TRANSFERENCIAS EN INGRESO Y GASTO EN MÉXICO JUAN DIEGO OMAR MARTÍNEZ 21 DE NOVIEMBRE DE 2006.

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Transcripción de la presentación:

TRANSFERENCIAS EN INGRESO Y GASTO EN MÉXICO JUAN DIEGO OMAR MARTÍNEZ 21 DE NOVIEMBRE DE 2006

Panorama General de los Ingresos en los municipios de México  Dependencia excesiva de los municipios de las transferencias en:Ingreso, llamadas participaciones (revenue sharing), y Gasto, llamadas aportaciones (labeled funds) Yuanes por Habitante

Fuentes de las transferencias  Las transferencias tanto en Ingreso ( revenue sharing ) como en Gasto (labeled funds) son repartidas a los 2 restantes órdenes de gobierno a partir del pacto fiscal existente Transferencias en Ingreso (revenue sharing )  Las transferencias en Ingreso (revenue sharing) se denominan “participaciones” y son producto del arreglo fiscal entre los tres órdenes de gobierno: Federación, Estados y municipios; a este arreglo se le conoce como “Sistema Nacional de Coordinación Fiscal”  El Sistema Nacional de Coordinación Fiscal se conforma para compensar a las entidades federativas y a los municipios por el sacrificio fiscal de obtener ciertos ingresos a que constitucionalmente tienen derecho y cederlos para su cobro al nivel federal (nacional)

Fuentes de las transferencias  El Sistema Nacional de Coordinación Fiscal (SNCF) se constituye primordialmente por la armonización tributaria entre las tres instancias gubernamentales (Federación, Estados y Municipios).  El Sistema de Participaciones, es indispensable para lograr, una coordinación adecuada de los sistemas fiscales entre los diferentes órdenes de gobierno.

Conceptos de transferencias en ingreso en México Los más importantes son:  Fondo General de Participaciones  Fondo de Fomento Municipal  Participaciones directas de algunos impuestos federales, que surgen del arreglo fiscal entre órdenes de gobierno  Participaciones por la extracción del Petróleo  Reservas de Compensación y Contingencia

Fuentes de las transferencias -Gasto (labeled funds)-  Son transferencias condicionadas para rubros específicos de gasto dentro de las entidades federativas y municipios del país  Nacen en 1998 con la finalidad de profundizar el proceso de descentralización de recursos del nivel nacional para los niveles estatales y municipales  Son la principal fuente de ingresos de estados y municipios  Los recursos tienen una aplicación etiquetada, lo que limita a los gobiernos estatales y municipales en la aplicación de los mismos.  Las decisiones, en gran medida, se continúan tomando a nivel central

DIFERENCIAS ENTRE LAS PARTICIPACIONES Y LAS APORTACIONES  Porcentaje de la recaudación federal participable (RFP).  Gasto libre.  Se rinde cuenta al Congreso Local.  Pueden aplicarse como garantía crediticia.  Obliga a los Estados a otorgar como mínimo el 20% a los municipios y el 100% del Fondo de Fomento Municipal.  Se establecen en el Presupuesto de Egresos de la Federación.  Tienen un destino específico.  Intervienen autoridades federales.  No pueden ser aplicados como garantía.  Se establecen específicamente los montos y cantidades que corresponden a los municipios. Participaciones (revenue sharing) Aportaciones (labeled funds)

La Recaudación Federal Participable y la Distribución de Participaciones y Aportaciones  Respecto a las transferencias en gasto, sirve de referencia para el cálculo de 3 de los 7 Fondos que conforman los Fondos de Aportaciones, estos son: Aportaciones Múltiples (FAM), Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) y Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF)  Es la bolsa general de recursos que sirve de base para el cálculo de las transferencias en ingreso, denominadas participaciones, hacia estados y municipios y como referencia no obligatoria para las transferencias en gasto

Conceptos Generales para el cálculo de la Recaudación Federal Participable A. RFP Bruta - Todos los Ingresos Tributarios - Derechos: Extracción de petróleo (excepto el extraordinario) Minería - Actualizaciones y Recargos - Devoluciones - Compensaciones - Impuesto Sobre Tenencia y Uso de Vehículos - Impuesto Sobre Automóviles Nuevos - 8% Tabacos Labrados - 20% Bebidas Alcohólicas - 20% Cerveza - Derecho Adicional por Extracción de Petróleo - Incentivos Económicos - 6% Loterías B. Deducir a la RFP Bruta C. RFP Neta (A-B) - Base de cálculo de las participaciones (Ramo 28)

