Comercio, Integración y Transporte Intermodal en la Comunidad Andina

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Transcripción de la presentación:

Comercio, Integración y Transporte Intermodal en la Comunidad Andina Feria Andina de Transporte Intermodal de Carga, Pasajeros y Servicios Postales Comercio, Integración y Transporte Intermodal en la Comunidad Andina Santiago Cembrano Cabrejas Director General Lima, mayo de 2009

Contenido La Comunidad Andina y los Avances en la Integración Proceso de Liberalización del Comercio de Servicios Andino Desarrollo del Transporte en la CAN: Estadísticas y Normativa Relacionada El Transporte en la CAN

La Comunidad Andina y los Avances en la Integración

Comunidad Andina Introducción Organización subregional que nació como Pacto Andino o Acuerdo de Cartagena en 1969. En 1996 se suscribe el Protocolo de Trujillo y el proceso se convierte en la Comunidad Andina.

Objetivos del Acuerdo de Cartagena Promover el desarrollo equilibrado y armónico de los Países Miembros en condiciones de equidad Acelerar el crecimiento y la generación de empleo Facilitar la participación de los Países Miembros en el proceso de integración latinoamericano Disminuir la vulnerabilidad externa y mejorar la posición de los Países Miembros en el contexto económico internacional Fortalecer la solidaridad andina Reducir las diferencias de desarrollo entre los países .

Fechas importantes 1969: Suscripción del Acuerdo de Cartagena (Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador y Perú). 1973: Ingreso de Venezuela. 1976: Retiro de Chile. 1989: El Consejo Presidencial Andino deciden re-conducir el Proceso, y aprobar un Diseño Estratégico para profundizarlo y perfeccionarlo, además incluirle temas no comerciales. 1997: Se crea la Comunidad Andina, reconfigurando la institucionalidad andina, incorporando al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores como órgano que dicta “leyes” comunitarias y fortaleciendo el Sistema Andino de Integración. 2006: Se retira Venezuela y se Asocia Chile (ya en el 2005 lo habían hecho Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay). 2007: Nueva perspectiva de una “Integración integral”.

Protocolo de Trujillo 1996 Con la adopción del Protocolo de Trujillo el 10 de marzo de 1996 se realizó una reforma institucional creando el SAI. Permitió avanzar en la construcción de una base institucional sólida, diversificada y complementaria: Sistema Andino de Integración. La reforma al Tratado de Creación del Tribunal de Justicia en 1996 otorgó carácter supranacional al ordenamiento jurídico de la CAN y permitió contar con un avanzado sistema de solución de controversias y de control de legalidad, al que pueden acudir, gobiernos, órganos comunitario y particulares.

Sistema Andino de Integración – SAI -

Sistema Andino de Integración

Resultados de la integración andina Formación de un mercado ampliado, a dado lugar a un fuerte dinamismo y apreciable calidad de los flujos de comercio intracomunitario. Agenda Social Gestación de un sólido patrimonio jurídico e institucional. Generación de una concertación política al más alto nivel para desarrollar una agenda diversa (desarrollo, inserción externa y consolidación democrática).

Mercado ampliado Libre circulación de bienes Trato nacional Prohibición de imponer gravámenes y restricciones al comercio intracomunitario Carácter automático e irreversible del programa de liberación. Trato de nación más favorecida Normas para corregir las prácticas que distorsionen la competencia. Protección externa común. Libre circulación de servicios: avance en la consolidación de un mercado común. (Marco General, Transporte, Telecomunicaciones, Turismo) Libre circulación de personas: en las mismas condiciones de los nacionales. (Reconocimiento DNI, Pasaporte andino, Migración laboral).

Agenda Social Zona Andina de Paz Lineamientos de la Política de Seguridad Externa Común Migración y Trabajo Plan Andino de Cooperación para la Lucha contra las drogas y delitos Conexos Control y fiscalización de insumos químicos Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible Prevención de Desastres Agenda Ambiental Andina

2. Liberalización del Comercio de Servicios en la Comunidad Andina

Concepto Comercio de Servicios Es el suministro de un servicio de cualquier sector, a través de cualquiera de los siguientes modos de prestación: Modo 1. Desde el territorio de un PM al territorio de otro PM (transfronterizo) Modo 2. En el territorio de un PM a un consumidor de otro PM (turista) Modo 3. Por conducto de la presencia comercial de empresas prestadoras de servicios de un PM en el territorio de otro PM (sucursal) Modo 4. Por personas naturales de un PM en el territorio de otro PM.

