LOS EMPLEADORES Y LA REFORMA PREVISIONAL. Índice Aviso de Ceses APV Colectivo Subsidio a trabajadores Jóvenes Afiliados Voluntarios Renta Imponible Máxima.

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Transcripción de la presentación:

LOS EMPLEADORES Y LA REFORMA PREVISIONAL

Índice Aviso de Ceses APV Colectivo Subsidio a trabajadores Jóvenes Afiliados Voluntarios Renta Imponible Máxima SIS Licitación de Afiliados  Gran parte de la normativa operacional aun se desconoce

Aviso Ceses  Presunción legal que las cotizaciones se encuentran Declaradas y no Pagadas (DNP) cuando el empleador no ha acreditado la extinción de su obligación de cotizar debido a término o suspensión de la relación laboral.  Si la empresa antes del último día del mes subsiguiente a la fecha que debió pagarse la cotización (80 días), no acredita la extinción de la obligación a cotizar ni paga la cotización APF confecciona una DNP Automática  Previamente la AFP enviará al empleador (correo-mail) aviso de cobranza  DNPA: Incorporarlo archivo DNPA Iniciar cobranza prejudicial Presentar demanda judicial (180 días)

Planilla de Cotizaciones Previsionales

Aviso Ceses  En Leyes recientes (2005) se aumentó multa de UF 0,5 a UF 0,75 por trabajador, cuando no efectúe oportunamente una DNP o si ésta es incompleta o errónea y se aumentó de 20% a 50% el interés penal por cotizaciones atrasadas. En la reforma se estableció el impedimento de recibir recursos financiados con cargo a recursos fiscales de fomento productivo. Impacto:  Poner especial cuidado en la planilla de pago de cotizaciones, informando todos los movimientos de personal.

 Pagar las cotizaciones en forma electrónica, que elimina errores y facilita la comunicación con la AFP  Atender comunicaciones de las AFP  Vigencia: Octubre de 2008

APV Colectivo  Nuevo mecanismo voluntario para aumentar ahorros provisionales, que se suma al APV y Depósitos Convenidos.  Contrato de ahorro suscrito por un empleador (por si y en representación de sus trabajadores) con una institución autorizada (AFP, Banco, CSV,Fondos Mutuos,…)

Características Principales:  No discriminatorio (todos los trabajadores de la empresa puedan acceder a los planes)  Contribuyen tanto el trabajador como el empleador (Matching).  Requisito de permanencia en la empresa para que el trabajador adquiera propiedad de los aportes de su empleador (Vesting)

 Puede acceder a bonificación estatal equivalente a 15% del monto ahorrado.  Aporte del empleador se considera gasto de la empresa.  Pueden existir varios planes al interior de la empresa.  Se requiere un número o % mínimo de trabajadores adscritos al plan.  Pueden elegir entre 2 regímenes tributarios. (Ídem APV individual)

Tratamiento Tributario Ahorros Previsionales Voluntarios 1)No usar beneficio tributario al momento de aportar: sólo tributa por la rentabilidad de dichos ahorros al momento del retiro de los fondos. Pueden acceder a bonificación anual estatal, equivalente al 15% de los fondos ahorrados – cuando se destinen a pensión. (tratamiento CAV ó cuenta 2)

Tratamiento Tributario Ahorros Previsionales Voluntarios 2) Usar beneficio tributario al momento de aportar (situación actual). Paga impuesto del retiro, equivalente al impuesto único (retención 15%) – Reliquidación en global complementario (100% del retiro como ingreso). Punto de quiebre: 15% tasa de impuesto.

Impacto:  Es un tema que las empresas (especialmente RRHH) deberán conocer, por el interés que pueda generarse al interior de ellas. (Alternativas de Ahorro Previsional Voluntario y alternativas tributarias)  Vigencia: Octubre de 2008 Norma Conjunta SP,SVS y SBIf

Subsidio a Trabajadores Jóvenes  Subsidio a: -Empleador: 5% del salario mínimo mensual (50% de la cotización a la AFP) + no pago del SIS(*) -Trabajador: 5% del salario mínimo mensual, que se va a su cuenta individual.  Requisitos -Trabajadores entre 18 y 35 años. -Ingreso inferior a 1,5 salarios mínimos (después mes 13º sube a 2 salarios mínimos). -Primeras 24 cotizaciones (continuas o discontinuas).

Subsidio a Trabajadores Jóvenes  Operatoria -IPS administrará este beneficio; funcionará muy parecido a subsidio para Zonas Extremas. Impacto  Tramitar la devolución del subsidio del Estado.  Recomienda pagar cotizaciones provisionales en forma electrónica, para reducir plazo de devolución (4 días vs. 2,5 meses)  Revisar sistemas de remuneraciones y de contabilidad (*)

 Vigencia - Octubre de 2008 Subsidio a los empleadores -Julio de 2011 Subsidio en las cuentas individua- les de los trabajadores

Afiliados Voluntarios  Personas que no ejerzan actividad remunerada (dueñas de casa, estudiantes) podrán ( ellos o un tercero) enterar cotizaciones provisionales en su cuenta de capitalización individual voluntaria.  Dichas cotizaciones no se considerarán cotizaciones provisionales para la Ley de la Renta y no dan derecho a exención tributaria.  Estarán cubiertos del riesgo de invalidez y sobrevivencia si cotizó el mes anterior al siniestro.

Afiliados Voluntarios  Los trabajadores dependientes cuyo cónyuge sea afiliado voluntario, podrá autorizar a sus empleadores para que descuenten de sus remuneraciones, las sumas que se destinen a cotizaciones de su cónyuge.  Deberá cotizarse el menos por el Ingreso Mínimo. No tendrá tope para estos efectos, sí existirá tope (60 UF o equivalente) para cobertura del SIS.  Periodicidad que se desee (mensual, esporádica, anual)

Impacto:  Mínimo  Vigencia: Octubre de 2008

Renta Imponible Máxima  Límite Imponible UF 60 se reajustará según variación índice de remuneraciones reales del INE de los últimos 12 meses a noviembre a noviembre.  Nuevo límite imponible comenzará a regir el 1 er día de cada año y lo determinará la SP (si variación fuese negativa, se mantendrá el valor vigente en UF).

Impacto:  Revisar Sistemas de Remuneraciones (tope imponible sea modificable) y modificar el valor en enero de cada año  Vigencia: Enero de 2009

SIS Hay varios cambios relevantes en el SIS  Nuevos beneficios (cónyuge no inválido, ahorro adicional mujer, invalidez total permanente, seguro mujer trabajadora hasta 65 años,…).  Licitación común todas las AFP (separada por sexo)

 De cargo del empleador -Desde julio Desde julio 2011 para empleadores con 100 o más trabajadores + entidades estatales. para todas las empresas.

Impacto:  Modificar Sistema de remuneraciones y de contabilidad (subsidio trabajadores jóvenes).  Considerando los nuevos beneficios, aumentos expectativas de vida, envejecimiento población abierta, los afiliados independientes y voluntarios y la nueva modalidad de licitación costo actual de 1% de los salarios subirá.

 Vigencia: julio de 2009

Licitación Afiliados (cartera) Para trabajadores que ingresan al mercado laboral  Normas Vigente: -Trabajadores debe elegir AFP. Si no, la empresa lo inscribe y paga cotizaciones en la AFP a la que pertenecen más trabajadores de la empresa (Art. Nº4 del reglamento del D.L DS 57)  Nueva Norma: -La empresa debe inscribirlo y pagar las cotizaciones en la AFP que ganó la licitación. Impacto:  Mínimo  Vigencia: Julio de 2009