CONCIENCIA CON INTELIGENCIA VIAL Prevención de accidentes de Tránsito empresas xxx xxxx Profesional en SST Licencia SST XXX Distribuidor ARL SURA 3XXXXXXXX.

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Transcripción de la presentación:

CONCIENCIA CON INTELIGENCIA VIAL Prevención de accidentes de Tránsito empresas xxx xxxx Profesional en SST Licencia SST XXX Distribuidor ARL SURA 3XXXXXXXX

ACUERDOS PARA ESTA REUNIÒN: 1.Celular en silencio o vibrador. 2.Escuchar atentamente. 3.Participar activamente. 4.Preguntas todas. 5.Sugerencias todas 6.Disfrutar del proceso. 7.Mantener actitud de aprendizaje. 8.Utilizar los EPP, durante ….

Objetivo: Fortalecer la gestión en Seguridad Vial, promoviendo una Cultura del Cuidado y los valores de convivencia positivos propuestos por la Inteligencia vial, con el fin de prevenir y reducir la accidentalidad, a través de acciones de intervención del riesgo tránsito en la empresa XXX Conciencia con Inteligencia

Trabajadores de AXXX, empresas de transporte terrestre (pasajeros y productos) y empresas que manejan distribución de productos o servicios dentro de la logística del proceso productivo, así como trabajadores que realicen desplazamientos dentro de la jornada laboral, en el cultivo o fuera del cultivo en vehículos (motos, carros, bicicletas) propios (Contratado) o de la empresa. Alcance:

Guía metodológica para la elaboración del Plan Estratégico de seguridad Vial Resolución 1565 de 2014

"Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y se dictan otras disposiciones" LEY 1503/2011 ARTÍCULO 12. Toda entidad, organización o empresa del sector público o privado que para cumplir sus fines misionales o en el desarrollo de sus actividades posea, fabrique, ensamble, comercialice, contrate, o administre flotas de vehículos automotores o no automotores superiores a diez (10) unidades, o contrate o administre personal de conductores, contribuirán al objeto de la presente Ley. Para tal efecto, deberá diseñar el Plan Estratégico de Seguridad Vial que será revisado cada dos (2) años para ser ajustado en lo que se requiera.

TIPON° DE VEHICULOSPLAZO ESTABLECIDO Entidades, organizaciones o empresas Mas de cien (100)Ocho (8) meses – Feb 2015 Entre cincuenta (50) y noventa y nueve (99) Diez (10) meses – Abril 2015 Entre diez (10) y cuarenta y nueva (49) Doce (12) meses – Junio 2015 Tiempos en que deberán comunicar por escrito el PESV a los organismos de tránsito

1.) Realizarás alistamiento técnico mecánico del vehículo. 2.) Realizarás una inspección de seguridad antes de usar el vehículo. 3.) Verificarás que las puertas estén bien cerradas y todos los pasajeros usen los cinturones de seguridad. 4.) Estarás atento permanentemente 5.) Disfrutarás de la Conducción

6.) No excederás los límites de velocidad 7.) No conducirás bajo efectos del licor 8.) No desearás el carril del prójimo 9.) Tendrás un plan de emergencias viales 10.) Regresarás en óptimas condiciones.

Durante el 2013 en el País 190,509 trabajadores afiliados a ARL SURA sufrieron accidentes de trabajo. Antecedentes por tránsito 46 % el 3,353 en la Regional Centro

Durante el mismo año en el País 165 trabajadores afiliados a ARL SURA perdieron su vida. Antecedentes 25 % el :43 personas en accidentes de tránsito De acuerdo con estadísticas de la Corporación Fondo de Prevención Vial, en conjunto con el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, publicadas en 2012, las muertes por accidentes de tránsito son la segunda causa de decesos violentos en el país.

Dentro de este panorama, los temas asociados con seguridad vial deben convertirse en prioridad no solo para las organizaciones cuya actividad principal se desarrolla en las vías, en medio de los llamados “usuarios vulnerables del tránsito” (peatones, ciclistas, motociclistas y personas con limitaciones físicas) y otros miles de vehículos. !Todos estamos expuestos! !Todos hacemos parte de la solución!

