Asignatura: Catedrático(a): Presentado por:. La adopción es una Institución jurídico social de protección tutelada por el Estado, donde una persona.

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Transcripción de la presentación:

Asignatura: Catedrático(a): Presentado por:

La adopción es una Institución jurídico social de protección tutelada por el Estado, donde una persona toma como hijo propio el hijo biológico de otra, tiene como principio fundamental la configuración de una integración familiar plena en búsqueda del interés superior del niño

OBJETIVO GENERAL Analizar los fundamentos jurídicos sobre los cuales se desarrolla la adopción plena, como medida de protección, restablecimiento y garantía de derechos en el sistema jurídico hondureño. OBJETIVOS ESPECÍFICO a)Identificar los efectos comunes de la adopción simple y de la adopción plena b)Determinar la conversación de la adopción simple en la adopción plena c)Enlistar el procedimiento de adopción d)Estableces los efectos de la adopción simple y de la adopción plena

La adopción plena crea entre el adoptante o adoptantes y el adoptado los mismos vínculos jurídicos que ligan a los padres con los hijos.

El adoptado de manera plena se desvincula en forma total y absoluta de su familia consanguínea y no le serán exigibles, obligaciones por razón de parentesco con sus descendientes o colaterales consanguíneos. Tampoco tendrá derecho alguno respecto de esos mismos parientes.

ADOPCIÓN PLENA En la adopción plena, el adoptado llevará el o los apellidos del o de los adoptantes. ADOPCIÓN SIMPLE En la adopción simple, el adoptado podrá llevar el o los apellidos del o de los adoptantes.

En los casos de divorcio, de separación de hecho y de segundas nupcias, se aplicarán respecto a las relaciones de los adoptantes con sus adoptados las mismas normas previstas para estos casos en el presente Código en cuento a los hijos sujetos a patria potestad.

La adopción simple puede convertirse en adopción plena a solicitud del adoptante o adoptantes. Para que la conversión sea válida se requiere el consentimiento de las personas que anteriormente la hubieren dado

En la solicitud de adopción se expresará: 1.El nombre o nombres del adoptante o adoptantes de la persona que se quiere adoptar el de sus padres o tutores. 2.Que concurre el consentimiento de sus padres, tutores o en su caso, del representante legal de la institución de asistencia social 3.Se propondrá el testimonio de dos personas honorables para acreditar en cuanto al adoptante o adoptantes su buena conducta

A la solicitud se acompañarán: 1.Partida de nacimiento del adoptante o adoptantes 2.Partidas de nacimiento si la hubiere, de la persona que se pretenda adoptar; 3.Partida de matrimonio 4.Certificación judicial en que conste la aprobación de las cuentas de administración 5.Certificación médica de que el adoptante o adoptantes

Obtenida la autorización judicial y otorgada la escritura pública correspondiente, procederá el interesado a la inscripción, a la adopción ante el Registrador Civil, en un libro especial que se denominará "Registro de Adopción".

La inscripción de la adopción, además de las indicaciones comunes a toda inscripción, deberá contener: 1.Nombre, edad, apellidos, nacionalidad, estado civil, profesión u oficio y domicilio del adoptante o adoptantes y del adoptado; 2.Lugar donde se encuentra la inscripción de nacimiento del adoptado; y, 3.Referencia a la resolución en que se autoriza la adopción.

La adopción no surtirá efectos entre el adoptante o adoptantes y el adoptado, ni respecto a terceros, sino hasta después de practicada, su inscripción por el Registrador Civil respectivo. Habiendo bienes deberán ser tasados judicialmente y el adoptante o adoptantes deberán constituir garantías suficientes para responder de los mismos. La cuantía y naturaleza de la caución será determinada por el Juez, oyendo a la persona de quien presunto adoptado depende.

La adopción es una de las instituciones sociales más hermosas. Por su intermedio, un niño recupera la posibilidad de crecer dentro de una familia. Los padres adoptivos ensayan una forma de cuidado que no se relaciona con la biología e incursionan en un tipo de familia que no es el tradicional, ya que el hijo tiene programas genéticos y psicosociales recibidos de otras personas.