Reformas Laborales Rosanna Costa Libertad y Desarrollo.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Fernando Zapata López Director
Advertisements

Autor: Pilar Quiroz Voz: Maria Graciela Jimenez
Medición de La Utilidad: El proceso de Ajuste
CONTRATOS INDIVIDUALES Y CONTRATOS Y CONVENIOS COLECTIVOS
CONVENIOS COLECTIVOS CONVENIO COLECTIVO ESTATAL
AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE
TEMA 2 MÚLTIPLOS Y DIVISORES
02- Plan Organización Docente v.2 Noviembre 2009 SIES – SISTEMA INTEGRADO DE EDUCACIÓN SUPERIOR.
01- OFERTA FORMATIVA v.2 Noviembre 2009 SIES – SISTEMA INTEGRADO DE EDUCACIÓN SUPERIOR.
CAPÍTULO 9 La economía en pleno empleo
Las ETT ( Empresas de Trabajo Temporal)
Federación Académicos Universidades Estatales
ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS ACADÉMICOS UNIVERSIDAD DE TALCA - AFAUTAL
Como la cuarta parte de 16 es Entonces la cuarta parte de 160 será
Seminario: Vacaciones
Reglamento de Trabajo Parte II Alexander Coral Ramos
LÍNEA DE CRÉDITO PARA VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL
DERECHO LABORAL II: JORNADA DE TRABAJO
LA JORNADA DE TRABAJO.
Convenio sobre libertad sindical y protección del derecho de sindicación núm. 87 María Marta Travieso Servicio de Libertad Sindical OIT.
Fuero y Permisos Sindicales
El Salario Mínimo y sus Implicancias Sociales en Chile.
LEY 3/2012, DE 6 DE JULIO.. FLEXIBILIZAR LAS DECISIONES EMPRESARIALES EN MATERIA LABORAL. LIMITAR POTESTADES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES.
o la reforma del despido único
Fondo para la Educación Previsional
JORNADA LABORAL Y RETRIBUCIÓN.
JORNADA LABORAL 2012.
Gestores Voluntarios de COFIDE
COMITÉ BIPARTITO DE CAPACITACIÓN C.B.C.
Equipo de Trabajo CENDA - ICAL
Programa de fomento de empleo
Cuentas y Documentos por cobrar
1 PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2002 COORDINACIÓN DE POLITICA ECONOMICA GP-PRD.
LOS DERECHOS SUJETOS A NEGOCIACIÓN COLECTICVA
¡Primero mira fijo a la bruja!
Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón –Segundo nivel Tercer nivel –Cuarto nivel »Quinto nivel 1 Estrategias fiscales y cohesión social.
El papel de los Fondos de Pensión ante el nuevo escenario de remuneraciones y retiro en Uruguay -24 de marzo de
Concepto y modalidades
REFORMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN ESPAÑA.
Principales novedades de la reforma laboral 2010.
Derechos de los trabajadores
Ley Título II – Capítulo I Regularización del empleo no registrado.
Los números. Del 0 al 100.
COMITÉ BIPARTITO DE CAPACITACIÓN
Ley /2014, publicada el 3 de marzo de Fija Condiciones Especiales para Bonificación por Retiro Voluntario Departamento de Recursos Humanos.
Vocabulario: (Los números)
PREGUNTAS TEST JORNADA LABORAL
Análisis Proyecto de Ley de Reformas Laborales CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL CUT CHILE.
Bienvenidos Charla “ REFORMA LABORAL: LOS DESAFIOS DEL PROYECTO PARA LA EMPRESA ”.
FACULTAD DE ECONOMÍA Y NEGOCIOS
1 El debate de la justa distribución de la riqueza.
Agrupación Nacional de Empleados Fiscales
Reunión Quincenal Lunes 20 de Mayo de ,6 3,4.
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS UNIVERSIDAD DE CHILE
Indicaciones: 1.- Tener en cuenta que esta estrategia, solo funciona asociando las cuentas los días lunes. 2.- Los cálculos son aproximados con un margen.
Norma de Información Financiera A-5
Desafíos de la Reforma Previsional Guillermo Arthur E. Presidente Encuentro Nacional de Seguridad Social:
Instituto de Capacitación Profesional y Tecnológica de F.A.T.F.A.
Reducción Legal de Jornada Laboral
DERECHO DEL TRABAJO Contratos Especiales – Contrato por obra o faena: Es un contrato de trabajo donde se conviene de antemano su duración (de la obra o.
SEGURO DE CESANTÍA.
ESCUELA SINDICAL U DE CHILE Contrato de Trabajo  CLASES  Individual- Colectivo  Típico y Atípico  MODALIDADES  Indefinido- plazo y obra.
TESIS V: DERECHO LABORAL
DERECHOS FUNDAMENTALES
SECRETARÍA GENERAL CUT CHILE 2014 CAMBIOS EN EL CÓDIGO DE TRABAJO 1.
L ARRAIN Y A SOCIADOS EL FUERO SINDICAL Prof. M. Cristina Gajardo Escuela Sindical Universidad de Chile 4 de octubre de 2007.
FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES PORTUARIOS
Análisis Proyecto de Ley de Reformas Laborales CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL CUT CHILE.
ANÁLISIS DE LA REFORMA LABORAL DESPUÉS DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS COONFEDERACIÓN COORDINADORA DE SINDICATOS DEL COMERCIO (HACIA LA CENTRAL DEL RETAIL) CENTRO.
Transcripción de la presentación:

