UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PAMPA

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Transcripción de la presentación:

UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PAMPA Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas COMERCIALIZACIÓN HACIENDA Y CARNES Dr Carlos O. Sánchez 2019

COMERCIALIZACIÓN: Documentación y Registros 1.- Propiedad del Ganado: Ley 22939/83 de Marcas y Señales 2.- Boleto de Marca: Solicitud Provincial 3.- Boleto de Señal: Solicitud Municipal 4.- Inscripción en SENASA: - Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) - Clave Única de Identificación Ganadera (CUIG) Alfa-numérica 5.- Inscripciones en AFIP: RG 3873/16 (AFIP) 6.- Documento de Tránsito de Animales (Dte) Extiende SENASA y se adjunta a la guía. 7.- Guía de Traslado: - Solicitud municipal (Destino) - SENASA: Verifica vacunaciones y trazabilidad, extiende el Dte y entrega precintos. - Transportistas: verificación policial

RESOLUCION GENERAL Nº 3873/16 (AFIP) - BO 30/05/16 REGISTRO FISCAL DE OPERADORES DE LA CADENA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE HACIENDAS Y CARNES BOVINAS Y BUBALINAS (RFOCB) 1.- Sujetos obligados - Productores, criadores y cabañeros de hacienda b/b - Feed Lots (engorde a corral de hacienda b/b) - Invernadores de hacienda b/b - Establecimientos faenadores y/o frigoríficos de hacienda b/b - Consignatarios y/o comisionistas de hacienda b/b - Consignatarios directos de hacienda b/b - Consignatarios de carnes de hacienda b/b - Mercados concentradores, ferias o predios feriales donde se comercializa hacienda b/b - Matarifes-abastecedoros y carniceros u otra forma de usuarios de faena de hacienda b/b - Comercializadores de subproductos comestibles y no comestibles de origen b/b - Adquirentes de cueros (frescos y salados) de hacienda b/b 2.- Exceptuados Los transportistas de hacienda

RESOLUCION GENERAL Nº 3873/16 (AFIP) 3.- Requisitos para incorporarse al ¨Registro¨ - Poseer CUIT en estado activo - Tener actualizado el Código de Actividad (F.883) - Declarar y mantener actualizado el domicilio fiscal - Constituir y mantener actualizado el ¨Domicilio Fiscal Electrónico¨ - En caso de corresponder, inscripción en el RENSPA (SENASA) - Poseer alta en IVA y Ganancias o en el Régimen Simplificado - Tener presentada todas las declaraciones juradas vencidas - Haber realizado los datos biométricos (persona física o los representantes de las personas jurídicas) - Si corresponde, acreeditar la inscripción como agente de retención y/o percepción - No encontrarse incluido en la ¨Base de Contribuyentes No Confiables¨ - No tener procesos judiciales 4.- Forma de inscripción - A través del sitio Web de la AFIP - Tener ¨Clave Fiscal¨ habilitada con nivel de seguridad 3

RESOLUCION GENERAL Nº 3873/16 (AFIP) 5.- Otras disposiciones del Título I - Bajas igual forma que las Altas - Modificaciones de datos - Cese de Actividades - Suspensión en el ¨Registro¨ - Exclusión del ¨Registro¨ - Consecuencias de la Suspensión, No inclusión y/o Exclusión del ¨Registro¨ 6.- Título II (Art. 21 a 38) Régimen de percepción, pago a cuenta y retención del IVA 7.- Título III (Art. 39 a 45) Disposiciones Generales Vigencia: Título I a partir de los 90 días de la publicación en el BO Título II a partir del 1 de marzo de 2017 Publicación en BO el 30/05/16 8,- Modificaciones: RG 3963/2016, RG 4198/2018 y RG 4459/2019

RESOLUCION GENERAL Nº 3964/16 (AFIP) - BO 23/12/16 COMPROBANTES DE LIQUIDACIÓN DE USO OBLIGATORIO PARA LA COMPRAVENTA DE HACIENDA Y/O VENTA DE CARNE BOVINA Y BUBALINA

