Ley Orgánica de Aduanas

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Transcripción de la presentación:

Ley Orgánica de Aduanas Onella Gonzaga Jaime Tapia

Ley Orgánica de Aduanas ¿Qué es la Ley Orgánica de Aduanas? La Ley Orgánica de Aduanas es el instrumento fundamental de los Operadores de Comercio Exterior ya que allí encontramos todas las bases legales para proceder en Comercio Exterior.

Ley Orgánica de Aduanas Aplicación de la ley La presente ley regula las relaciones jurídicas entre el Estado y las personas que operan en el tráfico internacional de mercancías dentro del territorio aduanero. Mercancías son los bienes corporales muebles de cualquier clase. En todo lo que no se halle expresamente previsto en esta ley, se aplicarán las normas del Código Tributario y más leyes generales y especiales.

Ley Orgánica de Aduanas ¿Qué es la Aduana? La Aduana es un servicio público que tiene a su cargo principalmente la vigilancia y control de la entrada y salida de personas, mercancías y medios de transporte por las fronteras y zonas aduaneras de la República; la determinación y la recaudación de las obligaciones tributarias causadas por tales hechos; la resolución de los reclamos, recursos, peticiones y consultas de los interesados; y, la prevención, persecución y sanción de las infracciones aduaneras

Ley Orgánica de Aduanas Los servicios aduaneros comprenden el almacenamiento, verificación, valoración, aforo, liquidación, recaudación tributaria y el control y vigilancia de las mercaderías ingresadas al amparo de los regímenes aduaneros especiales. Los servicios aduaneros podrán ser prestados por el sector privado, a través de cualquiera de las modalidades establecidas en la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada

Ley Orgánica de Aduanas Exenciones Están exentas del pago de tributos al comercio exterior, excepto las tasas por servicio aduanero, las importaciones a consumo de las siguientes mercancías: a) Efectos personales de viajeros; b) Menajes de casa y equipos de trabajo; c) Envíos de socorro por catástrofes naturales o siniestros análogos a favor de entidades del sector público o de organizaciones privadas de beneficencia o de socorro; d) Las que importe el Estado y las instituciones y organismos que constan en el Catastro de Entidades del Sector Público y la Sociedad de Lucha Contra el Cáncer (SOLCA)

Ley Orgánica de Aduanas e) Donaciones provenientes del exterior, a favor de las instituciones del Estado o del sector privado sin fines de lucro, destinadas a cubrir servicios de salubridad, alimentación, asistencia técnica, beneficencia, asistencia médica, educación, investigación científica y cultural, siempre que tengan suscritos contratos de cooperación con instituciones del Estado. No habrá exención de impuestos en las donaciones de vehículos, excepto cuando se trate de aquellos necesarios para usos especiales, tales como ambulancias, vehículos clínicos o radiológicos, coches biblioteca, carros de bomberos, etc., y siempre que su función sea compatible con la actividad de la institución beneficiaria; f) Féretros o ánforas que contengan cadáveres o restos humanos;

Ley Orgánica de Aduanas g) Muestras sin valor comercial; h) Las previstas en la Ley de Inmunidades, Privilegios y Franquicias Diplomáticas, que incluye las representaciones y misiones diplomáticas y consulares, organismos internacionales y otros organismos gubernamentales extranjeros acreditados ante el gobierno nacional; i) Los vehículos ortopédicos, aparatos médicos, ayudas técnicas, herramientas especiales, materia prima para órtesis y prótesis que utilizan las personas con discapacidades para su uso o las personas jurídicas encargadas de su protección.

Ley Orgánica de Aduanas Reembarque al Exterior El consignatario o el destinatario podrá solicitar el reembarque de las mercancías manifestadas, mientras no hayan sido declaradas al régimen de consumo, en abandono expreso o tácito, o no se haya configurado, respecto de ellas, presunción fundada de delito aduanero. El reembarque será autorizado por el Gerente Distrital de ingreso o de destino final de las mercancías y, será obligatorio en el caso de las de prohibida importación y, cuando no presente el certificado de inspección en origen y procedencia cuando sea exigible. El reembarque se realizará desde el distrito de ingreso o de destino final, bajo el control del Servicio de Vigilancia Aduanera.

