Clasificación de los Títulos Valores

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Sociedad Anónima Es la Sociedad Mercantil de carácter capitalista, que se identifica con denominación social, tiene su capital dividido y representado.
Advertisements

LEY CAMBIARIA Y DEL CHEQUE
TITULOS DE CREDITO Un título de crédito, también llamado título valor, es aquel "documento necesario para ejercer el derecho literal y autónomo expresado.
Letra de Cambio
ACCIONES CAMBIARIAS
El Pagaré
GESTIÓN ADMINISTRATIVA
DOCUMENTOS COMERCIALES
4. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
DERECHO MERCANTIL II. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
México, D.F. a 9 de noviembre de Por esta única letra de cambio se servirá usted pagar incondicionalmente la cantidad de dos mil pesos a la orden.
PAPELES DE COMERCIO: CHEQUE- LETRA DE CAMBIO Y PAGARÈ
Derecho Mercantil.
 Letra de Cambio.  Cheque.  Pagaré.
TITULOS VALORES DEFFINICIÓN: son documentos que contienen un derecho literal y autónomo; de carácter económico. Es decir, son documentos que se utilizan.
Clasificación de los Títulos de Crédito
TITULOS VALORES EN COSTA RICA
Documentación contable II
3.2 Clasificación de las Cuentas de Balance
Logística Internacional
LETRA DE CAMBIO.
«Derecho Mercantil » Zetina Zacarías Fredy INSTITUTO TECNOLÓGICO
Derecho Mercantil Instituto tecnológico de Lerma 6.4 El endoso
Por: Eúan Reyes Yudiana Concepción.
Los títulos de crédito Derecho Mercantil
Títulos Valores.
Sociedades Mercantiles
TITULOS VALORES ESPECIFICOS
R. Javier Gonzales Concepción
GARANTIAS ADUANERAS FINALIDADES: ASEGURAMIENTO DEL PAGO DE TRIBUTOS
Clasificación Según su vinculación con la causa de creación
Tipos y características de instalaciones deportivas.
BIENES MERCANTILES INTEGRANTES: SERGIO ALEJANDRO DELGADO
ACCIONES.
HISTORIA DE LOS TITULOS VALORES
INSTRUMENTOS DE COBRO Y PAGO
NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA
Catedrático: Emilio Balarezo Reyes
Derecho Comercial II Títulos de Crédito (1).
Camilo López Jiménez Sebastián Botero Gómez Alex Santa Pineda
Pagaré.
Ulises Córdoba Anais Gómez Darío García Wilcon Venencia Andrea Galeano
TITULOS VALORES CAMBIARIOS
TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
CATEDRATICO: Emilio Balarezo Reyes
INSTRUMENTOS Y OPERACIONES FINANCIERAS
COMISIONES Y ENDOSO Francia parra correa.
DERECHO MERCANTIL TÍTULOS DE CRÉDITO
LEGISLACION COMERCIAL POR: DINA ESTHER CASTRO RAMOS
Alumnos: Hernández Rodríguez Herrera Pacheco Maldonado Noh
LOS MEDIOS DE PAGO INTERNACIONALES
ING. CESAR AUGUSTO CARDENAS ORTEGA
MAESTRIA EN IMPUESTOS U.A.A.
Pagarés y Cedulas Hipotecarias.
Unidad 6 Castillo Núñez Erika Gutiérrez Lezama Jesús Peña cuevas Edeer
TITULOS-VALORES.
TESIS III: TITULOS VALORES
EL PAGARE Concepto: Es un título de crédito que contiene la promesa incondicional del suscriptor de pagar una suma de dinero en lugar y época determinados,
endoso Previo a conocer al endoso hablemos de los títulos nominativos.
Sociedad de Responsabilidad Limitada comercial
LETRA DE CAMBIO Es un título valor que se extiende por una persona (acreedor – librador) y recoge una obligación de pago aceptada por otra persona (deudor.
Instituto tecnológico de Lerma UNIDAD 6 “Los títulos de crédito” Materia: Derecho Mercantil Maestra: Candelaria Arroyo Alumnas: Miriam Correa Alejandro.
CUESTIONARIO INICIAL ¿Qué ventajas crees que tiene un empresario al efectuar sus pagos a crédito o aplazado en lugar de hacerlo al contado? ¿Qué departamento.
Tema 4: El cheque y el pagaré.
Gestión administrativa
TALLER DE NEGOCIACIONES
Teoría de los Títulos de Crédito
TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO.
Dr. Roberto E. Franco Zesati
Cheque. Tal vez no hayas utilizado nunca una letra de cambio o un pagaré, pero seguramente has utilizado el cheque: DEFINICIÓN. Título de crédito en virtud.
Transcripción de la presentación:

Clasificación de los Títulos Valores TITULOS VALORES SEGÚN LA FORMA COMO SE PROMETE EL PAGO A BASE DE ORDEN. EL CREADOR ES SIEMPRE PARTE INDIRECTA PORQUE DA UNA ORDEN DE PAGO A UN TERCERO. Cheque, Letra , Libranza. A BASE DE PROMESA: EL CREADOR ES SIEMPRE PARTE DIRECTA PORQUE PROMETE PAGAR DIRECTAMENTE ÉL. Pagare. Acciones. (Construya los ejemplos con un certificado de depósito de almacén general, un CDT, una carta de porte, y un conocimiento de embarque).

