INSTITUCIONES Y NORMATIVA DE LA UNIÓN EUROPEA

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Transcripción de la presentación:

INSTITUCIONES Y NORMATIVA DE LA UNIÓN EUROPEA

INSTITUCIONES Y NORMATIVA DE LA UNIÓN EUROPEA PARLAMENTO EUROPEO CONSEJO DE LA U.E. COMISIÓN EUROPEA TRIBUNAL DE JUSTICIA BCE Y BEI ÓRGANOS CONSULTIVOS TOMA DE DECSIONES

1.EL PARLAMENTO EUROPEO

EL PARLAMENTO EUROPEO Institución creada en los años 50 Ha experimentado un progresivo aumento de sus competencias Se encarga de representar y defender los intereses de los ciudadanos de la UE Está formado por 785 miembros que son elegidos por sufragio universal directo Siete grupos políticos europeos Número de escaños por país

Alemania 99 Irlanda 12 Austria 17 Italia 72 Bélgica 22 Letonia 8 Bulgaria Lituania Chipre 6 Luxemburgo Dinamarca 13 Malta 5 Eslovaquia Países Bajos 25 Eslovenia 7 Polonia 50 España Portugal Estonia Reino Unido Finlandia República Checa Francia Rumanía 32 Grecia Suecia 18 Hungría TOTAL 736

EL PARLAMENTO EUROPEO El candidato que obtiene la mayoría absoluta de los votos emitidos en votación secreta es elegido Presidente. Mandato de dos años y medio, renovable Funciones principales: Aprobar la legislación europea Ejercer el control democrático Aprobar el presupuesto de la UE Sede del Parlamento Europeo: Estrasburgo (Francia)

EL PARLAMENTO EUROPEO REPRESENTACIÓN Parlamento Español Sufragio directo Sufragio universal

EL PARLAMENTO EUROPEO PODERES Parlamento Español Parlamento Europeo Colegislador Poder presupuestario Control sobre todas las instancias Europeas Poder legislativo Poder presupuestario Control de la acción gubernamental

EL PARLAMENTO EUROPEO COMPOSICIÓN Parlamento Español 785 diputados Congreso: 350 miembros Senado: 264 miembros

TIEMPO DE LA LEGISLATURA EL PARLAMENTO EUROPEO TIEMPO DE LA LEGISLATURA Parlamento Español Parlamento Europeo 5 años 4 años

EL PARLAMENTO EUROPEO FUNCIÓN LEGISLATIVA Parlamento Español Parlamento y Consejo Senado y Congreso

EL PARLAMENTO EUROPEO FUNCIÓN DE CONTROL Parlamento Español Control financiero Comisiones de investigación infracciones del Dcho. Comunitario Dcho. De recurso ante el T.J. Ambas cámaras controlan la acción del gobierno

FUNCIÓN PRESUPUESTARIA EL PARLAMENTO EUROPEO FUNCIÓN PRESUPUESTARIA Parlamento Español Parlamento Europeo Autoridad presupuestaria Autoridad presupuestaria

2. EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA Institución creada en los años 50. Detenta el poder legislativo Representar y defender los intereses de los estados miembros Órgano colegiado formado por los ministros de cada uno de los países miembros Se reúne en 9 configuraciones diferentes en función del tema a debatir La presidencia del consejo va rotando por países cada 6 meses

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA Seis responsabilidades básicas: Aprobar leyes europeas Coordinar las políticas económicas generales Concluir acuerdos internacionales Aprobar el presupuesto de la UE Desarrollar la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) Coordinar la cooperación entre los tribunales nacionales y la policía en materia penal

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA El Consejo de le Unión Europea es único, sin embargo por razones de organización es reúne en distintas formaciones: El Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores (CAGRE) El Consejo de Asuntos Económicos y Financieros (ECOFIN) El Consejo de Justicia y Asuntos de Interior (JAI) El Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores (EPSCO) El Consejo de Competitividad El Consejo de Transporte, Telecomunicaciones y Energía (TTE) El Consejo de Agricultura y Pesca El Consejo de Medio Ambiente El Consejo de Educación, Juventud y Cultura (EJC)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA Sistema de votación por mayoría cualificada: Reparto de los votos en función de la población Se alcanza mayoría cualificada cuando: Una mayoría de estados miembros lo aprueban Se reúne un mínimo de 255 votos a favor En algunos ámbitos sensibles las decisiones tienen que ser unánimes

Votos por países Alemania, Francia, Italia y Reino Unido: 29 España y Polonia: 27 Rumanía: 14 Países Bajos: 13 Bélgica, República Checa, Grecia, Hungría y Portugal: 12 Austria, Bulgaria y Suecia: 10 Dinamarca, Irlanda, Lituania, Eslovaquia y Finlandia: 7 Chipre, Estonia, Letonia, Luxemburgo y Eslovenia: 4 Malta: 3 TOTAL 345

3. COMISIÓN EUROPEA

COMISIÓN EUROPEA Creada en los años 50. Poder ejecutivo Representar y defender los intereses de la UE en su conjunto (independiente de los Estados miembros) Órgano colegiado formado por 27 miembros El Parlamento y el Consejo intervienen en la elección del Presidente de la Comisión y de los “Comisarios” (cada 5 años)

COMISIÓN EUROPEA Funciones principales: Proponer legislación al Parlamento y al Consejo Gestionar y aplicar las políticas de la UE Hacer cumplir la legislación europea Elaborar el presupuesto de la UE Representar a la UE en los foros internacionales

COMISIÓN EUROPEA Se reúne una vez por semana, generalmente los miércoles, en Bruselas El personal de la Comisión se organiza en Direcciones Generales (DG) Cada DG se ocupa de un área concreta Se adopta la propuesta si al menos 14 de los 27 comisarios la aprueba

COMISIÓN EUROPEA Subcomisiones: Políticas Relaciones exteriores Servicios generales Servicios internos

COMISIÓN EUROPEA Consejo de Asuntos Económicos y Financieros o ECOFIN Comisario: Joaquín Almunia Ministros de Economía y hacienda de los estados miembros. Funciones: Coordinación de las políticas económicas Vigilancia presupuestaria Supervisión de las políticas presupuestarias y las finanzas públicas de los Estados miembros El euro (aspectos jurídicos, prácticos e internacionales) Los mercados financieros y los movimientos de capital y las relaciones económicas con terceros países.