Normativa andina Relativa a Servicios Decisión 439- Marco General Decisión 510 (no vigente) - Inventario Decisión 634 - Liberalización Decisión 659 - Liberalización Resolución 1109 – Medidas mantenidas Decisión 462 – Telecomunicaciones Resolución 432 – Interconexión Decisión 638- Usuarios de telecomunicaciones Decisión 463 - Turismo

Marco General del Comercio de Servicios en la CAN – Decisión 439 Principios y compromisos Acceso a su mercado: cualquier modo de prestación de servicios. Trato de Nación Más Favorecida (NMF): trato no menos favorable que el otorgado a servicios y prestadores de servicios similares de cualquier otro país (PM o no de la CAN) Trato Nacional (TN): trato no menos favorable que el otorgado a sus propios servicios o prestadores de servicios similares. Transparencia: publicación de medidas, acuerdos internacionales relacionados con la Decisión 439. Statu quo: no establecer nuevas medidas q incremente grado de disconformidad o que incumplan compromisos de la Decisión 439. abarca todas las medidas adoptadas por los PM.

Marco General del Comercio de Servicios en la CAN – Decisión 439 Ámbito de aplicación Todos los sectores de servicios En los distintos modos de suministro Sector público, central, regional o local Excepción: Servicios suministrados en ejercicio de facultades gubernamentales. (Exc: adquisición de servicios - trato nacional) Servicios de transporte aéreo (Decisión 582) Sectores regulados, se rigen por propias Decisiones.

Demás Decisiones sobre el Comercio de Servicios Proceso de Liberalización Decisión 510: Lista negativa. 31 diciembre de 2005 Decisión 634: prorroga 15 de noviembre de 2006. Definir sectores sensibles Decisión 659: Sectores de servicios objeto de profundización. Servicios financieros Servicios profesionales Transporte acuático - marítimo Sociedad anónima. Servicios públicos, recursos naturales, obras públicas, sociedades portuarias, servicios de radiodifusión (Resolución 1109) Radio y TV. Porcentajes mínimos de programación de producción nacional. Situación especial de Bolivia Decisiones 676, 677, 681, 682, 683 y 687, 694 y 696: 14 de octubre de 2008. Liberalización servicios.

3. Comercio y Transporte en la CAN: Estadísticas y Normativa Comunitaria

Estadísticas de Comercio y Transporte Índice de Crecimiento de las Exportaciones (Enero 1969 = 100) Modelo cerrado Modelo abierto Con este gráfico se explica el tema de las distintas etapas en la conformación del mercado ampliado de bienes, mencionado que al inicio no se liberó lo sustancial del comercio intrasubregional (reservas para la programación industria, listas de excepciones, etc.), para luego de que la intervención del Consejo Presidencial Andino en diciembre de 1989 (Galápagos) se decidiera realmente la apertura del mercado andino (con dificultades como la del Perú).

Dinamismo en las exportaciones de los países andinos, tanto dentro como fuera de la CAN… Exportaciones Extra CAN CAN: 40 veces Bolivia: 26 veces Colombia: 48 veces Ecuador: 80 veces Perú: 32 veces Exportaciones Intra CAN CAN: 111 veces Bolivia: 120 veces Colombia: 70 veces Ecuador: 280 veces Perú: 110 veces

Exportaciones Extra CAN Exportaciones Intra CAN … generando productos industriales que incorporan mayor valor agregado Participación de las Exportaciones de acuerdo al Grado de Componente Tecnológico Exportaciones Extra CAN Exportaciones Intra CAN

CAN: Exportaciones al Mundo por Modo de Transporte Millones de TM 2002 CAN: 114 mill TM Bolivia: 9 mill TM Colombia: 62 mill TM Ecuador: 26 mill TM Perú: 17 mill TM 2007 CAN: 168 mill TM Bolivia: 19 mill TM Colombia: 97 mill TM Ecuador: 28 mill TM Perú: 25 mill TM

CAN: Exportaciones al Mundo por Modo de Transporte No Marítimo (Año 2007, miles de TM)

Reflejando un mayor desarrollo del transporte carretero Exportaciones al Mundo por Modo de Transporte: 2002-2007 TM miles y variación promedio anual 13.5% -0.1% 1.5%

Normativa Andina para el Sector Transporte Acuerdo de Cartagena . Artículo 104 Desarrollar acción conjunta para: lograr un mejor aprovechamiento del espacio físico fortalecer la infraestructura y servicios para el avance del proceso de integración, en especial en energía, transportes y comunicaciones. Artículo 105 Adoptar programas con el fin de impulsar un proceso continuo destinado a ampliar y modernizar la infraestructura física y los servicios de transportes y comunicaciones de la Subregión.