Recaudación Federal Participable, Ajustes de las Participaciones y el Fondo General de Participaciones  Las participaciones y los incentivos se pagan mensualmente en forma provisional con la RFP calculada con la información del mes inmediato anterior  Cada cuatro meses la Federación realiza ajustes a las participaciones pagadas efectuando el cálculo sobre la recaudación obtenida en ese periodo  El Fondo General de Participaciones (FGP) se compone aproximadamente con el 22 % de la Recaudación Federal Participable y se transfiere a las entidades federativas bajo 3 criterios

Variables CP TPob t i  Pob i CP Pob TPob i t = = = = = Coeficiente de Participación Población Suma de la población total Cada Entidad Federativa Año en que se hace el cálculo %, en proporción directa a la población de cada Estado. Criterios de Distribución del Fondo General de Participaciones (FGP)

%, en proporción a la recaudación en cada Estado de los Impuestos Asignables, según la siguiente fórmula.  La finalidad de este criterio es el propiciar el aumento de la recaudación a través de un premio o castigo por la diferencia de un año a otro en la recaudación obtenida de los denominados impuestos asignables (Sobre Automóviles Nuevos, sobre Tenencia y uso de Vehículos y Especiales sobre producción y servicios (Tabacos, Bebidas Alcohólicas y Cerveza) Criterios de Distribución del Fondo General de Participaciones (FGP) = Coeficiente de participación de la entidad i en el año para el que se efectúa el cálculo. = Impuestos asignables de la entidad i en el año inmediato anterior a aquél para el cual se efectúa el cálculo = Impuestos asignables de la entidad i en el segundo año inmediato anterior a aquél para el cual se efectúa el cálculo CP i t TB  B i   CP i t-1 IA i t-1  IA i t-2 CP i t IA i t-1 IA i t-2

%, en proporción inversa las participaciones por habitante en cada estado, según la siguiente fórmula CP=Coeficiente de participación que recibe el Estado, en proporción inversa. Pob=Población de la Entidad Federativa A=Lo que recibe la entidad en proporción directa al número de habitantes (fracción I) B=El resultado de la recaudación de los Impuestos Asignables (fracción II) i=Cada Entidad Federativa Variables CP i t TC  C i CiCi = Pob i A + B Criterios de Distribución del Fondo General de Participaciones (FGP)

La Federación en 2006, repartirá por concepto del Fondo General de Participaciones: 177,195,769, de yuanes que significan 1,720 Yuanes por habitante

Baja California Sur, el 22% Colima, el 22% Morelos, el 25% Campeche el 24% Hidalgo, el 25% Oaxaca, el 21% Zacatecas, el 22% Los restantes 19 Estados transfieren a sus municipios por concepto de participaciones el mínimo exigido por la Ley (20%) Fuente: INDETEC Aguascalientes 22% Queretaro, el 22.5% Tabasco, el 22% Nayarit, el 22% Jalisco, el 22%

Los Estados tendrán que repartir, cuando menos el 20% a sus municipios, por lo que estos últimos recibirán en 2006 (en conjunto): 30,274,608, de Yuanes que significan Yuanes por habitante

EL FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL  Se compone con el 1% de la Recaudación Federal Participable (RFP), y depende de la recaudación del Impuesto Predial y de los Derechos de Agua  La fórmula de distribución de estos recursos premia o castiga la diferencia entre la recaudación de dos años anteriores respecto al anterior El 100% le corresponde a los Municipios

FÓRMULA PARA LA DISTRIBUCIÓN DEL FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL SIGLAS: IPDA=Recaudación local del Impuesto Predial y de los Derechos de Agua t-1=Un año inmediato anterior, al que se hace el cálculo t-2=Dos años inmediatos anteriores, al que se hace el cálculo CE i t TA  A i  A CE i t-1 IPDA i t-1   IPDA i t-2

La Federación en 2006 repartirá por concepto del Fondo de Fomento Municipal: 8,409,141, de Yuanes que significan Yuanes por habitante

1/ Cifras de acuerdo al INPC-base 2002 (junio del 2006) 2/ Los Estados deben repartir cuando menos el 20%, La Federación en 2006 repartirá 1 por participaciones directas :(Yuanes) ISTUV 9,555,955,636 1,911,192,582 ISAN3,292,590, ,515,220 IEPS3,319,424, ,883,432 Bebidas Alcohólicas702,326, ,468,214 Cerveza y Refrescos1,803,566, ,710,386 Tabaco Labrados813,531,434162,704,832 ESTADOS MUNICIPIOS 2 (en su conjunto)