Reformas Laborales Rosanna Costa Libertad y Desarrollo

Aspectos Positivos Se modifican atribuciones de la Dirección del Trabajo. La mayoría de ellas asociadas a normas de quorum especial. La definición de discriminación reconoce el derecho a elegir basado en la calificación para un empleo. Se vuelve a establecer la no presunción de contrato laboral cuando éste se realiza fuera de la empresa. El derecho a descontar la capacitación juvenil de las indemnizaciones por años de servicio (60 días).

(In) flexibilidad: en materia de jornada laboral Se incorpora a la jornada ordinaria de 48 horas a trabajadores de hoteles, restaurantes, clubes y en general trabajos con escaso movimiento diario. Se limita el uso de horas extraordinarias a casos de necesidades temporales. Se elimina innecesariamente la facultad de la Dirección del Trabajo para autorizar en casos calificados distribución de jornadas de trabajo y descansos especiales. Se deroga la norma que permite a un empleador convenir con sus trabajadores, sin requerir autorización, jornadas de hasta dos semanas ininterrumpidas, al término de las cuales deberán otorgarse los días de descanso compensatorios de los días domingo o festivos que hayan tenido lugar en dicho período bisemanal, aumentados en uno (14x3).

Anualización de la jornada: condicionado a... % menosMáximo 2000 horas anuales (20 % menos que la actual jornada inflexible). Máximo 12 días continuos. Se establecen las siguientes jornadas: urbano diurno: 4 a 1 (12 x 3); urbano nocturno:4 a 2 (12 x 6); alejado diurno: 4 a 2 (12 x 6); alejado nocturno: 1 a 1 (12 x 12). Como se dijo, se está sustituyendo a la jornada 14 x 3. Las autorizaciones sólo rigen durante dos años, salvo que se pacten con sindicatos, en cuyo caso se extienden a cuatro años. ¿Porqué no de acuerdo con los trabajadores? (contratos colectivos; convenios…) En ningún caso se puede autorizar más de una jornada de este tipo para una misma faena en el año.

Jornada Parcial Para todos los que pacten una jornada equivalente a 2/3 de la jornada ordinaria. Hoy la jornada parcial puede ser cualquiera con menos de 48 horas semanales. Se exige que la jornada sea continua. Indemnización por años de servicio a todo evento, proporcional a las horas disminuidas. Se permite diferir este pago. Sin embargo, en el evento de una posterior extensión de la jornada, no se reconoce el pago de esta indemnización, lo que significa que se paga dos veces. Se permiten gratificaciones proporcionales. Se pueden pactar cambios en la jornada entre alternativas predefinidas, con una semana de anticipación.

Negociación Interempresa voluntaria: sin embargo... Se elimina la definición de empresa. Entre las modificaciones se sugiere una interpretación de empresa: “los predios agrícolas explotados por un mismo empleador, se consideran una sóla empresa”. Negociación en la empresa. Sindicatos de empresa. Negociación interempresa obligatoria respecto de contratistas, en un mall, y hasta en un holding. Se reduce a 8 (en vez de la mayoría de trabajadores con derecho a negociar colectivamente) para ceder el derecho de negociación al sindicato interempresa.

Encarecimiento del reemplazo en la huelga: sin embargo. El reemplazo se prohibe. Acto seguido se permite reemplazar si….(piso, reajustabilidad mínima y bono) ¿Se permite reubicar trabajadores de la empresa? En el último tiempo se ha interpretado que reubicar es lo mismo que reemplazar. El bono sería también necesario para que se pueda producir descuelgue de trabajadores en el día 15 de iniciada la huelga (como es hoy) y no en el día 30. No se permite contratar trabajadores transitorios para reemplazo, de acuerdo a las nuevas disposiciones de trabajadores suministrados.