CONTROL AL TRANSPORTE Documentos de porte obligatorio: Matricula del vehículo Registro de transporte de personal de empresas. Póliza responsabilidad civil y Extracontractual Seguro obligatorio SOAT VIGENTE. Revisión técnico mecánica - VIGENTE Certificado de control ambiental Licencia de conducción y documento de identidad AUTOLIQUIDACIONES PAGADAS ANTES DEL OCTAVO DÍA HABIL DEL MES EN CURSO DE LA EPS Y LA ARP ¡¡VEHICULO!! CONDUCTOR!!!

VEHÍCULO: Matricula del vehículo Emite: Ministerio de Transporte y Tránsito Terrestre. Vigencia: Sin vencimiento Obligatorio:Vehículo. Tiempo tramite: horas. PEGAR ACA

VEHÍCULO: PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL. Emite: Compañías de Seguros Vigencia: Estipulada por las partes Obligatorio: Vehículo y conductor Tiempo tramite: 24 horas PEGAR ACA

VEHÍCULO: SEGURO OBLIGATORIO - SOAT Emite: Compañías de Seguros. Vigencia:12 meses. Obligatorio: Vehículo. Tiempo tramite: Inmediatamente PEGAR ACA

VEHÍCULO: REVISIÒN TÉCNICO MECÀNICA Emite: Centro de Diagnóstico Autorizado: CDA. Vigencia: 12 meses. Obligatorio: Vehículo. Tiempo tramite: horas. PEGAR ACA

VEHÍCULO: LICENCIA DE CONDUCCI{ON (Pase) y DOCUMENTO DE INDEITIDAD Emite: Ministerio de Transporte y Registraduría Civil. Vigencia: Estipulada en el documento Obligatorio:Conductor. Tiempo tramite: 8 horas. PEGAR ACA

VEHÍCULO: REVISIONES DE MANTENIMIENTO: EMITE: Estación de Servicio. VIGENCIA: Kilometraje FRENOS: Kilometraje CAMBIO ACEITE: Kilometraje. SINCRONIZACIÓN; Kilometraje. CAMBIO DE LLANTAS. Kilometraje. ALINEACIÓN-BALANCEO: kilometraje o cambios dirección PEGAR ACA

CONDUCTOR: Afiliación a la ARL, EPS Y AFP Emite: Sistema General de Seguridad Social Sistema General de Riesgos Profesionales Vigencia:Afiliación. Obligatorio:Conductor. PEGAR ACA

¿ LOS CONDUCTORES DE TRANSPORTE PÙBLICO DEBEN TENER SEGUDIDAD SOCIAL ? Los conductores de transporte público deben tener seguridad social? De conformidad con el artículo 34 de la Ley 336 de 1993, las empresas de transporte están obligadas a vigilar y constatar que los conductores de sus equipos cuenten con su afiliación al sistema de seguridad social según lo previsto en las disposiciones legales vigentes sobre la materia. Además los conductores deben ser contratados directamente por la empresa quien para todos los efectos será solidariamente responsable junto con el propietario del equipo, el trabajador es quien escoge la EPS a la cual se vincula y el patrón está obligado a afiliarlo.

L I C E N C I A S DE C O N D U C C I Ó N Lo primero que hay que aclarar es que las licencias para conducir únicamente carro particular (categorías A, B, 2 y/o 3) tienen vigencia hasta el año 2022 y no deben ser cambiadas. Por más que tengan fecha de vencimiento, fecha de expedición o sean de cualquier color o formato, estas tienen vigencia de 10 años, la mayoría hasta el 2022, gracias al Decreto Ley Anti-trámites. Si tu licencia fue expedida del 9 de enero de 2012 en adelante, tiene la misma vigencia de 10 años para las categorías A y B. Si tramitaste tu licencia en el 2013, esta vence 10 años después para categorías A y B, es decir en el ¿Qué licencias NO deben renovarse?: Las de categoría segunda (2) o tercera (3), del formato de licencia de conducción color ocre. Las de categoría A1, A2, B1, B2 y B3. OJO: Debes tener en cuenta que si es mayor de 60 años debe renovar su licencia de conducción cada 5 años y si es mayor de 80 años debe renovar anualmente. ¿Las licencias que deben renovarse son las de conducir servicio público? Sí. Debes cambiarla si está vencida o no está vigentes. Y debes tener en cuenta que ya NO puedes conducir un vehículo particular, con licencia de conducir servicio público que esté vencida. Las licencias que deben renovarse son las que ya estén vencidas de categorías cuarta (4), quinta (5) y sexta (6) hacia arriba del formato color ocre. También las de categorías C1, C2 y C3.