Transferencias a Municipios como porcentaje de la RFP, 2005

INCENTIVOS DE LA COLABORACION ADMINISTRATIVA PARA LOS MUNICIPIOS

PARTICIPACIONES QUE LES CORRESPONDEN A TODOS LOS MUNICIPIOS a)Cuando menos un 20% de las participaciones que le corresponden al Estado del FGP b)El 100% del FFM c)Cuando menos el 20% de lo que le corresponda al Estado por ISTUV, ISAN y IEPS. d)90% de las multas federales no fiscales que recauden los municipios e)El 80% por la inscripción al RFC de los Pequeños Contribuyentes (Excepciones) f)Cuando menos el 20% de lo que perciba el estado por la verificación de mercancía extranjera (anexos 8 y 14 CCA)

Participaciones e Incentivos Económicos distribuidos a los Municipios, 2005

COORDINACION LOCAL

FUNCIONES OPERATIVAS, OBJETO DE LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN ENTRE EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS  Registro de Contribuyentes  Recaudación, Notificación y Cobranza  Informática  Asistencia al Contribuyente  Consultas y Autorizaciones  Comprobación de cumplimiento de las disposiciones fiscales  Determinación de impuestos y de sus accesorios  Imposición y condonación de multas  Recursos administrativos e intervención en juicios. Entre otras:

LEYES DE COORDINACIÓN FISCAL Documento que establece:  Los Criterios de Distribución de las participaciones federales de un estado al Municipio  Bases para la celebración de Convenios de Colaboración Administrativa  Creación de Órganos del Sistema Estatal de Coordinación

DISTRIBUCION DE LAS PARTICIPACIONES EN DISTINTOS FONDOS UNA SOLA BOLSA Ags., Camp., Hgo., Jal*., Mich., Mor., Qro., Q. Roo, Sin., Tab., Tlax., Yuc. y Zac. 13 Estados */ Pareciera que el Fondo de Fomento Municipal se distribuye dos veces

DISTRIBUCIÓN DE LAS PARTICIPACIONES EN INGRESOS PARA LOS MUNICIPIOS EN DISTINTOS FONDOS  Fondo de Fomento Municipal individual  Los Impuestos Federales individualmente.  Combinación de fondos:  FGP, ISTUV, ISAN y IEPS  FGP, IEPS y FFM  FGP y IEPS  FFM y Part. Etales  FGP, ISAN y IEPS  FGP, ISAN e ISTUV  FFM, IEPS y Part. Etales.  FGP, ISAN y FFM  FGP, FFM, ISAN y IEPS  ISAN y IEPS  FGP y FFM

VARIABLES EN LOS CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN  Población,  Recaudación,  Indice de Marginalidad,  Asignables Federales,  Partes Iguales,  Participaciones anteriores,  Número de comunidades y delegaciones,  Inversa de la población y recaudación,  Extensión territorial,  Etc.

VARIABLES EN LOS CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN

TRANSFERENCIAS EN GASTO, DENOMINADAS FONDOS DE APORTACIONES FEDERALES MUNICIPALES (LABELED FUNDS)

Los Fondos de Aportaciones Federales son recursos condicionados que el Gobierno de la Federación transfiere a los Estados y Municipios para su ejercicio, dentro de una nueva conformación de atribuciones de gasto entre los tres ámbitos de gobierno.

La importancia que estos fondos tiene para las Entidades radica, tanto en su monto (40% de sus presupuestos aproximadamente); así como, en el destino hacia el cual va dirigido el ejercicio de estos recursos: cubrir las necesidades básicas de la población.

INTEGRACION DE LOS FONDOS DE APORTACIONES (CLASIFICADO DENTRO DEL PRESUPUESTO COMO RAMO 33) RAMO 12 Salud RAMO 4 Gobernación RAMO 11 Educación RAMO 23 Previsiones salariales y económicas RAMO 26 Desarrollo social y productivo en regiones de pobreza RAMO 25 Previsiones y aportaciones para los sistemas de educación básica y normal RAMO 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipales

Fondos de Aportaciones Federales Contemplados en el Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación 2006 N° Fondo OriginalFondo Derivado I Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB) II Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASS) III Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) 1. Fondo para la Infraestructura Social Estatal (Fise) 2. Fondo para la Infraestructura Social Municipal (Fasm) IV Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF) V Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM) 1. Asistencia Social 2. Infraestructura Educativa Básica (IEB) 3. Infraestructura Educativa Superior (IES) VI Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos (FAETA) 1. Educación Tecnológica 2. Educación de Adultos VII Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP)

Para la Educación Básica y Normal. Para los Servicios de Salud De Aportaciones Múltiples Para la Educación Tecnológica y de Adultos Para la Seguridad Pública de los Estados y el Distrito Federal Para la Infraestructura Social Para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal. FONDOS DE APORTACIONES FEDERALES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL

