CEFIC Diplomado: Recursos Humanos Julio, 2012

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Transcripción de la presentación:

CEFIC Diplomado: Recursos Humanos Julio, 2012 Jorge Villasante Araníbar “V & A Abogados Consultores S.A.C.”

"Estructura de la Legislación Laboral y Aplicaciones en la Contratación del personal en las organizaciones -derechos y beneficios" MODULO VIII

Sistema de Recursos Humanos

Fundamentos Constitucionales del Derecho Laboral: Bloque de constitucionalidad La ausencia de normas no significa inaplicabilidad del derecho Tratados internacionales y su incorporación al derecho nacional Principios constitucionales Seguridad Social

Principios sustantivos del Derecho Laboral: Libertad contractual Principio tuitivo Derecho al trabajo Sindicación, negociación colectiva y huelga Orden público e irrenunciabilidad Principio de favoralidad aplicable en forma inescindible no de concurrencia Primacía de la realidad

Primacía de la realidad: Guarda relación con el principio de veracidad: Prestaciones indebidas de seguridad social, burlar acreedores Américo Pla Rodriguez “… en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de los documentos y acuerdos, … darse preferencia a lo primero, …, lo que sucede en el terreno de los hechos” Se encuentra positivizado en nuestra legislación Evitar que relaciones laborales se presenten como unas de naturaleza civil o comercial

Primacía de la realidad: Art. I del TP de la LPT – Ley 26636 y la Ley N° 29497 Ley General del Sistema Concursal N° 27809, Art. 40 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo N° 29783, Art. VIII Título Preliminar Ley General de Inspección del Trabajo N° 28806, Art. 2°, numeral 2: Principios ordenadores Ley Servicios de Tercerización N° 29245.- Art. 5 T.U.O. Ley de Productividad y Competitividad Laboral D.S. N° 003-97-TR.- Desnaturalización de contratos, Art. 77 Anteproyecto de Ley General de Trabajo Ley de Modalidades Formativas N° 28518 – Art. 51

Ley General del Sistema Concursal Artículo 40°.- Calificación de créditos laborales “Para el reconocimiento de los créditos de origen laboral y siempre que el acreedor lo haya invocado, la Comisión podrá aplicar el principio de la primacía de la realidad privilegiando los hechos verificados sobre las formas o apariencias contractuales que sustentan el crédito”.

Primacía de la realidad: Supuestos Contrato para engañar a terceros – Seguridad social Locación de servicios – encubre la relación Duración determinada – indeterminada Calificación como cargo de confianza Practicantes – proveerse mano de obra barata Intermediación fraudulenta Tercerización desnaturalizada Aforismo Derecho Civil: Las cosas son las que determina su naturaleza y no su denominación

Principios Primacía de la realidad: Simulación: Invalidez del acto transgresor, tratándose simulación relativa: invalidez del elemento falso, acogiéndose el verdadero Fraude a la ley: Trabajador a tiempo parcial cuando en realidad es uno con jornada completa Aforismo Derecho Civil: Las cosas son las que determina su naturaleza y no su denominación

Presunción de laboralidad Art. 23, 23.2 Ley N° 29497: “Acreditada la prestación personal de servicios, se presume la existencia de un vínculo laboral a plazo indeterminado, salvo prueba en contrario” Empleador debe “destruir” la presunción, acreditar el carácter autónomo o independiente de la prestación laboral, o ayudado o reemplazado

Irrenunciabilidad de derechos: Constitución del 93: Art. 26, inciso 1°: “Derechos reconocidos por la Constitución y la ley” Vicio de la voluntad, temor reverencial, promesas para disponer de derechos Si existen derechos disponibles Art. 57 Constitución 79: Los derechos reconocidos a los trabajadores son irrenunciables … todo pacto en contrario es nulo Puede aplicarse el Art. V del T.P. Código Civil?

Irrenunciabilidad de derechos: Existen excepciones?: canje de vacaciones, sustentada en norma dispositiva que requiere manifestación de voluntad del trabajador.- Jornadas atípicas Art. 30 Ley N° 29497: Conciliación o transacción deben superar el test de disponibilidad de derechos

Indubio pro operario: Art. 26, inciso 3° Constitución 93: Interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma Ley N° 26636 prevee 2 supuestos: Duda insalvable sobre los diversos sentidos de una norma Cuando existan varias normas aplicable a un caso concreto

Indubio pro operario: Tribunal Constitucional: Norma jurídica, proceso de interpretación ofrece varios sentidos Imposibilidad lógico axiológica de dirimir esta duda por los métodos de interpretación válidos Obligación de adoptar como sentido normativo el que ofrece mayores beneficios al trabajador Imposibilidad del operador de integrar la norma

Razonabilidad o proporcionalidad: Opera como un límite o freno moral y elástico al mismo tiempo: Norma no puede prescribir límites muy rígidos no preveer infinidad de circunstancias Arts. 9° y 25° del T.U.O. D. Leg. N° 728 Tribunal Constitucional: Parece sugerir una valoración respecto del resultado del razonamiento del juzgador Tres subprincipios: De adecuación, de necesidad y de proporcionalidad en sentido estricto o ponderación La razonabilidad implica que el acto estatal debe mantener su justificación lógica y axiológica

Contrato de trabajo Todo trabajo está dentro del ámbito del derecho laboral? Trabajo humano Trabajo productivo Trabajo por cuenta ajena Trabajo libre – acuerdo de voluntades

Contrato de trabajo Imposición de situación fáctica o jurídica: No esclavitud No servidumbre Servicio militar Miembros de mesa electorales Servicios comunitarios

