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CÓDIGO ADUANERO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

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Presentación del tema: "CÓDIGO ADUANERO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY"— Transcripción de la presentación:

1 CÓDIGO ADUANERO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
LEY Nº NOVIEMBRE DE 2014 DR. PABLO LABANDERA

2 CONSIDERACIONES GENERALES
LA NUEVA REALIDAD DEL COMERCIO INTERNACIONAL LOS NUEVOS PARADIGMAS EN MATERIA DE DERECHO ADUANERO EL CAM COMO ANTECEDENTE CONCEPTUAL LA NECESIDAD DE UN NUEVO CÓDIGO ADUANERO EN URUGUAY

3 CUATRO PILARES CONCEPTUALES
CAROU CAU Despachantes de Aduana Régimen Infraccional Aduanero Franquicias Aduaneras Territoriales

4 NOVEDADES A TENER EN CUENTA
NUEVAS MEDIDAS QUE APORTAN MAYOR SEGURIDAD JURÍDICA NUEVAS MEDIDAS QUE INSTALAN UNA FISCALIZACIÓN MÁS INTENSA Y UN INCREMENTO EN LAS SANCIONES NUEVAS MEDIDAS QUE INTRODUCEN CAMBIOS EN LA OPERATIVA

5 CAMBIOS EN LA OPERATIVA

6 ÁMBITO DE APLICACIÓN Zona Primaria Aduanera Zona Secundaria Aduanera
El CAROU reconoce que los regímenes de PAL se consideran “Zonas Primarias Aduaneras” y que perviven en su actual estatus Zona Secundaria Aduanera Zona de Vigilancia Aduanera Especial Puerto y Aeropuerto Libre Zonas Francas Depósitos Extraportuarios Puertos y aeropuertos Puntos de frontera y áreas adyacentes Otras que defina el PE Área del territorio aduanero que no es zona primaria Áreas próximas a la frontera, puertos o aeropuertos El CAROU “…y demás disposiciones que integran la legislación aduanera se aplicarán en todo el territorio de la República Oriental del Uruguay y en los enclaves a su favor”. Es “territorio aduanero” el ámbito geográfico dentro del cual se aplica la legislación aduanera.

7 INGRESO DE MERCADERÍAS
“Declaración de Llegada” y descarga “Depósito Temporal”

8 AL “TERRITORIO ADUANERO”
Inclusión en un Régimen Aduanero de Importación (Importación Definitiva, Depósito Aduanero, Tránsito, etc.) “Depósito Temporal” “Destino Aduanero” Reembarque Abandono Destrucción

9 MAYOR SEGURIDAD JURÍDICA

10 PRINCIPALES MODIFICACIONES DESDE EL PUNTO DE VISTA JURÍDICO Y TRIBUTARIO
ÁMBITO DE APLICACIÓN LA CONSULTA VINCULANTE “AUTO – REVISIÓN” COMPETENCIA ÚNICA DEL PJ

11 CONSULTA VINCULANTE Aplicación de la Legislación Aduanera
Situación actual y concreta Titular de un derecho o interés personal y directo Aplicación de la Legislación Aduanera

12 CONSULTA VINCULANTE La presentación de la consulta no suspende el transcurso de los plazos ni exime al consultante de cumplir sus obligaciones Deberá notificar ese cambio de criterio al consultante Solo surtirá efectos para los hechos posteriores a la consulta Formulando la consulta 30 días hábiles antes del vencimiento del plazo para cumplir la obligación respectiva Exponiendo con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación podrá formular CONSULTAS a la DNA sobre la aplicación de la LEGISLACIÓN ADUANERA La DNA deberá expedirse dentro de los 30 días hábiles contados a partir de la presentación de la consulta Si la DNA se expide dentro de esos 30 días hábiles su respuesta será VINCULANTE para con el consultante ¿Qué pasa si la DNA varía el criterio ya sustentado al pronunciarse sobre la consulta? Si la DNA no se expide en ese plazo el administrado podrá seguir su criterio fundado y no será sancionado El titular de un derecho o interés personal y directo a una situación actual y concreta siempre que la formule: Expresando su opinión fundada

13 AUTO REVISIÓN PÉRDIDA DE RENTA FISCAL – DIFERENCIA ANTES DE 30 DÍAS HÁBILES NO PÉRDIDA DE RENTA FISCAL – DIFERENCIA ANTES DE 30 DÍAS HÁBILES NO PÉRDIDA DE RENTA FISCAL – DIFERENCIA ANTES DE 5 DÍAS HÁBILES PÉRDIDA DE RENTA FISCAL – DIFERENCIA ANTES DE 5 DÍAS HÁBILES

14 COMPETENCIA ÚNICA DEL PODER JUDICIAL

15 MAYOR FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN

16 TIPOS INFRACCIONALES PREVISTOS
LA CONTRAVENCIÓN LA DIFERENCIA EL CONTRABANDO LA “RECEPTACIÓN DE CONTRABANDO” LA DEFRAUDACIÓN LA DEFRAUDACIÓN DE VALOR EL DESVÍO DE EXONERACIONES EL ABANDONO INFRACCIONAL

17 RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD
RÉG. DE RESPONSABILIDAD SUBJETIVA PARA ALGUNAS INFRACCIONES RESP. DEL DESPACHANTE DE ADUANAS DIRECTORES, ADMINISTRADORES Y REPRESENTANTES DE LAS PJ

18 OTROS TEMAS DE INTERÉS RECONOCIMIENTO ADMINISTRATIVO Y ACUERDOS DE PAGO DEFINICIÓN DEL CONCEPTO DE SANCIÓN ACTUALIZACIÓN DE LAS MULTAS PRESCRIPCIÓN COMPETENCIA EXCLUSIVA DEL PJ NUEVOS DELITOS ADUANEROS

19 CONCLUSIONES SE REÚNE EN UN SOLO CUERPO NORMATIVO CONSOLIDADO, ACTUALIZADO Y ARMÓNICO, TODO EL ÁMBITO ADUANERO SE MODIFICA SUSTANCIALMENTE EL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD SE INTENTA LOGRAR UN ADECUADO EQUILIBRIO ENTRE LA FISCALIZACIÓN Y LA FACILITACIÓN

20 MUCHAS GRACIAS Dr. PABLO LABANDERA


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