Facultad de Ciencias Agrarias

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Transcripción de la presentación:

Facultad de Ciencias Agrarias UDE - FCA LEGISLACION TRIBUTARIA PROF. CR. GONZALO MORA CURSO 2012 Facultad de Ciencias Agrarias

Legislación Tributaria Tributo Concepto Tipos de Tributos: Impuestos, tasas y contribuciones Obligación Tributaria Sujeto Activo Sujeto Pasivo: Contribuyente, Agente de Retención, Agente de Percepción Formas de cancelar la Obligación Tributaria: Pago efectivo Facilidades de pago Compensación Remisión Prescripción Facultad de Ciencias Agrarias

Legislación Tributaria Hecho Generador Aspectos del Hechos Generador Aspecto Material u Objetivo Aspecto Subjetivo Aspecto Espacial Aspecto Temporal Tipos de Imposición Impuestos Ordinarios y Extraordinarios Impuestos Internos y Externos Impuestos Reales y Personales Impuestos Directos e Indirectos Facultad de Ciencias Agrarias

Legislación Tributaria Sistema Tributario Uruguayo: Imposición al Consumo: IVA, IMESI, (Pequeña Empresa - Monotributo) Imposición a la Renta: IRPF, IRNR, IRAE, IMEBA Imposición al Capital: IP (Persona Jurídica), IP (Persona Física), ICOSA, ITP, CI Imposición al Comercio Exterior: IVA, IMESI Imposición a la Remuneración del Factor Trabajo: CESS: Sector I y C ; Sector Rural BPS – SNIS – FONASA - BSE Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto al Valor Agregado (IVA) Ley N° 18.083 – TEXTO ORDENADO 1996 Titulo 10 y Decreto Reglamentario Hecho Generador Aspecto Material Circulación de bienes Prestación de Servicios Introducción de bienes al país (Importación) Agregación de valor por construcción en inmuebles Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto al Valor Agregado (IVA) Aspecto Subjetivo Contribuyentes Sujetos pasivos del IRAE y del IRPF que hayan ejercido la opción de tributar IRAE Servicios personales fuera de la relación de dependencia (IRPF) Sujetos pasivos del IRNR por actividades gravadas Asociaciones y fundaciones por actividades fuera de sus fines Empresas Públicas comerciales e industriales Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto al Valor Agregado (IVA) Cooperativas de ahorro y crédito Fondos cerrados de inversión Fideicomisos excepto los de garantía Quienes realicen actos de agregación de valor en la construcción de inmuebles: (nueva concepción incluye a las personas físicas) Contribuyentes del IMEBA por la circulación de frutas, flores y hortalizas Quienes introduzcan bienes gravados al país Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto al Valor Agregado (IVA) Aspecto Espacial En el territorio nacional Zonas de Exclusión Aspecto Temporal Transferencia de dominio Disposición económica del bien Presunción en el momento de la facturación Tasas: Básica: 22% - Mínima: 10% Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto al Valor Agregado (IVA) Ampliación de la base tributaria a partir de la Reforma: A la Tasa Mínima Primera enajenación de inmuebles Servicios de salud a los seres humanos Transporte de pasajeros A la Tasa Básica Tabacos, cigarros y cigarrillos Frutas y verduras (Sector Agropecuario se mantiene en suspenso) Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto al Valor Agregado (IVA) Leche saborizada y larga vida Suministro de agua a partir de un nivel de consumo familiar mínimo de 15 m3. Exento: Cargo Fijo. Prestación accesoria: Tasa de saneamiento y alcantarillado Prestación de servicios financieros a quienes no desarrollen actividades comprendidas en el IRAE, excepto intereses por préstamos del BHU y CND (Préstamos por Crédito Social del BROU gravados) Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto al Valor Agregado (IVA) Formalidades en la Documentación: Autorización de impresión en DGI Discriminación del titular, Nº de RUT, domicilio Pie de Imprenta con indicación del Nº de