año 1999 efectivoestimado 9,7% 12,1% Tasa de desempleo (%) 9,7% 12,1% 2,4% Aumento tasa de desempleo 2,4% (con reemplazo y sin reemplazo) 139 Disminución en Nº empleos (miles) 139 Nota: El efecto empleo/población mayor 15 años en el caso extremo es 1,276. Fuente: Elaboración propia a partir de trabajo de Budd (2000), con cifras de empleo del INE. Efectos de la Prohibición del Reemplazo en la Huelga

Aumento de la Inamovilidad Laboral: Prohibición de despido por Prácticas Antisindicales. Prohibición de despedir trabajadores sin fuero si la causal del despido es práctica antisindical. Hoy se debe cancelar la multa, pero se puede despedir. Por prácticas Antisindicales (concepto legalmente poco preciso) además: La Inspección del Trabajo debe denunciar de oficio toda situación que parezca práctica antisindical. Las prácticas antisindicales deben ser vistas y falladas por el Juez en una única audiencia. Debe asignarle al Informe de la Dirección del Trabajo presunción de veracidad. Se incrementan las multas por prácticas antisindicales a valores entre 10 y 150 UTM (hoy el rango es de 1 a 10 UTM ). Estas se multiplican por dos o tres según el número de trabajadores.

Aumento de la Inamovilidad Laboral. Más fueros: plazos y número de trabajadores. Más tipos sindicatos, no necesariamente de la empresa, y menores requisitos para su constitución. Para la constitución de un sindicato de empresa, de establecimiento e interempresa, se incrementan los días con derecho a fuero desde 15 días a 40 días (10 días antes y 30 después). No se avisa al empleador. Todos los trabajadores son candidatos a directores y gozan de fuero. Este fuero es durante los 15 días anteriores a la elección y no se modifica. Aumenta de 1 a 3 la posibilidad de tener delegados sindicales (no directores) con fuero para trabajadores afiliados a sindicatos interempresa, eventuales o transitorios, cuando no haya en la empresa un trabajador que haya sido elegido director del sindicato interempresa.. Se crea un fuero de 30 días para los trabajadores involucrados en una negociación colectiva. No se requiere solicitar desafuero si estuviesen contratados a plazo fijo.

Incremento de las multas generales HoyHoy las multas son de 1 a 10 UTM. Se incrementan en 0,15 UTM por cada trabajador afectado. Y se duplican en caso de reincidencia. En el proyecto de leyEn el proyecto de ley son: (a) Si la empresa tiene menos de 50 trabajadores, entre 1 y 20 UTM: (b) Si la empresa tiene más de 50 trabajadores, entre 2 y 40 UTM. (c) Si la empresa tiene 200 o más trabajadores, entre 3 y 60 UTM. –La multa por infracción al fuero sindical de 14 a 70 UTM mensuales. –Todas las multas se duplican o triplican en los casos b) y c) Es decir se castiga contratar trabajadores, y no la reiteración de la infracción o el número de afectados.

Suministro de Trabajadores Empresas suministradoras con giro único. No pueden prestar servicios a empresas relacionadas, coligadas, o empresas con interés directo o indirecto. Depósito de garantía por 500 UF, más 100 UF cada 100 trabajadores. En caso de término de la empresa la garantía se devuelve en 6 meses. Registro, del cual la Dirección del Trabajo lo puede excluir en cualquier momento por lo que considere faltas graves. Se regula el contrato. Sólo por trabajos esporádicos y no por más de 6 meses. Están obligadas a capacitar al menos un 10% de los trabajadores que suministren. Menos requisitos para temporeros. Un capítulo, con seis párrafos y 14 artículos de regulación adicional a la ya considerada en el Código Laboral. De hecho, el proyecto viene creando un registro para intermediarios de trabajadores agrícolas.

Y adicionalmente: No se permite más que un 10% de los trabajadores involucrados en negociación colectiva pueda convocar al resto a una votación respecto de un posible arbitraje o de la un pronunciamiento sobre la última oferta. Monopolio para el sindicato, incluso sobre la expresión de voluntad de los trabajadores. Se extiende el contrato colectivo a cualquier trabajador que no esté regido por un instrumento colectivo y se afilie con posterioridad al sindicato. ¿Cuál es el costo de la oferta del empleador?. Potencia el conflicto. Hoy lo que se hace es obligar a pagar un % de la cuota sindical a quienes se les decida extender los beneficios.

... Registro de intermediarios trabajadores agrícolas Reglamento interno para empresas de todo tipo, cualquiera sea el número de los trabajadores contratados. Convenios colectivos: ¿los puede presentar el empleador?

¿Por qué? ¿Baja sindicalización? ¿Conflictividad o represión dentro de la empresa? ¿Bajas remuneraciones?

La tasa de afiliación sindical en Chile no es significativamente inferior a la de Estados Unidos que en 1994 alcanzaba un 14%, aunque sí, bastante inferior a la de países con mecanismos de negociación más centralizados como por ejemplo algunos países europeos Número de Sindicatos Fuente: Dirección del Trabajo Número de Afiliados a Sindicatos ¿Baja sindicalización?