Clasificación de los Títulos Valores TÍTULOS DE ACUERDO A LA CLASE DE DERECHO QUE INCORPORA. DE CONTENIDO CREDITICIO, Los derechos incorporados es una suma de dinero ya sea mediante una orden o una promesa. (letra, cheque , pagaré.) CORPORATIVOS DE PARTICIPACIÓN O PERSONALES, es el derecho al crédito como las acciones, confieren el derecho a participar en reuniones de asambleas, deliberaciones decisorias, funciones fiscalizadoras, económicas en caso de liquidación, (Acciones)

Clasificación de los Títulos Valores TÍTULOS DE ACUERDO A LA CLASE DE DERECHO QUE INCORPORA. DE TRADICIÓN. O REPRESENTATIVOS de MERCANCIA, confieren a su titular un derecho real sobre mercancías, mas el titulo. (certificado de deposito, bono de prenda, carta de porte o conocimiento de embarque). 644 c.cio contiene los derechos del tenedor de títulos representativos de mercancías, como disponer de ella y ejercitar acción de regreso por el valor que aparece en el título.

Clasificación de los Títulos Valores TÍTULOS DE ACUERDO A LA LEY DE CIRCULACIÓN TITULOS AL PORTADOR., se expiden a persona indeterminada, pero determinable, se negocian con la mera entrega de los mismos art. 688. Se puede girar al portador en Colombia: la letra de cambio. 671 Nº 4, El pagaré 709 Nº 3, El cheque 713 Nº 3, Certificado de deposito y bono de prenda art Nº 763, Carta de porte y conocimiento de embarque art 768 Nº 4

Clasificación de los Títulos Valores TÍTULOS DE ACUERDO A LA LEY DE CIRCULACIÓN TÍTULOS A LA ORDEN : se expiden a favor de una persona determinada y negociables mediante el endoso y la entrega de los mismos. (cheque y letra de cambio.) TÍTULOS NOMINATIVOS: se expiden a favor de una persona determinada y se negocian con endoso, entrega y la inscripción de un registro especial que lleva el creador del mismo. La medida cautelar en estos títulos se perfecciona cuando la entidad creadora recibe la comunicación correspondiente.

Clasificación de los Títulos Valores TÍTULOS SEGÚN SEAN REGULADOS O NO POR LA LEY TIPICOS O NOMINADOS. regulados por la ley y nominados por la simple mención o reconocimiento que de los mismos haga la ley. Art, 1394 c.c. CDT Y ATIPICOS O INNOMINADOS. No están regulados por la ley, sino que son creación de la costumbre. La tesis predominante en la jurisprudencia colombiana es la de negar que existan fuentes creadoras de títulos valores distintas a la ley. Aunque la Superfinanciera de Valores y Sociedades sostienen que la ley no es la única fuente creadoras de títulos; el C.D.T. Y T.A.N. (TÍTULOS DE AHORRO NACIONAL, son títulos por reunir los requisitos que la ley exige).

Clasificación de los Títulos Valores TÍTULOS DE ACUERDO A LA FORMA DE CREACIÓN: TÍTULOS SINGULARES: tienen características individuales que difieren de otros, ejemplo giro un cheque para comprar una nevera. TÍTULOS SERIALES: Son los que ofrecen características genéricas que no se pueden diferenciar unos de otras como es el caso de acciones o de bonos hechos por una sociedad. (Ubique un ejemplo). Firma -621, medios mecánicos responsabilidad del obligado

Clasificación de los Títulos Valores TITULOS VALORES DE ACUERDO A LAS PERSONAS QUE LOS CREAN PUBLICOS Los expedidos por entidades oficiales. Bonos de guerra. PRIVADOS Los expedidos por los particulares, para transacciones particulares. TÍTULOS VALORES DE ACUERDO A LOS EFCTOS DE LA CAUSA EN LA VIDA DEL T.V. Y AL PRICIPIO DE ABSTRACCIÓN. TÍTULOS ABSTRACTOS. La abstracción implica que contra el 3ero no prosperan excepciones personales, porque se desvinculan por completo de la causa que le dio origen al titulo , es decir del negocio jurídico o la relación subyacente. TÍTULOS CAUSALES O CONCRETOS: son aquellos que no se pueden desvincular de la causa que les dio origen como es el caso de las acciones, pues si la sociedad desaparece pasa igual con las acciones.

Clasificación de los Títulos Valores SEGÚN EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Y MENCIONES EXIGIDOS POR LA LEY. TÍTULOS COMPLETOS. Los que cumplido con todos los requisitos y menciones que la ley señala c.cio art. 620. TÍTULOS INCOMPLETOS O INCOADOS O EMPEZADOS. Son aquellos en que el suscriptor solo implantó su firma, dejando deliberadamente espacios en blanco para ser llenados el legitimo tenedor de acuerdo a las instrucciones dadas por aquel.