Autorización y Registro de Imprenta Numeración correlativa Fecha de Vencimiento Discriminación del comprador, Nº de RUT o Consumo Final Discriminación del IVA Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto al Valor Agregado (IVA) Normas de Valuación: Moneda Extranjera Tipo de cambio billete comprador del Mercado Interbancario del día anterior al de la operación Prestaciones accesorias Envases Diferencia de tasas Determinación del IVA Ventas, Compras Determinación del Saldo: Impuesto a pagar o Crédito Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto al Valor Agregado (IVA) Iva Agropecuario: Operaciones en suspenso: Circulación de bienes primarios (del reino animal o vegetal) en estado natural, sin transformación alguna Se incluye conservación en equipos de frío Tasa: 0% Posibilidad de deducir el IVA en la adquisición de bienes y servicios Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto al Valor Agregado (IVA) Frutas, Flores y Hortalizas: Tasas múltiples (según destino) Tasa Básica (22%) por enajenaciones a Contribuyentes del IRAE No Agropecuario, Empresas Públicas e Intendencias Municipales Tasa Mínima (10%) por enajenaciones al consumo final Operaciones en suspenso: Tasa 0% por enajenaciones entre productores agropecuarios Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) Ley N° 18.083 - Decretos N° 150/07 y N° 208/07 Hecho Generador Aspecto Material: Rentas Gravadas: Combinación de Capital y Trabajo, Rentas puras del trabajo, Rentas puras de capital. Rentas Agropecuarias: actividades agropecuarias destinadas a obtener productos primarios (vegetales o animales) actividades de aparcerías, pastoreos, medianerías o similares resultados por enajenación de bienes del activo fijo Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) Establecimientos permanentes de personas del exterior Se excluyen actividades que importen proceso industrial Opción preceptiva: Opción IRAE o IRPF. Ingresos mayores a 4:000.000 UI (Aprox. U$S 280.000) deben tributar IRAE. Aspecto Subjetivo: Contribuyentes Quienes desarrollen actividades empresariales (combinación de capital y trabajo) Quienes hayan adoptado por algún tipo de sociedad comercial (obtengan o no rentas empresariales) Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) Sociedades no Comerciales Rentas asimiladas a empresariales Asociaciones y Fundaciones por actividades gravadas Empresas Públicas del dominio comercial e industrial Asociaciones y sociedades civiles con objeto agrario Aspecto Espacial: Criterio de la Fuente: (Fuente Uruguaya) Aspecto Temporal: Vigencia ejercicios iniciados a partir del 1°/07/2007 Sector Agropecuario mantenimiento cierre 30/06 Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) Ejercicio Económico: Contabilidad suficiente Año civil: Sin contabilidad suficiente Tasa del Impuesto: 25% Disminución del 30% al 25% Excepto ICOM y las rentas puras de capital y del trabajo Renta bruta Real: Contabilidad suficiente: (Decreto 162/04) Ficta: Contribuyentes sin contabilidad suficiente Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) Estimación ficta de la Renta Bruta Desde Hasta UI Equiv. U$S Tasa 0 2:000.000 140.681 13.20% 2:000.001 3:000.000 211.021 36% 3:000.001 4:000.000 281.632 48% Resultados del ejercicio: Intereses Fictos Diferencias de Cambio Renta bruta de semovientes Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) Gastos del ejercicio: Principio General Deducción Proporcional Nueva deducción de gastos: Ley Nº 18.083: Nuevo requisito: constituir renta gravada por IRAE, IRPF, IRNR o por efectiva renta en el exterior. Relación entre la tasa máxima comprendida y tasa del IRAE Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) Impuesto que grava a contraparte % deducción IRAE 100% IRPF (Rentas del Trabajo) 100% IRPF (Rentas del Capital) 48% IRNR (Tasa exterior > 