Contrato de trabajo Elementos esenciales: Prestación personal Subordinación Remuneración Rasgos en la doctrina “típicos” Duración de la relación laboral Duración de la jornada de trabajo Número de empleos Lugar de trabajo Constituyen indicios de laboralidad o como requisito para el disfrute pleno de derechos laborales

Contrato típico Contrato atípico: Contrato típico: Con duración indeterminada Para un solo empleador Propio centro de trabajo Contrato atípico: Uno o más rasgos están ausentes

Legislación nacional – TUO 728 Contrato típico: Duración indefinida Contrato atípico: Duración temporal Presunción relativa duración indefinida (Art. 77 del TUO) Requisitos de validez: Existencia de causa objetiva Forma escrita Verificación administrativa Duración máxima Prohibición de recontratación de trabajadores permanentes como temporales

Labores excluidas y equiparadas Contrato administrativo de servicio: D. Leg. N° 1057: Personal, subordinado y remunerado Sujetos al derecho administrativo Derechos: Jornada máxima Descansos semanal y anual Seguridad social Equiparación o exclusión del ámbito del derecho laboral?

Aspectos generales Modalidades formativas laborales: Javier Neves: El factor formativo, no es suficiente para sustraerla del ámbito del Derecho del Trabajo. Capacitación laboral juvenil Prácticas preprofesionales y profesionales Art. 3° Ley: “Las modalidades formativas no están sujetas a la normatividad laboral vigente, sino a la específica que la presente contiene” – Está tácitamente incluida aunque sujeta a un régimen especial?

Contrato individual de trabajo Definición Presunción de contrato de trabajo Capacidad para contratar

Aspectos legales en la contratación Contratos a plazo indeterminado y a plazo determinado Forma: verbal – escrito Duración Suspensión Período de prueba Obligaciones: empleador – trabajador Prohibiciones: empleador - trabajador

Causales de suspensión Invalidez temporal Enfermedad y accidente comprobado Maternidad: Descanso pre y post natal Descanso vacacional Licencia: cargo cívico, servicio militar Ejercicio cargos sindicales Sanción disciplinaria Ejercicio derecho de huelga

Causales de suspensión Detención del trabajador, salvo caso de condena privativa de libertad Inhabilitación administrativa o judicial por período no superior a tres meses Permiso o licencia concedido por el empleador Caso fortuito y la fuerza mayor Cesa temporalmente la obligación del trabajador de prestar el servicio y del empleador de pagar la remuneración, sin que desaparezca el vínculo laboral

Obligaciones del empleador Pagar la remuneración Reconocer y otorgar los derechos Garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo

Derechos del trabajador Hacer carrera pública en base al mérito Gozar de estabilidad: causa prevista y procedimiento Remuneración, bonificaciones y beneficios que correspondan Vacaciones anuales. Acumulación 2 períodos Permisos o licencia: causa justificada, motivos personales Obtener préstamos administrativos Reincorporación: cargos electivos

Derechos del trabajador Ejercer docencia universitaria: sin ausentarse más de 6 horas semanales Recibir menciones, distinciones y condecoraciones Reclamar decisiones que afecten sus derechos No ser trasladados a entidad distinta sin su consentimiento Constituir sindicatos Hacer uso del derecho de huelga Gozar de una pensión al término de la carrera Irrenunciables – pacto en contrario: nulo

Beneficios del trabajador: Quinquenios: 2 remuneraciones totales: 25 años servicios 3 remuneraciones totales: 30 años servicios Aguinaldos Fiestas patrias y navidad Fija por Decreto Supremo Compensación por tiempo de servicios Personal nombrado 50% de la remuneración principal: menos de 20 años Una remuneración principal: 20 ó más años hasta un máximo de 30 años

Prestaciones sociales a cargo del empleador: Essalud Pensiones: retención Condiciones de trabajo Normas protectoras de las prestaciones: Irrenunciabilidad Inembargabilidad Prescripción

Trabajadores con discapacidad: Ley General de la Persona con Discapacidad Régimen de protección de atención de: Salud Trabajo Educación Rehabilitación Seguridad social Prevención

Trabajadores con discapacidad: Goza de todos los beneficios y derechos Nadie puede ser discriminado por ser persona con discapacidad Poder Ejecutivo, instituciones constitucionalmente autónomas, empresas del Estado, gobiernos regionales y locales: Obligados a contratar en proporción no inferior al 3% Bonificación en concurso de méritos: 15% del puntaje total Deducción de gastos para el importe total de remuneraciones de la renta bruta

Protección a la madre de trabaja: Descanso pre y post natal Permiso por lactancia materna: Una hora Pacto múltiple: Una hora adicional Caso de adopción: Licencia goce de haber equivalente a 30 días Protección a madre gestante que realiza labores de riesgo para su salud y el desarrollo normal del embrión y el feto

Licencia por paternidad: Ley 29409 Trabajadores del sector público y privado Licencia remunerada: alumbramiento de la esposa o conviviente 4 días hábiles consecutivos El inicio lo define el padre: entre el alumnbramiento y la alta No puede ser sustituido o cambiado por otro pago o beneficio

Prevención y sanción: Hostigamiento sexual Producido en las relaciones de autoridad o dependencia Hostigador: varón o mujer Hostigado: varón o mujer víctima Conducta física o verbal reiterada de naturaleza sexual no deseada y/o rechazada Elementos: El sometimiento es condición por la que se accede, mantiene o modifica situación laboral El rechazo genera afectación en situación laboral, educativa, policial, militar, contractual, etc.

Procedimiento administrativo disciplinario Sector público: Sanción conforme D.Leg. 276 Responsabilidad solidaria del titular o funcionario

Gracias, …