COMISIÓN EUROPEA Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades de la Comisión Europea Comisario: Vladimír Špidla Funciones: Más y mejor empleo Libre circulación de los trabajadores y coordinación de los regímenes de seguridad social Mejores condiciones laborales Integración y no discriminación sociales Igualdad entre hombres y mujeres

COMISIÓN EUROPEA Investigación e innovación Comisario: Janez Potocnik Política común Mejorar la coordinación de las actividades Utilización de las aplicaciones de la investigación al servicio de otras políticas Promoción del papel de las ciencias en las sociedades modernas Instrumento principal: Séptimo programa Marco

PROGRAMA MARCO Programa Cooperación (Salud, Energía, Medio ambiente, Transporte…) Programa Ideas (reforzar la investigación ) Programa Personas (atraer más jóvenes investigadores) Programa Capacidades (ofrecer a los investigadores herramientas de calidad)

4. TRIBUNAL DE JUSTICIA

TRIBUNAL DE JUSTICIA Tratado de Bruselas 1952 Composición: 27 Jueces, 8 Abogados Generales y un Secretario Funciones: Comprobar las actuaciones de Gobiernos Interpretar las disposiciones de derecho común

TRIBUNAL DE JUSTICIA Competencias: Recurso por incumplimiento (Estado no acata las leyes comunitarias) Recurso de anulación (revocación de un acto) Recurso por omisión (De un acto por una institución) Recursos de casación (contra sentencias del Tribunal de primera instancia) Cuestiones prejudiciales (dudas)

5. BANCO CENTRAL EUROPEO Y BANCO EUROPEO DE INVERSIONES

BANCO CENTRAL EUROPEO Banco Central de todos los países de la UE Funciones: Definir y ejecutar la política monetaria de la zona euro ( Estabilidad de precios) Operaciones de cambio de divisas Reserva oficial de divisas Promover buen funcionamiento de los medios de pago

BANCO EUROPEO DE INVERSIONES Tratado de Roma 1958 Sede: Luxemburgo Accionistas: Países de la UE Consejo de Gobernadores ( 15 Ministros de Hacienda) Órgano financiero comunitario

BANCO EUROPEO DE INVERSIONES Funciones: El BEI es uno de los principales prestatarios internacionales y sus emisiones se cotizan en las principales bolsas

BANCO EUROPEO DE INVERSIONES Objetivos: Dentro de la Unión Europea: Desarrollo económico de las regiones menos favorecidas Mejora de las infraestructuras de transportes y telecomunicaciones de interés europeo Protección del medio ambiente y del entorno urbano Sector energético Fomento de las PYMES Cooperación al desarrollo Fuera de la Unión Europea: El BEI interviene en favor de Estados o grupos de Estados con los que la Unión ha celebrado distintos acuerdos

6. Órganos consultivos El Comité de las Regiones (CDR). El Comité Económico y Social Europeo (CESE)

CDR Creado en 1994 en el Tratado de la Unión Europea. Formado por representantes de las autoridades regionales y locales de Europa. Debe ser consultado antes de que se tomen decisiones de la UE sobre asuntos que conciernen al gobierno local y regional, tales como la política regional, el medio ambiente, la educación y el transporte. Su función es presentar los puntos de vista locales y regionales en la legislación de la UE. La Comisión y el Consejo deben consultar al Comité en cuestiones de importancia directa para las autoridades locales y regionales.

CESE Fundado en el Tratado de Roma 1957 Ofrece un asesoramiento especializado a las grandes instituciones de la UE (Comisión Europea, Consejo de la UE, Parlamento Europeo). 

CESE Sus trabajos se estructuran en torno a tres grupos: Empresarios Trabajadores Actividades diversas (agricultores, consumidores, ecologistas, familias, ONG, etc).

CESE Funciones: Asesorar al Consejo, a la Comisión y al Parlamento, bien a petición de estas instituciones o por iniciativa propia. Animar a la sociedad civil a participar más en la elaboración de las políticas de la UE. Fomentar el papel de la sociedad civil en los países no pertenecientes a la UE y contribuir a la creación de estructuras consultivas.

7. La toma de decisiones

La toma de decisiones Los tipos de procedimiento son: Codecisión Dictamen conforme Consulta Cooperación

1. Codecisión

2. Dictamen conforme Instituido en el Acta Única Europea (1986). El PE examina proyecto de acto emitido por el consejo, y decide sobre su aprobación por mayoría absoluta.

3. Consulta Se aplica a los asuntos para los que es necesaria la unanimidad en el Consejo (cuestiones fiscales, política industrial, ordenación del territorio, o gestión de los recursos hidráulicos, entre otros), así como a dos materias en que rige la mayoría cualificada (política agrícola y política de la competencia). Consulta es obligatoria al CESE y al CDR

4. Cooperación Instituido en el Acta Única Europea (1986). Utilizado en la consecución del mercado único. Tratado de Ámsterdam redujo su ámbito de aplicación. Se usa para el ámbito de la Unión Económica y Monetaria. Procedimiento igual que codecisión, pero sin comote de conciliación.