LA CONSTITUCION ESPAÑOLA ACTUAL Por Celia Astorga Cardoso y Celia Torres Martín.

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Transcripción de la presentación:

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA ACTUAL Por Celia Astorga Cardoso y Celia Torres Martín

La Constitución Española de 1978, es la norma jurídica suprema del ordenamiento jurídico de España. La Constitución Española de 1978, es la norma jurídica suprema del ordenamiento jurídico de España. ordenamiento jurídico España ordenamiento jurídico España

La Constitución es la del Estado, es la Ley de leyes a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos. La Constitución es la Norma Fundamental del Estado, es la Ley de leyes a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos. Toda disposición o acto contrario a la Constitución carece de validez y será convenientemente expulsado del ordenamiento jurídico o sancionado con arreglo a las normas sobre justicia constitucional y otras disposiciones constitucionales y legales. Toda disposición o acto contrario a la Constitución carece de validez y será convenientemente expulsado del ordenamiento jurídico o sancionado con arreglo a las normas sobre justicia constitucional y otras disposiciones constitucionales y legales.

La Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas del Congreso de los Diputados nombró una Ponencia de siete diputados, que elaboró un anteproyecto de Constitución. Estas siete personas, conocidas como los Padres de la Constitución fueron: La Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas del Congreso de los Diputados nombró una Ponencia de siete diputados, que elaboró un anteproyecto de Constitución. Estas siete personas, conocidas como los Padres de la Constitución fueron:Padres de la ConstituciónPadres de la Constitución

El sistema político y las autonomías El sistema político: La ideología liberal impregna la Constitución y el sistema político. La monarquía parlamentaria es la forma de gobierno, con un rey, Juan Carlos I de Borbón, heredero legítimo de los derechos dinásticos de Alfonso XIII, traspasados por la abdicación de Don Juan (III) en mayo de Los poderes del monarca están limitados y enumerados en la Constitución. La ideología liberal impregna la Constitución y el sistema político. La monarquía parlamentaria es la forma de gobierno, con un rey, Juan Carlos I de Borbón, heredero legítimo de los derechos dinásticos de Alfonso XIII, traspasados por la abdicación de Don Juan (III) en mayo de Los poderes del monarca están limitados y enumerados en la Constitución.ideologíaliberalDon Juan (III)ideologíaliberalDon Juan (III)

Las autonomías: Las autonomías: La Constitución de 1978 rompe una tradición centralista iniciada en 1700 por Felipe V. Como intento de solución al problema regional y a las reivindicaciones de los grupos nacionalistas vasco y catalán, sin olvidar las minorías nacionalistas aragonesa, gallega, canaria, andaluza y valenciana, se crea un nuevo modelo de Estado descentralizado, en el cual cada región se convierte en una comunidad autónoma con autogobierno, parlamento autonómico, tribunales de ámbito regional y un Estatuto de autonomía que establece el modelo y las competencias que puede asumir. La Constitución de 1978 rompe una tradición centralista iniciada en 1700 por Felipe V. Como intento de solución al problema regional y a las reivindicaciones de los grupos nacionalistas vasco y catalán, sin olvidar las minorías nacionalistas aragonesa, gallega, canaria, andaluza y valenciana, se crea un nuevo modelo de Estado descentralizado, en el cual cada región se convierte en una comunidad autónoma con autogobierno, parlamento autonómico, tribunales de ámbito regional y un Estatuto de autonomía que establece el modelo y las competencias que puede asumir.Felipe Vnacionalistasminoríasnacionalistascomunidad autónomaEstatuto de autonomíaFelipe Vnacionalistasminoríasnacionalistascomunidad autónomaEstatuto de autonomía

Derechos fundamentales Se recogió una amplia declaración de derechos individuales, sin restricciones. Se incluyeron derechos sociales (derecho al trabajo, a la vivienda, a la educación, a la sanidad) y económicos. Se recogió una amplia declaración de derechos individuales, sin restricciones. Se incluyeron derechos sociales (derecho al trabajo, a la vivienda, a la educación, a la sanidad) y económicos.

Artículos importantes (resumidos) Artículo 1. Artículo España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. 1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. 2. la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. 2. la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. Artículo 2. Artículo 2. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Artículo 9. Artículo Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. 1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. 2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. 2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. 3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. 3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Artículo 33. Artículo Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia. 1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia. 2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes. 2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes. 3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes. 3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.