RESOLUCION GENERAL Nº 3964/16 (AFIP) COMPROBANTES 1.- Cuenta de Venta y Líquido Producto Respalda operaciones de comercialización con intervención de un Consignatario de Hacienda o Carne, para liquidar y rendir cuentas al vendedor 2.- Liquidación de Compra Respalda la adquisición de hacienda con intervención de un Consignatario de Hacienda, para emitir documento al comprador. 3.- Liquidación de Compra Directa Respalda adquisiciones de hacienda cuando el comprador se encuentre en las siguientes condiciones: a) Hacienda destinada a faena b) Destino distinto al de faena y el vendedor sea no inscripto en IVA, sujeto exento en IVA o inscripto en el Régimen Simplificado. 4.- Liquidación de venta Directa Debe ser emitida por el vendedor por operaciones de comercialización de hacienda, en las siguientes condiciones: a) El vendedor y el comprador sean responsables inscriptos en el IVA y el destino de la hacienda sea distinto al de faena. b) El vendedor sea responsable inscripto en el IVA y el comprador sea no inscripto en IVA, sujeto exento en IVA o inscripto en el Régimen Simplificado, cualquiera sea el destino de la hacienda. 5.- Formas y plazos Emisión en forma electrónica en los plazos de la RG. 1415/03,

RESOLUCION GENERAL Nº 3964/16 (AFIP) COMPROBANTES 6.- Sujetos Obligados Los mismos de la RG 3873/16 (AFIP) 7.- Solicitud de autorización de comprobantes - Para confeccionar los comprobantes electrónicos, los sujetos alcanzados deben solicitar a la AFIP el Código de Autorización Electrónica (CAE) a través del sitio Web del Organismo - En el sitio www.afip.gob.ar servicio ¨Comprobantes en Línea¨ seleccionando Hacienda y Carne - Liquidación Electrónica con Clave Fiscal habilitada con Nivel de Seguridad 3 conforme a RG 3713/15. - Los comprobantes electrónicos se realizarán por cada punto de venta, distinto de los utilizados para otros documentos electrónicos. - La AFIP autorizará la emisión de comprobantes, otorgando el CAE para cada comprobante solicitado

RESOLUCION GENERAL Nº 3964/16 (AFIP) COMPROBANTES 8.- Según el articulo 20 de la Ley del IVA Los comprobantes se entregarán de la siguiente manera: - Sector Pecuario - Sector Pecuario 9.- En caso de inoperancia del sistema de la AFIP, deben efectuarse los comprobantes dentro de las 24 horas inmediatas siguientes al reestablecimiento del servicio. 10.- Vigencia: operaciones efectuadas desde el 1º de marzo de 2017, inclusive.

Modifica Resolución General 3873/16 RESOLUCIÓN GENERAL Nº 4199/2018 (AFIP) - BO 31/01/18 Modifica Resolución General 3873/16 Incluye a los porcinos en el Registro Fiscal

Modifica Resolución General 3964/16 RESOLUCIÓN GENERAL Nº 4250/2018 (AFIP) - BO 29/05/18 Modifica Resolución General 3964/16 Incluye a los porcinos en el Régimen de Facturación

SECRETARIA DE AGROINDUSTRIA Resolución 32/2018- BO 29/05/18 NUEVA CLASIFICACIÓN Y TIPIFICACIÓN DE RESES BOVINAS Sistema vigente desde hace 45 años Era visual y subjetivo No tiene variables concretas No identifica edad del animal Otros países (EEUU, Australia, etc.) Realizan mediciones de calidad de res y de carne Detalles nueva norma Anexos I y II: Clasificación de bovinos Anexo III: Tipificación Vigencia 1 de enero de 2019

NUEVA CLASIFICACIÓN Y TIPIFICACIÓN DE RESES BOVINAS Anexo I CLASIFICACIÓN DE BOVINOS PARA FAENA NOVILLITO (Nt): Macho castrado (Mc), con hasta CUATRO (4) dientes incisivos permanentes al momento de la faena. NOVILLO (No): Macho castrado (Mc), con más de CUATRO (4) dientes incisivos MACHO ENTERO JOVEN (MEJ): Macho entero (Me), con hasta DOS (2)dientes incisivos permanentes al momento de la faena. TORO (To): Macho entero (Me), con más de DOS (2) dientes incisivos permanentes al momento de la faena. VAQUILLONA (Vq): Hembra (H) con hasta CUATRO (4) dientes incisivos permanentes al momento de la faena. VACA (Va): Hembra (H) con más de CUATRO (4) dientes incisivos permanentes al momento de la faena.

