La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

COORDINACIÓN DE ESTUDIOS HACENDARIOS

Presentaciones similares


Presentación del tema: "COORDINACIÓN DE ESTUDIOS HACENDARIOS"— Transcripción de la presentación:

1 COORDINACIÓN DE ESTUDIOS HACENDARIOS
REUNIÓN REGIONAL XCV Noviembre 2016

2 Agenda Hacendaria Municipal
Mes Disposición Jurídica - Ley Orgánica Municipal del Estado de México Ley de Fiscalización Superior del Estado de México Código Financiero del Estado de México y Municipios Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria Ley de Coordinación Fiscal 1 Renovar cada tres años a los ayuntamientos. (presidente, síndico y regidor) (Art. 16) La autoridad catastral municipal presentará al IGECEM la actualización de las tablas de valor. (Art. 195)  - 20 Presentar los informes mensuales de la cuenta pública. (Art. 32) Enviar al OSFEM, la información contable, presupuestal y financiera. (Art. 350) Informar sobre el ejercicio, destino y resultados, respecto de los recursos federales. (Art. 85, Fracc. II) 25 Publicar los informes respecto a recursos federales. Publicar los informes sobre el ejercicio de los Fondos de Aportaciones Federales. (Art. 48) Guía descriptiva que orienta el cumplimiento de las responsabilidades normativas periódicas y de gestión del gobierno local, en materia orgánica, administrativa, fiscal, financiera, de fiscalización y de coordinación hacendaria. Publicación Periódica: Noviembre – Diciembre 2016

3 Agenda Hacendaria Municipal
NOVIEMBRE FUNDAMENTO LEGAL FECHA Ley Orgánica Municipal del Estado de México Ley de Fiscalización Superior del Estado de México Código Financiero del Estado de México y Municipios Código Administrativo del Estado de México Ley de Coordinación Fiscal 15 Los ayuntamientos, que, requieran de tarifas diferentes a las establecidas, las propondrán a la legislatura. (Art. 139) 16 20 Presentar los informes mensuales de la cuenta pública. (Art. 32) Enviar al OSFEM, la información contable, presupuestal y financiera. (Tesorerías) (Art. 350) 30 Entregar al síndico(s), según sea el caso, el informe mensual que corresponda. (Art. 95, Fracc. XXI) Presentar el informe mensual de septiembre de 2016 (fecha límite) Informar sobre la aplicación en obras y acciones con recursos del FAIS y FORTAMUNDF. (Art. 235) Informar el comportamiento del ejercicio presupuestal y del avance programático. (Art. 327 “A”) Cobro del 6º. Bimestre del impuesto predial. (Art. 112, 3er. párrafo) Remitir la información certificada en materia de desarrollo urbano. (Art. 5.60) Recepción de la parte correspondiente al FORTAMUNDF. (Art. 36)

4 Agenda Hacendaria Municipal
DICIEMBRE FUNDAMENTO LEGAL FECHA Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México Ley Orgánica Municipal del Estado de México Ley de Fiscalización Superior del Estado de México Código Financiero del Estado de México y Municipios Código Administrativo del Estado de México Ley de Coordinación Fiscal 5 Rendir al ayuntamiento un del estado que guarda la administración pública municipal. (Art. 128, Fracc. VI) Entregar al ayuntamiento, un informe del estado que guarda la administración pública municipal. (Presidente municipal) (Arts. 17 y 48, Fracc. XV) 16 Cobro de los impuestos sobre diversiones, juegos y espectáculos públicos de contribuyentes habituales. (Art. 124) 20 Presentar anualmente al ayuntamiento, el proyecto de presupuesto de egresos, para su consideración y aprobación. (Art. 99) Presentar los informes mensuales de la cuenta pública. (Art. 32) Enviar al OSFEM, la información contable, presupuestal y financiera. (Tesorerías) (Art. 350) Presentar el anteproyecto de presupuesto de egresos al Ayuntamiento. (Art. 302) 31 Entregar al síndico (s), según sea el caso, el informe mensual que corresponda. (Art. 95, Fracc. XXI) Informar sobre la aplicación en obras y acciones con recursos del FAIS y FORTAMUNDF. (Art. 235) Informar el comportamiento del ejercicio presupuestal y del avance programático. (Art. 327 “A”) Informar a la Legislatura acerca de los actos vinculados con la deuda pública. (Art. 264, Fracc. I) Remitir la información certificada en materia de desarrollo urbano. (Art. 5.60) Recepción de la parte correspondiente al FORTAMUNDF. (Art. 36)

