AGOTAMIENTO DE LOS 12 MESES DE I.T.
SITUACION TRAS LA REFORMA IMPORTE DEL INCREMENTO GRAN INVALIDEZ COMPLEMENTO GRAN INVALIDEZ (ART. 139.4) Aplicable a todos los Regímenes. Disp. Adic. Octava 5 LGSS SITUACIÓN ACTUAL IMPORTE DEL INCREMENTO 50% de la cuantía de la pensión. SITUACION TRAS LA REFORMA IMPORTE DEL INCREMENTO 45% de la base mínima de cotización vigente en el Régimen General en el momento del HC y 30% de la última base cotización trabajador correspondiente a la contingencia de la que derive la situación de Incapacidad Permanente. En ningún caso el complemento puede tener un importe inferior al 45 % de la pensión percibida sin el complemento.