NUEVA CLASIFICACIÓN Y TIPIFICACIÓN DE RESES BOVINAS Anexo I (Continuación) CLASIFICACIÓN DE BOVINOS PARA FAENA En los establecimientos faenadores, se registrará la dentición del animal durante la faena, de forma que exista correspondencia entre la cabeza y su correspondiente res, siguiendo la siguiente nomenclatura: Dientes 2D hasta DOS(2) incisivos permanentes 4D más de DOS (2) a CUATRO (4) incisivos permanentes 6D más de CUATRO (4) a SEIS (6) incisivos permanentes 8D más de SEIS(6) a OCHO (8) (boca llena) incisivos permanentes >8D OCHO (8) incisivos permanentes con desgaste

NUEVA CLASIFICACIÓN Y TIPIFICACIÓN DE RESES BOVINAS Anexo II Sub-categorías de animales en pie

NUEVA CLASIFICACIÓN Y TIPIFICACIÓN DE RESES BOVINAS Anexo III Parámetros a considerar Conformación: Excelente, Muy Buena, Buena, Regular e Inferior Terminación (gordura): Insuficiente, Adecuado, Ideal, Engrasado y Excesivo Contusiones (golpes-hematomas): Identificación de lugares

Creación del Remito Electrónico Cárnico B/B y Porcinos RESOLUCIÓN GENERAL Nº 4256/2018 (AFIP) - BO 31/05/18 Creación del Remito Electrónico Cárnico B/B y Porcinos Obligados Frigoríficos Usuario de Faena Abastecedor Despostadero Consignatario de Carnes Consignatario Directo Excluidos Importación y Exportación Venta a Consumidores Finales (Carnicerías) Solicitud A través del sitio www.afip.gob.ar - Con Clave Fiscal – Nivel 3 de Seguridad

Creación del Remito Electrónico Cárnico B/B y Porcinos RESOLUCIÓN GENERAL Nº 4256/2018 (AFIP) - BO 31/05/18 Creación del Remito Electrónico Cárnico B/B y Porcinos Requisitos: Poseer CUIT en estado activo sin limitación Declarar y mantener actualizado el domicilio fiscal electrónico Tener habilitado ¨punto de emisión¨ Sirve: Para amparar el traslado de las carnes y subproductos derivados de la faena de hacienda bovina, bubalina y porcina desde el origen al lugar de destino. Ejemplares: Mínimo dos: 1) se entrega al destinatario o receptor 2) firmado por el destinatario o receptor sirve como constancia de entrega Vigencia y aplicación: 1 de septiembre de 2018

MERCADO DE FUTUROS PARA VACUNOS * Forward Ganadero En el Rosgan desde agosto de 2013, para invernada y hacienda gorda * Contratos de Futuros - Desde el 24 de agosto de 2017 - Agentes: Mercado a Término de Buenos Aires (Matba) Mercado de Futuros y Opciones de Rosario (Rofex) - Futuros de novillos en pie y de terneros ROSGAN - Antecedentes: EEUU novillo gordo 1965 EEUU invernada 1971 Brasil desde 1980 Uruguay desde febrero de 2017

DIFERENCIAS ENTRE FORWARDS Y FUTUROS MERCADO DE FUTUROS PARA VACUNOS DIFERENCIAS ENTRE FORWARDS Y FUTUROS I t e m s F o r w a r d s F u t u r o s Productos negociados El que acuerdan las partes Los que se negocian en el Mercado Términos del contrato A medida Estandarizados Mercado Informal Organizado Vencimiento del contrato A futuro Vínculo entre las partes Directa A través del mercado Determinación del precio Negociado por las partes Cotización abierta Cumplimiento de contrato Entrega del bien Por compensación Garantías No existen Margen inicial y diferencias diarias Precios Privados Públicos Liq. de diferencias Ninguna En forma diaria

PARTICIPANTES DEL MERCADO DE FUTUROS MERCADO DE FUTUROS PARA VACUNOS PARTICIPANTES DEL MERCADO DE FUTUROS Especuladores: buscan un beneficio económico, derivado de las variaciones en las cotizaciones tomando posición según la tendencia Coberturistas: buscan un resguardo contra los cambios de precios, tomando una posición en el mercado de futuros ante la necesidad de neutralizar el riesgo de precio. Ellos son: - Productores agropecuarios - Industriales – procesadores - Exportadores

MERCADO DE FUTUROS PARA VACUNOS * Consecuencias - Beneficio para todos los participantes - Se podrán conocer los precios con 6 u 8 meses de anticipación - Evitará oscilaciones bruscas de precios - Permite planificar estratégicamente. * Formas - Contratos de 1000 Kg. de peso vivo en los dos casos - Terneros el precio se basa en el índice de invernada del Rosgan - Novillos el precio se toma del índice arrendamiento del Mercado de Liniers de la semana del vencimiento, siempre que se reúna un mínimo de 5000 cabezas. - Moneda: por el momento en pesos, se prevee contratos en dólares cuando lo autorice la CNV.