1 REPÚBLICA DOMINICANA Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
ANTECEDENTESANTECEDENTES o Ley No promulgada el 30 de Junio del 1966 para bienes y servicios. o Ley No promulgada el 17 de marzo de 1967 para obras. o Decreto No. 262/98 (Reglamento a la Ley No ) del 10 de Junio de 1998, para iniciar la modernización y regulación de las compras de bienes y servicios. o Decreto Puente No (Reglamento a la Ley No ) del 23 de febrero del 2006, para viabilizar las negociaciones de los tratados internacionales. 2
o Ley No de fecha 18 de agosto del 2006 sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones, que crea La Dirección General de Contrataciones Públicas. o Ley No de fecha 06 de diciembre del 2006 que modifica y armoniza la Ley No con el Tratado de Libre Comercio DR-CAFTA. o Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No de fecha 30 de agosto CREACIÓN MARCO LEGAL
Nombramiento del Dr. Eric Hazim como Director General de Contrataciones Públicas (Decreto del 26 de febrero de 2007). o Ratificado mediante Decreto No , de fecha 25 de agosto del 2008, emitido por el Poder Ejecutivo. 4 CONSTITUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
5 UMBRALESUMBRALES o A partir de la entrada en vigencia del Tratado de Libre Comercio DR-CAFTA, los UMBRALES utilizados para determinar los procedimientos de Compras y Contrataciones realizados por las Instituciones que entran dentro del Ámbito de Aplicación, se han ido actualizando de conformidad con lo estipulado en el DR-CAFTA y los umbrales topes expresados en $US. o Se notifica a los Organismos correspondientes. (Cancillería y Ministerio de Industria y Comercio). o Se publica mediante el Portal del Órgano Rector los umbrales vigentes a ser aplicados.
6PROCEDIMIENTOOBRASBIENES ERVICIOS ERVICIOS Licitación Pública RD$ 155,359,679RD$ 2,540,364 Licitación Restringida RD$ 64,733,199RD$ 2,071,462 Sorteo de Obras RD$ 38,839,920N/A Comparación de Precios RD$ 10,357,312RD$ 388,399 Compras Menores N/ARD$ 51,787 o Resolución No , que establece los Umbrales para la determinación de los Procedimientos de Compra y Contratación para el año Umbrales Actualizados
7 TRANSPARENCIA Y DIFUSIÓN o Creación del Portal Web: i.La normativa vigente sobre la materia; ii.Las políticas de compras y contrataciones; iii.Los planes de compras y contratación; iv.Las convocatorias a presentar ofertas de todas las entidades y los pliegos de condiciones correspondientes; v.Los resultados de los procesos de compra y contrataciones de todas las entidades públicas, salvo las excepciones incluidas en la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública; vi.El registro especial de proveedores inhabilitados.
COMPRASDOMINICANA COMPRASDOMINICANA sitio web donde convergen instituciones estatales y proveedores que suplen o desean suplir los requerimientos del Estado. Está dirigido a: Publico en General. Proveedores e Instituciones Sector Público. RESEÑA RESEÑA Entró en vigencia en el mes de Febrero del año 2008, cumpliendo con lo dispuesto por la Ley No sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y la Ley No de Libre Acceso a la Información Pública. Este portal permite obtener informaciones sobre qué compra el Estado Dominicano, a quién le compra, en qué condiciones y a qué precio.