60 KILÓMETROS POR HORA RESOLUCIÓN DE 2010 (Abril 20) - Por la cual se adopta el método para establecer los límites de velocidad en las carreteras nacionales, departamentales, distritales y municipales de Colombia. LIMITES DE VELOCIDAD MÁXIMA ESTABLECIDA POR LA EMPRESA FXXX

Los dispositivos de control de velocidad fueron reglamentados por el Ministerio de Transporte de forma concertada con los gremios de transporte, los fabricantes de los equipos y las autoridades de tránsito y transporte, dando como resultado la expedición de la Resolución 1122 de El objeto de dichos dispositivos es que los pasajeros de los vehículos de transporte público colectivo de radio de acción nacional y los que prestan el servicio escolar, puedan contar con un elemento que les informe sobre la velocidad a la cual transita el automotor y de esta manera poder ejercer un control sobre el conductor, valiéndose igualmente de una alarma sonora que advierte sobre los excesos de velocidad. ¿ Cuál es la reglamentación y para que sirven los dispositivos de control de velocidad ?

Mediante Resolución 2747 del 30 de junio de 2006, el Ministerio de Transporte reglamentó las sanciones para las empresas que despachen vehículos que no porten o tengan en mal estado de funcionamiento, los equipos de control de velocidad, dicha sanción corresponde con lo establecido en el Artículo 45 de la Ley 336 de 1996 y el artículo 57 del Decreto 3366 de ¿Cuáles son las sanciones por no portar dispositivo de control de velocidad?

LIMITES DE VELOCIDAD En vías Nacionales y Departamentales Pavimentadas* 80 Kph En vías urbanas* 30 Kph 60 Kph Aeropuerto condiciones Normales 20 Kph En áreas de trabajo10 Kph “QUIENES EXCEDEN LOS LIMITES DE VELOCIDAD LLEGAN MAS RAPIDO AL FINAL DEL CAMINO” Con mala visibilidad / Nocturno 15 Kph

“ Manejar no poniendo en peligro ninguna vida y ahorrando tiempo y dinero a pesar de las condiciones que le rodeen y de las acciones de otros.” MANEJO DEFENSIVO

 UN PROGRAMA FUNDAMENTAL PARA CONDUCIR UN VEHICULO, EVITANDO ACCIDENTES, A PESAR DE LAS CONDICIONES ADVERSAS Y ACCIONES INCORRECTAS DE OTROS USUARIOS DE LA VIA.  SALVAGUARDAR LA VIDA, LA INTEGRIDAD Y LA SALUD DE LAS PERSONAS.  CUIDAR Y MANTENER EL VEHICULO EN LAS MEJORES CONDICIONES.  PROTEGER EL MEDIO AMBIENTE Y LOS BIENES DE LA COMUNIDAD.  CONOCER LAS NORMAS Y REGLAMENTOS DE TRANSITO. MANEJO DEFENSIVO Y SEGURIDAD VIAL

Para lograr impactar los accidentes de tránsito es importante la participación de todos los usuarios de las vías “conductores, peatones, estado, empresarios etc.”. Todos somos parte del problema, pero también somos parte de la solución

-¿ Sabía Usted...? ¿Que circulando a 50 km/h necesita para frenar 12 metros, mientras que circulando al doble, es decir, a 100 m/h, necesita 4 veces más distancia? Ahora lo sabe RECUERDE QUE AL DOBLE DE LA VELOCIDAD, NECESITA CUATRO VECES MÁS DE DISTANCIA DE FRENADO.

¿Que el campo visual de un adulto es de 180°, mientras que el de un niño de 6 años se reduce a los 110° y por eso sólo girando la cabeza podrán ver los vehículos que se aproximan?. -¿ Sabía Usted... ? Ahora lo sabe LE ACONSEJAMOS INFORMAR A SUS HIJOS, SOBRE EL CRUCE SEGURO DE CALLES, DEBIÉNDOLO HACER POR LAS ESQUINAS Y MIRANDO HACIA AMBOS LADOS.

¿Que para frenar totalmente un vehículo que circula a 100 km/h, en un día lluvioso, se necesita un espacio libre, igual al largo de un campo de fútbol?. -¿ Sabía Usted... ? Ahora lo sabe LE ACONSEJAMOS MANTENER EN TODO MOMENTO UNA ADECUADA DISTANCIA DE SEPARACIÓN ENTRE VEHÍCULOS.

