¿QUE ES UNA INSPECCIÓN DEL TRABAJO?

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Transcripción de la presentación:

¿QUE ES UNA INSPECCIÓN DEL TRABAJO? 06 de Agosto de 2014

Orden del día Bienvenida Objetivo Capacitación Primera Parte. Tema 1. Que es una inspección del Trabajo? Tema 2. Como atender una inspección del trabajo Espacio para preguntas

3.- Objetivo

Objetivo Brindar a los participantes la información necesaria de lo que es una inspección del trabajo, explicando su funcionamiento y la manera efectiva del cumplimiento en materia laboral.

4.- Capacitación

Inspección del Trabajo ¿Qué es una inspección del trabajo?

¿ Que es la Inspección del Trabajo ?

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO La inspección del trabajo es la institución pública que vigila el cumplimiento de las normas de trabajo, relativas a condiciones generales de trabajo, capacitación y adiestramiento, seguridad y salud laboral, en favor de los trabajadores en los centros de trabajo.   Su principal función es concientizar a patrones y trabajadores, sobre la necesidad de cumplir con la normatividad laboral vigente, en los centros trabajo; A través de medidas preventivas, y donde resulte necesario coercitivas.

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO Funciones de la Inspección del Trabajo:   Conforme lo dispuesto en el artículo 540 de la Ley Federal del Trabajo, son: I. Vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo; II. Facilitar información técnica y asesorar a los trabajadores y a los patrones sobre la manera más efectiva de cumplir las normas de trabajo; III. Poner en conocimiento de la autoridad las deficiencias y las violaciones a las normas de trabajo que observe en las empresas y establecimientos; IV. Realizar los estudios y acopiar los datos que le soliciten las autoridades y los que juzgue conveniente para procurar la armonía de las relaciones entre trabajadores y patrones; y V. Las demás que le confieran las leyes.

Campo de acción de la Inspección del Trabajo: DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO Campo de acción de la Inspección del Trabajo:   La inspección del trabajo es el instrumento más importante de la presencia e intervención del Estado para diseñar, estimular a contribuir al desarrollo de una cultura de prevención que abarque todos los aspectos que potencialmente están bajo su competencia: relaciones laborales, condiciones generales de trabajo, condiciones de seguridad y salud en el trabajo, y cuestiones relacionadas con la seguridad social.

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO COMPETENCIA LOCAL: El artículo 527 de la Ley Federal Del Trabajo determina cuáles empresas son de competencia Federal y por excepción las que no se mencionan en el listado que contiene dicho dispositivo legal, serán de competencia de la inspección del trabajo local. Cabe destacar que la Inspección del Trabajo, es la encargada de vigilar el cumplimiento de la normatividad en su ámbito de competencia y asesorar a Patrones y Trabajadores sobre la manera más efectiva de cumplir con las normas de trabajo.

* Orden de Visita de Inspección; DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO VISITA DE INSPECCIÓN. * Orden de Visita de Inspección; * Citatorio dirigido a : a) Representante o Apoderado Legal b) Propietario/Patrón * Realización de la Visita, se constituye el Inspector en la Fuente de Trabajo: 1.- Identificación del Inspector; 2.- Nombramiento de testigos; 2. -Revisión de Documentos ; 2.- Recorrido por las instalaciones ; 3.- Interrogatorios a trabajadores; y 4.- Cierre del acta y firma de la misma.

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO FORMALIDADES EN LAS VISITAS DE INSPECCIÓN Los Inspectores del trabajo, deben llevar a cabo las visitas de inspección en los centros de trabajo, conforme a las siguientes reglas: Mandamiento escrito de autoridad; Entregar la orden al visitado, previo citatorio; Identificación del inspector; Nombramiento de dos testigos que intervengan en la misma; Los inspectores harán constar en el acta que las circunstancias, hechos u omisiones que se hayan observado en la diligencia; La persona con quien se haya entendido la diligencia, los testigos y los visitadores firmarán el acta; El inspeccionado, podrá formular observaciones en el acto de la diligencia y ofrecer pruebas con relación a los hechos u omisiones contenidos en el acta de la misma o bien hacer uso de ese derecho, por escrito, dentro del plazo de 8 días siguientes a la fecha en que se hubiere levantado el acta.

Procedimiento Administrativo Sancionador en la Dirección de Inspección del Trabajo 06 de Agosto de 2014

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO Revisión y calificación de acta de inspección Acuerdo de Archivo Violaciones a la ley NO SI NO Celebración de audiencia Medios de impugnación Radicación y Emplazamiento Valoración de pruebas Resolución condenatoria NO Cumplimiento SI Resolución absolutoria SI

¿Cómo atender una visita de inspección del Trabajo? 28 de Mayo de 2014

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO a) Cuando el compareciente actúe como apoderado de persona física podrá hacerlo mediante Poder Notarial o Carta-Poder firmada por el otorgante, ante dos testigos, sin necesidad de ser ratificada; b) Cuando el apoderado actúe como representante legal de persona moral, deberá exhibir el testimonio notarial que así lo acredite; c) Cuando el compareciente actúe como apoderado de persona moral, podrá acreditar su personalidad mediante Testimonio Notarial o Carta-Poder otorgada ante dos testigos, previa comprobación de que quien le otorga el poder está legalmente autorizado para ello.

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO Cabe hacer notar, que en caso de que no compareciera el patrón o persona designada para ello, la inspección se entiende con la persona que atienda al Inspector y en el caso de que hubiera oposición a la realización de la Inspección o nadie atendiera al fedatario público, se le tienen por ciertos los hechos materia de la misma, iniciándose por tanto el Procedimiento Administrativo Sancionador por Violaciones a la legislación laboral vigente.

Espacio de Preguntas

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¡Muchas gracias! Secretaría de Gobierno Sub-Secretaría del Trabajo y Previsión Social Dirección General de Promoción y Desarrollo Laboral