Normativa Andina para el Sector Transporte Transporte Internacional por Carretera: Mercancías, Pasajeros y Conexos Establecida con el fin de facilitar y liberalizar los servicios de transporte en sus diferentes modalidades y contribuir, en esa forma, al crecimiento del comercio intrasubregional y el fortalecimiento de la integración física de su territorio. Creada para la eficaz consolidación del espacio económico subregional y se constituye una herramienta valiosa de integración que brinda un apoyo determinante al intercambio comercial, a la expansión competitiva de la base productiva y a la dinamización del comercio exterior.

TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCIAS POR CARRETERA (TIMC) Transporte Internacional de Mercancías por Carretera (Enero, 1997) Decisión 399 Establece las infracciones y régimen de sanciones para transportistas autorizados para TIMC (Agosto, 1999) Decisión 467 Criterios para calificar la idoneidad del transportista, capacidad mínima de carga útil en vehículos propios y vinculados, y establecer los requisitos del contrato de vinculación (Agosto, 1999) Resolución 272 Resol. 300: Reglamento de la Decisión 399 (Octubre, 1999). Resol. 721, modificación y actualización del Reglamento (Abril, 2003). Resolución 300 Resolución 721

TRANSPORTE INTERNACIONAL DE PASAJEROS POR CARRETERA (TIPC) Decisión 398 Norma fundamental que crea el TIPC (Enero, 1997), modificada por Decisión 561 (Junio, 2003). Criterios para calificar la idoneidad del transportista internacional de pasajeros por carretera (Abril, 2003). Resolución 718 Resolución 719 Reglamento de la Decisión 398 (Abril, 2003). Condiciones técnicas para la habilitación y permanencia de autobuses en el TIPC (Junio, 2004). Resolución 833

NORMATIVA COMUNITARIA CONEXA AL TIMC Y TIPC POR CARRETERA Sistema Andino de Carreteras (Octubre, 1990), modificada por la Decisión 277 (Noviembre, 1990) Decisión 271 Decisión 290 Póliza Andina de Seguro de Responsabilidad Civil para el TIMC y TIPC (Marzo, 1991). Decisión 434 Creación del Comité Andino de Autoridades de Transporte Terrestre (CAATT) (Junio, 1998). Reglamento Técnico Andino sobre Límites de Pesos y Dimensiones de los Vehículos destinados a TIPC y TIMC (Febrero, 2001). Decisión 491

NORMATIVA COMUNITARIA CONEXA AL TIMC Y TIPC POR CARRETERA Régimen Aduanero de Tránsito Aduanero Comunitario (Julio, 2005), sustituye la Decisión 477 (Tránsito Aduanero Internacional). Modificada por Decisión 636 (Julio, 2006). Decisión 617 Dec. 398: Procedimiento de actualización de información del Registro Andino de Transportistas Autorizados, de Vehículos Habilitados y Unidades de Carga. Dec. 399: Registro Andino de Transportistas Autorizados y de Vehículos Habilitados (Abril, 2003). Resolución 720 (Decisiones 398 y 399)

TRANSPORTE ACUÁTICO Libertad de Acceso a la Carga Originada y Destinada, por vía marítima (Marzo, 1991). Decisión 288 Libertad de Acceso a las Cargas Transportadas por vía marítima y políticas para el desarrollo de la Marina Mercante del Grupo Andino (Febrero, 1992), Modificada por Decisión 390 (Julio, 1996). Decisión 314 Garantías Marítimas (Hipoteca Naval y Privilegios Marítimos) y Embargo Preventivo de Buques (Diciembre, 2000). Modificada por Decisión 532 (Octubre, 2002). Decisión 487

TRANSPORTE ACUÁTICO Reconocimiento comunitario de Títulos para la Gente de Mar, emitidos por las Autoridades Nacionales Competentes (Marzo, 2005). Decisión 609 Profundización de liberalización o de armonización del Sector Servicios. Art. 4: Liberalización del Cabotaje (Octubre, 2007). Ecuador mantiene reserva de carga para hidrocarburos; revisión en 3 años. Decisión 659 Resolución 422 Reglamento para la Aplicación Comunitaria del Principio de Reciprocidad en el Transporte Marítimo (Agosto, 1996).