25%) 100% IRNR (Tasa exterior < 25%) Tasa exterior IRNR (Tasa exterior < 25%) Mínimo 48% Pequeña Empresa (Exonerado IRAE) 0% Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) Gastos del ejercicio: Principio General Deducción Proporcional Ajuste por Inflación Incobrables Pérdidas Fiscales: Ampliación del plazo a 5 años Sueldos Patronales Intereses Arrendamientos Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) Avales Comisiones al Exterior Gastos de Capacitación Sector Agropecuario: Areas prioritarias Deducciones especiales: Donaciones a ANEP Nuevas Deducciones Incrementadas: Gastos de investigación, desarrollo tecnológico y biotecnología Beneficios al Empleo Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) Beneficios al Empleo: Incremento salario real y personal ocupado Deducciones adicionales en Salarios: 50% menor de los siguiente montos: Salarios del ejerc. – Salarios ejerc. Anterior ajustados por IPC Salarios del ejerc. x (Prom. Nº Trabaj. Ejerc. Actual - 1) Prom. Nº Trabaj. Ejerc. Anterior 50% Salarios del ejerc. anterior ajustados por IPC Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) Reinversiones Se amplían a las actividades: industriales, comerciales y de servicios. Excepto Servicios Financieros y Arrendamientos de inmuebles. IRAE mínimo Se mantiene el IRAE mínimo con pago mensual Sector agropecuario: Primer ejercicio sin anticipo mensual Pequeñas Empresas: (Tope 305.000 UI) Pasan a tributar IVA (Reglamentación: IVA ficto sin facturación) Pago mínimo imputable al IVA. Exonerada de IRAE Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) Sector Agropecuario: Opción IRAE o IMEBA IMEBA: para ingresos menores a 2:000.000 UI Se ejerce por el solo hecho de no presentar Declaración Jurada de IRAE. IRAE - Inclusión preceptiva: Rentas agropecuarias con ingresos mayores a 2:000.000 UI (Aprox. U$S 235.000) o Explotaciones con superficie mayor a 1.250 has. base CONEAT 100. Empresas que realicen actividades agropecuarias e industriales cuando éstas superen el 75% del total de los ingresos. S.A., Entidades de No Residentes y Org. Estatales Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Enajenacion de Bienes Agropecuarios (IMEBA) Ley N° 18.083 - Decreto Reglamentario Hecho Generador: 1ª enajenación de bienes primarios a contribuyentes de IRAE no agropecuarios, a IM y Org. Estatales Exportación de bienes primarios realizadas por productores agropecuarios o su afectación al uso Importación de bienes gravados por contribuyentes del IRAE que los enajenen o afecten al uso Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Enajenacion de Bienes Agropecuarios (IMEBA Agentes de Retención: Contribuyentes del IRAE no agropecuarios, Admin. Municipales y Organismos Estatales que adquieran bienes gravados Rematadores intervinientes en remates de ganado ovino y bovino cuando los compradores sean contribuyentes del IRAE no agropecuarios Exportación de bienes gravados por cuenta de productores agropecuarios Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Enajenacion de Bienes Agropecuarios (IMEBA Tasas vigentes a partir del 1º/07/2007: Lanas y cueros ovinos y bovinos 2,50% Ganado bovino y ovino 2,15% Ganado suino 1,50% Cereales y oleaginosos 2,00% Leche 2,00% Productos derivados de la avicultura, apicultura y cunicultura 1,50% Facultad de Ciencias Agrarias

Impuesto a la Enajenacion de Bienes Agropecuarios (IMEBA Flores y semillas 1,50% Productos hortícolas y frutícolas 1,50% Productos citrícolas 2,00% Productos derivados de la ranicultura, helicicultura, cría de ñandú y nutrias 1,50% Productos de origen forestal 0,00% Restantes productos agropecuarios 1,50% Facultad de Ciencias Agrarias

Facultad de Ciencias Agrarias Muchas Gracias Cr. Gonzalo Mora Rivas Profesor Titular Legislación Tributaria Facultad de Ciencias Agrarias Facultad de Ciencias Agrarias