¿Que circulando a una velocidad de 60 km/h, marcar un número telefónico en un móvil le implicaría recorrer un gran peligro? -¿ Sabía Usted... ? Ahora lo sabe LE ACONSEJAMOS ESTACIONAR EN UN LUGAR SEGURO, PARA HABLAR POR TELEFONO MÓVIL.

¿Que en caso de un choque a una velocidad de 50 km/h, un objeto suelto en el interior del vehículo que pese 1/2 kg, impactará con una fuerza equivalente a 50 kg? Es decir 100 veces su peso. -¿ Sabía Usted... ? Ahora lo sabe LE ACONSEJAMOS NO LLEVAR OBJETOS SUELTOS DENTRO DE SU VEHÍCULO.

Que chocar a una velocidad de 130 km/h es similar a caerse desde una altura de 67 metros, igual que si se cayera desde la punta de la iglesia del parque -¿ Sabía Usted... ? Ahora lo sabe LE RECORDAMOS USAR EN TODO MOMENTO EL CINTURÓN DE SEGURIDAD.

¿Que para sobrepasar a otro vehículo, necesita circular con una distancia mínima de 100 metros? -¿ Sabía Usted... ? Ahora lo sabe LA MANIOBRA DE ADELANTAMIENTO ES UNA DE LAS MAS ARRIESGADAS. SI NO ESTÁ SEGURO NO ADELANTE.

¿Que para realizar una maniobra segura, mientras conduce, primero debe mirar el retrovisor para asegurar la ausencia de riesgo, señalizarla correctamente para advertir a los otros usuarios lo que usted intenta hacer y por último ejecutar la maniobra? -¿ Sabía Usted... ? Ahora lo sabe CUANDO CIRCULE POR LA VÍA PÚBLICA, RECUERDE LA REGLA (RSM): * RETROVISOR - SEÑAL - MANIOBRA*.

¿Que para frenar su vehículo desde que advierte el peligro hasta que pisa el pedal, usted tarda aproximadamente 1 segundo?. Circulando a 60 km/h, en ese segundo usted recorre 17 metros, a lo que deberá sumar 18 metros más que recorrerá su vehículo hasta detenerse totalmente. -¿ Sabía Usted... ? Ahora lo sabe CUANDO CIRCULE, MANTENGA SU ATENCIÓN EN EL TRÁNSITO. EVITE DISTRAERSE.

¿Que la menor presión de inflado, de uno de los neumáticos, impide en una frenada brusca, que el vehículo frene en forma eficiente?. -¿ Sabía Usted... ? Ahora lo sabe LE ACONSEJAMOS CONTROLAR AL MENOS UNA VEZ AL MES, EL INFLADO DE TODOS LOS NEUMÁTICOS, INCLUIDO EL DE REPUESTO.

¿Que está comprobado que conducir con sueño causa en el conductor los mismos problemas físicos y mentales que si hubiera tomado alcohol en exceso? -¿ Sabía Usted... ? Ahora lo sabe LE ACONSEJAMOS ESTAR DESCANSADO PARA CONDUCIR VEHÍCULOS O PARAR EN LUGAR SEGURO A DESCANSAR, EN CASO DE APARICION DE SUEÑO REPENTINO.

¿Que el cinturón de seguridad en las mujeres embarazadas resulta vital para su seguridad y la del hijo en gestación? Debiéndose colocar la cinta horizontal sobre los muslos, a la altura de la ingle y por debajo del abdomen y la cinta transversal entre los senos. -¿ Sabía Usted... ? Ahora lo sabe LE RECORDAMOS QUE EL CINTURÓN DE SEGURIDAD EN EMBARAZADAS NUNCA DEBE ESTAR COLOCADO SOBRE EL VIENTRE MATERNO.

¿Que los conductores tardan en adaptarse a los cambios de velocidad a la que circulan, por lo que al conducir durante cierto tiempo por autopistas, al salir de ellas no estiman con exactitud la reducción de velocidad necesaria?. -¿ Sabía Usted... ? Ahora lo sabe LE RECOMENDAMOS MIRAR EL VELOCÍMETRO A LA SALIDA DE UNA VÍA RÁPIDA PARA ADECUAR SU CONDUCCIÓN A LA VELOCIDAD PERMITIDA