Ley Orgánica de Aduanas Aforo Físico Aforo es el acto administrativo de determinación tributaria a cargo de la Administración Aduanera que consiste en la verificación física o documental del origen, naturaleza, cantidad, valor, peso, medida y clasificación arancelaria de la mercancía. Los aforos físicos se realizarán por parte de la Administración Aduanera o por las empresas contratadas o concesionadas y se efectuarán en destino sobre la base de perfiles de riesgo, que serán determinados conforme a las disposiciones que dicte para su aplicación el Directorio de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, en base a las prácticas y normativa internacional.

CODIGO ORGANICO DE LA PRODUCCION, COMERCIO E INVERSION (COPCI)

CODIGO ORGANICO DE LA PRODUCCION, COMERCIO E INVERSION (COPCI) Art. 1.- Ámbito.- la ley se aplica a todas las personas naturales y jurídicas en el Ecuador y abarca todo el proceso productivo como los factores de producción, la transformación productiva, la distribución y el intercambio comercial, el consumo, el aprovechamiento de las externalidades positivas y políticas

Art. 2. - Actividad Productiva Art. 2.- Actividad Productiva.- Se considerará actividad productiva al proceso mediante el cual la actividad humana transforma insumos en bienes y servicios lícitos, socialmente necesarios y ambientalmente sustentables, incluyendo actividades comerciales y otras que generen valor agregado.

Art. 3.- Objeto.- El presente Código tiene por objeto regular el proceso productivo en las etapas de producción, distribución, intercambio, comercio, consumo, manejo de externalidades e inversiones productivas orientadas a la realización del Buen Vivir. Esta normativa busca potenciar la producción de mayor valor agregado para incrementar productividad que permitan generar empleo de calidad y un desarrollo equilibrado

El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversión tiene cinco ejes: -Facilitar el financiamiento a todos los actores productivos y en particular a las micro y medianas empresas. -Incentivos: disminución de impuestos y la creación de una zona económica de desarrollo especial (ZEDE), que son territorios donde se podrán realizar transferencia tecnológica. En estos sectores, también se reducirán los aranceles, se exonerará el valor agregado y se reducirá en cinco puntos el Impuesto a la Renta.

COPCI -Mejorar el talento humano. -Transferencia de tecnología. -Competitividad sistémica, con lo que pretende contar con sistemas de inversión para financiar obras de infraestructura. COPCI

Conclusión La ley orgánica anterior cuidaba por iguales los intereses de exportación e importación sin diferenciar producción nacional o extranjera. Por lo que por muchos años en la historia de la Aduana Ecuatoriana el productor nacional se ha visto disminuido por las grandes corporaciones internacionales; ya que no se contaba con la tecnología ni el respaldo tributario ni legal para poder competir justamente.

En líneas generales se puede concluir que el COPCI es un gran avance para la producción nacional, ya que en primer lugar dicha ley ha agilitado y aumentado préstamos a la industria ecuatoriana para que pueda invertir en conocimientos y maquinarias para desarrollar mejores productos; en segunda lugar se ha logrado comenzar una campaña de nacionalización, es decir se ha querido lograr una cultura más nacionalista donde el consumidor elija el producto ecuatoriano ya que gracias a las reformas adoptadas ahora si cumplen con estándares de calidad y seguridad capaces de competir con el producto extranjero.

El productor nacional está viendo con buenos ojos esta nueva ley ya que aparte de salvaguardar los intereses nacionales la misma busca incentivar la mejora tecnológica y productiva de la industria en general. Así que el gobierno ecuatoriano espera en el corto plazo poder mejorar las exoneraciones tributarias y brindar asesoría más personalizada para una mejor inversión extranjera.