APLICATIVO T-REGISTRO Y PLAME CONTENIDO y ÚLTIMOS CAMBIOS NORMATIVOS Expositor: Julio César Vilchez Moscol
ULTIMAS MODIFICACIONES NORMATIVAS DE LA PLANILLA ELECTRONICA BASE LEGAL ULTIMAS MODIFICACIONES NORMATIVAS DE LA PLANILLA ELECTRONICA NORMAS FECHA CONTENIDO D.S. N° 018-2007-TR 28.08.2007 Establece las disposiciones relativas al uso de la Planilla Electrónica (definiciones y contenido). D.S. N° 015-2010-TR 18.12.2010 Modifica el D.S. N° 018-2007-TR, mediante el cual se crean el T-REGISTRO Y PLAME. R.S. N° 009-2011-TR 08.01.2011 Se aprobaron los siguientes anexos de información para la Planilla Electrónica: Información de derechohabientes a solicitar por el T-registro. Tablas que se utilizan en el registro de derechohabientes en el T-REGISTRO. Estructura de datos requerida por los archivos de importación, para carga masiva. R.S. N° 010-2011/SUNAT 26.01.2011 Establece el procedimiento para el registro de derechohabientes en el Registro de Información Laboral (T-REGISTRO) a través del Sistema SUNAT Operaciones en Línea. R.M. N° 121-2011-TR 19.04.2011 Aprueba información de la planilla como tablas paramétricas, estructura de archivos de importación. D.S. N° 008-2011-TR 05.06.2011 Aprueban normas de adecuación al T-REGISTRO Y PLAME. R.S. N° 183-2011/SUNAT 05.07.2011 Aprueban normas y procedimientos para la presentación de la Planilla Electrónica (PLAME Y T-REGISTRO). D.S. N° 11-2011-TR 14.08.2011 Disponen el incremento de la Remuneración Mínima de trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada R.S. N° 211-2011/SUNAT 22.08.2011 Modifican el PDT Planilla Electrónica – PLAME, formulario virtual N°601 – Versión 2.0 y el PDT Planilla Electrónica formulario Virtual N°601 – Versión 1.9 R.S. N° 212-2011/SUNAT 26.08.2011 Postergan la utilización del PDT Planilla Electrónica – PLAME, formulario virtual N° 601 – versión 2.0 y establecen los supuestos para su implementación gradual.
Composición de la nueva Planilla Electrónica T-REGISTRO (SOL) PLAME (PDT) Planilla Declaración Jurada Ret 4ta, Ret 5ta, EsSalud, ONP, COSAP, FDSA, SCTR, + Vida Seg . Y Aseg. Tu Pensión. Empleador Prestadores Trabajadores Derechohabientes Pensionistas Personal en formación modalidad formativa Personal de Terceros PS 4TA Categoría
FORMULARIOS VIRTUALES FORMULARIOS VIRTUALES PARA REGISTRAR INFORMACION EN EL T-REGISTRO Y PLAME Tipo de formulario Uso Vigencia Formulario virtual N°1602 –Información del Derechohabiente. Dar de alta o de baja en el T-REGISTRO a los derechohabientes o para la modificación y/o actualización de sus datos. 01.02.2011 Formulario virtual N°1603- Información del empleador. Dar de alta o baja en el T-REGISTRO al Empleador o para la modificación y/o actualización de sus datos. 01.08.2011 Formulario virtual N°1604- Información de Trabajador, Pensionista, Personal en formación Modalidad Formativa Laboral y otros, Personal de terceros. Dar de alta o de baja en el T-REGISTRO al Trabajador, Pensionista, Personal en formación Modalidad Formativa Laboral y otros, Personal de terceros, asi como para la modificación y/o actualización de los datos vinculados a los citados. Formulario PDT Planilla Electrónica – PLAME, formulario virtual N° 601 – V. 2.0 Presentar la PLAME y, con ello, la declaración de las obligaciones que se generen a partir del periodo de Noviembre 2011, y que deben presentarse a partir del mes de Diciembre de 2011. De acuerdo a su uso Gradual. 30.11.2011
Carga Inicial al T-REGISTRO La SUNAT realizará la carga inicial de Empleadores, Trabajadores, Pensionistas, Personal en formación laboral y personal de terceros. Considerará los PDT 601 presentados por los períodos 03/2011, 04/2011 ó 05/2011 hasta el 30.06.2011, se toma el período más reciente y solo uno. La situación del ultimo periodo de los trabajadores y pensionistas corresponda a activo. Se encuentren identificados con DNI, C. Extranjería o Pasaporte. La Part. de nac. solo identificará al Personal en Formación Laboral que sea menor de edad. De identificarse con DNI solo serán incorporados cuando el número del DNI y la fecha de nacimiento coincidan con la información de RENIEC. Para los datos que requieren de periodicidad (Per. laboral, Tipo de trabajador, Rég. Salud y Rég. Pensionario, se considerará como fecha de inicio, la fecha de inicio del período laboral o el primer día del período en que se hubiera registrado el último cambio.
Inscripción del empleador y sujetos a cargo del empleador El Art. 4-A del D.S. N.° 018-2007-TR (modificado por el DS 015-2010-TR) señala los plazos en que el empleador debe realizar el alta, baja, actualización/ modificación en el T-REGISTRO. NOVEDAD PLAZO Alta del TRABAJADOR, PERSONAL EN FORMACIÓN LABORAL PERSONAL DE TERCEROS. ------ PENSIONISTA Dentro del día que se produce el ingreso a prestar sus servicios, independientemente de la modalidad de contratación y de los días laborados. El primer día hábil del mes siguiente a aquel en que se pagó o puso a disposición la primera pensión afecta, sea provisional o definitiva. Modificación o actualización de datos. 5 días hábiles de la fecha de ocurrencia del evento o de haber tomado conocimiento. Baja Al día siguiente de la fecha de término de la prestación de servicios, la suspensión o fin de la condición de pensionista, el fin de la obligación de realizar aportaciones al EsSalud , según corresponda.
SEGÚN R.S. 212-2011/SUNAT
CASO PRACTICO EN LINEA