ES PROHIBIDO LLEVAR SOBRECUPO Y PERSONAL “ NO “ AUTORIZADO. ES PROHIBIDO LLEVAR SOBRECUPO Y PERSONAL “ NO “ AUTORIZADO. INSPECCIÓN PREOPERACIONAL ANTES DE INICIAR RECORRIDO. INSPECCIÓN PREOPERACIONAL ANTES DE INICIAR RECORRIDO. LLEVAR ENCENDIDO EL LIMITADOR DE VELOCIDAD DURANTE TODO EL RECORRIDO. LLEVAR ENCENDIDO EL LIMITADOR DE VELOCIDAD DURANTE TODO EL RECORRIDO. EN CASO DE UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO O EMERGENCIA DURANTE EL DESPLZAMIENTO REPORTELO INMEDIATAMENTE AL JEFE INMEDIATO, MONITOR DE RUTA E INTERVENTOR DEL CONTRATO DE XXX. EN CASO DE UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO O EMERGENCIA DURANTE EL DESPLZAMIENTO REPORTELO INMEDIATAMENTE AL JEFE INMEDIATO, MONITOR DE RUTA E INTERVENTOR DEL CONTRATO DE XXX. NORMAS DE CONDUCTA Y SEGURIDAD VIAL

¿¿Fue muy grave ?? ¿¿Fue muy grave ?? ¿¿Hay heridos ?? ¿¿Hay heridos ?? ¿¿Donde ocurrió ?? ¿¿Donde ocurrió ?? ¿¿Llamo a la policía ?? ¿¿Llamo a la policía ?? ¿¿Quien tuvo la culpa ?? ¿¿Quien tuvo la culpa ?? ¿ ES EVITABLE UN ACCIDENTE ? LA PREGUNTA CLAVE ES: ¿¿ PODIA HABERSE EVITADO ESTE ACCIDENTE ??

 EXCESO DE VELOCIDAD.  EMBRIAGUEZ / DROGAS.  FATIGA / SUEÑO.  IMPRUDENCIAS / DISTRACCIONES.  INTOLERANCIA / MAL GENIO.  IRRESPETO SEMAFOROS Y SEÑALES DE TRANSITO.  IGNORAR MARCAS Y SEÑALES.  MAL ESTADO DEL VEHICULO. ¿ CUALES SON LAS CAUSAS DE LOS ACCIDENTES?

¿¿ Y LAS CONSECUENCIAS ??

El 90% o más obedecen a FALLAS HUMANAS (equivocación de conductores y peatones ). Conozca cuáles son las principales causas que los producen:  Exceso de velocidad (38.7%)  Fallas mecánicas (13.2%)  Adelantar en forma indebida (7.25%)  Objetos extraños y animales en la vía (6.8%)  Embriaguez (6.7%)  Distracción del conductor (4.1%)  Falta de pericia en el manejo (3.1%)  No mantener distancia (3 %) SI VA A TOMAR NO MANEJE, ENTREGUE LAS LAVES

ACCIDENTE DE TRANSITO Evento generalmente involuntario, generado al menos por un vehículo en movimiento, que causa daños a personas y bienes involucrados en él e igualmente afecta la normal circulación de los vehículos que se movilizan por la vía o vías comprendidas en el lugar o dentro de la zona de influencia del hecho. CHOQUE ATROPELLAMIENTO

REPORTE DE INCIDENTES O ACCIDENTES DE TRABAJO Cuando tenga un INCIDENTE O ACCIDENTE DE TRABAJO, usted deberá reportarlo inmediatamente al supervisor de LA EMPRESA. Ellos deberán luego, reportarlo en un formato establecido a las dependencias de sus Jefes y de Seguridad Industrial, según la matriz de notificación. El objeto de reportarlos no es encontrarlo a USTED culpable sino de PREVENIR que se vuelva a repetir. SEÑOR CONDUCTOR : Es importante reportar los incidentes. Si usted toma conciencia de esto, contribuirá a salvaguardar vidas y bienes.

COMO ACTUAR EN CASO DE UN ACCIDENTE DE TRANSITO. Pasos claves que se deben observar:  Proteger la escena del accidente.  Obtener ayuda.  Atender victimas.  Brindar primeros auxilios. Si tiene conocimientos, de lo contrario no. Si los lesionados deben ser enviados a un centro hospitalario, presente el Seguro Obligatorio  Registros de datos.Tomar todos los datos posibles del accidente (testigos y placas de vehículos).  No permitir la movilización de ningún vehículo.  No admitir responsabilidad alguna.

