MESA 4: GESTIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR, LA JORNADA LABORAL DOCENTE Y EL CALENDARIO ACADEMICO Preguntas: ¿Cómo podría contribuir en su establecimiento educativo.

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Transcripción de la presentación:

MESA 4: GESTIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR, LA JORNADA LABORAL DOCENTE Y EL CALENDARIO ACADEMICO Preguntas: ¿Cómo podría contribuir en su establecimiento educativo y con sus compañeros para mejorar el cumplimiento de la jornada escolar de los estudiantes y laboral de los docentes? ¿Cree que el cumplimiento de la jornada escolar y de la jornada laboral de los docentes es importante en el desarrollo del currículo de las asignaturas y áreas planteadas en el plan de estudios del EE? De acuerdo a la diapositiva de los objetivos, escriba a quién(es) corresponde(n) garantizar el cumplimiento de cada uno de ellos. (estudiantes, familia, comunidad, docentes, directivos docentes, rectores, Secretaria de Educación, MEN, medios de comunicación)

OBJETIVOS Garantizar a los estudiantes el cumplimiento de la totalidad de la jornada escolar con el fin de desarrollar el currículo completo y en tiempo. Promover el cumplimiento del tiempo de la jornada laboral de los docentes y directivos docentes del sector educativo oficial, como forma de garantizar a los estudiantes la totalidad de la jornada escolar contribuyendo así al mejoramiento de la calidad educativa. Movilizar a los docentes y directivos docentes del sector educativo oficial hacia un concepto de optimización y aprovechamiento del tiempo en el ejercicio de su función. Involucrar a la sociedad en general en el seguimiento y control de la jornada escolar y de la jornada laboral de los docentes en beneficio del desarrollo de la totalidad del currículo impartido a los estudiantes. 1 2 3 4

MARCO JURIDICO Ley 715 de 2001: Artículos 5º, 6º y 7º: Competencias de Nación, y Entidades Territoriales Certificadas Articulo 10. Funciones de rectores o directores. Decretos 1850 de 2002, regula el tiempo en los Establecimientos Educativos. Decreto 3020 de 2002, regula los parámetros de los cargos. Decreto 2831 de 2005: Fondo de prestaciones sociales del Magisterio. Ley 734 de 2002 por la cual se expide el Código Disciplinario Único. Art. 34, literales 2 y 11. Decreto 2277 de 1979, artículo 44, literal f “cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo”, Decreto 1844 de 2007 – por el cual se regula el no pago de días no laborados por los servidores públicos del sector educativo. Ley del Plan de Desarrollo. Art. 144. de la Ley 1450 de 2011. Directivas Ministeriales 10 y 17 de 2009 y 02 de 2012.

TIEMPOS EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO Decreto 1850 de 2002 Jornada Escolar Estudiantes Jornada Laboral Docentes y Directivos Docentes Calendario Académico Establecimiento Educativo

JORNADA ESCOLAR Es el tiempo diario que dedica el EE a sus estudiantes en la prestación directa del servicio educativo para alcanzar como mínimo las intensidades semanales y anuales de clase planteadas en la normatividad vigente. El horario de la jornada es definido por el rector o director al comienzo de cada año lectivo, de conformidad con el proyecto educativo institucional y el plan de estudios y debe cumplirse durante las cuarenta (40) semanas lectivas estipuladas por la ley 115 de 1994 y fijadas por el calendario académico de la respectiva EEC. Los horarios de la jornada escolar deben permitir a los estudiantes el cumplimiento de las siguientes intensidades horarias mínimas, contabilizadas en horas efectivas de 60 minutos.

JORNADA LABORAL Es el tiempo que dedican los docentes al cumplimiento de la asignación académica y a las actividades curriculares complementarias contempladas en el PEI y es de ocho (8) horas diarias. Durante las 40 semanas de clase: Los docentes deben cumplir mínimo 6 horas dentro de la institución; las 2 restantes pueden ser cumplidas dentro o fuera de la institución. Los directivos docentes y orientadores: 8 horas dentro de la institución La asignación académica de los docentes por nivel es: Preescolar: 20 horas semanales Primaria: 25 horas semanales Secundaria y Media: 22 horas semanales Las horas de asignación académica son efectivas de 60 minutos, distribuidas en periodos de clase. Durante las 5 semanas de actividades de desarrollo institucional, todos deben laborar la jornada completa de 8 horas diarias

CALENDARIO ACADÉMICO Para docentes y directivos 40 semanas de trabajo académico con estudiantes, distribuido en dos períodos semestrales 5 semanas de actividades de desarrollo institucional 7 semanas de vacaciones Para estudiantes 40 semanas de trabajo académico, distribuido en dos periodos semestrales 12 semanas de receso estudiantil Nota: la entidad territorial certificada fija las fechas por una sola vez; luego pierde competencia salvo por situaciones de orden público. Ni las autoridades territoriales, ni los consejos directivos, ni los rectores o directores de los EE son competentes para modificar el calendario académico, jornada laboral, ni reposición de clases por días no trabajados por cese de actividades académicas.