5 Agenda Hacendaria Municipal
Información Adicional FECHA RESPONSABILIDAD NORMATIVIDAD Previo a la asunción del cargo como Contralor Municipal. (deberá acreditarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que inicie funciones) Poseer título profesional en las áreas económicas y contable-administrativas, con experiencia mínima de 1 año y con la certificación de competencia laboral del IHAEM. Ley Orgánica Municipal, Artículo 113. Sistemas de compensación de adeudos fiscales. Se podrán compensar los créditos y adeudos entre la Federación por una parte y los Estados, Distrito Federal, Municipios, organismos descentralizados o empresas de participación estatal mayoritarias, excepto sociedades nacionales de crédito, por la otra. Código Fiscal de la Federación, Artículo 24. A más tardar el día 17 del mes posterior al que corresponda dicha información. Presentar ante las autoridades fiscales, la información relativa a las personas a las que en el mes inmediato anterior les hubieren efectuado retenciones de impuesto sobre la renta…Proveedores a los que les hubiere efectuado pagos, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladaron o les fue trasladado el impuesto al valor agregado y el impuesto especial sobre producción y servicios. Código Fiscal de la Federación, Artículo 32 G, Fracc. I y II. Trimestralmente. Publicar el importe de las participaciones entregadas. Ley de Coordinación Fiscal, (Art. 6, párrafo cuarto). Informar a sus habitantes los avances del ejercicio de los recursos del FAIS. Ley de Coordinación Fiscal, (Art. 33, Fracc. II, Inciso c). Trimestralmente y al término de cada ejercicio. Informar sobre los montos, ejercicio, destino y resultados obtenidos respecto al FASP. Ley de Coordinación Fiscal, (Art. 44, 7º. párrafo). Mensualmente. Enterar sobre los montos del FAFEF. Ley de Coordinación Fiscal, (Art. 46). Casuístico. Cuando los Fondos no han sido aplicados a los fines que por cada Fondo se señale en la Ley, deberán hacerlo del conocimiento de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública en forma inmediata. Ley de Coordinación Fiscal, (Art. 49, 5º. párrafo). Reportar el avance programático y presupuestal (UIPPE). Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, (Art. 19 Fracc. VI). Consolidar el informe mensual del avance del ejercicio de los recursos financieros (UIPPE). Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, (Art. 20 Fracc. V). Trimestralmente Informar los avances físico y financiero de las obras aprobadas en el Gasto de Inversión. Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México, (Art. 44, Fracc. VI). Publicitar la información contenida en el Registro de Deuda Pública. Código Financiero del Estado de México y Municipios, (Art Fracc. XII) Reportar el avance programático y presupuestal. Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios. (Art. 19, Fracc. VI). Evaluar el Programa Anual de actividades, vinculado al presupuesto por programas. Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios. (Art. 74).

6 Agenda Hacendaria Municipal
Información Adicional FECHA RESPONSABILIDAD NORMATIVIDAD Trimestralmente, cuando menos. Publicar la información financiera por INTERNET. Asimismo, deberá permanecer disponible en Internet la información correspondiente de los últimos seis ejercicios fiscales. Ley General de Contabilidad Gubernamental, (Art. 58). Presentar la información financiera y la cuenta pública, con la relación de las cuentas bancarias productivas específicas. Ley General de Contabilidad Gubernamental, (Art. 69). Trimestralmente. Enviar la información sobre la aplicación de los recursos del FAIS. Ley General de Contabilidad Gubernamental, (Art. 75). Difundir en Internet la información relativa al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, especificando cada uno de los destinos. Ley General de Contabilidad Gubernamental, (Art. 76). Publicar las características de las obligaciones de las aportaciones federales, con cargo al FORTAMUNDF. Ley de Contabilidad Gubernamental, (Art. 78). 30 días posteriores a la conclusión de las evaluaciones. Publicar la conclusión, resultados y personas que realizaron las evaluaciones. Ley de Contabilidad Gubernamental, (Art. 79, 2º. párrafo). Trimestralmente, en el mes subsiguiente. Informar acerca de las operaciones de deuda pública y su aplicación, a través de la presentación de la cuenta pública. Código Financiero del Estado de México y Municipios, (Art. 264). Informar al OSFEM las acciones y resultados de la ejecución del Plan de Desarrollo del Estado o del municipio. Código Financiero del Estado de México y Municipios, (Art. 352 Bis). A más tardar el 31 de diciembre La Secretaría deberá publicar los montos que correspondan a cada municipio de los recursos del FEFOM, en dónde se establecerá la fórmula, variables utilizadas, el porcentaje correspondiente a cada municipio y el monto del Programa. Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el Ejercicio Fiscal de 2016, (Art. 48)


Descargar ppt "COORDINACIÓN DE ESTUDIOS HACENDARIOS"

Presentaciones similares


Anuncios Google