DISPOSITIVOS DE CONTROL DE TRANSITO SEÑALES PREVENTIVAS: TIENEN POR OBJETO ADVERTIR AL USUARIO DE LA VIA LA EXISTENCIA DE UN PELIGRO Y/O SITUACIONES IMPREVISTAS DE CARÁCTER PERMANENTE O TEMPORAL, INDICANDOLE SU NATURALEZA.

DISPOSITIVOS DE CONTROL DE TRANSITO SEÑALES REGLAMENTARIAS: TIENEN POR OBJETO INDICAR A LOS USUARIOS DE LAS VIAS LAS LIMITACIONES, PROHIBICIONES O RESTRICCIONES SOBRE SU USO Y CUYA VIOLACION CONSTITUYE FALTA QUE SE SANCIONARA CONFORME A LAS NORMAS DEL CODIGO DE TRANSITO

SEÑALES INFORMATIVAS: TIENEN POR OBJETO GUIAR AL USUARIO DE LA VIA SUMINISTRANDO LA INFORMACION NECESARIA SOBRE IDENTIFICACION DE LOCALIDADES, DESTINOS, SITIOS DE INTERES TURISTICO, GEOGRAFICOS, INTERSECCIONES, DISTANCIAS POR RECORRER, PRESTACION DE SERVICIOS, ETC. DISPOSITIVOS DE CONTROL DE TRANSITO

LA SEÑALIZACION DE CICLORUTAS SE REALIZA UTILIZANDO LOS MISMOS DISPOSITIVOS VERTICALES EMPLEADOS EN CALLES Y CARRETERAS, DEBERAN BRINDAR A LOS USUARIOS UNA CIRCULACION SEGURA

DISPOSITIVOS DE CONTROL DE TRANSITO TRANSITORIAS: MODIFICAN TRANSITORIAMENTE EL REGIMEN NORMAL DE UTILIZACION DE LA VIA. PUEDEN SER REGLAMENTARIAS, PREVENTIVAS O INFORMATIVAS Y SERAN DE COLOR NARANJA TRANSITORIAS

¿Qué son la responsabilidad contravencional, civil y penal en accidentes de tránsito? 1.Responsabilidad contravencional: Es aquella que surge después de violar las señales y normas de tránsito preestablecidas en el Código de Tránsito y que pueden generar una multa o una sanción pedagógica por parte de las autoridades de tránsito encargadas. Ejemplo: Transitar en contravía, pasarse un semáforo en rojo, no respetar la señal de pare, entre otros. 2.Responsabilidad civil: Protege los bienes materiales e inmateriales de los afectados en el accidente de tránsito y busca el equilibrio en el patrimonio del autor del daño y la víctima. En otras palabras, busca una indemnización económica en la reparación del daño causado a través de una demanda civil ante un juzgado. La responsabilidad civil busca amparar dos tipos de daños: los daños patrimoniales y daños extra-patrimoniales. a) Daños patrimoniales: Son daños en los bienes cuantificables que se vieron afectados en el accidente de tránsito. b) Daños extra-patrimoniales: Son bienes de difícil cuantía pues no tienen un valor económico preestablecido, pero sí son protegidos por la Constitución o la Ley. Ejemplo: la vida, la honra, el buen nombre, la tranquilidad, entre otros.

¿Qué son la responsabilidad contravencional, civil y penal en accidentes de tránsito? 3. Responsabilidad penal : es la consecuencia jurídica cuando se presenta una violación de la ley, realizada por un sujeto que lleva a término actos previstos como ilícitos, lesionando o poniendo en peligro un bien material o la integridad física de las personas. El homicidio es el delito que más preocupa a la mayoría de los conductores. Puede tener agravantes como: el consumo previo de alcohol o drogas, fugarse del lugar del accidente de tránsito, conducir sin licencia o tenerla suspendida, sobrecarga de pasajeros o llevar en el auto niños o ancianos sin la protección necesaria exigida por la ley. ¿Alguna vez has sido declarado responsable en un accidente de tránsito? ¿Qué tipo de sanciones recibiste?. En caso contrario ¿Crees que la normatividad en Colombia que declara la responsabilidad en un accidente de tránsito es clara para con todos los implicados en el hecho?

SEÑOR CONDUCTOR: "SU FAMILIA LE ESPERA SANO Y SALVO" " LA CONDUCCION SEGURA NOS BENEFICIA A TODOS“ GRACIAS POR COLABORAR.

Muchas Gracias….