CUENTA PÚBLICA “Aspectos a considerar para una adecuada fiscalización”

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Transcripción de la presentación:

CUENTA PÚBLICA “Aspectos a considerar para una adecuada fiscalización” L.C. Daniel Landa Ruíz Titular del Órgano Interno de Control de la Secretaría de Contraloría Uruapan, Michoacán, a Febrero 27, 2019.

Normatividad: CPEUM CPEM Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo. (Artículos 22, fracción III; 32 inciso c) fracción V; 56 fracción V. y 143, último párrafo) Ley de Hacienda Municipal Ley de Coordinación Fiscal (federal y local) Ley de Fiscalización Superior del Estado de Michoacán (Artículo 5 párrafo séptimo)

Objetivo de la fiscalización a la Cuenta Pública Municipal (ámbito de la Contraloría Municipal) Vigilancia y control- uso correcto de los recursos humanos, materiales y financieros bajo los criterios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal Garantizar la buena marcha y el estado que guarda la Administración Municipal Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales, normas y políticas aplicables Evaluar los resultados de la gestión financiera Verificar el cumplimiento de los objetivos de los programas Determinar las responsabilidades (imposición de multas y sanciones resarcitorias correspondientes)

Responsabilidad de la preparación de la Cuenta Pública Será integrada por la Tesorería Municipal (Acuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas, publicación del CONAC de fecha 30 /12/2013) Atribuciones (obligaciones) del Tesorero Municipal Artículo 55, fracción V Ley Orgánica Municipal: Ejercer el presupuesto de egresos Llevar la contabilidad Control del ejercicio presupuestal

Facultades (obligaciones) Sindico Municipal Artículo 56 fracción V Ley Orgánica Municipal: Someter previo acuerdo del Presidente Municipal, a la aprobación del Ayuntamiento, la glosa de las Cuentas Públicas del Municipio, la Cuenta Pública Anual, los Estados Financieros Trimestrales de la Administración Municipal, el Programa Financiero de la Cuenta Pública y los mecanismos para administrarla.

Facultades (obligaciones) del Contralor Municipal Artículo 59 Ley Orgánica Municipal: Proponer y aplicar normas y criterios en materia de control y evaluación Verificar el cumplimiento del Plan de Desarrollo Municipal y sus Programas Realizar Auditorias periódicamente Vigilar la correcta aplicación del gasto público

Presentar trimestralmente al Ayuntamiento el Informe de las actividades de la Contraloría Municipal (señalando las irregularidades que se hayan detectado) Verificar que la Administración Municipal cuente con el registro actualizado del patrimonio municipal Vigilar que las Adquisiciones, Enajenaciones y Arrendamientos del patrimonio se sujeten a lo establecido en la Ley Vigilar que la Obra Pública Municipal se ajuste a las disposiciones de la Ley de Obra Pública en el Estado Verificar los estados financieros de la Tesorería Municipal, así como revisar la integración y remisión en tiempo y la de corregir observaciones de la Cuenta Pública Municipal

Responsabilidad compartida: Artículo 154 Ley Orgánica Municipal: Los miembros del Ayuntamiento, Contralores y Tesoreros municipales serán responsables solidarios e ilimitadamente por el incumplimiento de sus funciones de las irregularidades en el manejo de los Fondos Municipales.

¿Qué se requiere? Fijar responsabilidades Contar con una debida planeación Fijar responsabilidades Sistemas de trabajo adecuados Seguimiento y coordinación

Programa de trabajo del Contralor Municipal 1.- En Materia de Fiscalización: Proporcionar información programática, presupuestal y de avance físico y financiero (a solicitud de las autoridades correspondientes) Los informes de evaluación, documentación de carácter técnico, administrativo y contable Realizar revisiones y supervisiones Intervenir en las actas de licitaciones, contratos o pedidos Dictaminar el cierre de ejercicio de los recursos concertados o transferidos

2.- En Materia Jurídica, adecuar su marco reglamentario y normativo en materia de control y evaluación de la Gestión Pública 3.- En Materia de Responsabilidades: Atender de Quejas y Denuncias Iniciar los Procedimientos de Investigación por Faltas Administrativas Registro Patrimonial de los Servidores Públicos Municipales Intervención en las Actas de Licitaciones, Contratos o Pedidos Dictaminar el cierre de ejercicio de los recursos concertados o transferidos 4.- En Materia de Contraloría Social: Intervenir con la ciudadanía.

Estructura (contenido) de la Cuenta Pública: Información económica Patrimonial Administrativa Presupuestaria Contable Programática

PROCEDIMIENTO DE AUDITORÍA: 1.- Auditorías planeadas y desarrolladas que permita obtener una seguridad razonable (el objetivo y alcance se cumplan) 2.- Todo trabajo de Auditoría debe ser documentado (evidencia suficiente, competente, relevante y conocer la causa raíz de la irregularidad) 3.- Se deben de aplicar los procedimientos de Auditoría (con los cuales se generan las observaciones, recomendaciones y acciones) 4.- Identificar las desviaciones en el cumplimiento de los planes y programas, proponiendo las medidas correctivas

PRINCIPALES IRREGULARIDADES: Cheques expedidos (sin comprobación) Depósitos no identificados Errores en las conciliaciones bancarias Anticipos a contratistas sin la fianza correspondiente Anticipos a proveedores que no cuentan con el expediente de licitación Falta de reconocimiento en la contratación de la Deuda Pública Municipal Laudos laborales con resolución sin que sean identificados Saldos contrarios a su naturaleza.