TRANSPORTE AÉREO Decisión 582 Decisión 619 Actualización de la Norma sobre el Transporte Aéreo en la Comunidad Andina (Mayo, 2004) y deroga las Decisiones 297, 320, 360, 361 Decisión 582 Normas para la Armonización de los Derechos y Obligaciones de los Usuarios, Transportistas y Operadores de los Servicios de Transporte Aéreo en la Comunidad Andina (Julio, 2005) Decisión 619

TRANSPORTE MULTIMODAL INTERNACIONAL Normativa comunitaria que regula las operaciones de Transporte Multimodal en la Subregión (Marzo, 1993). Modificado por Decisión 393 (Julio, 1996) Decisión 331 Reglamento para el Registro de Operadores de Transporte Multimodal Internacional (Agosto, 1996). Resolución 425

Decisión 331: Transporte Multimodal Definición Decisión 331 de la Comunidad Andina: “El porte de mercancías por dos modos diferentes de transporte por lo menos, en virtud de un único Contrato de Transporte Multimodal, desde un lugar en que el Operador de Transporte Multimodal (OTM) toma las mercancías bajo su custodia hasta otro lugar designado para su entrega”. Definición en línea con el Convenio de la ONU sobre Transporte Multimodal.

Decisión 331: Transporte Multimodal Paso importante en el proceso de modernización del servicio del transporte internacional. Regula las operaciones del transporte multimodal en la Subregión Andina, evitando multiplicación de normas nacionales entre los PM. El Artículo 9 de la Decisión 393, crea en cada uno de los PM, un Registro de Operadores de Transporte Multimodal, en el que se inscribirán las personas autorizadas para prestar este servicio. Esta inscripción faculta al OTM para operar en el país respectivo y en los restantes PM en los cuales desee operar. Para ello se emite el “Certificado de Registro”.

Decisión 331: Transporte Multimodal Actores El Operador de Transporte Multimodal (OTM) Celebra un contrato de transporte multimodal y actúa como principal. Asume la responsabilidad del cumplimiento del contrato. Es la parte que contrata con el Expedidor y el que le hace entrega de las mercancías al Consignatario. Se entiende que el OTM, puede ser quien efectivamente ejecute el transporte o parte de éste, en cuyo caso se le denomina porteador efectivo o ejecutor; o el que subcontrate con porteadores de los modos y otros servicios de la cadena de transporte que organiza como principal. En cualquier caso, el OTM asume la responsabilidad del cumplimiento de todo el contrato

Decisión 331: Transporte Multimodal Actores Expedidor Aquella persona que ha celebrado un contrato de transporte multimodal con el OTM; o toda persona que, entrega efectivamente las mercancías al OTM en relación con el contrato de transporte multimodal. Es la persona que celebra el contrato de transporte multimodal con el OTM. Consignatario La persona autorizada para recibir las mercancías del OTM en el lugar o punto de destino.

Decisión 331: Transporte Multimodal Registro de Operadores de Transporte Multimodal Requisitos para la inscripción en el Registro de Operadores de Transporte Multimodal: Poseer capacidad legal, en la forma requerida por las normas internas del país ante el cual se solicita el Registro; Contar con representación legal suficiente y domicilio permanente establecido en el PM ante el cual se solicita el registro, así como con representación legal en los demás PM en los que desee operar; Contar con una póliza de seguro, cobertura permanente de un Club de Protección e Indemnización u otro mecanismo de carácter financiero, que cubran el pago de las obligaciones por la pérdida, el deterioro o el retraso en la entrega de las mercancías, derivadas de los contratos de transporte multimodal, así como de los riesgos extracontractuales; y Mantener en el PM del domicilio principal, un patrimonio realizable mínimo equivalente a 80,000 DEG, u otorgar una garantía equivalente.