9 PRINCIPIO DE RECIPROCIDAD I.En busca de fortalecer la Igualdad de trato entre Oferentes Naciones e Internacionales se han dictado las siguientes normas complementarias: o Resolución No , sobre Requisitos Proveedores Extranjeros. Resolución No o Resolución No , sobre Requisitos Asociaciones sin fines de Lucro Nacionales e Internacionales para Inscripción en el Registro de Proveedores del Estado. Resolución No II.En ningún caso podrá exigirse, como condición para participar, haber sido adjudicatario previamente de contratos de la entidad contratante, o haber tenido experiencia de trabajo en el territorio nacional. (Art. 61 Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No ) III.En ningún caso se adoptará ni aplicará ninguna especificación técnica que tenga por objeto, o que en la práctica se traduzca, en la creación de una barrera innecesaria o injustificada al comercio nacional o internacional. (Párrafo I del Art. 62 Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No )
10 REGISTRO DE PROVEEDORES o La Dirección General de Contrataciones Públicas, en su calidad de Órgano Rector de la Compras y Contrataciones tiene a su cargo la implementación del Registro de Proveedores. o Todas las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en cualquier proceso de compra o contratación deberán estar inscritas en el correspondiente Registro. o La misma es obligatoria y su acceso es gratuito. o La Dirección General de Contrataciones Públicas, en su calidad de Órgano Rector de la Compras y Contrataciones tiene a su cargo la implementación del Registro de Proveedores. o Todas las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en cualquier proceso de compra o contratación deberán estar inscritas en el correspondiente Registro. o La misma es obligatoria y su acceso es gratuito.
o Resolución No que establece el Procedimiento Administrativo para la Inhabilitación de Proveedores, sean estos personas naturales o jurídicas, oferentes o contratistas. Resolución No o Resolución No que establece el Procedimiento Administrativo para la aplicación de Sanciones a Servidores Públicos. Resolución No SANCIONESSANCIONES En busca de asegurar la Integridad en los Procedimientos de Compra y Contratación del Sector Público se han emitido las siguientes normas complementarias: 13
La Ley No en sus Artículos Nos. 67 y siguientes establece el régimen de Impugnaciones, Reclamación y Controversias. o En primera Instancia a la Entidad Contratante. o En segunda instancia y en calidad de Órgano de Apelación, las conoce este Órgano Rector. o Y en tercera y última Instancia, se tramita por la vía Judicial, a través del Tribunal Contencioso Administrativo y Tributario. La Ley No en sus Artículos Nos. 67 y siguientes establece el régimen de Impugnaciones, Reclamación y Controversias. o En primera Instancia a la Entidad Contratante. o En segunda instancia y en calidad de Órgano de Apelación, las conoce este Órgano Rector. o Y en tercera y última Instancia, se tramita por la vía Judicial, a través del Tribunal Contencioso Administrativo y Tributario. IMPUGNACIONESIMPUGNACIONES 14
1. Resolución No. 01/2007. Recurso de impugnación interpuesto por la empresa CAPITALES DIVERSOS S.A. en contra de la Adjudicación de Procedimiento del Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo Este. Resolución No. 01/ Resolución No. 12/2008. Recurso de impugnación interpuesto por el Consorcio SAMPOL-ARALCA en contra de la 2da. Resolución de Adjudicación emitida por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED). Resolución No. 12/ Resolución No. 13/2008. Recurso de impugnación interpuesto por la empresa Servicios de Ingeniería C por A. (SERVINCA) en contra de la 3ra. Resolución de Adjudicación emitida por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED). Resolución No. 13/ Resolución No. 08/2009. Recurso de impugnación interpuesto por el Ingeniero Escolástico Payano y/o Constructora Payano en contra de la Resolución de Adjudicación emitida por el Ayuntamiento del Municipio de San Pedro de Macorís. Resolución No. 08/ Resoluciones de Impugnaciones
16 5. Resolución No. 09/2009. Recurso de impugnación interpuesto por la empresa SERVIZI SANITARI S.A en contra del Proceso de Licitación Publica Internacional No. SESPAS- CI-LPI llevada a cabo por la Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia Social (SESPAS). Resolución No. 09/ Resolución No. 12/2009. Recurso de impugnación interpuesto por la empresa SULFALUM Y CHEMICALS, S.A, en contra del Proceso de Licitación Publica Nacional No. 001/2009 – CAASD llevada a cabo por la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo. Resolución No. 12/ Resolución No. 17/2009. Recurso de impugnación interpuesto por la empresa SULFALUM Y CHEMICALS, S.A, en contra del Proceso de Licitación Publica Nacional No. 001/2009 – CAASD llevada a cabo por la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo. Resolución No. 17/2009. Resoluciones de Impugnaciones
MUCHAS GRACIAS!!! 17