ATENCIÓN A PERSONAS DE MOVILIDAD INTERNACIONAL Comisión Andina de Juristas
OBJETIVOS Colaborar en la transversalización del enfoque de derechos en los procesos de atención a personas en movilidad internacional. Reflexionar con los diferentes actores para desarrollar medidas de atención respetuosas de los derechos humanos de las personas en movilidad internacional (específicamente: refugiados, victimas de trata y personas objeto de trafico ilícito de migrantes).
LA PROTECCIÓN DE PERSONAS EN MOVILIDAD INTERNACIONAL PrevenciónDetecciónRepresiónSanciónAtención
LA DEFINICION DE LA ATENCION Un mecanismo que se implementa cuando los derechos de la persona se han vulnerado. Tiene como fin la restitución, afirmación o reafirmación de derechos. Se debe centrar en la persona humana y sus necesidades.
GEP Y ATENCIÓN CorteIDH Caso de la Masacre de Pueblo Bello Vs Colombia: – Al lado de las obligaciones generales de respetar y garantizar :« deberes especiales, determinables en función de las particulares necesidades de protección del sujeto de derecho; ya sea por su condición personal o por la situación especial en la que se encuentre » Consecuencia: tomar en consideración la condición y situación de la persona a la hora de brindar atención (edad, sexo, género…).
ATENCIÓN: DIMENSIONES Atención Identificación Condición de la persona Atención primaria Urgencia.Primeras necesidades de la persona Atención a Largo plazo Superación de vulneración Seguimiento No repetición
ATENCIÓN: COMPONENTES Atención SocialMedicaLegal
ATENCIÓN: COMPONENTES Atención social: primeros contactos con la persona, alojamiento, reinserción socioprofesional… Atención medica: seguimiento psicológico, alimentación, tratamientos médicos… Atención legal: todas las medidas alrededor de la condición de la persona, asesoramiento jurídico para hacer valer sus derechos…
ATENCIÓN: ENFOQUE DE DERECHOS Identificación: – Condición de sujeto de derechos: GEP en movilidad. – Derecho a la personalidad jurídica. – Derecho a la no discriminación. – Derecho de protección de datos personales (rectificación). – Derecho a la intimidad - confidencialidad – Derecho al honor y a la propia honra (preguntas /observaciones prejuiciosas). – Derecho a la información – consentimiento. – No devolución/retorno.
ATENCIÓN: ENFOQUE DE DERECHOS Atención primaria: – Derecho a la alimentación. – Derecho a la vivienda (seguridad y salubridad) – Derecho a la salud (vida digna). – Derecho a la integridad. – Tutela judicial efectiva. – Derecho a la intimidad – prueba de VIH/SIDA.
ATENCIÓN: ENFOQUE DE DERECHOS Atención a Largo plazo: – Derecho al debido proceso (traductor por ej). – Acceso a la justicia: acceso a procedimientos de asilo/refugio. – Derecho al trabajo. – Derecho a la información. – Derecho a la educación – Derecho a la protección social.
ATENCIÓN: ENFOQUE DE DERECHOS Seguimiento: – Acceso a la justicia. – No repetición (PP). – No revictimización (entrevista única, prensa). – Superación de contextos estructurales (CorteIDH Caso Gonzalez y otros vs mexico Campo Algonedero).
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