Tránsito Aduanero Comunitario: Concepto Régimen aduanero con arreglo al cual las mercancías son transportadas bajo control aduanero, desde una aduana de partida hasta una aduana de destino en una misma operación, en el curso de la cual se cruzan una o varias fronteras de los Países Miembros, con suspensión del pago de los derechos e impuestos y recargos eventualmente exigibles, mientras permanezcan bajo este mismo régimen (Art. 1 Decisión 617). Documento Único Aduanero (DUA): Documento que contiene el conjunto de datos comunitarios y nacionales necesarios para hacer una declaración aduanera de mercancías en las aduanas de los Países Miembros y para los destinos y regímenes aduaneros que lo requieran (Art. 1 Decisión 617 y Ver Decisión 670 - Adopción del DUA).

4. Problemática del Transporte Andino

Problemática del TIMC Dificultades en la aplicación de la normativa comunitaria Transbordo en fronteras Emisión de los Permisos de Circulación Relación con el Tránsito Aduanero Realidad socioeconómica en las zonas de frontera • Niveles de desarrollo empresarial distintos • Divergencias en las políticas macroeconómicas: Combustible, aspectos laborales, etc. Limitada inversión pública y privada en el sector.

Objetivos de la revisión de la Decisión 399 En razón de las dificultades presentadas en la aplicación de la normativa comunitaria de TIMC, se inició un trabajo de revisión con el fin de: Afrontar la problemática que afecta el TIMC en la CAN. Mejorar y actualizar las normas contenidas por la Decisión. Simplificar requisitos documentales y facilitar la tramitología. Incorporar la experiencia acumulada por las autoridades nacionales competentes y actividad privada, en la aplicación de la Decisión.

Avances en la revisión de la Decisión 399 Trabajo conjunto entre el CAATT y la SGCA. Participación activa del sector público y privado, con conocimiento de las autoridades de aduana y migración. Partió de la versión del Anteproyecto de Decisión de la XVII Reunión del GTTP sobre Transporte Terrestre Internacional (Octubre 2005). Doce (12) Videoconferencias en el período Octubre 2005 - Octubre 2006 y en la Reunión Extraordinaria del CAATT (Diciembre 2005). Cobró prioridad el tema ante las negociaciones CAN – UE debido al proceso de Valoración Conjunta UE-CAN, y en general en el proceso de negociación para lograr un Acuerdo de Asociación CAN –UE, en el cual la CAN reiteró su voluntad de mejorar las condiciones para el comercio subregional y facilitar el transporte transfronterizo.

Estado de situación del Anteproyecto Sustitutorio de la Decisión 399 Proyecto de Decisión fue aprobado a nivel técnico, en la XII Reunión Extraordinaria del CAATT (Nov. 2006). Período 96 de Sesiones Ordinarias de la Comisión de la CAN (Mar. 2007): Presentación del tema y una Agenda Comentada. Período 131 de Sesiones Extraordinarias de la Comisión (May., 2007), en cuanto se refiere a la modificación de la Decisión 399, los PPMM resaltaron la importancia de abordar el análisis de la Agenda Comentada propuesta por la Secretaría General, que tendría en cuenta para su reunión, el Grupo de Expertos en Transporte de la Comisión de la CAN. La 1ra. Reunión del referido Grupo de Expertos, se llevó a cabo en Octubre 2007.

Mesas de Trabajo Binacionales sobre Transporte Internacional por Carretera Se crean como instancias de trabajo entre dos PM, con el fin de: Discutir, en el sitio, la problemática con los actores involucrados. Promover participación activa de los actores en la recomendación de propuestas de solución para la problemática del TIMC y TIPC en la CAN. Adoptar acuerdos técnicos - operativos dentro del marco comunitario. Apoyar y participar en la elaboración de la Política Común de TIC. a) BOLIVIA – PERÚ: 1ra. Reunión (Arequipa, Sep. 2005); b) COLOMBIA – ECUADOR: 1ra. Reunión (Ipiales, Marzo 2004); 2da. (Tulcán, Mayo 2004); 3ra. (Chachagüi, Jul. 2004); 4ta. (Tulcán, Feb. 2005); y 5ta. (Ipiales, Julio 2007). c) ECUADOR – PERÚ: 1ra. Reunión (Tumbes, Ago. 2004); 2da. (Machala, Sep. 2008). d) COLOMBIA – VENEZUELA: 1ra. Reunión (Cúcuta, May. 2004); 2da. (Sn. Cristóbal; Jul. 2004); 3ra. (Cúcuta, Sep. 2004); 4ta. (Sn. Antonio del Táchira, Abr. 2005) y 5ta. (Cúcuta, Oct. 2005).

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