LOS MERCADOS FORMALES DEL AGUA EN ESPAÑA

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Transcripción de la presentación:

MERCADOS DEL AGUA EN ANDALUCIA AL AMPARO DE LA LEY DE AGUAS DE ANDALUCIA LOS MERCADOS FORMALES DEL AGUA EN ESPAÑA VI Seminario Nacional Observatorio del Agua Fundación Botín Madrid, 27-6-2011 Joan Corominas Masip JUNTA DE ANDALUCIA

LOS MERCADOS DEL AGUA: MARCO Y LIMITES DE SU DESARROLLO El sistema concesional español es muy rígido Concesiones gratuitas de hasta 75 años, independientes del beneficio público y privado que se obtenga con su uso Difícil, y onerosa para la Administración, ejercer la modificación o caducidad de la concesión Ineficiencia de la Administración para controlar los usos fraudulentos del agua Se trata más de un modelo corporativo, que propiamente capitalista No existe un mercado del agua, salvo en Canarias y zonas del Levante con aguas subterráneas Necesidad de introducir flexibilidad en el régimen concesional para que el uso del agua, como dominio público, permita la mayor y más equitativa satisfacción al conjunto de la sociedad Fuerte regulación por las Administraciones Participación social, y no solo de los usuarios Transparencia en los acuerdos entre las partes Control de que el agua cedida sea realmente dejada de usar por el cedente

UN ANTECEDENTE DE LOS MERCADOS DEL AGUA EN ANDALUCIA Los acuerdos, aún en situación crítica del abastecimiento de Sevilla, tuvieron un éxito muy limitado: Falta de tradición de negociación en derechos de agua, de la Administración y de las partes La ley de Aguas de 1985 no contemplaba directamente la cesión de derechos, sino la reasignación temporal de la concesión La compensación a los regantes era inferior a la pérdida de renta de los agricultores

LOS INTERCAMBIOS DE DERECHOS DEL AGUA EN LA SEQUIA 2005-2008 Los contratos de cesión de derechos en el Guadalquivir Adquiridos por la Junta Central de Usuarios del Bajo Almanzora (Almería) Riegan 16.500 Ha. de cítricos y hortalizas a cielo abierto Se utilizó la conducción del trasvase Negratín-Almanzora

LOS INTERCAMBIOS DE DERECHOS DEL AGUA EN LA SEQUIA 2005-2008 (2) Las diferencias entre los tipos de agricultura de las zonas cedentes y receptoras han permitido el acuerdo, que ha sido positivo para todas las partes

LOS INTERCAMBIOS DE DERECHOS DEL AGUA EN LA SEQUIA 2005-2008 (3) Fuente: elaboración propia Al precio de la cesión hay que añadirle el coste del trasvase Negratín-Almanzora: 0,13 euros/m3 EXPERIENCIAS DE LA CESION DE DERECHOS DEL USO DEL AGUA EN ANDALUCIA Parte del agua cedida no era fruto de un menor uso, sino de la cesión de derechos concesionales excedentes por efecto de la modernización de regadíos La Junta Central de usuarios del Almanzora, beneficiaria de la cesión, era propietaria de gran parte de la superficie de arrozal cedente de derechos de uso del agua El beneficio de la transacción para los cedentes se situó entre los 216 y 277 euros/ha Para los regantes del Guadalquivir Medio y del Genil no habría sido rentable la transacción si hubieran disminuido realmente el uso del agua: habrían disminuido su margen bruto en 425 euros/ha, con lo que tendrían pérdidas de 209 euros/ha

LEY 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía La ley de Aguas de Andalucía está constreñida por la legislación básica estatal, pero introduce modificaciones positivas para la gestión del agua Regula el ciclo urbano del agua, su gestión por Entes Supramunicipales, e introduce un Canon de mejora para financiar las infraestructuras Modifica el orden de preferencia de usos, integrando el uso agrario junto con el resto de usos económicos Las concesiones se otorgarán por un máximo de 20 años Crea las Comunidades de Usuarios de Masas de Aguas Subterráneas (CUMAS), de carácter obligatorio, fijando sus competencias y los convenios de gestión La cartografía del Domino Público Hidráulico y de las zonas inundables tiene plenos efectos para la Ordenación Territorial y Urbanística Crea los Bancos Públicos del Agua Determina los instrumentos de prevención de inundaciones y sequías Crea un Canon de Servicios Generales (detraído del Canon de Regulación) de carácter universal y que se aplicará en función de los derechos concesionales

LOS MERCADOS DEL AGUA EN LA LEY DE AGUAS DE ANDALUCIA LOS BANCOS PUBLICOS DEL AGUA TIENEN FINES MAS AMBICIOSOS Y ADAPTADOS A UN USO SOSTENIBLE DEL AGUA

LOS PRECIOS DE TRANSACCION ENTRE REGANTES DEBEN SER ALTOS PARA QUE SE POSIBILITEN LOS MERCADOS DEL AGUA Nota: El precio del agua engloba todos los costes en que incurre el regante (tarifas, energía, mantenimiento y gestión) Fuente: elaboración propia con datos del Inventario de Regadíos de Andalucía 2008

LOS LIMITES ECONOMICOS A LOS MERCADOS DEL AGUA: FALTA AGUA BARATA Y SOBRA AGUA CARA EL PRECIO REPERCUTIDO A LOS USUARIOS DEL AGUA DE CARBONERAS ES DE 0,39 EUROS/ M3

VALVULA DE ESCAPE ANTE LA RIGIDEZ DEL REGIMEN CONCESIONAL Tanto los Bancos Públicos del Agua, como la cesión de derechos del uso del agua entre concesionarios, son herramientas útiles, pero no proliferarán demasiado: VALVULA DE ESCAPE ANTE LA RIGIDEZ DEL REGIMEN CONCESIONAL