta infracción. 3. Realizar u ordenar las inspecciones que considere pertinentes a los fines de la investigación. 4. Evacuar las pruebas necesarias para el esclarecimiento de los hechos. - Todo Procedimiento lo llevará el Consejo Nacional para Personas con Discapacidad de oficio por denuncia verbal o escrita, respetando el debido proceso contemplado en el artículo 49 de nuestra constitución. - En el caso de denuncia, ésta deberá contener, los datos del denunciantes, del presunto infractor, narración de los hechos, anexos que hubiere a lugar y la firma y huellas dactilares del denunciante - En el caso de aperturar un procedimiento de oficio (por Acta de Apertura), ésta deberá ser levantada por el Consejo Directivo o por los funcionarios que este delegue, motivando de manera clara los hechos imputados y las responsabilidades que pudieran desprenderse de la constatación de los mismos hechos.

Sanciones a las Empresas Procedimiento Sansonatorio La sustanciación del expediente, debe concluirse a los 45 días hábiles de haberse realizado el Acta de Apertura, y el Consejo debe decidir a los 10 días hábiles siguientes. En la decisión se determinará la existencia o no de las infracciones y en caso afirmativo, se establecerán las sanciones correspondientes, así como los correctivos a que hubiere lugar.

Otra Batalla por la Felicidad Misión Dr. José Gregorio Hernández Las personas son visitadas en sus casas por: 1 Master en Asesoramiento Genético. 1 Defectólogo. 1 Médico de Barrio Adentro. 1 Luchador social del frente Francisco de Miranda. Se inició el 24 de julio del 2007 en el Municipio Acevedo del estado Miranda

Otra Batalla por la Felicidad Misión Dr. José Gregorio Hernández Estudiar a las personas con discapacidad. Determinar las causas que originan las discapacidades. Objetivos Identificar las principales necesidades. Propiciar estrategias y dar respuestas.

Otra Batalla por la Felicidad Misión Dr. José Gregorio Hernández Existen (6.63%) de personas con discapacidad intelectual sin amparo filial, de ellos 601 menores de 20 años huérfanos de padre y madre. Principales resultados del estudio

Otra Batalla por la Felicidad Misión Dr. José Gregorio Hernández El (4.64%) del total de personas con discapacidad necesita ayuda económica. Principales resultados del estudio

Otra Batalla por la Felicidad Misión Dr. José Gregorio Hernández El (6,71%) del las personas con discapacidad viven en viviendas con condiciones estructurales entre malas y críticas. Principales resultados del estudio

Otra Batalla por la Felicidad Misión Dr. José Gregorio Hernández Principales resultados del estudio 1 8.302 personas con discapacidad carecen de cédula de identidad. 2 Se brindaron 53.347 consultas médicas a los familiares de los discapacitados. 3 Se han visitado por nuestros especialistas 7.559 discapacitados. 4 Se realizaron pruebas auditivas a 1.642 discapacitados, de los cuales 1.403 se le indicaron prótesis auditivas

Otra Batalla por la Felicidad Misión Dr. José Gregorio Hernández Principales resultados del estudio Clasificación según sexo por Estados: Estado Femenino Masculino Total Miranda 10.186 11.731 21.917 Delta Amacuro 519 645 1.164 Barinas 2811 3.571 6.382 Zulia 15.515 17.678 33.193 29.031 33.625 62.656 % 46,33 53,67 100

Otra Batalla por la Felicidad Misión Dr. José Gregorio Hernández Principales resultados del estudio Personas con Discapacidad según su clasificación: Estado Intelectual Físico Motora Visual Auditivo Mental Visceral Múltiple Miranda 7.176 7.789 1.479 1.882 1.602 346 1643 Delta Amacuro 389 359 158 128 51 4 75 Barinas 2.322 2.076 525 677 283 33 466 Zulia 11.458 11.929 2.784 2.796 1.525 435 2.266 Total 21.345 22.153 4.946 5.483 3.461 818 4.450 % 34,07 35,36 7,36 8,75 5,52 1,31 7,10

Recomendaciones Si no encuentran personas con discapacidad, recomendamos poner a la orden las vacantes al Servicio Nacional de Empleo (Servicio público adscrito a la Dirección General de Empleo del MINTRA, que funciona a través de una red de agencias de empleo). 1 2 Si su empresa ya cuenta con discapacitados dentro de la nomina, se recomienda solicitar la calificación y certificación por parte de INPSASEL. 3 Si en su empresa, el porcentaje mencionado no arroja un numero entero, recomendamos redondear hacia arriba. Realizar el análisis del cargo total de la nomina, para determinar los cargos que serán destinados a la incorporación de personas con discapacidad, los cuales no deberán ser inferior al 5%. 4

Personas con Discapacidad Inserción Laboral de Personas con Discapacidad

A las Personas como Yo Cuando me he sentido feliz, útil Distinta, le pido al Señor Fortaleza y que me siga llenando De voluntad me doy cuenta Que lo que más hace falta Es voluntad, amor en el corazón Porque cuando un ser humano Nace por voluntad de Nuestro Altísimo Hay que aceptarlo asumirlo Con amor, sin olvidar que es Una obra de dos. Y si lo miran, caminan o es diferente por alguna razón Nadie es más sabio que Dios, Con esa diferencia Insignificante a lo mejor es punto de Reflexión para enseñarle al mundo La lucha por ser grandes, Útiles, felices Que nos respeten, somos obra de Dios Lorena Piñero

Gracias por su Atención Preparado por: Dra. Lorena Piñero Correo Electrónico: Contacto@unasonrisadedios.com Web: Unasorisadedios.com