Clasificación de los Títulos Valores SEGÚN EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Y MENCIONES EXIGIDOS POR LA LEY. TÍTULOS EN BLANCO. En Colombia el poder de llenar el título deriva directamente de la intención del tenedor cuando el título no ha circulado; y de la presunción que el tercero de buena fe lo ha llenado de acuerdo a las instrucciones. QUIEN PUEDE LLENAR EL TITULO VALOR EN BLANCO. 622 expresa cualquier tenedor legitimo, que lo detente conforme a la ley de circulación. Puede ser el tomador o beneficiario y cualquier tenedor ulterior que lo posea según la ley de circulación.

Clasificación de los Títulos Valores TERMINO PARA LLENAR EL TITULO VALOR EN BLANCO. Según la legislación colombiana se sabe, de que momento se parte para poder llenar el título y es desde la fecha de emisión del mismo (creación y entrega al tomador) pero no dice hasta cuando hay tiempo para hacerlo. Lo que ayuda a la no prescripción.

Clasificación de los Títulos Valores El 622 del c.cio determina que el tenedor legitimo debe llenarlo antes del ejercicio del derecho incorporado, esto es con anterioridad a la presentación para el pago o ejercicio de la acción cambiaria. Resumiendo el legislador no determinó el tiempo pero si la circunstancia para ejercer los derechos incorporados. Pero puede ocurrir que en las instrucciones verbales o escritas aparezcan fechas o términos para el llenado, el material probatorio es débil y daría oportunidad a la excepción que no fue llenado conforme a las instrucciones.

Clasificación de los Títulos Valores Que ocurre si se presenta el título sin haberlo completarlo o fué llenado en forma parcial ? Se excepcionará con la falta de requisitos para el ejercicio de la acción.

Clasificación de los Títulos Valores INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL TITULO EN BLANCO. El 622 expresa que debe ser llenado conforme a las instrucciones del suscriptor , creador , entendiéndose únicamente por suscriptor al creador y no a los demás obligados o signatarios. Una vez lleno se puede hacer valen frente a los que han intervenido en el título. PRUEBA DE INTRUCCIONES. el creador del título puede probar esta circunstancia por medio de carta de instrucciones, de un testimonio, de documentos o por medio de indicios, la carga de la prueba solo corresponde a los demandados.

Clasificación de los Títulos Valores CASO ESPECIAL DEL TENEDOR DE BUENA FE EXCENTA DE CULPA. Inciso final del 622. Expresa una protección al tenedor de buena fe exenta de culpa del 835 del c.cio. Pues quien la alega debe de mostrarla y se responde conforme al 631 del c.cio. en caso de alteración del título, los signatarios anteriores se obligan conforme al texto original y los posteriores conforme al texto alterado. Se presume que la suscripción ocurrió antes de la alteración. QUE TÍTULOS SE PUEDEN EMITIR EN BLANCO. Todos los título se pueden emitir en blanco para ser llenados conforme a la emisión, excepción, títulos seriales, bonos y acciones los cuales ya vienen preimpresos.

Clasificación de los Títulos Valores TÍTULOS DE ACUERDO AL ALCANCE DE SU NEGOCIABILIDAD TÍTULOS RESTRICTIVOS. SI SE LIMITA LA NEGOCIABILIDAD, "NO NEGOCIABLE", "NO TRANSFERIBLE POR ENDOSO", "SIN MI RESPONSABILIDAD", "PÁGUESE AL PRIMER BENEFICIARIO". ESTAS CLÁUSULAS SON APLICABLES A LOS CHEQUES, EXCEPTO LA "SIN MI RESPONSABILIDAD" QUE ES APLICABLE A TODOS LOS TÍTULOS CUANDO SE ENDOSAN. TÍTULOS NO RESTRICTIVOS. AQUELLOS CUYA NEGOCIABILIDAD NO ESTÁ LIMITADA.

Clasificación de los Títulos Valores TÍTULOS DE ACUERDO AL ORIGEN TERRITORIAL TÍTULOS NACIONALES. Son los que se crean de acuerdo a la ley colombiana es decir el titulo III del libro III del c.cio. TÍTULOS EXTRANJEROS: Según la ley extranjera. El art. 646 nacionalizó los títulos creados conforme a la ley extranjera al mencionar: ” UN TITULO VALOR EXTRANJERO PARA SER CONSIDERADO EN COLOMBIA SOLAMENTE NECESITA CUMPLIR LOS REQUSITOS ESTABLECIDOS EN LA LEY QUE LOS CREÓ., ASÍ ESTE EN CONTRAVENCIÓN CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS POR LOS TITULOS VALORES COLOMBIANOS. Este tratamiento preferente se da para facilitar las transacciones internacionales de títulos extranjeros. .

Clasificación de los Títulos Valores TÍTULOS DE ACUERDO AL ORIGEN TERRITORIAL Para ser exigible en Colombia un título creado en el extranjero es necesario acompañar de la demanda la legislación del país en que se creó el título, ello para verificar que dicho documento si reúne los requisitos del título y desde luego ser competente la jurisdicción colombiana para conocer y fallar esta clase de procesos.