SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

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Transcripción de la presentación:

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD LEY 100 DE 1993 Parte 3 SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

Flujo y Protección de los recursos: Solidaridad del FOSYGA Entidades Territoriales Pagos territoriales Se rige por las normas tributarias y el Ministerio de Hacienda. Busca un manejo ágil y rápido.

Flujo y Protección de los recursos: EPS IPS Pago anticipado del 100% En Contratos por capitación: Contrato por grupo de personas según el tipo de atención. Pago anticipado del 50% En Contratos por evento: Depende de las necesidades de cada usuario.

Régimen Contributivo: Empleados, trabajadores independientes, pensionados, jubilados, personas que pueden pagar una atención, extranjeros residiendo en Colombia, servidores públicos. Para afiliarse: Elige la EPS – Empleador Diligencia el formato de afiliación Espera la entrega del carnet. Recibe la atención respectiva. En el caso de los pensionados – Afiliación con el Fondo de Pensiones. Informar un mes antes en caso de cambio de EPS.

Régimen Contributivo: Garantiza: Afiliación del grupo familiar. Acceso equitativo al POS (Empleado – 2 meses/ Independiente – 1 mes) Calidad en la prestación del servicio. Atención de urgencias en cualquier IPS aunque no pertenezca a la EPS que se esta afiliado, desde el momento de la afiliación.

Régimen Contributivo: Subsidio de incapacidad del 66.6% 6 meses = 2/3 del salario. Mas de 6 meses = 50% Subsidio de embarazadas = 100% x 56 días. Pensionados = No Subsidio

Régimen Contributivo: El POS cubre: Medicamentos genéricos. Tratamientos dentales. Todos los procedimientos que afecten la salud del afiliado y sus familiares. El POS NO cubre Cirugía estética. Ortodoncia – Prótesis. Ortopedia.

Régimen Contributivo: La afiliación se suspende por: 1 mes de no pagar por los servicios. La EPS no recibe el pago de UPC por los beneficiarios del afiliado. 6 meses de no pago.

Planes adicionales = Voluntario/Capacidad de pago Planes de Salud: POS: Obligatorio Plan de Salud Pública: PyP Atención de accidentes: SOAT Atención de urgencias Atención en Salud: ARP Planes adicionales = Voluntario/Capacidad de pago Plan de atención complementaria. Medicina prepagada Pólizas en salud

De interés: Los medicamentos aceptados con los postulados en el manual del SGSSS. Si el POS no cubre algún medicamento o procedimiento NECESARIO, se puede hacer tutela. Cuando se requiere un servicio adicional se debe financiarlo directamente. Cuando se des-afilia y ha cotizado en la misma EPSc: Mas de 5 años = Atención en salud por 3 meses Menos de 5 años = Atención en salud por 1 mes

LEY 1122 DE 2007 POR LA CUAL SE HACEN ALGUNAS MODIFICACIONES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

Aspectos importantes: SOLIDARIDAD RÉGIMEN SUBSIDIADO Busca el mejoramiento de la prestación del servicio a los usuarios. Crea la Comisión de Regulación en Salud – CRES – Unidad Administrativa del Ministerio de Salud y Protección Social. No EPS – IPS – Expendios de medicamentos. Proyecto la cobertura universal del SGSSS hasta el 2010. AFILIACIÓN/ ENTIDAD TRABAJADOR TOTAL SOLIDARIDAD RÉGIMEN SUBSIDIADO Empleador Empleado Salud 8.5 4 12.5 1,5 del total de la cotización. Pensión 11.625 3.875 15.5

A tener en cuenta: Las actividades del POS, incluidas las de PyP las realizan las EPSs Los municipios acuerdan con las EPSs que los servicios de salud, se brinden cerca del afiliado, con agilidad y celeridad. Los programas de PyP son una responsabilidad de las aseguradoras priorizada en el Plan Nacional de Salud Publica.