Beneficios del Sistema de Pensiones

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Transcripción de la presentación:

Beneficios del Sistema de Pensiones Descargar presentación en: http://www.afp-ag.cl/lista_seminarios2012.html

Los Tres Pilares Pilar 1 o Pilar Solidario Estado ayuda a quienes, por diferentes motivos, no logran obtener por sus propios medios algún tipo de pensión, o bien, el monto de éstas se consideran insuficientes – Garantías Estatales Pilar 2 o Pilar Contributivo Otorga pensiones a quienes cotizan y el resultado de la pensión es fruto de su propio esfuerzo, esto es, una Pensión Autofinanciada – Sistema de AFP Pilar 3 o Pilar Voluntario Permite ahorrar de manera complementaria, con el propósito de incrementar la pensión autofinanciada del Pilar Contributivo - APV, APV Colectivo

Beneficios Pilar 1 Pensión Básica Solidaria (PBS) de vejez e invalidez. Para aquellos que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional y que cumplan determinados requisitos. Aporte Previsional Solidario (APS) de Vejez. Para aquellos que tengan derecho a una o más pensiones regidas por el DL N°3.500, que cumplan determinados requisitos y cuya pensión base sea inferior a la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS) Aporte Previsional Solidario (APS) de Invalidez Para aquellos que hayan sido declarados inválidos, no reciban pensiones de otros regímenes previsionales, que cumplan con determinados requisitos y cuya pensión de invalidez más alguna otra del mismo régimen, sea inferior a la PBS de Invalidez.

Requisitos para la PBS (Pensión Básica Solidaria) Vejez: Serán beneficiarios las personas que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional y que cumplan con los siguientes requisitos: 65 años de edad. Integrar un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población Acreditar residencia en el territorio nacional 20 años (continuos o discontinuos) Adicionalmente, debe acreditar residencia en Chile durante al menos 4 de los últimos 5 años anteriores a la solicitud del beneficio

Requisitos para la PBS (Pensión Básica Solidaria) Invalidez: Serán beneficiarios las personas que sea declaradas inválidas por la Comisión Medica de Invalidez siempre que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional y que cumplan con los siguientes requisitos: 18 y 65 años de edad Integrar un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población Acreditar residencia en el territorio nacional por un lapso no inferior a cinco años en los últimos 6 años anteriores a la presentación de la solicitud

Relación AFP-Sistema Solidario: Conceptualización. APS: (Aporte Previsional Solidario) Beneficio otorgado a los pensionados del DL3500, INP y de sobrevivencia de Ley 16.744 Vejez: Son beneficiarios los que cumplen con la condición 65 años, integrar un grupo familiar perteneciente al 60% mas pobre de la población, acreditar residencia y cuyo monto de la pensión base sea inferior al valor de la pensión máxima con aporte solidario. Invalidez: Son beneficiarios los que cumplen con la condición tener entre 18 y 65 años. Haber sido declarado invalido por la Comisión Médica. Integrar un grupo familiar perteneciente al 60% mas pobre de la población. Acreditar residencia y un monto de la pensión inferior al valor de la Pensión Básica de Invalidez

Principales Contenidos de la Reforma Pilar Solidario Pensión Básica Solidaria - PBS Vejez, Invalidez Aporte Previsional Solidario – APS Pensión Base = P Auto financiada + P Sobreviv. Pensión autofinanciada de referencia Pensión Máxima con aporte previsional solidario PMAS Complemento solidario Factor de Ajuste = PBS/ PMAS Pensión Final = P Base + Complemento solidario

BENEFICIOS DEL SEGUNDO PILAR

Beneficios del Sistema de Pensiones Pensión de Vejez Edad legal: 60 años M, 65 años H Anticipada Monto de pensión >= al 70% de las RI y al 150% PMGE( 80% de PMAS, en 2012) Efecto en Bono de Reconocimiento Por desempeño de trabajos pesados Pensión de Invalidez Parcial y Total Transitoriedad solo Invalidez Parcial Monto de las pensiones Invalidez parcial: 50% de la RI promedio 10 últimos años actualizadas Invalidez total: 70% de la RI promedio 10 últimos años actualizados Calificación de Invalidez: Comisión Médica Regional de la Superintendencia de Pensiones. Instancia de Reclamo: Comisión Médica Central de la Superintendencia de Pensiones.

Beneficios del Sistema de Pensiones Pensión de Sobrevivencia Beneficiarios y sus requisitos La o él cónyuge antigüedad matrimonio, salvo embarazo o hijos en común. Hijos de filiación matrimonial y no matrimonial Solteros, hasta 18 años, o 24 estudiante Madre o Padre de hijos de filiación no matrimonial Soltera o viuda Vivir a expensas Los Padres del trabajador fallecido En ausencia de algunos de los anteriores Tener la condición de carga familiar Monto de pensiones de cada uno en función de Pensión de Referencia Equivale al 70% del Ingreso Base Ingreso Base corresponde a la R I Promedio de los últimos 10 años actualizadas

Modalidades de Pensión PREGUNTAS CLAVES Qué pasa con mi plata? Qué ocurre si fallezco? Puedo seguir trabajando? Qué garantías tengo? Retiro Programado Renta Vitalicia Simple Períodos garantizados Renta Temporal con Rta. Vitalicia Diferida ** Retiro programado con Rta. Vitalicia Inmediata

Modalidades de Pensión Elección de Modalidad Riesgo de rentabilidad Riesgo de longevidad Deseo de mayor protección Deseo de dejar herencia Disponibilidad de otros ingresos Momento de la Jubilación Decisión Voluntaria Momento económico Rentabilidad de los Fondos Tasa de interés vigente

Modalidades de Pensión Certificado de Saldo Documento que señala los fondos que dispone el solicitante al iniciar su trámite de jubilación Se canaliza hacia SCOMP a través de: AFP Cía de Seguros Asesor Previsional SCOMP Sistema de Consultas por Ofertas de Montos de Pensión Único mecanismo de canalizar información Permite a todas las instituciones presentar sus ofertas de manera igualitaria en términos de oportunidad y de información Mecanismo de transparencia para el solicitante, recibe de una sola vez todas las ofertas, bajo una misma estructura de presentación Emite certificado de oferta

Complementos Pilar Solidario Bono por hijo Aumenta el saldo acumulado/complementa pensión Equivale al 10% de 18 ingresos mínimos y se aplica tasa de rentabilidad Requisitos: Pensionadas después del 1 de julio 2009 Mas de 65 años Siguientes situaciones: Afiliada a una AFP Beneficiaria de PBS de vejez Sin estar afiliada (AFP o IPS) perciba pensión de sobrevivencia y además ser beneficiaria del APS. 20 años de residencia, y 4 de los últimos 5 años. Subsidio a Empleadores y trabajadores jóvenes Estado otorga un subsidio equivalente al 5% del salario mínimo tanto al empleador como directo a la cuenta del trabajador Por las primeras 24 cotizaciones, contínuas o discontínuas Joven: entre 18 y 35 años de edad, con RI menor a 1.5 Salario Mínimo Subsidio al APV Incentivos tributarios Aporte directo a la cuenta, equivalente al 15% de lo ahorrado al año, con ciertos topes.