FONDO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL (FAISM)

Destinado a exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de la población que se encuentre en condiciones de rezago social y pobreza extrema, en los siguientes rubros. Agua potable. Alcantarillado. Drenaje y letrinas. Urbanización municipal. Electricidad rural y de colonias pobres. Infraestructura básica de salud. Infraestructura básica educativa. Mejoramiento de la vivienda. Caminos rurales. Infraestructura productiva rural. D E S T I N O

... Adicionalmente Los Municipios pueden disponer: Hasta un 2% del total de recursos del FAISM Hasta un 3% del total de recursos del FAISM Para la realización de un Programa de Desarrollo Institucional Para ser aplicados como gastos indirectos a las obras señaladas

CRITERIOS PARA SU DISTRIBUCIÓN  POBREZA EXTREMA  Necesidades Básicas  Ingreso per cápita  Nivel educativo promedio por hogar  Disponibilidad de espacio de la vivienda  Disponibilidad de drenaje  Disponibilidad de electricidad-combustible para cocinar Mediante fórmulas, establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal (art. 34 de la LCF)

2.5% de la Recaudación Federal Participable: Recaudación Federal Participable: B A S E 2.197% para los Municipios (solo para efectos de referencia)

OBLIGACIONES DE LOS MUNICIPIOS Dar a conocer a sus habitantes, los montos que reciban, las obras y acciones a realizarse, su costo, su ubicación, metas y beneficiarios Promover la participación de la comunidad en su destino, aplicación y vigilancia, así como en la programación ejecución, control, seguimiento y evaluación. Informar a sus habitantes, sobre los resultados alcanzados, al término de cada ejercicio Proporcionar a la SEDESOL, por conducto de los estados, toda la información que ésta les requiera Procurar que las obras, sean compatibles con la preservación y protección del medio ambiente y que impulsen el desarrollo sustentable

La Federación en 2006 repartirá a los Municipios por concepto del Fondo de Aportaciones Federales para la Infraestructura Social Municipal: 18,208,732, de Yuanes que significan Yuanes por habitante

PROCEDIMIENTO DE RADICACION SHCP SEDESOL MUNICIPIOS ESTADOS

FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUNDF)

Se destinará exclusivamente a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras y a la atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes. (Art. 37 de la LCF) D E S T I N O

CRITERIOS PARA SU DISTRIBUCIÓN EN PROPORCION DIRECTA AL NUMERO DE HABITANTES CON QUE CUENTE CADA ENTIDAD FEDERATIVA DE ACUERDO CON LA INFORMACION ESTADISTICA MAS RECIENTE QUE AL EFECTO EMITA EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA, GEOGRAFIA E INFORMATICA

B A S E de la Recaudación Federal Participable: Recaudación Federal Participable: 2.35% para los Municipios (solo para efectos de referencia)

CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN Demarcaciones Territoriales Municipios 2.35% en proporción directa al número de habitantes % 25% Población Flotante 75% Población Residente

Asig.FORTAMUNDF ,236,338,581 R.F.P ,799,850,960 Estados 2.35% R.F.P. 19,476,796,497 DF % de la R.F.P. 1,759,542,083 Pob. Total sin el DF. (2005 e )96’945,146 Asig. Per cápita Estados200.9 Pob.Total del DF. No incluye AC(2005 e ) 8’664,960 Asig. Per cápita DF Fuentes: Ley de Ingresos de la Federación para 2006, acuerdo para la distribución del ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación 2006 publicados en el DOF e/ Estimación 2005, tomada de los Indicadores Estratégicos de Ocupación y Empleo, de la Encuesta Nacional en el tercer trimestre de 2005, INEGI. Noviembre 2005, publicados en el DOF FORTAMUNDF (Cantidades expresadas en yuanes )

O B L I G A C I O N E S LOS MUNICIPIOS Dar a conocer a sus habitantes, los montos que reciban, las obras y acciones a realizarse, su costo, su ubicación, metas y beneficiarios Informar a sus habitantes, sobre los resultados alcanzados, al término de cada ejercicio

La Federación en 2006 repartirá a los Municipios por concepto del Fondo de Aportaciones Federales para el Fortalecimiento Municipal y de las Demarcaciones Territoriales: 21,236,338,581 de Yuanes que significan Yuanes por habitante

SHCP ESTADOS MUNICIPIOS PROCEDIMIENTO DE RADICACION

Gracias por su atención Juan Diego Omar Martínez Delgado (INDETEC)