Percepción Respecto de la Relaciones Laborales: Fuente: ENCLA 98 Opinan trabajadores sobre las relaciones laborales (1998): Bastante conflictivas 1% Más bien conflictivas 4% Ni favorables ni conflictivas25% Colaborativas51% Muy colaboralivas19% Opinan trabajadores sindicalizados (1998) Pone dificultades12% Ni dificulta ni facilita24% Da facilidades para su funcionamiento64%

Opinan trabajadores sobre las relaciones laborales (1999): Bastante conflictivas 1% Más bien conflictivas 1% Ni favorables ni conflictivas26% Colaborativas55% Muy colaboralivas17% Opinan dirigentes sindicales sobre actitudes negativas hacia el sindicato: Si hubo24,5% 19,8% No hubo74,7% 75,5% Nosabe 0,8%4,7% Percepción Respecto de la Relaciones Laborales: Fuente: ENCLA 98 y 99

Opinan los trabajadores respecto del cumplimiento de los acuerdos: Total Cumple: Totalmente64% Parcialmente 30% Frente a presión 4% No cumple 2% Percepción Respecto de la Relaciones Laborales: Fuente: ENCLA 98

Productividad del trabajo en Industria Manufacturera, en relación a USA Fuente: CEPAL 0 0,1 0,2 0,3 0,4 0,5 0,6 0,7 0, Argentina Brasil Chile México

Remuneraciones Reales (Indice 1995=100) Fuente: CEPAL 80,00 85,00 90,00 95,00 100,00 105,00 110,00 115,00 120, Argentina Brasil Chile Colombia Costa Rica México Uruguay

Costos de Despido EEUU Nueva Zelandia Australia Canadá Noruega Alemania Francia Polonia Uruguay Argentina México España Chile Colombia Portugal

Indice de costo del despido Fuente: Edwards y Edwards (2000)

Empleo Jóvenes (miles de jóvenes entre 15 y 24 años) Fuente: INE 680,0 700,0 720,0 740,0 760,0 780,0 800,0 820,0 840,

Quintil/ I II III IV Vtotal casen 96 hombre12,4% 5,4%3,9%2,0%1,4% 4,9% mujer26,1%10,8%6,9%4,3%1,7% 7,6% total15,6% 7,0%4,9%2,9%1,5% 5,8% casen 98 hombre24,4% 9,3%6,4%4,2%2,3% 9,1% mujer36,2%15,1%9,8%6,6%3,5%11,7% total27,7%11,2%7,6%5,1%2,8% 10,0% Tasas de Desempleo por sexo y quintiles de ingreso

Quintiles/ I II III IV V total casen a 2923,2% 10,9% 8,6% 5,6% 3,5% 10,0% 30 a 4412,6% 4,4% 3,1% 1,7% 1,0% 4,3% 45 a 6410,1% 5,5% 2,4% 1,2% 0,7% 3,1% 65 y más12,0% 9,4% 3,9% 3,6% 1,6% 4,6% total15,6% 7,0% 4,9% 2,9% 1,5% 5,8% casen a 2939,3% 18,0% 12,6% 9,5% 7,4% 16,7% 30 a 4421,8% 6,9% 5,7% 3,7% 1,6% 7,6% 45 a 6422,8% 9,1% 4,4% 2,5% 1,0% 6,2% 65 y más24,7% 8,2% 3,7% 3,5% 2,0% 5,7% Total27,7% 11,2% 7,6% 5,1% 2,8% 10,0% Tasas de Desempleo por edad y quintiles de ingreso

Deciles/ ,0% 17,8% 23,2% 23,9% 2 20,0% 23,5% 23,5% 23,6% 3 23,3% 24,5% 23,1% 28,3% 4 31,3% 30,6% 28,3% 23,9% 5 34,7% 32,7% 33,5% 33,8% 6 39,1% 36,9% 37,3% 40,6% 7 44,7% 43,6% 41,3% 44,0% 8 47,1% 49,8% 47,5% 49,6% 9 53,2% 54,7% 55,6% 56,9% 10 58,8% 60,9% 60,2% 66,6% Tasas de Participación Laboral de la Mujer por Deciles

Crecimiento del Empleo -6,00% -4,00% -2,00% 0,00% 2,00% 4,00% 6,00% 8,00% 10,00%

Participación de la Fuerza de Trabajo en la Población mayor de 15 años 0,500 0,510 0,520 0,530 0,540 0,550 0,

Desocupados en el Gran Santiago (miles de personas) 0,0 50,0 100,0 150,0 200,0 250,0 300,0 350,0 400,0 450,0 Fuente: Universidad de Chile